Caballos de Guadalcanal en la guerra de la Independencia

Antonio Gordón Bernabé. Revista de Guadalcanal año 1994

De la Junta Suprema de Extremadura se recibió en Guadalcanal, el siguiente escrito:

Las justicias de los pueblos de La Casas, Reina, Fuente  del Arco y Guadalcanal, dispondrán inmediatamente que se entreguen a disposición del Sr. D. Francisco Santacruz, Capitán de los Reales Ejércitos, dador de ésta, todos los caballos, sillas, bridas que se hallen en poder de los vecinos sin distinción de persona alguna, ni destinos en que se ocupen, como no sea en el de padres por montar las yeguas, y esto en el caso de estar aprobado con un mes de anterioridad, haciendo que en el mismo acto de la entrega, se justiprecie por dos peritos que elegirán  dicho escribano y la justicia, entendida esta que en caso de omisión o falta de obediencia, se le exigirá un mil ducados de multa y se tendrán por traidores a la Patria, por lo urgentísimo que es, y útil a toda la nación, el evacuar este importantísimo servicio. Dios guarde a VM muchos años. Llerena y diciembre 5 de 1808. Joaquín Casquete de Prado, Antonio Muñoz, Fernando Medina.

Otro escrito dice lo que sigue: En la noche de este día, acaba de presentarse D. Francisco Santacruz, Capitán de los Reales Ejércitos, con el oficio anterior, y visto por el Sr. Corregidor dijo: Se guarde y cumpla y ejecute en todas sus partes y para que llegue a noticia  del vecindario, se publique inmediatamente bando previniendo a todos los que tengan caballos desde edad de tres años en adelante, a excepción de los padres para la monta de yeguas, los presenten en el día de mañana y hora de las siete en la plaza pública, como también todas las sillas de montar y bridas, cabezadas y demás fornituras de montura y todo bajo la multa de mil ducados a disposición de los señores de la Junta, que se le exigirán al inobediente, y verificado el recogimiento de uno y otro, se remitan con sus dueños, los que quisieran ir, a la ciudad de Llerena, por cuya Junta se mandarán tasar según  se previene. Por esta así lo mando y firmo en Guadalcanal a 5 de diciembre de mil ochocientos y ocho. Firma el Corregidor.

Y luego incontinente por voz del peón público en las esquinas y sitios públicos de esta villa, se hizo notorio el contenido del antecedente acuerdo para su exacto cumplimiento y asimismo se despachó por el Sr. Corregidor de ella al teniente de la aldea de Malcocinado de esta jurisdicción para que a  las siete de la mañana del día siguiente se hallen todos los caballos que tengan sus moradores desde la edad de tres años arriba, en la plaza pública de esta villa y para que todo así conste, lo estampo por fe y diligencia que firmo, Juan Antonio Guerrero, escribano.

Diligencia de presentación de caballos y monturas. En la villa de Guadalcanal a seis días del mes de diciembre de mil ochocientos y ocho años, Martín Castelló Regidor Decano en la mañana de este día se constituyó en la plaza pública con asistencia de D. Francisco Santacruz comisionado al efecto decretado, y estando en ella, se fueron presentado los vecinos, los caballos, sillas, bridas y demás efectos de montura que con distinción de nombre y apellidos de sus dueños son los siguientes:

Sr. Corregidor   1 caballoJesús FerroEstanislao Núñez
Pedro Muñoz, ClérigoJoaquín GálvezJuan de Gálvez Rubio. Clérigo
Diego de MoralesJoaquín de OrtegaAntonio Castilla
Federico AbelVentura de TenaJosé Carvajo
Viuda de Pedro CaballeroJuan RuízJuan Gallego   2 caballos
Martín CaleroJosé García, ClérigoCura de San Sebastián
Vicente ZapataJuan de OrtegaFrancisco Carrasco    2
Juan GonzálezSebastián Gordón     2Diego Díaz
Antonio Veloso    2Alonso PérezJuan Ximenez Parra
Paulino Caro Guerrero, VicarioAgustín Vázquez    3Adrián Murillo
Sebastián Álvarez     2Juan Moreno, ClérigoManuel Palacios     2
Ana AutónNicolás de RozasJoaquín de Monsalve, Clérigo
Juan Barrera, ClérigoAntonia RicaSebastián de Cote
Pedro Felipe Sánchez, MédicoJosé CabezasAntonio Delgado Perelló
Alonso López, ClérigoAntonio CabezasJuan de Castilla
Juan GordónCayetano de Ayala, ClérigoPedro León Alaja
José PonceJoaquín Rodríguez    2Francisco Palacios
Eusebio RodríguezCristóbal CabezasBaltasar Romero
Joaquín Palacios   2Cristóbal Riaño (mayor)Cristóbal Riaño (menor)
Juan MárquezDiego CorderoCristóbal Cordero
Antonio GruesoManuel GruesoAndrés Grueso
Antonio Grueso (menor)José ChaveroManuel Grueso Fraile
Antonio Vázquez OrtegaJuan HernándezManuel Hernández
Antonio Márquez GuerreroFrancisco López RicoXavier de Cote
José AyalaPedro del CerroAntonio de Gálvez

Y no habiendo presentado más caballos y efectos, se hubo por conclusa, sin perjuicio de continuarla con la mayor actividad en el de mañana, habiéndose mandado pase todo lo presentado a la ciudad de Llerena.

En 7 de diciembre de 1808 se continuó la diligencia, aportando un caballo cada uno: Juana Rica, Fernando Pinelo, Cayetano Ayala José Quintero, Ignacio Pérez y José David. La mayoría presentaron caballos y se quedaron con las monturas, excepto tres que presentaron monturas sin caballos.

En 20 de marzo de 1809 se hizo otra requisa de caballos a los vecinos que siguen:

Juan Ruiz   1 caballoJosé García, ClerigoNicolás de Rozas
Pedro AlajaMartín CaleroAntonio Vázquez
El Sr. CorregidorFrancisco PalaciosFrancisco Núñez
Cristóbal RiañoCristóbal Riaño (menor)Cayetano Ayala
Ignacio PérezAndrés AlbarránJuan Ximénez Parra
El Sr. VicarioAntonio RamosViuda de Cordero
Francisco MorenteAntonio M.ª López    2Diego Mostales
Joaquín RodríguezMateo GarcíaAntonio Cabezas
Juan MorenoFrancisco López RicoJuan Barrera
Eusebio RodríguezJuan CanteroAntonio Veloso    2
Diego DíazXavier de CoteFernando Pinelo
Pedro Torrico, MédicoAlonso PérezSebastián Gordón
Baltasar RomeroManuel GruesoAndrés Grueso
Antonio MárquezJuan VázquezJuan González
Juan GordónJosé PonceViuda Pedro Caballero
José CabezasJuan MárquezJoaquín Palacios
Sebastián de CoteAntonia RicoEstanislao Núñez
Francisco CarrascoFrancisco CortésManuel Palacios   2
Diego CorderoManuel RomeroSebastián Chavero
Juan de OrtegaAna  AutónJosé de Ayala

Estos serían los que tenían dos años en 1808, quedando muy reducida la caballería en Guadalcanal, sólo con los potros, que podían ser potrancos y tusones según fueran menores de tres o dos años, respectivamente, además de los caballos padres.

He observado que, en esto de los caballos, había familias que los tenían desde antiguo, otras los poseían unas generaciones sí y otras no y aún una persona podía tener caballo en cualquier época de su vida. Es curioso que los médicos y muchos clérigos los tenían. Un caballo valía por entonces novecientos reales más o menos. En total fueron 155 caballos los que se llevaron a Llerena para el ejército de Extremadura que era el V Ejército. No sé cuándo les pagaron a sus dueños, pero sí me imagino el gran disgusto que se llevarían, como si me hubiese ocurrido a mí, que me gustan y los monto con frecuencia.

Concretamente, mis familiares tuvieron que entregar cinco caballos que habían recibido de una herencia de su padre poco antes, y ese fue el primero de una serie de infortunios que cayeron sobre los vecinos de Guadalcanal en la Guerra de la Independencia contra los franceses.

Deja un comentario