Ermita de San Antonio de las Minas

La única noticia que tenemos de esta iglesia, aparece en una de las visitas de la Orden de Santiago.

En el poblado de la mina fueron recibidos por Martín López, quien decía ser contador y juez civil y criminal de todo lo concerniente al poblado y a la explotación minera. A su lado permanecía el padre Carrasco, clérigo de la Orden de San Pedro y capellán de la iglesia, que se ajustaba a la siguiente descripción:

            La dicha Iglesia es de una nave de piedra rajada. El cuerpo de ella es mediano. La techumbre de madera de castaño, alfarjías y ladrillos por tablas

            La capilla principal es de crucería de ladrillo. Al altar mayor se sube por tres gradas chapadas de azule­jos, en medio del cual estaba el Sagrario; a la parte del Evangelio está una imagen de santo Antonio de bulto entero y encima de él una imagen de Ntra. Sra. pintada al óleo, con dos puertas (tríptico); en la una de ella, a la mano derecha San Juan Evangelista, y a la mano izquierda Santo Antonio. Encima de estas imágenes está un crucifijo de bulto entero.

            Como se trataba de una iglesia nueva, construida expresamente para dar servicio religioso a los que allí trabajaban, su administración aún no estaba regulada. Los visitadores traían órdenes expresas en este sentido, que hicieron escribir en los libros correspondientes, para que en cada momento hubiese constancia de ello:

            En el dicho lugar e iglesia no hay cura propio y el dicho Juan Carrasco dice misa y administra los sacramentos con licencia del juez ordinario de la provincia de León de la Orden de Santiago, dada en Madrid, en 1573. Está nombrado por capellán por los contadores mayores de Castilla, por un capítulo de una carta fechada en Madrid, en 1567, el cual capellán dice cada semana tres misas por S. M, como dio relación Martín López, contador. Las condiciones con que se permitió hacer y acabar la dicha iglesia son las siguientes:

            Primeramente, que S. M. y su administrador general en la dicha mina mande reparar la dicha iglesia y cumplir lo que falta para que en decencia pueda estar el Santo Sacramento, proveyendo de custodia y crismera para óleos para los enfermos, y de ornamentos y cera y aceite y que siempre arda una lámpara. Y si las limosnas que sacaren no bastare, que siendo a costa de S. M. se dé al clérigo que allí residiera una congrua sustentación, el cual ya de decir en cada semana tres misas por S. M.

            Ítem, que atento a que la dicha iglesia está en término de Guadalcanal, y ella y las demás iglesias han de reconocer a la iglesia de Santa María como Mayor, el párroco que ahora es y lo que fueren en delante puedan visitar la iglesia de la mina y administrar los sacramentos.

            Siguen otras mandas de menor relevancia, y finaliza ordenando que se asignen tres reales y medio diarios al capellán, reseñando además que la referida iglesia carecía de bienes de fábrica, pero que S.M. la había reparado y proveído suficientemente.

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