El Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca

Edificio de la Ermita de Guaditoca

Antonio Muñoz Torrado

Capítulo I

Aparición de la Santa Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca.- La piedra de la aparición.- Devoción de Guadalcanal y pueblos de la comarca.- Época de la aparición.- El Niño Bellotero, Patrono de Valverde.- Visita de 1628.- Acuerdo de la Villa en 1637.- Donación de D.ª Catalina de Ortega.

A unos ocho kilómetros de Guadalcanal, en un hermoso valle que riega el Guaditoca, se alza el Santuario de la Virgen de Guaditoca, la Patrona de Guadalcanal y de los pueblos comarcanos. Hoy, como hace siglos, es lugar de cita de los devotos de tan buena Madre y poderosa Abogada; y al pié de su trono acuden unos a implorar su protección, otros a mostrar su agradecimiento. El nombre bendito de Guaditoca lo llevamos grabado en el corazón los hijos de aquella tierra, y de nuestros labios brotan espontáneamente sus alabanzas: como a tierna Madre la amamos, que así nos lo enseñaron en el regazo materno, y por lejos que estemos de aquel lugar, que Ella eligió para poner el trono de sus misericordias, hacia él dirigimos nuestra mirada y  para él son los afectos más encendidos del corazón.

Una tradición no interrumpida nos dice que en la peña que bañan las aguas del Guaditoca apareció la Santa Imagen a un humilde pastor. El autor de la Historia de la Casa de Herrasti, en la Casa VIII,[1] en que trata del linaje de los Ortegas de Guadalcanal, con cuya familia estaba emparentado, dice lo siguiente: “Nuestra Señora de Guaditoca, milagrosísima Imagen, aparecida a las orillas de un pequeño arroyo, en cuyas márgenes la vio por primera vez un afortunado pastor, tocando con las extremidades de sus tocas, las dichosas cristalinas aguas: cuyo suceso dio la etimología a su advocación sagrada”. Disentimos de este autor en lo referente al nombre de la Santa Imagen, pues creemos que tomó el nombre del arroyo Guaditoca en cuya orilla se apareció[2]. Señala con más precisión el lugar de la aparición el cura de Santa María de Guadalcanal D. Bartolomé Díaz, en un informe que dio,  a petición del Consejo de las Órdenes en 1722, y dice acerca de la tradición: “Que en los archivos eclesiásticos y seculares de esta Villa no hay papeles algunos por donde conste el origen de la Santa Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca; pero es tradición antiquísima, que ha venido de unos en otros, que esta milagrosa imagen fue aparecida al sitio de la Vega del Encinal, término de esta Villa (de Guadalcanal), en una peña, inmediata al arroyo de dicha Vega; y poco distante se le fabricó una ermita muy corta y sin la decencia correspondiente, en tierras en que sucedió D. Alonso Carranco de Ortega…[3]

Aun se conserva la peña de la aparición y junto a ella hay un sencillo pilar que sirve de base a una Cruz, y que recuerda la singular merced de la Madre de Dios. Sobre la piedra es colocada la Santa Imagen al salir del Templo en procesión y antes de su entrada mientras canta la Salve el pueblo. Nos es desconocido el nombre del pastor, a quien se apareció la Virgen bendita; pero su memoria vive en los devotos de tan excelsa Señora.

Pronto se extendió por Guadalcanal y por los pueblos circunvecinos de la región extremeña la buena nueva del hallazgo de la Imagen; y como la Virgen Santísima se complacía en atender con benignidad a los ruegos y súplicas de sus devotos “siendo en toda la comarca el asilo de las necesidades comunes, y el más eficaz remedio para todo género de males” [4]; movidos éstos por la piedad y vivísimo amor, edificaron, no lejos del lugar de la aparición, una Iglesia de sencilla construcción, la misma que, aunque dedicada a usos bien ajenos a la voluntad de los que la labraron, aún se levanta cerca del Templo actual.

De aquí arranca la devoción a la Virgen bendita de Guaditoca, y el título de Patrona con que el pueblo de Guadalcanal la ha honrado y venerado; siendo desde aquel instante remedio eficaz en las necesidades, alivio seguro en sus aflicciones, consuelo y refugio de pecadores, abogada e intercesora fidelísima. Ante su altar se postran sus hijos en las horas difíciles; a ella acuden en sus necesidades; su nombre es sostén de los débiles, esperanza segura de los oprimidos; a Ella ofrecen las lágrimas y de Ella reciben la paz y la alegría. Es Madre, Reina y Señora de los hijos de Guadalcanal, su honra más legítima, y el encanto más puro de sus corazones.

¿Cuándo tuvo lugar la aparición de la Santa Imagen?. Difícil es poderlo precisar con exactitud. Una tradición, que aún vive en el pueblo, puede ayudarnos a fijar un tiempo en el que ya existía el Santuario. Dice la voz del pueblo que el Santuario estaba en el límite del término de Guadalcanal con Azuaga, y que ambas villas se disputaban la pertenencia del Santuario, quedando en poder de los de Guadalcanal por favor especial de la Virgen bendita. Es cosa cierta que hubo un tiempo en que en el Santuario se partían los términos de ambas villas, hasta que D. Enrique, Infante de Aragón y Gran Maestre de la Orden de Santiago cedió a Guadalcanal en 10 de Abril de 1428 por privilegio refrendado por Gonzalo Ruíz, una parte del término de Azuaga, en atención a la muy crecida población de Guadalcanal, siendo corto su término, y a la escasa de las villas de Reina y Azuaga, que tenían gran extensión de tierras.[5] Por tanto, anterior a este privilegio es el antiguo Santuario, muy próximo al actual, y ambos al sitio de la aparición, que aún podemos ver, aunque convertido en casa de labor en la actualidad, y cuya fábrica, muy modesta por cierto, revela que es obra del siglo XIV.

Hemos sospechado sin en aquellos alrededores hubo alguna antigua población, perdida más tarde; no falta restos de edificaciones en los contornos y tal vez no quedará en pié otro edificio que el templo, como ocurre dentro del territorio de la Diócesis de Sevilla con algunos Santuarios venerados, como el de Villadiego en Peñaflor, Setefilla en Lora y Cuatrovitas en Bollullos de la Mitación, por solo citar algunos.

Recuerdo de la antigua devoción de la Cruz, llamada del aceite, y aún se puede ver en el pilar que la sustenta el depósito donde toda la arriería, que conducía aceites a Extremadura, tenía la piadosa costumbre de echar una cantidad, aunque fuera corta, con la que se tenían siempre vivas las lámparas del santuario.

La venerada Imagen es una hermosa escultura de vestir, de rostro un poco alargado; tiene una gravedad severa al par que dulce, que atrae reverente a quien la mira, infundiendo respeto, amor y confianza filial; la frente es ancha y despejada, las cejas menudas, negras y arqueadas; los ojos negros y grandes con mirada tan agradable y serena que subyuga y llega hasta lo hondo del alma; la nariz larga y afilada; la boca pequeña y los labios finos y encendidos; teniendo junto a la boca en el lado izquierdo un lunar, que da expresión de singular belleza a todo el rostro.

Las diversas restauraciones que ha sufrido la santa Imagen, y en especial la última, hacen que haya perdido el carácter de antigüedad y la pátina que los años imprimen en las esculturas.

La Imagen del Niño Jesús, llamado el Bellotero, aunque ha sufrido también restauraciones, conserva aún rasgos característicos, dignos de atención. Está tallado en madera de encina y de su dorada túnica solo conserva la fimbria, habiendo sido destruido lo demás; el rostro, aunque repintado y con ojos de cristal, conserva las líneas puras y severas de las esculturas góticas, así como las manos, cuya diestra bendice a la griega y cuya izquierda oprime dulcemente un pajarito. Está colocado actualmente sobre una peana de encina tallada.

¿Estuvo en lo antiguo la Imagen de la Virgen sentada y con el Niño de pié sobre las rodillas y sostenido por las manos de la Señora?

Quizá esta fuera su primera colocación, a juzgar por la posición del Niño y por el destrozo hecho en su vestido, para separarlo sin duda de la Madre; a ello también induce el modo como está la parte inferior de la escultura de aquel, que revela que ha sido violentamente arrancado de donde estuviera colocado fijamente. Podría, pues, señalarse como época de la escultura el siglo XIV.

La devoción a la Virgen de Guaditoca no solo se extendió al vecino pueblo de Malcocinado, que hasta hace poco estuvo unido a Guadalcanal en lo eclesiástico y en lo civil, y a los de Azuaga, Berlanga, Valverde de Llerena y Ahillones, en los cuales desde antiguo existieron Hermandades en honra de Nuestra Señora de Guaditoca; sino que llegó hasta lugares más lejanos; siendo muy visitado el Santuario por su proximidad al camino de Andalucía a Extremadura, tan frecuentado, hasta que los modernos adelantos han llevado por sitio distinto la comunicación entre las dos regiones.

La devoción al Niño Jesús corre parejas con la que se ha profesado a Nuestra Señoras de Guaditoca; una tradición nos recuerda que lo llevaban por las fincas y caseríos próximos al Santuario, en especial en la recolección de la bellota y recibía como limosna gran cantidad de este fruto, con lo que se atendía a su culto; no escaseando otras limosnas y donativos. Aun tiene al brazo un pequeño canasto de plata con algunas bellotas del mismo metal.

El pueblo de Valverde de Llerena lo venera como a su Patrono; y hubo cofradía erigida en su honor, de la que hablaremos en otro capítulo. En un libro de esta Hermandad, que se conserva en la parroquia de Valverde, en una nota marginal hace referencia a la procesión que el Clero y pueblo hacían a la Cruz de Guaditoca, que está a la salida del pueblo, a la llegada del Niño Jesús, al que acompañaban con cánticos hasta la parroquia. Salía en la procesión el día del Corpus Chisti y su octava; y días después lo llevaban procesionalmente al Santuario.

Tenía el Niño Bellotero ricas andas de plata, de las que no queda más que la memoria.

No podemos precisar el tiempo en que se introdujo la costumbre de separarlo de la Imagen de la Virgen: desde luego a mediados del siglo XVIII, encontramos en los inventarios de la Marquesa de San Antonio una indicación de que había otro, del cual no queda más que la memoria, que tenía la Virgen en los brazos.

El más antiguo documento referente al Santuario, que ha llegado a nuestras manos, es el auto de Visita de 1628, en cuyo año la hizo en[6] Guadalcanal el Ldo. D. Andrés de Barra, caballero del hábito de Santiago, Consultor del santo oficio de la Inquisición, Vicario perpetuo del Convento y Vicaría de Santa María de Tentudía y Juez eclesiástico ordinario de ella por la Orden, y Vicario General de San Marcos de León, por ausencia de D. Francisco de Tena, Prior: por las muchas ocupaciones que le ocasionaba la santa visita de la villa, delegó en el Presbítero de Guadalcanal, Licenciado D. Diego García de la Rubia, para que acompañado de notario, visitase las Capillas e Iglesias del extramuros, como lo realizó; visitando el día 10 de Junio las ermitas de San Pedro, San Benito, San Juan y Nuestra Señora de los Remedios, mandando en esta última “que se quiten muchos santos de papel que el santero tiene puestos en el frontispicio de la Capilla, y unos paños así mismo de vedenes que más provocan a risa que a devoción; y al día siguiente hizo la visita de la capilla de San Antonio, en las famosas minas del Pozo Rico, y de allí marchó a Guaditoca, “ermita, dice el auto, de mucha devoción; y habiéndola visto y mirado por dentro, le parece tiene necesidad de recorrerse parte de ella y la casilla del casero; y que a la campanilla que tiene se le eche un eje, porque el que tiene está podrido y sin provecho, y así mismo le falta un frontal; que para uno y otro tiene caudal dicha ermita. Y esto le parece y lo firmó”. Visitó por último Santa Marina, “que es una ermita tan antigua”.

Al año siguiente fue elegido Regidor de la Villa D. Alonso Carranco, cuyo nombre va unido a la edificación del nuevo Santuario.

Anterior al templo actual, y testimonio de la antigua devoción de Guadalcanal a su Patrona, es un auto de la Justicia y Regimiento de la Villa, de gran valor. En 19 de Abril de 1637 se celebró Cabildo, al que asistieron Juan González de la Pava y Juan de Castilla Freire, Alcaldes ordinarios; Fernando Gorgazo, Cristóbal Yanes de Gálvez, Antonio de Fonseca y Sebastián de Gorgazo, regidores; Pedro de Ortega Freire, Alférez Mayor de la Villa; Rodrigo de Ayala Sotomayor, Juan de Ortega y Diego Díaz de Ortega, regidores.

“En este Cabildo se acordó que por cuanto siempre que ha habido necesidad en esta república de pedir a Dios Nuestro Señor remedio en las necesidades de ella, lo ha hecho poniendo por intercesora a Nuestra Señora de Guaditoca, con quien se ha conseguido el cumplimiento de dichas necesidades y de toda esta comarca, que tiene devoción a celebrar sus fiestas y tienen fundada hermandad; y porque de presente la necesidad de agua para los trigos, así para que no suba el precio que tiene el seco, como para que Dios Nuestro Señor en dicho fruto y los demás nos haga merced; se acordó que se traiga a esta bendita Señora con toda la veneración posible y que se haga pregonar públicamente en esta Villa para que mañana Domingo, que se cuentas diez y nueve de este dicho mes, sean sabedores cómo se ha de traer y se envíen a hacer diligencias a Valverde, Ahillones, que tienen fundadas Hermandades, para que acudan con los estandartes de su Hermandad cada una para acompañar en la procesión con su cera: y se comete la disposición de traer a esta Señora a el Convento de Monjas del Espíritu Santo de esta Villa a don Pedro de Ortega, Alférez y a D. Rodrigo de Ayala, regidor perpetuo de ella, para que estando allí se traiga en procesión general a la Iglesia Mayor de esta Villa a donde se le diga un novenario con mucha devoción; y que se publique para que todos los hijos de esta Villa acudan a él; y que la cera que fuere necesaria se saque de la que tiene la Hermandad de los regidores con cuenta de lo que pesare y gastare y se pague de la limosna que se juntare y si faltare algo lo pague la Villa”.

Los gastos fueron más crecidos que las limosnas que recogieron los Comisarios, y éstos, cumpliendo el anterior auto del Cabildo, acudieron en 26 de Mayo siguiente a la Villa, la que accediendo al pedimento que presentaron aquellos, mandó librar setecientos sesenta y dos reales y diez y ocho maravedís, para pagar los gastos de la traída, fiestas y vuelta a su Santuario de la Venerada Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca.[7]

Al siguiente año de 1638 D.ª Catalina de Ortega, mujer de D. Juan Velarde Tello, Mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora de Guaditoca, en testamento otorgado en 25 de Agosto hizo un legado a dicha Imagen, y la cláusula dice así: “Mando Mayor a Nuestra Señora de Guaditoca una vaquita de tela azul”.[8]

Ya por ese tiempo se labraba nuevo templo a expensas de D. Alonso Carranco y con el dinero que aportó la Hermandad, de lo cual trataremos en el siguiente capítulo.

Capítulo II

Situación de Guadalcanal en la primera mitad del siglo XVII.- D. Alonso Carranco de Ortega.- Fábrica del nuevo templo de Guaditoca.- Pedimento y licencia para bendecirlo.- Acta de la bendición.- Breve descripción del templo.- Muerte de  don Alonso Carranco.

No era en la primera mitad del siglo XVII próspera la situación de Guadalcanal; por un expediente mandado instruir por Real Cédula de Felipe IV, dada en Madrid a 9 de Enero de 1642, para aumentar la dotación del Curato de Santa María, a petición del Ldo. D. Fabián de Olmos, religioso de la Orden de Santiago, que era el Párroco, consta que “la dicha villa y sus vecinos han venido en gran quiebra y disminución, así en haber faltado muchos de los vecinos que tenía, como en la pobreza que tienen los pocos que han quedado, y en particular los de dicha parroquia”[9]

Una de las causas, quizás la principal, del estado de la Villa, fue la emigración de muchos de sus hijos a América, y por cierto que no olvidaron a su pueblo natal, dejando testimonios fehacientes de su piedad y largueza. Merecen un recuerdo Jerónimo González de Alanís, el cual por testamento otorgado en 10 de Marzo de 1582, en la Ciudad de la Plata, provincia de Charcas, en el Perú, de donde era vecino, mandó que de su hacienda se tomasen 30.000 pesos de plata corriente, se pusieran a renta y se fundase un convento de monjas de Santa Clara, una Capellanía y un Pósito para los pobres de Guadalcanal; cuyas fundaciones llevaron a feliz término en su nombre, Fr. Antonio Delgado, Guardián de San Francisco y Catalina López, la Rincona, hermana del fundador y mujer de Cristóbal Muñoz, por escritura otorgada en Madrid en 4 de Mayo de 1591, asignando para el convento 408.000 maravedís, al Capellán 108.000, al Patrono 27.200 y al Pósito 38.953 del principal, los que impusieron sobre las Alcabalas de Guadalcanal, Llerena y Azuaga. Gonzalo García, fundó una capellanía en la parroquia de San Sebastián con 50.000 maravedís de principal, impuestos sobre las alcabalas de Sevilla. Catalina Rodríguez, la Cepera, dejó otra capellanía en la misma parroquia. Cristóbal Arcos Medina, dejó capellanía en Santa Ana, Teresa de Morales, vecina de Panamá, dejó 3.000 ducados para una capellanía servidera en la Iglesia Mayor. Alvaro de Castilla y Ramos, estando en Guanajuato, en Indias, por testamento otorgado en 17 de Septiembre de 1614, fundó un hospital y convento de Religiosas de la Concepción “en la plazuela que sale de calle Olleros”, con obligación de que las religiosas asistieran a cuatro enfermos del hospital, señalándoles 500 ducados de renta; su mujer D.ª María de Loja y Meneses por sí y en nombre de sus hijas, otorgó otra escritura en el mismo pueblo de Guanajuato a 19 de Abril de 1616, quitando a las religiosas la obligación de asistir enfermos; y por otra escritura otorgada en el mismo pueblo, en 16 de Enero de 1619, fundó una capellanía servidera en la Iglesia del Convento. Alonso González de la Pava, también enriquecido en Indias, dedicó 80.000 pesos para la fundación de otro convento de monjas en el sitio que estaba la capilla del Espíritu Santo, con hospital anejo; convento al que llama un cronista de la orden franciscana, al que perteneció, “una nueva planta en la cual se experimentan muchos medros de virtud”; fundando también capellanía y dejando otras obras pías en su testamento, digno de ser leído por el sabor de riquísima piedad de que está saturado.[10]

No era menor la piedad de los que quedaron en la Villa; entre ellos merece un recuerdo especial D. Alonso Carranco de Ortega, cuyo nombre y el de su piadosa mujer D.ª Beatriz de la Rica, van unidos a la fábrica del nuevo templo que levantaron a Nuestra Señora de Guaditoca. Era D. Alonso descendiente de los conquistadores de Extremadura.[11] Según el citado Pérez Herrasti, disfrutó esta familia un mayorazgo por merced del Gran Maestre Alonso de Cárdenas, concedido en el capítulo general, que celebro la Orden en Llerena; y los primeros que lo disfrutaron, fueron Lorenzo Remusgo de Gálvez y Francisco de Gálvez su hermano, de quienes pasó a Diego Díaz de Ortega, nieto de uno de ellos.

Nos parece que no es de tan remota fecha la fundación del Mayorazgo, pues el testamento de D. Pedro de Ortega Freire, hijo de D. Alonso, dice así: “Declaro que Pedro Lucas de Ortega mi abuelo instituyó y fundó un vínculo y mayorazgo por el testamento debajo de cuya disposición murió y señaló entre otros bienes la heredad de San Benito y la bodega con todo lo que le pertenece y las viñas que entonces tenía y sus zumacales que tiene; no se paga diezmo ni se debe pagar en virtud de cédula de privilegio y merced del Sr. Maestre de Santiago y por cuanto D. Alonso Carranco de Ortega mi padre y yo hemos comprado algunas viñas que le lindaban y hecho algunas posturas que todo está dentro de las dos cercas de el pozo hasta la bodega arriba, es mi voluntad que el poseedor del vínculo lleve lo que se ha comprado en parte de su legítima en precio de 20.000 reales, y el otro hermano lleve en recompensa de dichos 20.000 reales la heredad de viñas y bodega que tengo al sitio de la Burbana con una suerte de tierras que tiene a la puerta de la bodega; y quiero que si las viñas compradas de San Benito valiesen más que la dicha heredad de la Burbana y tierras que le pertenecen, la demasía y más valor lo lleve el poseedor del vínculo por razón de mejora, que así es mi voluntad”.[12]

Don Alonso fue hijo de D. Lucas de Ortega, Regidor de la Villa, y de D.ª Francisca de Gálves; nieto de D. Gonzalo Núñez Remusgo y biznieto de Martín Núñez: nació en Guadalcanal y se bautizó en la Parroquia Mayor en 2 de Abril de 1586. Noble de abolengo y piadoso y humilde de corazón, casó con una ilustre y no menos piadosa dama, D.ª Beatriz de la Rica, hija de D. Pedro Martín de Freire y de D.ª Elvira Rodríguez de la Rica, nacida en Guadalcanal y bautizada en la Parroquia Mayor en 11 de Febrero de 1585.

Era dueño D. Alonso, por herencia recibida de sus antepasados, de las tierras de los Berriales, lindantes con la vieja ermita. ¿Fue la idea de hacer la nueva Iglesia nacida del mandato de la visita de 1628, de que se reparase el templo? ¿Se trató en aquellos días entre los vecinos de la Villa y devotos de la Santísima Virgen de Guaditoca de mejorar y ampliar el templo primitivo, y en un arranque de piedad se decidió D. Alonso a costear de sus bienes la fábrica de la nueva Iglesia?

La falta de documentos nos impide contestar a estas preguntas. Consta ciertamente que ya se trabajaba en el nuevo templo en 1638 y que la Hermandad aportó alguna cantidad para la obra, por el testamento otorgado por don Alonso Carranco en 14 de Septiembre de ese año, en el cual hay la siguiente cláusula:

“Y por cuanto por la suma devoción que yo he tenido y tenga a la Santa Imagen de Nuestra Señoras de Guaditoca, mi muy particular abogada, reconocido de los grandes beneficios y mercedes que por su intercesión me ha hecho Nuestro Señor, hice y otorgué una escritura de contrato con Juan Velarde Tello, mayordomo que a la sazón era de su ermita, en que nos obligamos el dicho Juan Velarde a que daría trescientos ducados de limosna procedidas y que procediesen en la forma que se contiene en la escritura; y yo me obligué que dándomelos le haría una Iglesia; y, para que se continúe la obra, quiero y mando que D. Pedro de Ortega Freire, mi hijo y heredero, haya y cobre los dichos trescientos ducados del dicho Juan Velarde Tello, o de quien más haya lugar; y así cobrados continúe la dicha obra por cuenta de mi hacienda en la parte que sea necesario, demás de lo que a mi vez tengo gastados, que serán dos mil y cien ducados.”[13]

Muy de sentir es que esta escritura no se haya encontrado, ni otras noticias acerca de la edificación del Templo. Se acabó la obra en 1647, según reza la lápida que está en la fachada de la Iglesia y que dice así:

<<A HONRA Y GLORIA DE DIOS Y DE SU SANTÍSIMA  MADRE HIZO ESTA OBRA DE ESTA SANTA CASA D. ALONSO CARRANCO DE ORTEGA Y DOÑA BEATRIZ DE LA RICA SU MUGER Y DE SU HAZIENDA ACABOSE AÑO 1647>>.

Dos años mediaron entre la terminación de la obra de la nueva Iglesia y la bendición y colocación de la Santísima Virgen, sin que podamos vislumbrar a qué se debió esta dilación.

En 1649 estando en Santa Visita de Guadalcanal el Vicario general, presentó D. Alonso el siguiente Memorial: “D. Alonso Carranco de Ortega, vecino de esta Villa de Guadalcanal, digo: que para honra y gloria de Dios Nuestro Señor, por mi devoción, he hecho una Iglesia de Nuestra Señora de Guaditoca, en el sitio del Encinal de esta Villa, para trasladarla a ella, por ser la que tiene corta e indecente a la grandeza y milagros que esta gran Señora hace con esta Villa y los lugares circunvecinos; y porque la dicha Iglesia está acabada en toda forma a mi costa. = Suplico a Vmd. de licencia para trasladar a Nuestra Señora a la Iglesia nueva, que está en el mismo sitio, que en ello recibiré merced con justicia. =Don Alonso Carrasco de Ortega”.

Accedió el Vicario general a lo solicitado y dio el siguiente auto: “Vista esta petición por su merced el Sr. Licenciado Francisco Caballero de Yegros de la Orden de Santiago, Vicario perpetuo del Convento y Vicaría de Nuestra Señora Santa María de Tudía, Juez eclesiástico ordinario en ella por Su Magestad, como Administrador perpetuo de la dicha Orden = Otro sí: Vicario general de esta provincia de León, por su señoría el Sr. D. García de Eslava y Hoyos por la gracia de Dios Prior del real convento de San Marcos y de su provincia, del Consejo de su Magestad y de su Capellán = Dio comisión en forma al Doctor Don Alonso de Morales y Molina, de la Orden de Santiago, cura de la parroquial de Santa Ana de esta Villa, para que por su persona vea la Iglesia que está hecha para nuestra Señora de Guaditoca, en el Encinal de esta ésta dicha villa, y hallándola que esté con la decencia, ornato y capacidad que a el caso conviene y con más perfección que la Iglesia vieja en que ha estado la dicha Imagen, que está inmediatamente a ésta, pueda bendecir y bendiga la nueva mencionada en este pedimiento, según el Ritual romano, hecho todo lo cual y lo que más se pueda requerir en cosa que pide tanta atención y cuidado, le encargo la conciencia, para que obre como debe, y hecho todo se ponga por fe y testimonio al pie de este Auto = Y al Licenciado Fabián de Olmos, de la dicha Orden, Cura de la Iglesia mayor de esta Villa, habiendo hallado la dicha Iglesia ya bendita el día que se trasladase la dicha Imagen de Nuestra Señora de esta Villa para su colocación a la dicha nueva Iglesia, como párroco que es y a quien toca y pertenece asistir a la procesión y decir la misa cantada y lo demás tocante a este ministerio, se le deja su derecho a salvo para que obre según y de la manera que puede. Así lo proveyó, mandó y firmó, estando en esta Villa, en siete días del mes de Diciembre de mil seiscientos cuarenta y nueve años = Licenciado Francisco Cavallero = Por mandato del señor Vicario general, D. Pedro López Rubio, Notario.”[14]

Se bendijo solemnemente la Iglesia y de ello se levantó acta notarial que dice así: “Yo Domingo López Rubio, Clérigo, Presbítero, Notario Apostólico por autoridad apostólica y ordinaria y de la audiencia de su merced el Señor Vicario general, doy fe y testimonio de verdad en la forma que puedo, como hoy Domingo doce días del mes de Diciembre, como a las nueve horas del día poco más o menos, estando en el Encinal, término y jurisdicción de la villa de Guadalcanal, en la Iglesia nueva, que está hecha para colocación de Nuestra Señora de Guaditoca, el Dr. D. Alonso Morales de Molina, de la Orden de Santiago, Cura de la Iglesia Parroquial de Señora Santa Ana de la dicha villa de Guadalcanal y contenido en la comisión de este pliego, que tiene aceptada, con asistencia de los Licenciados Diego González Holgado y Antonio de Ayala, presbíteros, vecinos de dicha villa, estando revestidos, según y la manera que por la dicha Comisión se ordena, el dicho D. Alonso hizo la bendición de esta dicha nueva Iglesia, bendiciéndola con agua bendita por todas las partes que fueron necesarias, así dentro como fuera, como lo manda y dispone el Ritual romano, haciendo la procesión que en las rúbricas de dicho ritual se dispone y todo lo demás que al caso vino, a que fueron testigos a verlo hacer y cantar y oficiar D. Diego de Fuentes, Presbítero, Francisco Núñez Cordero, Presbítero asimismo y Francisco Rodríguez Montero, vecino de la dicha villa y otras muchas personas que a la ceremonia se hallaron presentes. Y para que conste de la verdad y que así pasó, di el presente de pedimento de D. Alonso Carranco de Ortega, vecino de la dicha villa de Guadalcanal, estando en el sitio retroscripto, en doce días del mes de Diciembre de mil seiscientos cuarenta y nueve años, y en fe de ello signé y firmé = En testimonio de verdad, Domingo López Rubio”.

El Templo, que edificó a sus expensas don Alonso Carranco, está situado a orillas del río Guaditoca, entre la ermita vieja y la peña de la aparición de la santísima Virgen y orientado de naciente a poniente: tiene un pórtico que le sirve de vestíbulo, en lo antiguo quedaba delante una amplia plazuela formada por los portales situados a los lados norte y sur, el templo al este, y quedaba abierta al oeste. A más de la puerta principal, situada a los pies del templo, tenía otra al lado sur, mirando al río, que fue cerrada en la primera mitad del siglo XIX y el portaje colocado en el inmediato caserío.

Tiene la Iglesia una sola nave, al estilo greco-romano: cubierta de bóveda dividida por arcos; la capilla mayor tiene una esbelta cúpula, con  linterna, así como el camarín que es una espaciosa pieza cuadrada, a la que se sube por cómoda escalera. Toda la fábrica es de ladrillo y mampostería.

Todo el templo fue objeto de una concienzuda reparación y de importantes obras de adorno en 1913, de las que nos ocuparemos en lugar oportuno.

Las pinturas que revisten los muros son del siglo XVIII, y están en pésimo estado de conservación, debido a la incuria del tiempo, y al abandono y descuido, en que se ha tenido la Ermita durante muchos años: su autor fue un pintor de Llerena llamado [Juan] Brieva y un hijo suyo.

En el testero principal del Camarín hay una buena pintura mural de la Virgen de Guaditoca, tal y como la vestían en el siglo XVIII. Tiene rostrillo, corona imperial y ráfaga de plata; la saya y manto al gusto de la época, de telas color encarnado, con joyas prendidas en las vestiduras; delante del pecho lleva el niños Jesús, vestido con las mismas telas que la Madre, lleva corona de plata, y al brazo un canastillo del mismo metal. A los pies de la Santa Imagen hay una media luna, también de plata. Las pinturas de cornisa para abajo han desaparecido, y en la bóveda no quedan más que algunos ángeles. En el muro de la derecha, en un hueco que imita una ventana, hay una pintura, retrato de un caballero santiaguista, que debe ser el Marqués de San Antonio; cuyas armas adornan las pechinas. Frente a la puerta de entrada, y formando juego con la pintura de la Santísima Virgen con el Niño en brazos, y a sus lados San José, San Joaquín y San Ignacio.

La bóveda principal de la Iglesia, ya no conserva más que restos de la pintura, que la adornó en otros tiempos; en el medio punto del lado del evangelio está la Justicia de Salomón y en el de la epístola, a los lados de las ventanas, San Isidro Labrador a la derecha, y Santa Magdalena a la izquierda. En las pilastras del arco toral Santiago y San Bartolomé. En la bóveda de la nave de la Iglesia y de la tribuna del coro alternan las virtudes y las estaciones con ángeles, escudos heráldicos, apóstoles y otros santos.

Con las más opuestas intenciones han afirmado unos D. Alonso no hizo otra cosa que restaurar el templo primitivo y otros que cuanto hay en el templo fue obra de D. Alonso o de sus descendientes. Los documentos que han llegado hasta nosotros, y de los cuales iremos dando noticias, permiten reconstruir la verdad. La obra de D. Alonso, a la que como hemos visto contribuyó la Hermandad, queda reducida a la nave de la Iglesia cubierta de techo a la bóveda de la capilla mayor y sacristía: y lo demás, el camarín, la bóveda de la nave, las pinturas, los portales, son debidos al esfuerzo de la Cofradía y a la piedad y generosidad de los devotos de la Virgen de Guaditoca.

Testó D. Alonso ante el Escribano Martín Murillo en 16 de Diciembre de 1653, y es lástima que no queden más que las dos primeras hojas de este testamento, faltando las demás en las que había de encontrarse algo interesante para la historia del Santuario de Guaditoca. Los últimos renglones dicen así: “Digo que por mi devoción he hecho una Iglesia a la Virgen Santísima de Guaditoca, cuya fiesta se hace y celebra….” [15]. Por el testamento de su hijo don Pedro de Ortega, consta que dejó fundada una memoria para que se cumpliese en el día de la fiesta de Nuestra Señora de Guaditoca, y consistía en una Misa cantada, que se decía antes de la función principal, y la dotó con diez y seis reales.

Se enterró D. Alonso Carranco de Ortega en Santa María en la sepultura de sus antepasados.

Capítulo III

D. Pedro de Ortega Freire.- Obtiene licencia para usar de una puerta de comunicación entre su casa y la iglesia de Guaditoca.- Concesión de un Jubileo por S.S. Alejandro VII.- Acuerdo de la Cofradía sobre el mismo.- Acuerda el Ayuntamiento en 1668 traer a la Villa la Santa Imagen.- Misión del P. Tirso González S.J.- Testamento de D. Pedro de Ortega.- Donación de don Francisco Maldonado.

Hijo de D. Alonso Carranco de Ortega y de D.ª Beatriz de la Rica fue D. Pedro de Ortega Freire. Nació en Guadalcanal y se bautizó en la Parroquia de Santa María el 29 de Septiembre de 1605[16].

Fue inclinado en sus primeros años al estado sacerdotal y recibió la tonsura de manos de D. Diego de Pereda, Obispo Prior de S. Marcos de León, en las órdenes que celebró en la parroquia mayor de Guadalcanal, en 21 de Febrero de 1616, estando de Santa Visita en la Villa.[17] Su padre, por escritura otorgada ante Cristóbal de Cobos en 10 de Enero de 1625, fundó una capellanía, servidera en la citada Parroquia y les asignó por bienes una escritura de tributo de 15.000 maravedís de principal, que por deuda le tenía otorgada Pedro Martín Rasero y su mujer; otra escritura de tributo de 5.000 maravedís de principal otorgada por Alonso González Moreno y su mujer; una suerte de tierra en el sitio de Los Berriales, de cuatro fanegas de sembradura, que lindaba con tierras de Diego Tamayo Pineda, y otra suerte de tierra al dicho sitio en linde con tierras de Pedro Ortega López, de diez y seis fanegas de sembradura: puso como de obligación del capellán decir o mandar celebrar las Misas que cupieran en las rentas al estipendio de cuatro reales; y nombró por primer Capellán a su hijo don Pedro de Ortega Freire “que quiere ser sacerdote y está ordenado de tonsura y con el fin de que le sirva de título para ordenarse de mayores”. Recibió D. Pedro colación de la Capellanía, previo el oportuno expediente, en 30 de Enero de 1625.[18]

Años después, en 1629, vemos a D. Pedro más inclinado a las armas que al estado eclesiástico; de los cual dio pruebas en la noche del Domingo de Trinidad de 1629; lo que le ocasionó un proceso en la Curia eclesiástica de Llerena, terminando las actuaciones con imposición de censuras y penas pecuniarias, alcanzando a D. Alonso participación en ellas y de las que uno y otro pidieron humildemente al Provisor de Llerena le fueran alzadas, a lo que inmediatamente accedió éste.

En el año 1659, lo encontramos desempeñando empleos de real servicio; mereciendo distinciones especiales de D. Juan de Austria, que le exceptuó de alojar tropas, dándole al mismo tiempo facultad para señalar itinerario a los ejércitos e imponiendo penas graves a las justicias que no le obedeciesen como a la misma persona de D. Juan.[19]

Casó en Sevilla en 1º de Agosto de 1631 con la virtuosa dama D.ª Tomasina Inarte Salazar Ponce de León, feligresa de la collación S. Marcos e hija de D. Pedro Inarte Salazar, natural de Sanlúcar de Barrameda, por lo que casa de los Ortegas de Guadalcanal poseyó en la Parroquia de aquella ciudad un patronato con capilla y suntuoso sepulcro; y siendo la dama de la casa esclarecida de Arcos, incorporaron los Ortegas a sus armas los blasones de aquella. Fue D. Pedro el primer alférez perpetuo de Guadalcanal con facultad de poner teniente, Alcalde por el Estado noble y familiar de Santo Oficio de la Ciudad de Llerena.

Remató algunos años las rentas de la fábrica de Santa María y debiendo a ésta 3.760 mrs. para asegurar su pago “obligó un oficio de Alférez mayor de dicha villa, -dice la escritura que otorgó en 30 de Mayo de 1654, con licencia del Provisor de Llerena-[20] que vale mil ducados de planta; y así mismo una heredad que tengo a el sitio de San Benito en que habrá veinte aranzadas de viña con su lagar y tinajas, que son treinta y dos de cien arrobas y otras diez más pequeñas y dos suertes de tierra que se alindan con un cercado; que todo hará en sembradura treinta fanegas de trigo, que vale más de ocho mil ducados y las casas de mi morada en esta villa; y si estas partidas no bastaran daré más a satisfacción de dicha Iglesia”.

Heredó D. Pedro de su padre la devoción a la Santísima Virgen de Guaditoca: en 1653 era Mayordomo de la Cofradía y arrendó en 23 de Noviembre a Juan López Gordón una casa que tenía la S. Virgen en la calle de la Fuente, por tiempo de tres años y en precio de seis ducados en cada uno.[21]

Obtuvo confirmación del privilegio, de que gozó su padre, de tener puerta de comunicación entre la casa que tenía inmediata al Santuario y éste, para mejor cuidar del culto de la Santísima Virgen, dirigiendo al Vicario general la siguiente petición:[22]

“D. Pedro de Ortega Freire, vecino de esta Villa de Guadalcanal, Alférez mayor y familiar del Santo Oficio de ella, hijo legítimo, único y heredero de D. Alonso Carranco de Ortega, vecino que fue de esta villa, como mejor haya lugar en derecho, digo que como consta del testamento y última voluntad, sobre cuya disposición  murió el dicho mi padre, reedificó y labró a sus expensas, durante su vida, la ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, término y jurisdicción de esta dicha villa a la entrada del Encinal de ella, en tierra propia del dicho mi padre, y accesoriamente una casa habitación, para que con la mucha devoción que el dicho mi padre tuvo y asistencia en dicho sitio, se perpetuase en sus herederos y sucesores la frecuencia y cuidado, reedificación y aseo de dicha Iglesia; y para con más comodidad poder cuidarlo dejó una puerta que de dicha casa haga tránsito a la capilla mayor de dicha Iglesia; y aunque en si fue lícito y debido por fundador y reedificador de obra tan heróica y santa, para que en tiempo alguno no se pueda escrupulizar, ni poner embarazo en el uso de dicha puerta, valiéndose de este medio para malquistar la devoción que mi casa ha tenido y tiene con aquella Santa Imagen – Pido y suplico a Vm., pues ha visitado dicha Iglesia y reconocido todo lo susodicho y consta por el testamento que presento solemnemente, mande librar su mandamiento, para que ninguna persona pueda poner estorbo ni embarazo, al uso de dicha puerta, y yo y mis sucesores podamos usar de ella para dicho efecto, pues respecto de estar en el campo, viene a ser de conveniencia para que la ermita esté con el aseo que en ello se requiere, que en ello requiere particular merced, pues es justicias que pido etc. = Don Pedro Ortega.”

Accedió a esta petición el Vicario general y dio el siguiente auto: “Vista esta petición y testamento que en ella se presenta, por su merced el señor licenciado D. Tirso Gutiérrez de Lorenzana, de la Orden de Santiago, Visitador y Vicario general de esta provincia de León, Sede vacante, su Sra. Ilma. dijo que por el presente daba y dio licencia al dicho Don Pedro de Ortega Freire, en la forma que pide, para que pueda usar y use de la dicha puerta en lo lícito, honesto y decente, sin que persona alguna en ninguna manera le pueda impedir el uso de dicha puerta, atento a que a su merced le consta los muchos gastos que el dicho D. Pedro Freire y sus pasados han tenido en la Iglesia de Nuestra Señora de Guaditoca, y en la devoción de las fiestas de dicha Imagen y se espera tendrán en adelante; y lo susodicho se le guarde al dicho D. Pedro Freire, en virtud de Santa obediencia y so pena de excomunión mayor latae sententiae y de diez mil mrs. de pena para la fábrica de dicha ermita;  y así mandó y firmó en la villa de Guadalcanal, estando en visita general en veinte y un días del mes de Julio de mil y seiscientos y cincuenta y cinco años – T. Gutz. De Lorenz.ª Ante mi, yo Cortes Loçano.”

Alguna contradicción se hizo, a juzgar por lo anterior, a que D. Alonso y después su hijo, hiciesen uso de la puerta abierta en la capilla mayor del Santuario; no sabemos a quien atribuir la oposición; pero si consta, que a pesar del mandato del Visitador y Vicario general, no debió cesar porque tres años después, en 1658, encontramos nueva confirmación de la licencia concedida a D. Pedro, en el siguiente documento:

“Nos el Ldo. Don Juan Montero Villalobos de la orden de Santiago, Vicario general de la provincia de León por su Señoría el Señor Don Juan Montero Villalobos y Espinosa, Prior de ella y del real Convento de San Marcos de León, del Consejo de su Magestad etc. = Por cuanto Don Pedro de Ortega Freire, vecino y Alférez mayor de esta villa de Guadalcanal y familiar del Santo oficio de la Inquisición, se ha presentado ante nos la licencia del Señor Licenciado Don Tirso Gutiérrez de Lorenzana, Visitador y Vicario general que fue de esta provincia… y nos ha pedido refrendación y corroboración de la dicha licencia y que siendo necesario se la demos de nuevo por las causas que tiene presentadas en dicha su petición: la cual por nos vista y la dicha licencia, y constándonos ser cierta la relación de dicha su petición, por informes que habemos tenido y por vista de ojos en la visita que hicimos en la dicha ermita, habemos tenido por bien, atento a que es cosa justa lo que el dicho Don Pedro de Ortega Freire pide, de revalidar, como por la presente revalidamos y corroboramos la dicha licencia de dársela, y se la damos de nuevo, para que use de ella, según y como en la dicha licencia se contiene, y mandamos en virtud de excomunión mayor latae sententiae, que ninguna persona se lo impida embarace ni estorbe en manera alguna y so la dicha pena lo notifique a quien fuere necesario cualquiera notario o escribano. Dada en la villa de Guadalcanal, estando en visita en ella, en veinte y un días del mes de enero de mis seiscientos cincuenta y ocho años = El Licenciado Montero Villalobos.”

Un nuevo testimonio del amor de D. Pedro de Ortega al Santuario de Guaditoca ha llegado hasta nosotros, y es documento muy interesante; por él consta la concesión de un Jubileo a favor del Santuario; es un acta de la Cofradía que dice así: [23]

“Acuerdo = En la villa de Guadalcanal a trece días del mes de Marzo de mil seiscientos sesenta y tres años; los hermanos mayores y demás hermanos, de quien se hará mención, de la Cofradía de Nuestra Señora de Guaditoca, sita en la ermita del término de esta Villa, al sitio de la Vega del Encinal, juntos en su cabildo como lo tienen de costumbre, en particular los siguientes: Ldo. Cristóbal Yanes Marín Blanco, Presbítero, Comisario del Santo Oficio y Don Cristóbal Carranco de la Pava, Rejidor perpétuo de esta Villa, hermanos mayores; Don Diego de Castilla Gavilanes, el Dr. Juan Caballero Carranco, Presbítero, Alonso García Carranco de la Pava, Presbítero, Francisco Rodríguez Montero, Presbítero, Diego Rodríguez Hidalgo, Presbítero, Diego Muñoz de la Sancha, Cristóbal Cabezas, Licenciado Gonzalo de la Fuente, Presbítero, Cristóbal Muñoz Salvador, Pedro de la Parra, Alonso González Zancada, Cristóbal González Zancada, Don Álvaro de Castilla, Don Juan de Ortega Suárez, Diego de Cote, el mayor, Diego de Cote, el menor, Gerónimo Quintero de Gálvez, Presbítero, Don Juan de Fuentes y Castilla, Don Diego de Fuentes López, Presbítero, don Diego de Morales y otros hermanos, dijeron que por cuanto Don Pedro de Ortega Freire, Alférez mayor de esta Villa, familiar del Santo Oficio y Mayordomo y administrador que de presente es de dicha ermita y Cofradía, por su devoción y en continuación de la que Don Alonso Carranco de Ortega y Doña Beatriz de la Rica, difuntos, sus padres, tuvieron a la imagen de Nuestra Señora de Guaditoca, labrando a su costa la Iglesia en que de presente está, ha impetrado de nuestro Santísimo Padre Alejandro séptimo, que de presente rige la Iglesia, un jubileo de indulgencias, para que gozen de ellas para siempre jamas los hermanos y hermanas que son y adelante fueren de dicha Cofradía; y porque su Santidad, en sus letras Apostólicas señala para ganar dicho jubileo el día en que se celebra fiesta a Nuestra Señora de Guaditoca, que es desde las segunda vísperas del primero día de Pascua de Pentecostés hasta el segundo día puesto el sol; y concede que dichos Cofrades señalen otros cuatro días festivos en que se ganan dichas indulgencias, siendo primero aprobados por el ordinario = En Conformidad del tenor de dichas letras apostólicas, los dichos hermanos por si y en nombre de los demas, considerando las conveniencias y oportunidades de los tiempos, para que puedan asistir y visitar dicha ermita y ganar dicho jubileo, señalaron el tercero días de Pascua de Resurrección, el día de la Natividad de Nuestra Señora, el día de su Limpia Concepción y el tercer día de Pascua de Navidad, que son los cuatro que Su Santidad concede a dichos hermanos señalen para ganar dicho Jubileo, sin el de la festividad. Y así lo señalan para dicho efecto, por esta vez para siempre jamás: y piden y suplican a su merced el Señor Provisor de esta Provincia de León, como Juez ordinario en ella, apruebe y haya por señalados los dichos cuatro días, interponiendo en ello su autoridad y judicial decreto, y mande su publiquen dichas indulgencias en la forma que dispone el Señor Comisario de Cruzada, así en esta Villa de Guadalcanal, como en las de Valverde, Ahillones y Berlanga, adonde asimismo asisten muchos hermanos y hermanas de dicha Cofradía, y en las partes y lugares que convenga, para mayor honra y gloria de Dios nuestro Señor y provecho de las Ánimas, y aumento de la devoción a su Santísima Madre, con la invocación de Nuestra Señora de Guaditoca, a quien tiene esta Villa y las demás circunvecinas por Patrona y amparo de sus necesidades y a sí lo acordaron y firmaron los que supieron, ante mi el presente notario = Ldo. Cristóbal Yanes Marín y Blanco – Cristóbal Carranco de la Pava – D. Diego de Castilla Gavilanes – Alonso García Carranco de la Pava – D. Diego de Ortega Morales – Don Aln.º de Castilla – Diego López Alvarado – Juan Janes de Gálvez – Francisco Montero – Cristóbal Cabeza – Doctor Caballero – Diego de Cote – El Ldo. Diego de Fuentes – Don Pedro de Ortega Freire = Ante mil, el Ldo. Cristóbal de Lobos, Not.º”

Podemos formar juicio por lo anterior del esplendor del culto, que se daba en el Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca y de lo extendido de su devoción; lo cual aparecerá aun más al por menor en las siguientes páginas.

En la segunda mitad del siglo XVII misionaba en Extremadura y Andalucía un benemérito hijo de San Ignacio de Loyola; incansable apóstol del Evangelio trabajó con celo y constancia sobrehumana en la salvación de las almas. Dio misión en Guadalcanal, y es interesantísima la relación que el mismo religioso, el P. Tirso González, nos ha dejado de ella y de los frutos abundantes que cosechó. No es este lugar para copiar lo que dejó escrito; pero al menos hemos de insertar lo que dice en relación con la devoción a la Santísima Virgen de Guaditoca.

Coincidió la misión del P. Tirso con la traída de la Virgen a Guadalcanal por necesidad de agua, según acuerdo de la Justicia y Regimiento de la Villa, tomado en 5 de Abril, que dice así:

“En este Cabildo se dijo que por cuanto por la grande falta de agua están los panes muy pequeños y los campos muy agostados; y para pedir a Dios nuestro señor nos remedie esta necesidad, valiéndonos del patrocinio y amparo de la Virgen Sma. de Guaditoca, su madre, abogada de esta Villa y nuestra, se acuerda que se traiga a tan divina magestad de su santa casa con toda decencia y veneración el domingo por la mañana ocho del corriente a el Convento del Espíritu Santo de esta Villa, para que desde este se traiga dicho día por la tarde con procesión solemne a la Iglesia mayor, en donde se ponga sitial, para que esté su magestad y que se haga un novenario por cuenta de esta Villa con todos los demás gastos de cera y otras cosas que fueran necesarias, para que con toda decencia y autoridad, que sea posible y esta Villa acostumbra se le hagan. Y para que cuiden de ello fueron nombrados por Comisarios los señores Don Diego Chacón Ortiz y D. Pedro Carranco de Ayala presbíteros, y a los señores D. Alonso Damián de Ortega, Teniente de Alférez mayor, y Don Rodrigo Ventura de Ayala y Sotomayor, veedor y obrero mayor de la Orden de Santiago, para que así juntos, como cada uno de por sí, hagan todo lo necesario en orden a lo referido en este acuerdo; para lo cual esta Villa les da comisión en debida forma.”

Desde Fuente del Arco, salió el P. Tirso para Guadalcanal el Viernes anterior a la dominica in albis del año 1688, acompañado de D. Juan del Castillo, sacerdote de Llerena, muy de la Compañía, y que en la modestia y virtud, es como un jesuita de los más ajustados. No le acompañaba el P. Medina por estar enfermo. Citeles (a los de Fuente del Arco) para la mañana a las seis para otro Sermón, con intento de no predicar más; pero después, por haber sabido que los de Guadalcanal salían sábado por la tarde, a buscar a Nuestra Señora de Guaditoca (que es una Imagen de mucha devoción, a quien traen desde una ermita distante de allí legua y media, en todas las necesidades de agua); me determiné a aguardarme allí a predicar aquella noche; para que el Domingo todos ganasen el jubileo de la hora de la muerte, como se hizo… Por más pronto que quise despachar, no pude salir de Fuente del Arco hasta el Domingo por la tarde a las tres, con que llegué a más de las cinco a Guadalcanal. El P. Peñarrubia había ido a aquella Villa a cierto negocio y aquel día, en que concurrió de los lugares circunvecinos mucha gente en procesión para traer a Nuestra Señora (de Guaditoca) de su casa a Guadalcanal, les había predicado un sermón de ocasión y había publicado la Misión… Todo el tiempo que duró la Misión tuvieron en la Iglesia a Nuestra  Señora de Guaditoca con altar muy rico; y la gente, que es devotísima de esta Señora, acudía a visitarla. Con los moradores de esta Villa de buenos naturales y amigos de oír sermón: tocábase a Misión a las cuatro y media, empezábase el rosario a las cinco o cerca de ellas, y estaba entonces la Iglesia llena. Sucedía la doctrina y el sermón, y allá entre dos luces cantaban todos los días una salve y una letanía a la Virgen con mucha devoción.

Por ver en todos tanta hambre de la divina palabra, el martes (de la III semana después de pascua) predicó el P. Andía, y yo eché para el Miércoles por despedida, el sermón de la devoción a Nuestra Señora, sin saber la ocupación que tenían aquel día, pues tuvieron por la mañana sermón a Nuestra Señora de Guaditoca, por haber hecho fiesta aquel día, no sé si el gremio de doncellas, o el de estudiantes, o cierta cofradía… A los dos o tres días de comenzada la Misión llovió excelentemente en Guadalcanal y su comarca; que parece que para darles el agua por intercesión de la Virgen, solo esperó Dios a verlos arrepentidos y llorando sus culpas.”[24]

En 1º de Agosto de 1671 otorgó testamento D. Pedro de Ortega Freire, ante el escribano Juan Rodríguez del Castillo, e instituyó una patronato sobre parte de sus bienes, dejando asegurada la Memoria, que para el culto de Nuestra Señora de Guaditoca fundo su padre D. Alonso.

“Declaro, dice, que Don Alonso Carranco mi padre, labró la Iglesia de Nuestra Señora de Guaditoca, que está en el término de esta Villa, por cuya causa le tocó el derecho de patronato de ella, y a mí como a su hijo: y porque también le toca este patronato a Don Alonso Damián de Ortega, mi hijo, por ser mayor; y el dicho mi padre labró una casa inmediata a dicha Iglesia, quiero y es mi voluntad, que el dicho D. Alonso sea patrono de dicha Iglesia, y que suceda en dicha casa inmediata con su huerta y tierras de los Berriales, que se conocieren por ser míos en dicho sitio, y otras que están lindando con el encinal de esta Villa, y otra suerte que está frente de dicha Iglesia, linde con la dehesa de la Vega, que yo desde luego le mando dicha casa y tierras con cargo de que pague la Memoria que dejó fundada dicho mi padre, que dice el día de la fiesta de Nuestra Señora antes de la Misa Mayor; en lo cual suceda por obra de patronato que en caso necesario fundo, para que dichas tierras y casa las goce el dicho mi hijo y sus descendientes y pase a quien le tocare de mis hijos y parientes más cercanos, excluyendo, como excluyo, a los que no fuesen de legítimo matrimonio.”

Se enterró D. Pedro, según dispuso en el mismo testamento, en la parroquia de Santa María, junto a sus padres; y dejó fundada otra memoria para honra de la Santa Cruz, que se cumpliría el día de la Exaltación de la Santa Cruz.

El P. Tirso González, en la relación de sus Misiones, nos da algunas noticias de un devoto de la Santísima Virgen de Guaditoca y bienhechor de su Santuario. “De Guadalcanal, dice, partimos a Cazalla, el viernes 26 de Abril (de 1668) a medio día, y llegamos entre cuatro y cinco de la tarde, apeándonos en el Hospital de la Caridad. Por haberse caído una pared, y estarse reforzando el cuarto principal, no nos quisieron dejar allí, siendo así que no solo para la edificación, sino también para la comodidad temporal fuera mejor estar en él.

Un caballero mozo, por nombre D. Francisco Maldonado, natural de Guadalcanal, y casado en Cazalla con una señora muy piadosa llamada D.ª Mariana Valero, luego que nos vio en el Hospital, sin tener que comer ni quien cuidase de ello, nos convidó para ir a comer y cenar todos los días a su casa cercana al Hospital y tomó por su cuenta el disponernos en este dos camas; pero yendo a disponerlas y viendo aquiello tan mal parado, se determinó a traernos a su casa, sin que fuese posible resistirnos. Dijónos este señor, que el haberme oído decir en el primer sermón “sin un maravedís entramos y sin un bocado de pan, y de este modo hemos de salir”, le habían movido de suerte para asistirnos, que aunque durmiera al sereno, nos había de hospedar en su casa. El agasajo que aquí nos hizo fue grande; pero tráfago y ruido que en la casa había y la estrechez de las habitaciones, nos hizo estar ahogado y sin poder descansar y dormir lo necesario…

Premió Dios a D. Francisco, la devoción con que nos acogió del modo siguiente: no tenían hijo varón, lo que les tenía tristes; díjeles que se encomendasen a San Ignacio, hiciéronlo así, y antes de un año les dio Nuestro Señor un niño muy lindo, a quien pusieron por nombre Ignacio, y su padre hizo un altar al Santo en reconocimiento.”

En 1673 estaba en Guadalcanal D. Francisco Maldonado y otorgó escritura ante Lope Martín de Alba en 2 de Diciembre comprometiéndose “a que en todo el mes de Mayo venidero… traerá maestros doradores, que doren y estofen el retablo de Nuestra Señoras de Guaditoca, sita en la Vega del encinal de esta Villa, cuya obra ha de ser a costa del otorgante; con tal que el licenciado don Diego Chacón Ortiz, presbítero, Mayordomo de dicha Imagen, haya de sustentar de comida y bebida a los dichos maestros y oficiales en el tiempo que durase la dicha obra, y además de ello ha de dar dicho Mayordomo cuatro mil reales de vellón para ayudar a la costa del dorado.” Se conformó el Mayordomo con las condiciones estipuladas.

De otra donación hemos de hacer mención: Una ilustra dama, D.ª Ana de la Parra, vecina de Guadalcanal, que vivía en la calle de la Dehesa, viuda de Diego Galves, otorgó testamento en 18 de Junio de 1676 y después de nombrar herederos de su hacienda a sus primos Juan de Galves y Lorenzo de Galves, por no tener herederos directos; y de mandar enterraran su cadáver en la parroquia de Santa María en la sepultura que tenía en la capilla de San Andrés, junto a la de su madre Juana Rodríguez de Castro, dejó el siguiente legado: “Mando a Nuestra Señora de Guaditoca una joya de oro con una Concepción con perlas y esmeraldas, y tiene de peso veinticinco adarmes, dentro de una bolsa bordada; y esto sea para el adorno de Nuestra Señora, y quiero que en ningún tiempo sea vendida, y que se asiente en los libros de la Cofradía.” [25]

Capítulo IV

La Cofradía de Ntra. Sra. de Guaditoca desde 1686 a 1695.- Mayordomía de D. Juan González de la Espada.- Idem de D. Cristóbal Yanes de Molina.- Información sobre las cuentas de su mayordomía.- Necesidad de agua en 1694.- Ornamentos y otros objetos que se compraron.- La obra de los portales.- Fuego en las casas de la Mayordomía.- Mayordomía de Francisco de Galves.- Capellanías.- Acuerdo del Ayuntamiento de 1698.

           Hasta aquí cortas han sido las noticias que hemos podido encontrar de la Cofradía erigida en Guadalcanal en honor de Ntra. Sra. de Guaditoca, pero poseemos algunas relativas a los años 1686 a 1695 en una información, que mandó hacer el Ldo. Don Pedro Díaz Canseco, del Orden de Santiago, Vicario perpétuo de la Villa de Barrueco y su partido y Vicario general de la provincia de León, estando en Santa Visita en Guadalcanal en 1695, para justificar las cuentas debía dar Cristóbal Martín de Alba, Presbítero, Comisario del Santo Oficio, como podatario que es de D. Pedro de Eslava y Zayas, del Orden de Santiago e Inquisidor apostólico de Llerena, heredero y albacea de D. Cristóbal Yanes de Molina, del Orden de Santiago, difunto,  de los cuatro años que este fue Mayordomo de la Cofradía y del Santuario.[26]

Compareció D. Juan González de la Espada Abarranca, Presbítero, y declaró y juró que “fue Mayordomo de Nuestra Señora de Guaditoca el año de mil seiscientos ochenta y seis hasta la pascua del Espíritu Santo de el de noventa”… No da otra noticia del tiempo de su administración que el afirmar que en cada año se sacaba testimonio “de lo líquido en que quedaban dichas limosnas para el cargo que de ello se le había de hacer: y en cuanto a los gastos de las fiestas, sólo se hacen buenos a los Mayordomos cada año cuatrocientos reales, ora gasten más o menos: y si acaso hay algunos de alhajas o de otras cosas que se compren para la Ermita, también se hacen buenos, y en cuanto a obras y materiales lo que con recibos se justifica.”

Fue nombrado Mayordomo en sustitución de D. Juan González, en la Pascua de Espíritu Santo de 1690, D. Cristóbal Yanes de Molina,[27] de cuyo celo por los intereses que se le confiaron, dice su antecesor en la información, “que ponía mucho cuidado en solicitar limosnas así en los tiempos de feria, como en todo el demás tiempo”; y Francisco González Mateos, Beneficiado de la Villa, aseguraba en su declaración “que ningún Mayordomo pudo hacer, ni hizo más esfuerzos para adquirir limosnas que el susodicho, porque personalmente, y como de por fuerza, las sacaba y solicitaba.”

Del primer año de la Mayordomía de don Cristóbal Yanes, oyó decir Juan González de la Espada a Juan Muñoz Vera, presbítero, que habían valido las limosnas dos mil reales poco más o menos, de puestos y demás que se juntan en dichas ferias: y este último declaró “que el año de noventa y uno, que fue el primero que su señor D. Cristóbal Yanes de Molina empezó a correr con el cargo de la Mayordomía, se juntaron de las limosnas de puestos, taza y bufete en la feria y fiesta de nuestra Señora de Guaditoca, mil y seiscientos y tantos reales, libres de alcabalas y treintena; que contó el testigo juntamente con el dicho D. Cristóbal en moneda de vellón y plata, entrando en ellos algunas partidas que debía a mercaderes, de cosas que había sacado de tienda; y dicho año no se pagó la alcabala y se remitió por D. Antonio Hidalgo, Administrador, y porque lo ajustó así dicho D. Cristóbal en consideración de que él también ofreció no haber de llevar cosa alguno por el gasto que se hace aquellos días en dar de comer a la gente: el segundo año se juntaron mil ochocientos y tantos reales de las mismas limosnas, con más otra cantidad de granos, que el testigo no se acuerda los que fueron, y de allí se pagaron quinientos reales poco más o menos, a lo que se quiere acordar, en lo que había puesto la alcavala Diego el Botero: el tercero año se juntaron mil seiscientos cincuenta y tantos reales, y de limosnas de puestos, bacineta y alcavala de campo, que fue de contado; y no se acuerda de lo que se juntó de bufete y granos: el cuarto año… oyó decir a Juan Bautista Rodríguez, se habían juntado ochocientos y cincuenta y tres reales, o mil ochocientos cincuenta y tres.”

En Mayo de 1694, murió D. Cristóbal Yanes, y en la feria de ese año, Juan Bautista Rodríguez se encargó de las limosnas “por pedírselo D. Francisco de Molina, hermano del difunto; y al principio de la cobranza cayó malo, y entregó el talego del dinero a Juan de la Vera…. Y se juntaron unos ochocientos quince reales, poco más o menos, libres.”

Juan de la Vera, declaró que “se vendieron (en aquellos años) dos toros, dos novillos y una vaca en la lancería y la piel de otra que pereció de flaca.”

Los herederos de D. Cristóbal presentaron el estado de cuentas al Vicario general, y el cargo lo formaban las siguientes partidas, en las que no se incluyen los ingresos extraordinarios que hubo con la traída de la Santa Imagen por necesidad de agua, ni los que se dieron para ropas, no lo gastado en labrar los portales, ni en hacer las mesas para la feria. “Primeramente se le hace cargo de nueve mil setecientos y noventa y dos maravedís, de los dos cuatrocientos y cuarenta y ocho que cada un año pagaba Fernando González Abarranca, y por el susodicho, unas casas que están en la calle del Sr. San Francisco de esta villa, por haberse concursado, de que se hizo adjudicación para la satisfacción de este censo y son de cuatro años cumplidos a catorce de Mayo de seiscientos y noventa y cuatro. Más se le hace cargo de seis mil ochocientos maravedís de los un mil setecientos que en cada un año paga D. Pedro Inarte Ponce de León[28] y son de cuatro años cumplidos a veinte y uno de Julio de mil seiscientos y noventa y cuatro. Más dos mil reales, que valen sesenta y ocho maravedís, que importaron las limosnas de los puestos y limosnas que dieron en la Ermita, las cuatro festividades de la pascual de Espíritu Santo del tiempo de esta cuenta. Más de veinte y una fanegas de trigo que en el tiempo de esta cuenta, cuenta cuyo memorial no consta más que de tres años y de el uno no hay razón, y prorrateado dicho año corresponde a dicho cargo mencionado en esta partida y vendidas a doce reales cada una, vale doce mil seiscientos y cuarenta y ocho… más se le hace cargo de ciento y treinta y siete reales y ocho maravedís que importó la limosna de algunas cosillas vendidas a diferentes personas de las limosnas de roscas y algunas pollas el día de dicha fiesta, en dichos cuatro años, en el bufete que se pone a la puerta de la Iglesia, se cuya cantidad, como de la limosna del trigo, hay algunas partidas en deuda. Más se le hace cargo de cuatrocientos y ochenta y dos reales, que valen diez y seis mil cuatrocientos cincuenta y seis maravedís, del precio de dos novillos que se vendieron el uno a Cristóbal Muñoz Salvador, vecino de esta villa, y el otro a Diego Casso, vecino de Cazalla a 22 ducados cada uno. Más se le hace cargo de setecientos reales, que valen diez y siete mil maravedís del precio de dos toros que se vendieron, y de ochenta reales del precio de dos pieles de novillos que se abarrancaron, de que no se pudo aprovechar más del pellejo.”

Los gastos de este tiempo, sin incluir el terno, vestiduras para el Niño, estandarte y la obra de los portales, fueron “un mil seiscientos reales, que valen cincuenta y cuatro mil cuatrocientos maravedís, que tuvo de gasto el día de pascua del Espíritu Santo de las cuatro festividades del tiempo de esta cuenta; que aunque se gasta mucho más no se da en data más de esta cantidad por estar arreglado esta gasto; más sesenta reales, que valen dos mil y cuarenta maravedís, los mismos que se pagan a la colecturía de la Iglesia mayor y son de los cuatro años del tiempo de esta cuenta de la procesión que va al convento del Espíritu Santo; “ se pagó también en cada año la Memoria del día de la fiesta, que importaba diez y seis reales anuales, y trescientos veinte reales de cera.

En 1694 hubo gran necesidad de agua en la primavera, y acudió el pueblo a su Patrona en demanda de socorro; con tal motivo, y según costumbre se trajo la Santa Imagen a la Villa, y en la información hay noticias de las limosnas que se recogieron.

“Por el camino, dice Juan García Sayago, Presbítero, se juntaron unos seis u ocho reales de contado, y de mandas para pagar ochenta reales en dinero y trigo, de que hizo memoria y llevó D. Cristóbal para su cobranza.”

Don Francisco González Mateos “fue poniendo por memoria en un papel las limosnas que se juntaban cada día de la bacinica, con expresión de las cantidades que diariamente se juntaban  y personas que salían a pedir, y cree se pidió por el estado eclesiástico y secular dos personas cada día, y él pidió uno con D. Antonio Riaño, Clérigo Beneficiado y juntaron ambos cuarenta y tres reales, o cuarenta y tres y medio; y le parece fue esta de las mayores limosnas: y de la del bufete, que se componía de dádivas de alhajitas, pan, aves y otros géneros, cuidó Juan Sayago, Presbítero, y la memoria que hizo… se había de hallar o hallará en un baúl de baqueta que dejó dicho D. Cristóbal de Molina, adonde les puso el testigo. Sabe que en la ciudad de Sevilla se dio un vestido de tela verde de plata para el Niño, y también se dieron allí algunas limosnas para un terno que se hizo; no sabe las que fueron porque D. Cristóbal las pedía por sí.”

Algunas otras noticias agrega a lo anterior D. Juan de la Vera: “Con las tazas se juntó el primer día por D. Alonso Cabrera y D. Pedro Jacinto sesenta y tantos reales en dinero, sin otras cosillas para el bufete: el segundo día que pidió el testigo y Pedro Miguel cincuenta y tres reales sin gallinas, que fueron cuatro, y tres quesos, que se llevaron en casa de D. Cristóbal, y cintas, bolsas, y una cartera, y un par de pichones, y otras curiosidades, que valdrían más de cincuenta reales, que todo se le entregó a dicho D. Cristóbal: y los demás días fueron pidiendo otras personas (hasta que don Cristóbal cayó malo) y juntaban a menos; pero nunca bajó de veinte reales: y otros días después de enfermo el susodicho, había mala forma en pedir respecto de su enfermedad y se juntaba menos.”

Los herederos de D. Cristóbal, fijaron el ingreso que hubo durante la permanencia de la Santísima Virgen en el pueblo en 6.000 maravedís.

“Además de las limosnas referidas se pidió una para un terno el primer año (1691) y la cantidad que se juntó se depositó en manos de Juan Méndez Sereno, la cual se llevó a Sevilla y allí se pidió también limosna para dicho terno; de modo que la tela de él se compró de dichas limosnas, y solo tuvo que pagar el dicho Don Cristóbal una pieza de holandilla y la hechura, porque los flecos también se compraron de limosna, a lo que asistió el testigo en Sevilla.” La limosna la pidieron D. Cristóbal y Don Benito de Arana, alcalde que entonces era de la Villa y reunieron, según la cuenta que dieron los herederos de D. Cristóbal 140 reales.

El gasto que ocasionó el terno fue el siguiente: “diez y ocho varas de raso a veinticinco reales la vara, cuatrocientos cincuenta reales –trece varas de esterlín encarnado a cinco reales la vara, sesenta y cinco- veintiuna onzas de guarnición falsa, en que hubo sesenta y tres varas para la guarnición de dicho terno y dalmáticas, valen setenta y tres reales y medio = flecos de los collares y cordones veinticuatro reales = de la hechura en Sevilla de dicho terno ciento y diez reales = En total setecientos veintidós reales.“

También se compraron en estos años “ocho amitos, los cinco de bretaña y los tres de estopilla, con sus guarniciones de encajes y puntas y tuvieron de costo, según tasación, ciento y doce reales; e hizose un alba de limosna, por cuya causa no se carga nada.”

Se hicieron “dos Baqueros del niño Jesús en  que entraron tres varas de primavera de plata a cincuenta reales cada una; tres varas de tafetán doblete que así mismo se gastaron en el forro, a siete reales y medio la vara; cuatro onzas de encaje a cinco reales cada una, para la guarnición de los dichos baqueros, de la hechura doce reales.”

Declaró Juan de la Vera que “de los vaqueritos de tela de plata que se trajeron para el Niño, dio el uno de limosna D.ª Ana Catalina de la Parra, y para el otro dio dos pesos D.ª Isabel de Rueda, muger de D. Alonso del Castillo, y lo demás dijo dicho D. Cristóbal lo daba y suplía de su caudal por limosna;” y el mismo Juan de la Vera Pbro. Entregó al Mayordomo “sesenta reales para ayudar a comprar un velo para nuestra Señora y no se le compró; el cual velo era promesa suya, y dichos sesenta reales fueron limosna de treinta misas que le encargó D. Pedro Patiño.”

Se compró también “un estandarte en que entraron cinco varas de tafetán doblete blanco a siete reales y medio vara; y nueve varas de fleco a real y medio cada una; e hízose el escudo y la hechura de limosna.”

Pero la obra más importante que emprendió D. Cristóbal Yanes de Molina, fue la construcción de los portales, que a más de hermosear el Santuario, eran de gran comodidad para los feriantes, y habían de dejar utilidad a la Hermandad.

“Dio principio a los primeros arcos Juan Gordillo, maestro alarife de Zafra, y se ajustaron en seiscientos y sesenta reales y cuatro fanegas de trigo; cuya obra la feneció Francisco Sánchez Barrera, vecino de esta villa, y se le dieron doscientos reales y dos fanegas de trigo para concluirla… Los ocho arcos a continuación de los de arriba los ajustó dicho don Cristóbal de Molina en la misma cantidad con el dicho Barrera; de cuya cantidad no se le satisfizo al dicho más de trescientos y sesenta reales y las cuatro fanegas de trigo, por no haberlos fenecido….”

Se gastaron en la obra ochenta y tres maderos, de los cuales regaló once D. Pedro Luderq, y los demás se compraron en Cazalla, costaron 720 reales: las alfajías doscientos reales; y los clavos costaron sesenta y seis reales; la obra de carpintería, que se confió a Juan Lozano, Juan Sánchez de Alanís y Alonso Fernández, importó 276 reales.

La cuenta de ladrillos y teja sumó mil ochocientos cincuenta y cuatro reales y se invirtieron cinco hornos, uno a cargo de Cristóbal Corrales, tres por cuenta de Juan Rodríguez de Mora y otro que labraron y cocieron “unos hombres de Valverde;” a más novecientos ladrillos que dio Juan González de la Espada, Presbítero.

El acarreo de piedra para hacer la cal costó ciento treinta y cinco reales, que se pagaron a Francisco Hernández Bohórquez; doscientos reales importaron los hornos y treinta y seis poner la cal a pie de la obra.

Por último “cien arrobas de vino que se gastaron en dicha obra a cuatro reales arroba.”

En la información para justificación de las cuentas, se encuentra noticias de algunas limosnas para estas obras: “el vino que bebieron los carpinteros, lo dio D. Francisco de Molina y pagó el porte de las cabalgaduras que trajeron las alfajías de Cazalla, menos las que Juan Bautista Rodríguez pagó:” “un fulano Galindo de Constantina, dio de limosna una carretada de alfajía, y se dieron muchos cuartones de la Mina graciosamente por los jueces de ella.”

Hemos puesto al por menor estas noticias, porque tiempo después veremos destruir todas estas obras y aprovecharse de ellas como propias, quien debiera velar por la defensa de todo lo concerniente al santuario y al caudal de la Virgen.

De la cuenta resultó un alcance a favor de la Mayordomía de 142.640 maravedís, y la carpeta no contiene el auto de aprobación, no consta si lo personaran los herederos de don Cristóbal.

Aun estaba el Vicario general en Santa Visita y el 30 de Agosto de 1695 llegó a su noticia “de que por Antonio González, de nación valenciano, que tiene su asistencia en el Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca, se ha puesto fuego en las casas de la Mayordomía de dicho Santuario y hecho con el daño considerable, por cuyo delito y daño debe ser castigado –dijo el Vicario general- y mandó se asegure y prenda su persona y ejecutada esta diligencia, se le tome una declaración con las preguntas y repreguntas necesarias y que convengan, y pase a la averiguación de este caso examinando los testigos que de él tuviesen noticias: cuyas diligencias ejecute Alonso Durán de la Vera, presbítero, Fiscal de la audiencia, por ante cualquier notario de ella; y para ello y las demás que se ofrecieren hacer de parte de Ntra. Sta. Madre Iglesia, a quien todos debemos obediencia, su merced exhorta y requiere, y en caso necesario ordena, a los Sres. alcaldes ordinarios de esta dicha Villa y cualquiera de sus ministros in solidum, impetren el auxilio del brazo seglar y den los ministros cárcel y prisiones que se pidieren. Pena de excomunión mayor y con apercibimiento de los daños: y así lo proveyó y firmó.” Dio fe el escribano Fernando García de Mendoza.

En el mismo día el notario Antonio Rodríguez de Olivera presentó el auto requisitorio al alcalde ordinario de la Villa Juan Jiménez de la Parra, quien habiéndolo visto dijo que estaba pronto a cumplirlo por su persona y ministros; quedando también notificado el fiscal Alonso Durán.

No se perdió tiempo en esclarecer el daño y buscar su causa, pues en la misma fecha encontramos al fiscal y al notario en el Santuario, acompañados del ministro ordinario de la Villa, Miguel de la Cruz, cumpliendo lo mandado por el Vicario general.

Reconocieron primeramente las casas de la Mayordomía y vieron “que en las caballerizas están quemados los techos y madera, puertas y pesebres de forma que no quedó otra cosa que las paredes y el doblado del segundo cuarto en la mis misma forma; y habiendo subido a los tejados se vio están mucha parte dellos quebradas las tejas desde las puertas y portales de la calle hasta donde estaba el fuego, que al parecer fue cuando la gente acudió a remediar el incendio y para traer agua.”

Llamaron después al Hermano Antonio, ermitaño, y recibido su juramento de decir verdad, fue preguntado a tenor del auto y reconocimiento que se había hecho y “dijo que ayer, que se contaron veintinueve del corriente, a causa de haber a la puerta de la caballeriza de las casas de la Mayordomía muchas pulgas, puso unas retamas encendidas a dichas puertas por la parte de afuera, para que se quemasen las pulgas; y estándolo ejecutando se levantó un aire muy grande, de que suerte que se entró el fuego dentro de dicha caballeriza y se pegó fuego a una poquilla de paja y granzones que estaban en el suelo, y por la fuerza del aire, sin que el declarante lo pudiese remediar, se levantó la llama y se pegó a la ripia del techo y se abrazó toda la caballeriza sin que quedase más de las paredes; y luego pasó al doblado del segundo cuarto dicho fuego y se quemó; y fue el incendio en tanto grado que si el declarante no hubiese dado voces, por cuya causa acudió mucha gente, que estaba en los campos en eras y otras partes, se hubiera abrasado toda la casa; y por la confusión que hubo para remediar el fuego, por traer agua, se quebraron muchas tejas de los tejados, a donde no llegó el fuego.”

Comparecieron después Cristóbal Barragán, mayoral del ganado lanar de D. Alonso Cabrera y Antonio Grosso de Ecija, vecinos de la Villa; juraron decir verdad y nada aportaron para el esclarecimiento del hecho, porque lo que sabían era de haberlo oído al Hermano Antonio.

La declaración del otro Ermitaño Gonzalo Borges tampoco agrega noticias nuevas: “El día antecedente que sucedió el incendio fue a Valverde y por la noche cuando vino, a causa de estar enfermo se reconoció fatigado y se acostó: y por la mañana por tener mala disposición se estuvo en la cama más tiempo que Antonio García, su compañero, y así que se levantó se fue a la Iglesia a hacer oración a Ntra. Sra. en cuya ocasión oyó el testigo voces, y salió para saber lo que había sucedido, y vio que se estaba abrazando la caballeriza, y dijo llorando: ¿qué has hecho hombre? y le dijo: por quemar las pulgas había resultado aquel fuego. Entonces el testigo fue corriendo  y dando voces por agua, y  a sus lamentos vino alguna gente, que estaba en el campo; y aunque se hizo toda diligencia, no se pudo remediar; pues se abrazó toda la caballeriza y el doblado del segundo cuarto de la casa  de la Mayordomía y fue milagro que no se hubiera quemada todo.”

Declaró en último lugar un maestro sombrerero de la Villa, González Rodríguez, y lo que sabía era de oídas[29]

No contiene más el expediente: sin duda consideró el juez irresponsable del daño al Hermano Antonio, y no se procedió a ulteriores diligencias.

El Mayordomo del Santuario y de la Cofradía Francisco de Gálvez, Presbítero, pensó en arbitrar recursos para reparar el daño causado en la casa de la Mayordomía; y no teniendo la Cofradía medios para la obra “en que se habían de gastar cien ducados con poca diferencia” solicitó del Vicario general algunos ingresos extraordinarios. Pidió que de la Obra pía que había fundado Francisco García de la Parra [30] se le diesen 200 reales y que se mandara librar la cantidad que a su señoría pareciese bien de las obras pías de la villa.

Accedió el Vicario general y por auto dado en la villa en 24 de Septiembre, mandó “que de las rentas de las obras que fundaron los señores Freires[31] y Catalina Ramírez, y administran, aquella Cristóbal Jiménez, Caballero familiar del Sto. Oficio, y esta[32] Juan Antonio del Castillo, Pbro., las cuales, después de sus precípuas cargas están destinadas para pobres, se dén y paguen a dicho Mayordomo, y para el efecto de la reedificación de dichas casas del Santuario de nuestra Señora de Guaditoca, trescientos y cincuenta reales; los 200 de dicha obra pía de los Señores Freires, y los ciento cincuenta de la de Catalina Ramírez, por dichos administradores de el caudal, lo más pronto de dichas rentas, dentro de seis días y en virtud de santa obediencia y so pena de excomunión mayor: las cuales cantidades se les hagan buenas en las cuentas y para ello se dén los despachos necesarios. Y para lo que faltare cumplidamente a lo que importare la obra, sirva la limosna que hubiese juntado Antonio García Valenciano, Ermitaño de dicha Ermita y la que juntase en virtud de licencia, que para pedir limosna se le dio; y dos fanegas y media de trigo que se le hallaron, una cabeza de cerda de un año, y una jumenta y las demás que con su industria pudiese adquirir el mayordomo y diesen los fieles por devoción.”[33]

Cada día era mayor la devoción a la Santísima Virgen de Guaditoca y más espléndido el culto en su Santuario: a ello contribuyó la fundación de Capellanías servideras en él; y a fines del siglo XVII se fundaron dos. La más antigua la erigió Pedro González de Abarranca, en 18 de Junio de 1697 “para gloria y honra de Dios, por mí ánima y las de mi padre Francisco González Abarranca y de mi Madre María Ramírez de Nieva”; y con la obligación de que el Capellán que la disfrutase, dijese o mandase decir Misa en el Santuario de Guaditoca todos los días festivos del año, lo los que cupiesen en las rentas a razón de nueve reales de vellón cada una. Dejó por bienes dotales el remanente de su caudal, después de cumplir y pagar su testamento, y le agregó 388 cabezas mayores de ganado lanar, 90 borregos, 80 borregas, 8 carneros de simiente y cabras mayores y menores que se hallaren en sus tierras y con su señal, y dos burras; para que todo fuese vendido y puesto a renta segura. Su albacea realizó la venta de la ganadería en 11.000 reales de vellón y los dio a censo a José Martín de Vera, Presbítero, y a José Ruíz, vecinos de Berlanga, por escritura ante Diego Díaz, escribano de dicha Villa, otorgada en 18 de Junio del mismo año.

En el año siguiente Antonio Pérez de Moraga, natural y vecino del Obispado de Córdoba y residente en Guadalcanal, fundó otra Capellanía por escritura otorgada antes Gerónimo de Figueroa en 15 de Mayo. “Ha muchos días, dice, que tengo ánimo de voluntad de fundar una capellanía servidera en la Ermita de nuestra Señora de Guaditoca, sita en el Encinal, término y jurisdicción de esta Villa, por el mucho afecto y devoción que he tenido y tengo a dicha Imagen. Y para que los sufragios de las misas de dicha Capellanía sirvan por mi ánima, la de mi muger y personas de mi obligación y ánimas benditas del purgatorio…. Además de la oferta que tengo hecha de hacer esta fundación, por la devoción de dicha Imagen de nuestra señora de Guaditoca, es mi fin el que los forasteros y ganaderos que asisten en dicho sitio, oigan misa en dicha Ermita.” Para llevar a la realidad su promesa y voluntad anejó por bienes dos huertos, uno en la cuesta de Sra. Santa Ana, que linda con la calleja que sube a la Iglesia y el corral de las casas de Francisco González y Francisco Escudero, cuyo huerto compró en el mismo día a Juan Yanes Ortega; y otro de tres fanegas de sembradura en el sitio de Archidona, que compró en la misma fecha a María Alba, viuda de Pedro Suáres Otero y que lindaba con el camino de Guaditoca, el huerto de Cristóbal Jiménez y el Patronato que administraba D. Juan de Castilla. Impuso como obligación nueve misas rezadas, una en cada una de las siguientes fiestas: Asunción, Purificación, Inmaculada, Concepción, Natividad de María, Ascensión, Trinidad y S. Bartolomé.

La última noticia del siglo XVII, es el acuerdo de traer la S. Virgen, de 11 de Abril de 1698, “porque los temporales están estériles de aguas para los panes y demás frutos y para su conservación se necesita del rocío de nuestro Señor; y por ser justo en semejantes necesidades acudir a su Divina Magestad, para que se consiga por medio e intercesión de nuestra Señoras de Guaditoca, a quien esta Villa tiene, y su comarca, por amparo y protectora”. Nombró la Villa Comisarios a D. Pedro de Ortega Ponce de León y a D. Rodrigo de Castilla.

Por lo escrito anteriormente, vemos que para el culto de la S. Virgen de Guaditoca, había instituida con anterioridad al nuevo Santuario, una Cofradía; y los mayordomos de ésta corrían con la administración de las limosnas y bienes de la Virgen; siendo de consideración las sumas que se gastaron en obras para la mayor comodidad de los que concurrían a la feria, y en objetos y ornamentos sagrados. La familia de los Ortega, herederos de la devoción de D. Alonso Carranco y de su mujer D.ª Beatriz  de la Rica, asistían con particular esmero al cuidado del Santuario, para lo cual pidieron y obtuvieron licencia de usar de una puerta de comunicación entre la casa de su morada y el Templo.

Era, pues, lo principal la Cofradía y secundaria la intervención de los Ortega; pero años después esta familia obtendrá la concesión de la administración de las rentas del Santuario, y la Cofradía llegará a extinguirse.

En el siglo XVII el culto es suntuoso, grande la concurrencia de fieles al Santuario, en especial en las fiestas de la Virgen, que se celebran en la Pascua del Espíritu Santo; de renombre la feria que a la sombre del Santuario tenía lugar; y la Santa Imagen no era traída al pueblo sino en caso de calamidad pública, siendo objeto en los días que estaba en la Parroquia de Santa María de culto especial y fervoroso. No tenía nada que envidiar el Santuario de Guaditoca a lo de más renombre.

La gloria de D. Alonso Carranco y de sus descendientes no debe oscurecer la de tantos devotos, como en la medida de sus fuerzas cooperaban al esplendor del culto, y si bien aquel hizo dispendios levantando el templo, éstos lo decoraron y enriquecieron generosamente, dotaron rentas para el culto y a manos llenas dieron limosnas. Después hemos de ver como decae el culto, y solo lo sostiene y vuelve a darle días de gloria el amor de los devotos: y cómo al caer el patronato, que alcanzó D. Alonso de Ortega, vuelve a surgir nuevamente la Hermandad.

Capítulo V

Noticias de los primeros años del siglo XVIII.- La obra del Camarín.- D. Alonso de Ortega y Toledo, Marqués de San Antonio.- Solicita de S.M. la concesión del patronato y administración del Santuario.- Real Cédula de concesión.

            Vamos a entrar en una nueva época de la historia del Santuario de Guaditoca, que comprende desde 1722 hasta mediados el siglo XIX; tendrá como todas las cosas un periodo de grandeza y otro de decadencia; llegará el Santuario a su mayor auge en los días de los Marqueses de S. Antonio; empezará a declinar cuando se traslada la feria a Guadalcanal, y vendrá el ocaso con el siglo XIX, cuya labor ha sido eminentemente destructora y tan nociva para todo lo que religioso.

            En 1713 era Mayordomo de la Cofradía de N.S. de Guaditoca, D. Pedro Inarte Ponce de León, y a petición suya, en 10 de Mayo de este año, Bartolomé Díaz, presbítero, Notario eclesiástico de la provincia de León, dio traslado auténtico del acuerdo tomado por la Hermandad en 1663 sobre el jubileo concedido al Santuario. Del año siguiente de 1714, queda la noticia de un suceso desagradable, ocurrido en la feria. Andrés de Robles, vecino de Carmona, en testamento que otorgó en la Sacristía del Santuario a 22 de Mayo, ante el escribano Manuel José del Castillo, asistiendo como testigos D. Miguel de Galves, Alcalde; Cristóbal Cuello, presbítero; y Antonio Solís, vecinos de la Villa “estando, dice, en peligro de haberme dado un arcabuzazo este día,” mandó que, si moría en Carmona, lo enterraran en S. Pedro, y si en otra población, en la Iglesia Mayor y “si en este sitio, en su Ermita.”[34] Murió en el mismo día, después de recibir los Santos Sacramentos, y se enterró, según su disposición, en el Santuario de Guaditoca.[35]

            En 1718, encontramos una solicitud del tenor siguiente:

“El Ldo. D. Rodrigo Gregorio de Sosa, Cura propio de la Iglesia Mayor, de esta villa, sigo: Que algunos testigos de mi información sobre la restitución de la Santa Imagen de nuestra Señora de Guaditoca, deponen que hay Cofradía, y para corroborar sus deposiciones y que no quede en nada diminuta dicha información, conviene que V. Md. Se sirva mandar que Francisco Cejuela, Mayordomo actual de dicha Cofradía, luego y sin dilación, exhiba el libro o libros que tuviese, y de ellos se saque el acuerdo que se hizo por los hermanos mayores y hermanos de ella el pasado de 1663, dando testimonio de él, y en relación de cómo hoy subsiste dicha Cofradía, con cierto número de hermanos, y por quienes se ha tomado y formado las cuentas a los Mayordomos, que han sido del caudal y rentas de la Ermita y Cofradía: por lo cual y demás favorable – Suplico a V. Md. Se sirva mandar, como llevo pedido, citando para ello a el Concejo de esta Villa, o a uno de los Señores Alcaldes y dos Regidores, y hecho se me entregue original para presentarlo donde me convenga en derecho, anteponiendo su autoridad y decreto judicial. Que es de justicia y recibiré merced. Etc. – Mandando al Notario de esta Audiencia de dicho testimonio. – Y así mismo para que la Villa presente título de Patronato. Pido justicias y juro. etc.  = Licenciado Rodrigo Gregorio de Sosa- “

Se mandó por el Vicario en 28 de Abril de 1718, que “Francisco Cejuela, Mayordomo de nuestra Señora de Guaditoca, exhiba en esta Audiencia el libro que el pedimento menciona y, con citación de uno de los Señores Alcaldes y dos Regidores, presente el título y lo ejecute en virtud de santa obediencia.”[36]

¿Llegó a realizarse la información pedida? ¿Obedecía la solicitud del Párroco de Santa María a impedir que se concediese el Patronato del Santuario a los Ortega? No podemos dar contestación cierta a estas preguntas: nos inclinamos a sospechar que no se hizo la información y que se desistió en aquellos días de pedir el derecho de patronato sobre el Santuario, si es que llegó a intentarse.

En este mismo año se hizo el Camarín de la Virgen, hermosa pieza, de sencilla y severa construcción; fue costeado por la Hermandad, y lo labraron Alonso González, Antonio José González, alarifes de Llerena, y Manuel Fernández, de Guadalcanal. Se hizo contrato previo en 17 de Julio ante el Escribano Pedro Gutiérrez de Figueroa, entre los maestros mentados y D. Alonso de Toledo y D. Andrés de Ortega, Diputados de la Cofradía, siendo testigos presenciales Juan Antonio del Castillo, Manuel José del Castillo y D. Juan del Castillo, vecinos de Guadalcanal. Obligáronse los alarifes a dar por “concluido y blanqueadas sus piezas por dentro y por de fuera en todo el mes de Mayo del año que viene de mil setecientos diez y nueve, no faltándole los materiales, que se les han de suministrar.” Consignaron las condiciones de la obra, aceptándose el plano que presentaron, obligándose a que la ornamentación respondiera al mismo y a cerrarlo por la parte superior con cúpula y linterna; y el ornato de dicho camarín ha de ser de pilastras con basas toscanas y capiteles dóricos, y el anillo según correspondiera al ornato: que la escalera ha de tener tres descansos, o dos, según conviniere, labrada en piedra de cantería, cuya piedra había de traer de San Nicolás el Ermitaño a costa de la Cofradía. Ésta había de colocar los materiales al pie de la obra y costear los andamios, obligándose a pagar a los alarifes por su trabajo 4720 y 40 arrobas de vino, el dinero se entregaría en tres plazos; el primero por anticipado, el segundo demediada la obra y el tercero a su remate, siendo condición precisa que fuera reconocida la obra por Maestros peritos en el arte, y no siendo arreglada dicha obra, se les ha de obligar a que la ejecuten según arte, planta y condiciones. Los diputados ofrecieron como garantía del contrato los bienes y rentas de la Hermandad, y los albañiles sus personas y bienes [37]

En los años de 1720 y 1722 se trajo la Santa Imagen por necesidad de agua; y en el primer año fueron comisarios D. Ignacio de Ortega, D. Hipólito Villalobos, D. Manuel Goñi, don Francisco Cabrera, D. Melchor de Ayala y D. Francisco de Fuentes; y en el segundo año D. Andrés de Ortega, D. Hipólito Villalobos, D. José Castilla, D. Alonso de Ayala, don Francisco Maeda y D. Juan de Castilla.

Y llegamos al 1722, año en que concede el patronato y empieza una nueva era para el Santuario.

Hijo de D. Pedro de Ortega Freire y de D.ª Tomasina Inarte Salazar, fue D. Alonso Damián de Ortega,[38] que sucedió a su padre en los derechos, vinculaciones y cargos que le pertenecían; siguió la carrera de las armas y fue Alférez de su tío el Capital general de la frontera portuguesa, D. Diego Caballero. De su matrimonio en Sevilla en 1673 con D.ª Elena de Toledo Golfín y Forero, hija de D. Nicolás de Toledo Golfín, Caballero de Calatrava y Alcalde Mayor de Sevilla, y D.ª Mayor Forero, nacieron D. Pedro, D. Juan, D. Alonso, D. Nicolás, D.ª Ignacia, D.ª Mayor y D.ª Elvira, según el orden en que los cita la carta de poder otorgada en 23 de Mayo de 1691, “porque la gravedad de mi enfermedad no me da lugar a disponer mi testamento con el espacio que quisiera”; [39] a favor de su muger y de don Pedro Inarte, su hermano.[40] D. Alonso se enterró en Santa María en el sepulcro de sus mayores.

Por muerte de D. Juan y D. Pedro, vinieron a caer los derechos en don Alonso Damián de Ortega y Toledo.[41]

Uniéronse en D. Alonso de Ortega y Toledo lo ilustre de su ascendencia y lo honroso de los cargos y oficios que desempeñó, pues fue Caballero del Orden de Santiago, Sargento mayor del Regimiento de dragones de Llerena, Capitán del de Caballería de Extremadura, Alférez mayor de Guadalcanal, Regidor de Madrid, Gobernador de Llerena y Corregidor de Ávila. Casó con la Sra. D.ª Catalina de Sanguineto Zayas Rivadeneira, Marquesa de San Antonio de Mira el río, Vizcondesa de Valdelobos y emparentada con la más linajuda nobleza.[42] Acudió D. Alonso de Ortega al Consejo de órdenes pidiendo el patronato del Santuario de Guaditoca con la siguiente solicitud:

“ M.P.S.- Diego de Puerto en nombre  de D. Alonso Ortega Ponce de León, Caballero de la orden de Santiago, vecino de la Villa de Guadalcanal, ante V.A. en la mejor forma que haya lugar en derecho, parezco y dijo: que don Alonso Carranco de Ortega, segundo abuelo de mi parte, labró a su costa una Ermita a Nuestra Señoras de Guaditoca en el sitio del Encinal, término de dicha Villa, para trasladar a Su Magestad a ella, por ser la que tenía corta e indecente, con licencia que para ello obtuvo del Licenciado D. Francisco Caballero de Yegros, religioso de dicha orden, siendo Vicario general de la provincia de León, que original presento con la solemnidad necesaria; Y es así que por D. Pedro de Ortega Freire, abuelo de mi parte, se solicitó ante el Licenciado D. Tirso Gutiérrez de Lorenzana, Vicario general que también fue de dicha provincia, no se embarazase el uso de una puerta que de dicha ermita se entra a una casa contigua a ella para el efecto de su mayor asistencia y cuidado, como en efecto se le concedió, y de esta suerte el dicho D. Pedro, D. Alonso Damián, padre de mi parte, y este, han estado cuidando del ornamento y decencia de dicha Ermita, habiendo logrado un jubileo para el mayor culto de dicha Imagen y asistencia de devotos: Y mediante lo referido, y que mi parte es segundo nieto de don Alonso Carranco de Ortega, que fue el que labró dicha Ermita, como consta de la información que presento: En esta atención = A.V.M. pido y suplico se sirva declarar por patrono a mi parte de dicha Ermita, y que para que se le dé posesión de tal, se dé despacho al Provisor de Llerena, o Vicario general de la provincia de León, que así es justicia que pido etc. Diego de Puerto.”[43]

La información que acompañaba a la solicitud, se hizo en Guadalcanal ante D. Alonso de Gálvez, Alcalde ordinario de la Villa por S.M., a petición de D. Nicolás de Ortega, hermano de D. Alonso, en el día 16 de Mayo de 1722; y los testigos fueron: D. Juan Antonio del Castillo, presbítero; el Licenciado D. Francisco Martínez, Abogado y D. Pedro González de Figueroa, escribano del Cabildo de la Villa. En 22 de Julio del mismo año informó el párroco de Santa María y cumplidos los demás trámites que exigió el Fiscal, se expidió la Real Cédula de concesión del Patronato.

“D. Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León…. Administrador perpetuo de la Orden y Caballería de Santiago por autoridad apostólica.

Por cuanto y por parte de vos D. Alonso de Ortega y Ponce de León y Toledo, caballero de la dicha orden, vecino de la Villa de Guadalcanal, se me hizo relación que D. Alonso Carranco de Ortega, vuestro segundo abuelo, había labrado a su costa una ermita a Nuestra Sra. de Guaditoca, en el sitio del Encinal, término de dicha Villa para trasladar a ella a su Divina Magestad, por ser la que tenía corta y indecente; con licencia que para  ello obtuvo del licenciado D. Francisco Caballero de Yegros, Religioso de la referida orden, siendo Vicario general de la Provincia de León, que original presentábades; y que después por parte de don Pedro de Ortega Freire, vuestro abuelo, se solicitó ante el licenciado D. Tirso Gutiérrez de Lozano, Vicario general que así mismo fue de dicha Provincia de León, no se le desembarazase el uso de una puerta que de dicha ermita entraba a una casa contigua a ella para efecto de su mayor asistencia y cuidado, lo que se le concedió y en esta forma el dicho D. Pedro Alonso Damián, vuestro padre y vos habíades estado cuidando del ornato y decencia de dicha ermita, habiendo conseguido un Jubileo para el mayor culto de dicha Sta. Imagen y asistencia de devotos, y que mediante ser vos, el dicho don Alonso segundo nieto del expresado D. Alonso  Carranco de Ortega, que fue el que había labrado la referida ermita, como constaba de la información que también presentábades, me suplicásteis fuese servido declararos por Patrono de dicha ermita y que para que se os diese la posesión, mandaros dar el despacho necesario, cometido al Provisor de la Ciudad de Llerena, o al Vicario general de dicha provincia o como la mi Merced fuese, y visto en el mi Consejo de las Ordenes juntamente con la licencia e información citadas, y lo que en su razón se dijo por el fiscal, por Auto de 4 de Julio pasado de este presente año y entre otras cosas se acordó que el Vicario de la dicha Villa de Guadalcanal me informase del origen de esta Santa Imagen, antigüedad de la ermita y si estaba agregada a curato de dicha Villa, y para ello se dio despacho a nueve de dicho mes; y habiendo ejecutado dicho Vicario el expresado informe, por donde constó ser cierta vuestra relación de estar fabricada dicha ermita en tierras donde sucedió el dicho vuestro segundo abuelo D. Alonso Carranco de Ortega, la especial devoción de vuestra casa a dicha Santa Imagen, no estar agregada a curato alguno y otras cosas; visto el dicho informe, los antecedentes con que se juntó y lo que asimismo se dijo sobre todo por el dicho mi fiscal, por auto del dicho mi Consejo de veinte y siete de Agosto próximo pasado, fue acordado se os despache título de Administrador de dicha ermita para Vos y vuestros sucesores en nombre de dicha Orden; yo lo he tenido y tengo por bien y de dar para ello esta mi carta por la que, atendiendo a lo que va expresado y los servicios que habéis hecho a mí y a la dicha Orden y espero que haréis, os elijo y nombro por Administrador de dicha ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, a vos dicho D. Alonso de Ortega Ponce de León, por todos los días y después de Vos a vuestros sucesores, en nombre de la dicha Orden de Santiago, y es mi voluntad que como tal cuidéis de la conservación, culto, decencia, servicio y ornato de la dicha ermita y Santa Imagen, y cualesquier bienes, efectos y limosnas, que en cualquier manera le pertenecieren y de la distribución de todo ello en lo que va referido, tomando cuentas a las personas que lo hubiesen tenido, o en adelante tuviesen a su cargo, cobrando los alcances y efectuando todo lo demás que sea conveniente y favorable a dicha ermita como tal Administrador, en nombre y por la representación de la dicha Orden, para todo lo cual y todo lo a ello anejo y dependiente os doy poder y comisión en forma, y que de todo lo que recibiéredes, cobráredes y distribuyéredes, tengáis libro de cuenta y razón, para que lo podáis dar a los mis visitadores de la dicha Orden o a cualquier que mandare cada y cuando os fuere pedida: y mando al Vicario general de dicha Provincia, Provisor de la ciudad de Llerena y Vicario de la dicha Villa de Guadalcanal, y al Consejo Justicias y Regimiento, Caballeros, Escuderos, Oficiales y hombres buenos de ella y a otras cualesquier personas, jueces y justicias, así eclesiástica como seculares, a quien lo aquí contenido toca o tocar puede cualquier manera os den y hagan dar la posesión, uso y ejercicio de la Administración de dicha ermita, en mi nombre y de la dicha Orden de Santiago, y os reciban, hayan y tengan como tal administrador en todas las cosas a dicho cargo anejas y pertenecientes, y os guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, franquezas, libertades, preeminencias, prorrogativas, y todas las otras cosas que debéis haber y gozar, y os deben ser guardados todo bien y cumplidamente sin que falta cosa alguna, y que en ello ni en parte de ello impedimento ni embarazo alguno no os pongan, ni consientan poner, que yo por la presente os recibo al ejercicio y uso de la dicha Administración, caso que por los susodichos o parte de ellos, a ella no seáis admitido y que os entreguen y haga entregar, por inventario y en forma todas las escripturas y papeles, bienes muebles y raíces, joyas, plata, vestidos, ornamentos, maravedies, vino, pan y todas las otras cosas que en cualesquier manera o por cualquier causa o razón tocasen o pertenecieren a dicha ermita; y es mi merced y voluntad que en la manera que dicha es, tengáis la dicha Administración para Vos en toda vuestra vida, y después de Vos a los sucesores en vuestra casa con calidad de que cada uno en su tiempo tenga obligación de sacar en su cabeza Título, y no de otra suerte, el que me le dará constando ser tal sucesor; de lo cual mandé dar y di esta mi carta sellada con el sello de la dicha Orden. En Balsain a 4 de Septiembre de mil setecientos veinte y dos años. = Yo el Rey = Yo D. Diego de Morales, secretario del Rey nuestro  Señor, la hice escribir por su mandato.” [44]

Recibida la Real Cédula, tan honrosa para el Marqués de San Antonio, la presentó a la Villa en 20 de Octubre del mismo año y tomó posesión de la administración del Santuario, dándosela el Sr. D. Bartolomé Díaz, Juez eclesiástico ordinario de la Villa, en presencia de los testigos D. Juan de Ortega, don Juan Pérez Carrasco y Salvador Sánchez, vecinos de Guadalcanal, dando fe el notario Manuel José del Castillo, en 10 de Noviembre de 1722.

Un cambio fundamental se obró  en el régimen del Santuario de Nuestra Patrona; sin en los primeros años, y aún en otros posteriores, fue beneficioso al culto de la Santísima Virgen el reconocimiento del Patronato en la familia de los Ortegas, a la larga fue perjudicial; y lo que, tal vez con la más pura y recta de las intenciones y con deseo sincero y positivo de aumentar el culto y devoción a la Virgen de Guaditoca, se esforzó en conseguir D. Alonso Ortega Toledo, al llegar el siglo XIX, dio origen a disgustos graves, perdiéndose cuanto reunió la piedad de los fieles.

Capítulo VI

Administración del Marqués.- Obras en el Santuario.- Administración interina de D. Nicolás de Ortega y Toledo.- Dorado del retablo mayor.- Otras mejoras en el Santuario.- Necesidad de agua en 1733 y 1734.- Las andas de plata.- Orden del Concejo para que el Marqués rindiera cuentas de su administración.- Ríndelas la Marquesa por muerte del Marqués.

Cumpliendo lo dispuesto por la Real Cédula de Felipe V., se hizo cargo el Marqués de S. Antonio de todo lo referente al caudal de la Virgen de Guaditoca. De su administración desde 1722 al 1725, no queda otro vestigio que la siguiente noticia que encabeza las cuentas que rindió su viuda en 1748: “por un testimonio autorizado de Antonio Rodríguez, notario que fue en la visita eclesiástica en esta villa, en el año pasado de setecientos y veinte y cinco, su fecha en ella a dos de Noviembre, se justifica habérsele tomado al citado mi marido la cuenta del caudal de Nuestra Señoras de Guaditoca en dicho año y los dos antecedentes, de que quedó alcanzado en trescientos y cincuenta reales, como se justifica de el mismo testimonio que se pone por recado de esta cuenta.” [45]

            Por necesidad de agua acordó la Villa en 28 de Abril de 1724, traer la Santa Imagen y nombró Comisarios a D. Nicolás de Ortega, D. Ignacio de Ortega, D. Fernando López de los Disantes, Cristóbal Jiménez, Fernando Gálvez y D. Cristóbal de Castilla Gorgazo.

Permaneció el Marqués en Guadalcanal, hasta el año 1732, en que se ausentó para desempeñar diversos empleos del real servicio; y ni de esos años, ni de los siguientes hasta su muerte, dio las cuentas de la administración del Santuario, las que, como diremos después, hubo de formalizar la Marquesa viuda; por éstas sabemos el estado del caudal de la Virgen y su inversión en aquellos años.

Desde 1726 a 1731, ambos inclusive, quedaron en poder del Marqués las siguientes sumas: “en el año de 1726 recibió mil doscientos cincuenta reales de la feria, después de haber pagado las asistencias de la clerecía, las memorias que se cantan en aquella Ermita, cera, cohetes y el trabajo de las personas que se nombran para cobrarlas durante los tres días de pascual.” En los siguientes años dejó la feria libre 900 reales en 1727; 1125, en el de 28; 865, en el de 29; 1200, en el de 30 y  1310 en el de 31. Las limosnas sueltas importaron en los mismos años 687 reales: y de la renta de la casa de la calle San Francisco “propia de nuestra Señora” setenta y siete reales en cada año; menos en 1728 que quedaron más que 50 después de pagar una reparación.

En estos años “hizo fabricar contra la muralla de la Ermita a la puerta de medio día y enfrente de ella muchos portales para la comodidad de los mercaderes y resguardo de sus mercadurías; y tres casillas para bibanderos y tabernas; y por no encontrar la razón del importe de estos gastos entre los papeles de mi marido, se han apreciado estas obras ahora por Agustín de Robles, Maestro alarife y examinador de la Ciudad de Llerena y valen todas 4.900 reales, como consta de su certificación que acompaña a esta cuenta.”

El reconocimiento de Agustín Robles con el aprecio de las obras es el siguiente al por menor: un portal de arcos de ladrillo, con sus tabiques dobles por delante y por los costados, de suerte que cada uno tiene su división para la comodidad de los mercaderes y sus mercadurías; enfrente de la puerta de la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, a la parte de medio día y regulando su manufactura, materiales, piedras, tejas, maderos y alfajías, vale todo dos mil y cien reales.- Una casa nueva contigua a este mismo portal que tiene dos puerta y buen techo y maderaje; vale todo ochocientos y cincuenta reales.- otra casilla contra los portales antiguos cerca de los hornos de ladrillo con sus dos puertas, que todos sus materiales y manufactura valen cuatrocientos reales.- otra casilla junto a la pastelería que vale quinientos reales y los portales fabricados contra la muralla de la Ermita a la parte del sol de medio día[46] dispuestos para la comodidad de los mercaderes, valen mil y cincuenta reales. De suerte que todas estas partidas importan cuatro mil y novecientos reales, que es el justo valor de las obras.”

En estos mismos años se hicieron otras de importancia en el Templo, a saber: la construcción de bóveda de la Iglesia, el coro con la escalera de subida y el campanario; de lo cual dio Agustín de Robles la siguiente carta de pago.

“Como Maestro Mayor y Alcalde y examinador de oficio de alarifes y Maestro de obras nombrado por el Cabildo de la Ciudad de Llerena, de donde soy vecino; certifico que he recibido de el señor Marqués de San Antonio, caballero del hábito de Santiago, vecino de esta Villa de Guadalcanal, Patrono y Administrador de la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca en término de ella, y en diferentes partidas once mil y doscientos reales de vellón en especie de dinero; y cuarenta arrobas de vino a precio de seis reales cada una, que es lo mismo con que tomé de mi cuenta, cargo y riesgo la obra que he concluido con otros compañeros en la Iglesia de dicha ermita, siendo de mi cargo también hacer y poner todos los materiales, que se ha reducido a hacer de bóveda todo el cuerpo de la Iglesia con sus arcos y estribos correspondientes, coro, escalera y campanario; quedando a mi utilidad todas las maderas que sostenían la techumbre antigua, pues así se ajustó don dicho señor. Además del dinero del vino que antes se expresó y para resguardo de su señoría doy el presente,  que firmé en Guadalcanal a veinte y cuatro de Junio de mil setecientos y veintiocho = Agustín de Robles = Son 11.400 reales.”

Importaron todas estas obras diez y seis mil trescientos cuarenta reales: y como el cargo de estos años fue de ocho mil ciento cincuenta, quedó un déficit a favor del Patrono Administrador de cinco mil ciento noventa reales.

A 23 de Febrero de 1732 salió el Marqués para Llerena a encargarse de su gobierno, para el cual había sido nombrado por S.M.; quedó, durante su ausencia, que duró hasta 1743[47]  encargado de la Administración del Santuario, su hermano D. Nicolás de Ortega y Toledo. Dejó D. Nicolás una “memoria de la cuenta que he llevado, dice, de las limosnas que he percibido de la Milagrosa Imagen, mi Señora de Guaditoca, desde Febrero del año pasado de 1732 y lo que he gastado en el adorno y culto de su Santa Casa, desde cuyo tiempo ha estado a mi cuidado, por haberse ido el Marqués de San Antonio, mi hermano, a el gobierno de Llerena el día 23 de dicho mes.” De ella tomaremos algunas noticias.

El ingreso de la feria en el año 1732, después de pagar los gastos, fue de 1.407 reales, que entregaron Andrés Blas y Francisco Robledo, a cuyo cargo estuvo la cobranza; en el siguiente entregaron los mismos 950 reales. Desde 1734 al 1738 este ingreso, como se dirá después, se dedicó a otro fin y no se incluye por ello en las cuentas de D. Nicolás. En el año de 39, los mismos comisarios entregaron 607 reales “como consta del libro que para en poder de Cristóbal González Triguero, adonde se sentaban las limosnas de todos los años”; más 36 reales que estaban en poder de este: en los años 40 y 41 corrió con las limosnas de la feria Robledo solo, y entregó respectivamente 801 y medio y 687 reales: en el año siguiente D. Juan de Ortega entregó 1.195 reales y medio.

De la casa de la calle S. Francisco se recibieron, pagados los reparos, 697 reales. También hubo un ingreso de 227 reales en dos años, por arriendo de un buey, propiedad de la Virgen, a un vecino de Almadén. Importó, pues, el cargo en los diez años 6.908 reales, sin la cantidad que se dedicó a las andas.

Durante esos años se hicieron y pagaron obras importantes en el Santuario. La cuenta que rindió D. Nicolás, al volver el Marqués su hermano a encargarse de la administración, las enumera con el coste que ocasionaron: “Se gastaron en el año 1732 dos mil y ochocientos reales vellón en el dorado del retablo de la capilla mayor, en cuya cantidad lo ajustó mi primo D. Diego de Ortega, con dos doradores de Sevilla: más se gastaron veinte y cuatro reales que se le dieron a D. Juan Pérez Carrasco para ayuda de las Misas que dijo en la Iglesia de Nuestra Señora; más se gastaron diez pesos de a ocho reales de plata para su rostrillo para la Virgen por mano de Sor Francisca de Santa Ana[48] quien lo ajustó el día 14 de Abril de 1736; más se gastaron el día 26 de Abril de 1737 tres pesos de a ocho reales de plata para comprar cuatro varas y argollas para el palio; más se gastaron siete reales que llevó el carpintero por cepillarlas, cuyas dos partidas fueron por mano de D. Ignacio de Ortega, quien compró las argollas y dichas varas; más se gastaron dos mil reales vellón en los que se ajustó el estofado de la capilla mayor con Juan de Brieva, vecino de Llerena; más se gastaron doscientos y treinta y dos reales de dos carretadas de maderos para los andamios, sogas y alfagías en el año de 1739; más se gastaron el día 18 de Abril de 1740, doscientos reales vellón en cien tablas que compré a Luis de Baena, vecino de Cazalla, quien las llevó a la casa de Nuestra Señora; más se gastaron sesenta reales vellón, el día 21 de Mayo de 1741, de un rostrillo que se hizo en Berlanga a la Virgen, y lo demás de su costo lo suplió la Cofradía de Nuestra Señora de aquella Villa; más se gastaron mil y seiscientos reales vellón que se le dieron a el dicho Juan de Brieva, a su muger e hijo José de Brieva, por haber fallecido su padre, en cuya cantidad se ajustó el estofado de dos naves de la Iglesia de Nuestra Señora con que se acabó el día último de Julio de 1741; más se gastaron siete reales vellón de dos libras de alambre para hacer una reja en la Iglesia; más se gastaron el día 26 de Enero de 1743, sesenta y cuatro reales vellón en cercar el corral de las casas de Nuestra Señora, que los ganaron Domingo el albañil y dos  peones.” Importaron los gastos 7.289,26, quedando un alcance de 381,26.

Hace una advertencia, después del cierre de la cuenta D. Nicolás y dice: “se previene que la nave de los colaterales la estofó el hermano José, la cual costó cuatrocientos y veinte reales, para los cuales percibió trescientos y treinta  del buey que vendió en el Almadén; y así mismos costeó un retablo de los dichos colaterales que le costó seiscientos reales y el costo de traerlos ambos de Llerena: y el otro lo construyó por mi devoción y con dos becerros que a la Virgen le dí: y por ser todo cierto, según mi conciencia, así lo declaro y firmo esta cuenta en Guadalcanal a once días del mes de Marzo de 1743 años – Nicolás.”

El Marqués pago a su hermano el alcance que arrojaba la cuenta a favor de éste; y al pie de ellas puso el correspondiente testimonio del recibo de la cantidad. “Recibí de mi hermano el Marqués de San Antonio, los trescientos y ochenta y un reales vellón que tenía suplidos en las obras que de mi orden si hicieron en la Iglesia de mi Señora de Guaditoca, como consta de la cuenta de las antecedentes. Guadalcanal y Junio 8 de 1743.- Nicolás Ortega y Tolero.”

Dejamos antes de tratar, para hacerlo ahora, de la sequía de los años de 1733 y 1734. Fueron nombrados en el primero de los citados años Comisarios: D. Andrés de Ortega, D. Cristóbal Jiménez, D. Alonso Maldonado, D. Álvaro de Ayala, D. Gómez de Córdoba y Agustín Gálvez, disponiendo la Villa por su auto de 4 de Abril “la asistencia de las Cofradías de los lugares inmediatos, a quienes se dé noticias y se despache propio.”

Nueva necesidad hubo en el siguiente año y en 30 de Marzo se acordó traer la soberana Imagen “y además de los motivos expresados para ten devoto recurso, concurre la guerra tan sangrienta entre los príncipes cristianos de Europa, debiendo todos pedir por su extinción y sosiego para la mayor exaltación de nuestra Santa fe.”

Se mandó avisar a las Cofradías de los pueblos de la comarca y nombraron los comisarios, quienes de acuerdo con D. Nicolás Ortega, convinieron en destinar las limosnas para alguna alhaja del mayor adorno y culto de la Virgen y Señora de Guaditoca.

Muy al pormenor nos cuenta D. Ignacio de Ortega lo ocurrido en la declaración que puso a continuación de las cuentas de su primo don Nicolás.

“Declaro yo D. Ignacio Ortega, vecino y regidor perpetuo de esta Villa, que por Abril de 34 hallándose el Común de esta Villa y demás sircunvencias muy aflijido con la carestía de el trigo y falta de agua, se resolvió por el Ayuntamiento de esta Villa, con dictamen de las Comunidades eclesiásticas y de D. Nicolás de Ortega Toledo, mi primo, a cuyo cargo estaba el culto de la Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca y la Administración de sus limosnas, el traerla en rogativa a la Iglesia Mayor de esta Villa, y para sus fiestas y solicitud de las limosnas nos nombraron por comisarios a don Álvaro de Ayala, D. Alonso de Cabrera, Fernando de Gálves y a mí. Y procurando entregar el producto de las limosnas del petitorio a el dicho D. Nicolás, se convino gustoso  en lo que restare, bajados los gastos, lo aplicásemos para alguna alhaja del mayor adorno y culto de Nuestra Señora; y pareciéndonos muy precisas unas andas de plata, se lo propusimos a el dicho D. Nicolás, en lo que se conformó muy gustoso; ofreciéndonos a nuestra disposición una lámpara quebrada, que tenía Nuestra Señora y las limosnas que produjesen las ferias (bajados los gastos regulares que en ellas se ofrecen) y dieren otros particulares hasta la conclusión de dichas andas, a cuya obra nos aplicamos con el mayor celo. Y con efecto recogimos en esta venida de Nuestra Señora mil ciento y treinta reales; en la feria de aquel año, libre de gastos, quinientos veinte y cinco; en el año de 35, seiscientos cuarenta y un reales; en el de 36, ochocientos diez y seis reales; en el de 37[49], quinientos reales; en el de 38, setecientos doce reales; que todo importó 4.382 reales, con cuyo dinero y la plata de la lámpara se principiaron las andas y se hicieron cuatro columnas muy fuertes y preciosas, con una jarra en medio de ellas y una piña en el remate de cada una. Y con el motivo de haber fallecido don Alonso de Cabrera, uno de los Comisarios, y entibiado los compañeros en la agencia de las limosnas, se dió cuenta de todo a dicho D. Nicolás de Toledo, y además del estado en que dejábamos las andas y queda referido, le dejábamos a su disposición en poder de Cristóbal Trigueros, mercader de esta villa, trescientos y sesenta y seis reales en dinero, y 28 onzas de plata, pertenecientes uno y otro a Nuestra Señora; y para que conste en todo tiempo la distribución de las limosnas, que dejó a nuestro albedrío, lo firmé Guadalcanal a 15 de Junio de 1743 – D. Ignacio Ortega Ponce de León.”

La plata que estaba en poder de Cristóbal la recibió el Marqués, según anotan las cuentas de 1743. “Más es cargo cuatrocientos y veinte reales de el valor de veinte y ocho onzas de planta, que recibió mi marido de Cristóbal González mercader de esta villa, en quien las habían dejado los Caballeros comisarios, que durante su ausencia se encargaron de principiar las andas de plata para Nuestra Señora.” Al año siguiente se dieron al platero Oliveros ochocientos reales “para en cuenta de las andas de plata.”

Continuó el Marqués, a su vuelta a Guadalcanal, la obra de las andas, y “desembolsó, dice la Marquesa en el ajuste de cuentas que presentó a la Visita, mil setecientos y noventa y cinco reales, y deben abonarse para pagar ciento diez y nueve onzas y once adarmes de plata, que compró a quince reales para continuar la obra de las andas, a las que se le han puesto con ella cuatro eses, la guardilla de la cornisa por dentro, tornillos, ángeles y portezuelas, la cúpula, un ramos encima y una chapa para tapar los arcos.” Se encargó de la hechura Pedro Oliveros, Maestro platero de Llerena, quien declaró ante el escribano de la villa Miguel Jerónimo Escutia y dió carta de pago en 16 de Marzo de 1748, de haber recibido “mil doscientos treinta y ocho reales y medio y ciento diez y nueve onzas y nueve adarmes de plata… y que la hechura de todo con el gasto de barras de hierro y tornillos, y del carpintero que achicó la cornisa, importaba quinientos y noventa reales; y que rebajados de el recibo restaban en su poder seiscientos y cuarenta y ocho reales y medio, que se obligó a emplearlos en plata y en hechura de las obras de las andas, para cuyo fin se le entregaron.”

Hemos dicho que el Marqués se hizo cargo de la administración del Santuario en 1743, y siguió al cuidado de ella hasta su muerte en 1748, y de ella llevó apuntaciones en un libro del cual sacó después su viuda las partidas para formalizar sus cuentas. En esos años los ingresos rebajados los gastos, fueron los siguientes: en 1743 “habiendo fallecido el hermano José, ermitaño de Nuestra Señora, por no quedar entonces otro en la Ermita, se recogieron seis fanegas de trigo que tenía en ella, a precio de quince reales, y valen noventa”; al año siguiente quedaron en poder del Marqués “treinta y una fanegas de trigo y media, que recogió de la Ermita, por ausentarse los Ermitaños, que entonces había… y valen a razón de catorce reales, e importan cuatrocientos cuarenta y uno.” La limosna de la feria fue en 1743 de cuatrocientos noventa y cuatro reales; en 1744 de quinientos dos: en 1745 fue más crecida la limosna pues “en este año se cobraron ochocientos reales, fuera de gastos, que recibió Pedro Oliveros, platero de la Ciudad de Llerena, para en cuenta de las andas”; en el siguiente la limosna fue de 780 y por último en 1747 de 624 reales. Desde 1743 a 1747, ambos inclusive, en cada año se cobraron de la casa de la Virgen 99 reales; menos en 1746 que por haberse pagado los reparos no quedaron más que 77.

En estos años, a más de las cantidades que se dedicaron a las andas, hizo el Marqués algunos gastos de poca monta: en componer la corona de la Virgen, 28 reales; “también gastó ciento y ochenta reales en una yegua, que les compró a los ermitaños para que fuesen a recoger las limosnas por los lugares circunvecinos; más doscientos y cuarenta reales y medio en una reja que mandó traer de Sevilla, que pesa siete arrobas y se haya existente en mi poder, dice la Marquesa, para la ventana de la escalera del camarín de Nuestra Señora.”

Muy bien asistido estaba el Santuario en estos años, y a ello no dejó de contribuir la piadosa Marquesa, que con celo y largueza cuidaba de la Santa Imagen, y de todo lo concerniente al culto divino en Guaditoca: pero no se rendían cuentas, según era en deber el Marqués, y se le había preceptuado en el Real Título nombrándolo administrador.

Algunas gestiones debieron hacerse a conseguir que rindieses cuenta el Marqués, y de resultado negativo, por lo que el Vicario general de la provincia acudió al Real Consejo, recibiendo la siguiente carta de contestación:

“En carta de 8 de Enero próximo pasado de Vm. Cuenta al Consejo de que en otras ocasiones que ha visitado la Villa de Guadalcanal, se le ha dado noticia de que el Marqués de San Antonio se halla administrando, muchos años ha, el devoto Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca, que está en término de dicha Villa, sin que en tan dilatado tiempo haya dado cuenta en la visita eclesiástica, donde corresponde, ni en otra parte, de los crecidos caudales que entran en su poder anualmente; pues aunque Vm. le ha hablado en este asunto varias veces, no ha llegado el caso de sujetarse a cuentas, valiéndose de que solo está sujeto al Consejo: y que no siendo justo que se exima a dicho Marqués de una obligación tan precisa, para saberse el estado de dichos caudales, pide Vm. al Consejo tome providencia conveniente: y en su inteligencia ha acordado diga a Vm., como lo ejecuto, que apremie al expresado Marqués a que de estas cuentas, y que de lo que resultare, dé Vm. cuenta al Consejo, y lo participo a Vm. para su cumplimiento. Dios gue. a Vm. ms. a. Madrid, 16 de Febrero de 1748.- Martín de Lezeta.”

Recibida la anterior carta el Vicario general se dispuso a cumplimentarla; y de la dificultad que surgió con la enfermedad y muerte del Marqués en aquellos días, da noticias el auto siguiente: “En la villa de Guadalcanal a veinte y un días del mes de Marzo de mil setecientos cuarenta y ocho, el Sr. Licenciado don Diego Gómez de Tena del Orden de Santiago, Vicario general, Juez eclesiástico ordinario de esta provincia, dijo que en carta-orden de diez y seis de Febrero próximo pasado, de los señores del Real Consejo de las Órdenes, se le da a su merced la conveniente para que apremiase al Marqués de San Antonio a que dé cuentas de la administración de los caudales de Nuestra Señora de Guaditoca, que ha tenido a su cargo de muchos años a esta parte, cuya Real Orden llegó a tiempo que dicho Marqués se hallaba enfermo en la cama, de cuya enfermedad falleció sin poder dar dichas cuentas; y por cuya causa no se pudo poner en ejecución la real providencia: y debiendo darlas la Marquesa viuda y heredera de dicho difunto Marqués, para que esto tenga efecto y se venga en conocimiento de el tiempo de dicha administración, mandó su merced, se haga saber a dicha heredera exhiba el título de tal administrador, y que de él se ponga copia testimoniada a continuación de este auto, y que nombre persona con poder bastante que comparezca a dar dichas cuentas en esta audiencia luego y sin dilación, respecto a estar prevenida por medio de recados, que su merced le ha mandado con el presente notario y el teniente de Cura de la Iglesia Mayor; entendida dicha Marquesa que de no hacerlo con la prontitud que corresponde, serán de su cuenta las costas y salarios que causase su detención, pues los negocios de Visita se hallan evacuados. Y por este auto así lo proveyó, mandó y firmó = Diego Gómez de Tena.- Ante mí, Juan Gallego.”

En el mismo día la Marquesa presentó el título de nombramiento de Administrador del Santuario dado por Felipe V a favor de don Alonso de Ortega, y se copió a continuación del auto, firmando la Marquesa el recibo de haberse devuelto el original: presentó también una carpeta de cuentas del tiempo que D. Nicolás fue Administrador; y en 26 de Marzo la cuenta que abarcaba desde 1725 hasta la muerte del Marqués, al pie de la cual hay el siguiente resumen y advertencia: “De suerte que estas partidas importan veinte y siete mil trescientos tres reales y veinte y seis mrs., que conferidos con los diez y nueve mil ciento y cincuenta y cuatro del cargo, restan contra el Caudal de Nuestra Señora, y a mi favor como heredera de los derechos, deudas y bienes de mi marido, siete mil seiscientos cuarenta y nueve reales, salvo error; y juro en forma de derecho haber formado esta cuenta arreglada a los papeles y gastos que hizo y dejó mi marido.

Debiendo prevenir en cuanto al cargo, que todas las limosnas que recogían los Ermitaños en dinero, aceite, granos y otras especies, fuera de la cantidad cargada en esta cuenta, las expedían y consumían ellos en su manutención, aceite para las lámparas y alguna cera para las muchas misas que en el discurso del año se van a celebrar a dicha Ermita, sin tomárseles cuenta de estas limosnas a fin de que nunca falten a la asistencia de Nuestra Señora.

Y en cuanto a la data, que en el tiempo que ha estado en mi casa el cuidado de esta Santa Imagen se ha gastado, y por mi mano, crecida cantidad de mrs. En ropa, para el mayor adorno y lucimiento de la Imagen, ornamentos y altares, y sólo hago memoria de unas camisas de estopilla, enaguas de holanda con ricos encajes, además de los que he puesto en las albas: hice dos pares de corporales; un vestido de tapiz para la Imagen y el Niño, en que se gastaron trece varas a cinco pesos, guarnecido con encaje de plata y forro de seda, habiendo puesto también los de los frontales, y dos casullas con entretelas, guarniciones y hechuras; cíngulos, bolsas de corporales, cintas, flores y otras cosas, que no tengo presente, ni he querido jamás que para ello se descontase cosa alguna de las limosnas de Nuestra Señora, a cuyo culto y mayor decencia lo he ofrecido y ofrezco de mi caudal con el mayor rendimiento y obligación.

Y lo firmé en esta Villa de Guadalcanal, a veinte y seis de Marzo de mil setecientos y cuarenta y ocho. = La Marquesa de San Antonio de Mira el Río.”

Presentó las cuentas la Marquesa con un memorial en el que reiteraba las protestas que hizo el Marqués en la primera cuenta que se le tomó, y las demás convenientes a los que sucediesen en el Patronato; y suplicaba se le aprobaran y se le pagara el alcance, que quedaba a su favor. Aprobó el Vicario general las cuentas y “mandó que del primer caudal de Nuestra Señora, se satisfaga el alcance que de dichas cuentas resulta a la parte del Administrador difunto, y a su heredera, y se le de el testimonio que pide con inserción de las cuentas y su pedimiento y de este auto.”

En el mismo día el Notario de la Audiencia, fue a comunicar a la Marquesa lo proveído por el Vicario general, y ella, generosa una vez más para con la Virgen de Guaditoca, “dijo que el alcance que a su favor resulta de las expresadas cuentas lo remite y perdona y en caso necesario lo cede a favor de nuestra Señora” y así lo firmó.

Capítulo VII

El caudal de Nuestra Señora de Guaditoca en el siglo XVIII.- Inventario de las alhajas de la Virgen.- Fincas y edificios de su propiedad.

Cual fuera la situación de Santuario y sus riquezas al mediar el siglo XVIII, nos lo manifiestan cumplidamente los inventarios que por este tiempo se hicieron.

            Mandó hacer el de alhajas, por auto de 30 de Marzo de 1748, el Vicario general de la provincia de León D. Diego Gómez de Tena, estando en Santa Visita en la Villa, “mediante ser preciso nombrar persona que administrase los caudales de la Virgen, interin que la parte a quien tocaba la dicha administración, conforme a la Real Cédula de concesión del patronato a D. Alonso Ortega, obtenía Real Carta” dio comisión al notario Juan Gallego, y previno a la Marquesa viuda pusiese de manifiesto las que fuesen, y lo mismo mandó a cualquier otra persona en cuyo poder se encontrasen.

            En el mismo día se personó el Notario en el palacio de la Marquesa, y con toda diligencia se hizo el inventario siguiente:

            “Lo primero se pone la corona de Nuestra Señora de plata, y pesó treinta y seis onzas y algo más.

            Se pone la media luna de plata, que pesó quince libras que son doscientas y cuarenta onzas cumplidas.

            La lámpara de plata, que pesó quince libras que son doscientas y cuarenta onzas.

            Cuatro piñas, cuatro vasos, una flor de azucena de plata para las andas de Ntra. Señoras, que todo pesó sesenta y dos onzas.

            Una chapa de plata para las andas que pesó veinte onzas.

            Dos cruces de plata y un copón que pesaron cuarenta onzas.

            Dos cálices, el uno dorado por fuera y dentro, con sus patenas y cucharitas, que ambos pesaron cincuenta onzas.

            Una venera, la misma que el Sr. Marqués difunto dejó a Ntra. Señora, del hábito de Santiago, guarnecida de diamantes puestos sobre plata.

            Un águila de dos cabezas con su corona de filigrana de oro toda guarnecida de perlas.

            Un relicario de la Corona y Clavos de Cristo Redentor nuestro con su lazo de filigrana de oro y el Relicario guarnecido también de perlas.

            Una saya de filigrana de oro cubierta de piedras verdes que demuestran no ser finas.

            Otro relicario con la imagen de Ntra. Señora por una parte; y por la otra con la de San Juan y el Cordero, guarnecido de filigrana de oro con perlas y algunas perlas verdes.

            Un anillo de oro con una esmeralda.

            Otro anillo con nueve esmeraldas.

            Otro anillo con siete diamantes.

            Otro anillo con dos rubíes y una piedra azul.

            Otro anillo con otra esmeralda.

            Otro anillo con un diamante y dos puntas de diamante.

            Otro anillo con tres esmeraldas, también de oro.

            Otro anillo con ocho piedras azules.

            Una cestita de plata de la mano del niño Bellotero.

            Un vestido del niño Bellotero de tapiz morado con una cruz de cristal; otra Cruz con un crucifijo de plata sobredorada de tres esquinas y con su rótulo que dice INRI.

            Dos joyas de cristal, la una con su cadenita de plata.

            Dos campanitas de lo mismo, con sus cadenillas, la una sobredorada.

            Una calabacita de cristal guarnecida de plata de filigrana; y otros diferentes relicarios y dijes, que estos son siete; todos pendientes con sus lazos encarnados del vestido del Niño.

            Otro vestido del Niño Bellotero de tela de plata campo pajizo con flecadura de hilo de plata.

            Otro vestido del Niño de tela de plata encarnada con galón de plata, todo guarnecido y con su fleco de hilo de lo mismo.

            Cuatro vestidos del Niño que tiene Nuestra Señora en las manos correspondientes a sus vestidos.

            Un vestido de Ntra. Señora de tela de plata encarnado.

            Otro también de tela azul.

            De tapiz morado otro, guarnecido con franja de plata.

            Un manto de tela blanco con galón de oro.

            Otro vestido viejo también de tela encarnada, a excepción de las mangas, que está en la Ermita desechas para el adorno de Nuestra Señora.

            Trece lazos encarnados para la Virgen.

            Setenta y cinco flores de seda grandes y pequeñas.

            Una casulla de persiana encarnada.

            Otra de medio tapiz con su cenefa de terciopelo encarnado.

            Una casulla y dalmáticas encarnadas de raso ordinario con su galoncito dorado.

            Un paño de facistol encarnado de tela, también viejo.

            Una sobremesa de tisú encarnado con su galón de plata.

            Un frontal de damasco encarnado con su fleco y galón de oro.

            Otro frontal también de damasco encarnado con su flecadura de seda.

            Dos frontales para los colaterales de medio tapiz con su puntilla de seda.

            Dos estandartes, uno de Ntra. Señora azul con su Imagen; y otro de tafetán blanco del Niño con su escudo.

            Un velo de Ntra. Señora, de seda listado con su cenefa de otro color.

            Cuatro fundas de palos de andas de tela verde, ya viejas.

            Cinco paños de cálices de diferentes colores todos de seda.

            Seis bolsas de corporales de diferentes colores.

            Ocho hijuelas de diferentes colores.

            Cuatro hijuelitas para sobre las patenas y una mucetita para el copón.

            Cuatro palias para los altares; son cinco.

            Cuatro amitos con sus cintas.

            Cinco albas de lienzo, excepto la una que es de bretaña.

            Dos camisas de Ntra. Señora, la una nueva y la otra servida.

            Unas enaguas de Ntra. Señora, de holanda nueva.

            Siete cornialtares y quince purificadores.

            Cinco pares de corporales.

            Una toalla para que se limpien los Sacerdotes.

            Dos pares de vuelos y dos vuelillos de Nuestra Señora.

            Una camisa del Niño Bellotero.

            Cuatro cíngulos de seda.

            La llave del Sagrario con su cinta.

            Cuatro sombrerillos del Niño Bellotero.

            Catorce paños de tafetán encarnado con su flecadura de seda.

            Colgadura para la capilla de Ntra. Señora.

            Las cuales alhajas declaró la Sra. Marquesa de San Antonio de Mira el Río, ser las mismas que están en su poder, propias de Ntra. Señora, todas las cuales manifestó para este Inventario y por el orden que van sentadas; y por lo que hace a las que están en la Ermita compareció el Hermano Francisco de la Cruz, que asiste a dicho Santuario, y declaró estar en él las alhajas que se dirán y son a saber:

            Primeramente un vestido de Ntra. Señora color encarnado de tela de plata con guarnición de oro, que tiene puesto Ntra. Señora.

            Un manto azul de tela de plata.

            Una corona de planta lisa que tiene puesta Ntra. Señora.

            Un cáliz con su patena de plata y cucharita.

            Un alba con todo lo necesario, que sirve para las misas que entre año se celebran en dicha Ermita.

            Dos cornialtares y todo el recado.

            Dos frontales de damasco encarnado, el uno viejo con flores blanca, y  dos frontales de lienzo pintado que sirven a los colaterales.

            Cuatro tablas de manteles y una toalla.

            Las andas de plata con sus cuatro mástiles, cornisa y sombrero todo armado.

            Dos rostrillos de piedras y perlas falsas.

            Dos velos que están puestos, el uno de tapiz y otro de tafetán encarnado.

            Las cuales alhajas el dicho Hermano declaró ser las mismas que están en dicha Ermita y demostrará cada vez que convenga, en cuyo estado la Señora Marquesa manifestó pertenecer a la Ermita seiscientos y cuarenta reales, que recibió Pedro Oliveros, platero de la Ciudad de Llerena, que los recibió para ayudar a la fábrica de dos chapas para las andas; previniendo dicha señora que si fuese más o menos constará de la escritura de dicho platero otorgó ante Miguel Gerónimo Escutia, escribano a que se remite: y que lo demás que fuese necesario para acabar dichas andas, queda de cargo de su señoría costearlo por la disposición del Sr. Marqués difunto, que así fue su voluntad.

            En cuya conformidad se hizo dicho inventario, que firmó dicha señora Marquesa por lo que así toca y dicho hermano no firmó por que dijo no saber; de todo lo cual yo el notario doy fe.- Y en este estado dicha señora declaró que la Imagen de la Virgen tiene un anillo que le dió de limosna la señora Sor Xaviera de Santa Ana, Abadesa del Espíritu Santo, con la condición de que siempre le tenga puesto: por lo cual le tiene Ntra. Señora y es con un diamante en dicho anillo.- Y  que a más tiene una lámpara de azofar que es la que sirve. = La Marquesa de San Antonio de Mira el Río.- Ante mí, Francisco Gallego”.[50]

            Lo inserto ya nos muestra las riquezas que la piedad de los fieles fueron reuniendo a la Virgen de Guaditoca; pero hemos de agregar a lo anterior las fincas inscritas a su nombre en 1753[51]           “Una casa situada en la calle de San Francisco, de un piso, doce varas de frente y diez de fondo, confronta, saliendo de ella a la derecha, con casa de Francisco Sayago, y por la izquierda con casa de Ana Gómez, cuyo arrendamiento anual se ha estimado en ocho ducados: está gravada con una memoria perpétua de diez y seis reales que de rédito anual se paga a la Iglesia parroquial de Santa María la Mayor de esta Villa.

            Así mismo tiene dicha Imagen diferentes portales para la feria que en ella se celebra, que se hallan en el sitio de Guaditoca, distante legua y media de la población, que tiene de frente el uno, cuarenta y dos varas y cinco de fondo, cuyo arrendamiento anual se ha estimado en cuatro ducados.

            Una casa en dicho sitio y distancia, de un piso, siete varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anal se ha estimado en un ducado.

            Otro portal con veintiuna varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anual se he estimado en dos ducados.

            Otro con catorce varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anual se estima en un ducado.

            Una casa en dicho sitio y distancia de un piso con ocho varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anual se ha estimado en un ducado.

            Otra casa en el referido sitio y distancia de un solo piso, seis varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anual se ha estimado en un ducado.

            Otra casa de un solo piso en el dicho sitio y misma distancia, cinco varas de frente y cuatro de fondo, cuyo arrendamiento anual se ha estimado en un ducado.

            Una pieza de tierra de secano de cabida de media fanega de trigo de puño en sembradura, de tercera calidad de el término de su especie a el sitio de Sangre linda, distante media legua de la población; confronta al S. Con tierra de María de Fuentes, al N. Con tierra de Juan Gordillo, al P. con tierra de Juan Espino y al S. Con tierra concejil.”

            No tenemos noticias de los bienes que poseyera la Santísima Virgen en Berlanga y Ahillones en donde hubo Hermandad; pero sí sabemos que en Valverde tenía cuatro censos; uno de 9 reales, otro de 16 reales y diez y seis maravedis; otro de 24 reales y otro de 11 reales y 8 maravedis. [52]

            No se incluyen aquí los bienes que reservó D. Nicolás Ortega, ni el censo que gravó sobre sus fincas D. Juan Pedro Ortega.

            Tal era el caudal de la Santísima Virgen de Guaditoca al mediar el siglo XVIII. Al siglo siguiente estaba reservado dilapidar este patrimonio, del cual no queda más que la memoria. Causa profunda pena en el ánimo el ver como se ha expoliado a la bendita Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca, de cuanto le donó la piedad y el amor de sus hijos.

            Al mediar el siglo XIX, no quedó del caudal de la Señora otra cosa que los muros casi derruidos del Templo: pero no adelantemos los sucesos, que no es ocasión más que para gozarse al ver, al mediar el siglo XVIII, tanta piedad y fe tan sincera, tanta confianza y tan rendida gratitud a la Santísima Virgen, como silenciosamente enseñan las páginas anteriores.

            En estos últimos años nuevamente sus hijos, con generosidad digna de loa, acuden a honrar a su Madre, y, ni faltan las limosnas, ni deja de recibir donaciones en ropas y otros efectos.

Capítulo VIII

D. Nicolás de Ortega y Toledo obtiene la Real Cédula nombrándolo Patrono.- Disposición del Concejo sobre ajuste de cuentas.- Calamidad de 1753.– Auto de visita del mismo año.- Muerte de la Marquesa de San Antonio.- Mandas a favor de Ntra. Sra. de Guaditoca.- El terremoto de 1755.- Acuerdos de la Villa y de la Clerecía.- Sequía de 1757.- Muerte de D. Nicolás.- Legado a favor del Santuario.

Sucedió a D. Alonso de Ortega en los derechos de la familia su hermano D. Nicolás, recayendo en él el cargo de Alférez mayor de la villa. Casó dos veces; la primera con D.ª Isabel de Ortega Arjona Morales y Toledo, sobrina carnal suya, como hija de D. Juan su hermano;[53] y la segunda con D.ª María Sánchez de Arjona y Boza, natural de Fregenal e hija de D. Joaquín Sánchez de Arjona y Boza y de D.ª Isabel Boza de Chaves y Ponce de León, su mujer, Condesa de Río Molinos.[54]

            Al morir el Marqués su hermano, y finalizado el asunto de la aprobación de las cuentas, que presentó la Marquesa viuda, el Vicario general habiendo visto lo dispuesto en la Real Cédula de Felipe V y teniendo presente que el derecho de patronato debía recaer en D. Nicolás de Ortega, como descendiente directo de D. Alonso Carranco y en quien concurrían las mejores circunstancias, le nombró, por auto dado en la villa en 4 de Abril de 1748, Administrador interino, con la obligación de obtener el título correspondiente y disponiendo se le hiciese entrega del caudal y bienes de la Virgen, firmando el oportuno recibo. En el mismo día D. Nicolás, “dijo que aceptando, como acepta el nombramiento de administrador interino del Santuario de Ntra. Señora de Guaditoca, desde luego se daba por entregado en todas las alhajas que constan del inventario, que se halla en los autos, y de ellas otorga recibo en forma, siendo su ánimo y voluntad que se mantengan en poder de la señora Marquesa de San Antonio de Mira el Río, su hermana, constituyéndose como se constituye obligado a responder por todo como si realmente y con efecto hubiesen pasado a su poder.”[55]

            Honra a D. Nicolás esta conducta para con la Marquesa, la cual seguramente agradeció el que se le confiara con tanta delicadeza la custodia de las alhajas y demás ropas del Santuario y de la Santa Imagen, pudiendo seguir atendiendo muy de cerca a las necesidades del uno y de la otra.

            Dispuso el Vicario general en 7 de Junio, estando en Valverde, que se consultase al Consejo de Órdenes la conveniencia de mandar que los Administradores del Santuario diesen cuenta de su administración cada tres años “que haciéndose así correrán con toda claridad; pues aunque el Administrador que dejé nombrado es de todo abono y satisfacción, podrá recaer en alguno que no tenga dicho abono.” A 21 de Junio dio contestación el Consejo a la comunicación del Vicario, aprobando su gestión y disponiendo se den las cuentas del Santuario en la visita trienal.[56]

            Acudió D. Nicolás al Rey y obtuvo la Real Cédula nombrándole Administrador perpétuo del Santuario, como lo fue su hermano y se expidió en el Buen Retiro por Fernando VI en 19 de Abril de 1750.[57]

            En el año 1753 fue grande la calamidad que padecía la villa por falta de lluvias, acudiendo, como de costumbre, a la intercesión de la Santísima Patrona de la villa, para obtener remedio a la necesidad. Acordó el Ayuntamiento en 18 de Abril traer la Santa Imagen de Guaditoca para hacer novenario de rogativas como es práctica, y nombró comisarios a D. Diego y D. Pedro de Heredia, regidores, D. Alonso López, D. Antonio del Castillo Céspedes, D. Luis Hidalgo Caballero, Francisco Monsalve Ponce y D. Basilio de Arana: y por otro auto de 21 del mismo mes, teniendo en cuenta “que el pueblo se haya muy afligido y pobre por la continua esterilidad de los campos, de suerte que los caballeros comisarios no se atreven a pedir limosna por las calles, como ha sido costumbre siempre que se ha traído a esta Villa, y deseando sus mercedes coadyuvar al culto y mayor decencia de las funciones, desde luego acuerdan que de el caudal de propios se saquen trescientos reales vellón y se entreguen a los Comisarios de dicha Imagen.”

De la Visita de 1753, que practicó D. Fernando Quintano, del Orden de Santiago, Vicario general de San Marcos de León, no ha llegado a nosotros más que un mandato, el décimo, referente a la Stma. Virgen, inserto entre los generales de la Visita.[58] Dice así: “Que siempre y cuando que se ofrezca que Nuestra Señora de Guaditoca se traiga a dicha Parroquia mayor de rogativa o por otro cualquier motivo, no se consienta por el cura, o su teniente, que en la Iglesia se haga función alguna de angelitos, ni otra, que cause o sea causa de ruidos; por extraerse los fieles de la atención y consideración con que deben estar en el  Sto. Sacrificio de la Misa; lo que así haga ejecutar y cumplir; pena de cincuenta ducados vellón en que incurra por cada vez, los que se aplicarán para mayor caudal de la fábrica de la parroquia.”[59]

            Nuevamente hemos de hacer memoria de la Marquesa de San Antonio; en el año de 1754 a 6 de Febrero, bajó al sepulcro. Tan egregia y piadosa dama, con su caridad para con los pobres, su religiosidad y largueza para el culto divino y sus buenas prendas dejó un nombre imperecedero. En 3 de Diciembre de 1753 otorgó testamento cerrado, y dice que lo hace “bajo el amparo y protección de la Reina de los Ángeles María Santísima del Mayor Dolor, que ha sido y es mi amparo, refugio y guía.” [60]

La cláusula referente a la Virgen de Guaditoca dice así: “Y conformándome con la voluntad de dicho mi querido difunto marido, es la mía en primer lugar fundar, como por el presente fundo una capellanía eclesiástica colativa, servidera en la Ermita de mi Madre y Señora María Santísima de Guaditoca, que está en término de esta villa, su principal Asilo en las necesidades; antigua devoción y patronato de dicho mi Esposo y su familia: dejo y señalo por bienes y dote de este beneficio eclesiástico las casas principales en que vivo en calle Camachos, y ciento y cincuenta reales de vellón de renta anual perpetua para siempre jamás, que cargo y sitúo sobre la bodega que tengo en la calle de San Bartolomé, de esta villa, lindando por arriba con bodega de anejar vinos de mil hermano don Nicolás de Ortega y Toledo y por abajo con casas de los Herederos de Francisco Rocho, difunto, cuyos bienes se erigirán de profanos en eclesiásticos, para que no se puedan vender ni enajenar.

Y ha de ser de la obligación del capellán decir por sí mismo en dicha Ermita misa, como entre nueve y diez de la mañana, todos los Domingos y fiestas en que obliga el precepto de oír misa, desde el día de Señor San Pedro y San Pablo, 29 de Junio, hasta el último de Diciembre de cada año, que son los días festivos en que falta misa dotada en la citada ermita; y también ha de ser obligado a dar el pasto espiritual de la confesión y explicación de la doctrina cristiana a los fieles que a ella concurren dichos días, que suelen ser los pastores y gente rústica de aquella comarca.”

            Nombró por Patronos de la Capellanía, al Cura de Santa María y al Guardián del Convento de San Francisco.

Entre los legados, dejó 200 reales para el Santísimo Sacramento y “otros doscientos reales a mi Madre y Señora de Guaditoca, para ayuda a que se hagan unas vinagreras de plata.”[61]

El día primero de Noviembre de 1755 se sintió en Guadalcanal un terremoto, que llenó de consternación al vecindario, que presuroso acudió en demanda de protección y amparo a su celestial Patrona la Virgen de Guaditoca; la cual no desoyó los ruegos y súplicas de sus hijos. La villa consignó en sus actas de Cabildo su gratitud a tan excelsa Abogada, y acordó celebrar fiesta de acción de gracias, por auto de 11 de Noviembre, que dice así:

“Los Señores Justicias y Regimiento que abajo firmarán, juntos en su sala capitular como es costumbre, dijeron que día primero de este mes a las diez de la mañana, se experimentó en esta villa un temblor de tierra considerable y dilatado; pero gracias a Dios no sucedió desgracia alguna, ni ruina en los edificios, cuando en muchos lugares distantes y cercanos de esta villa han sucedido muchísimas desgracias en personas y edificios; y reconocido este pueblo a tan gran beneficio, que cree haber recibido, por intercesión de su patrona y abogada María Santísima de Guaditoca, y para manifestar este reconocimiento y dar gracias a nuestro Señor y a su Madre benditísima, se conformaron sus mercedes en que se traiga a esta villa la dicha Imagen en la misma forma que otras veces, para colocarla en la Iglesia mayor y hacerle un novenario con asistencia de la Villa y las cuatro Comunidades; y para disponer lo que sea necesario para el mayor culto y veneración de tan milagrosa Imagen, nombraron por comisarios sus mercedes a los señores don Andrés y don Ignacio de Ortega, Cristóbal Jiménez Caballero, D. Diego Maeda, D. Francisco Venero y Alonso López de la Vera, Regidores de este Ayuntamiento, quedando del cargo de sus mercedes el dar recado a los señores Curas y Guardián de las tres parroquias y convento de nuestro padre S. Francisco, como así mismo el dar aviso a las Hermandades de nuestra Señora de las villas de Berlanga, Valverde y Ahillones. Y se dará recado al Patrono de dicha Imagen.”

            Por su parte el Clero de Santa María tomó acuerdo, años después, para manifestar su gratitud al Señor.

El acuerdo de la comunidad, se tomó en 1º de Noviembre de 1759, a propuesta del Párroco D. Juan de Ortega, quien así habló: “Señores; no duden vuestras mercedes los beneficios que debimos a Dios, día de todos los Santos del año de cincuenta y cinco, pues amenazados de la ira del Señor, demostrada por el terrible y espantoso temblor de tierra y con el azote de su divina justicia levantado para descargarle sobre nosotros por nuestras culpas, vimos que, cuando esperábamos por instantes ser destruidos y aniquilados de su poderosa mano, experimentamos prontamente convertido su justo enojo en piedades y misericordias; y siendo debido el que nos mostremos agradecidos de algún modo, era de sentir que en acción de gracias (si le pareciese a la Comunidad) se cantase perpétuamente una Misa con Cristo Sacramentado y se hiciese con su Magestad una procesión alrededor de la plaza, haciéndose en ella dos altares, respecto que este fin contribuye la villa con su limosna, que es de diez y seis reales de vellón, que libra para cera el Administrador de propios, que se han de entregar al Mayordomo del Santísimo; pues así parece que lo ha acordado en su Ayuntamiento. A que todos conformes respondieron que era muy justo y arreglado; y así que, dando la Villa la expresada limosna, se hiciese y estableciese perpétuamente.”[62]

            Se trajo la Santa Imagen de Nuestra Señora, en cumplimiento del acuerdo de la Villa, y han llegado a nosotros dos actas de la traslación.

            La primera dice así:

            “Francisco Morales Cejuela, Presbítero, Notario apostólico con aprobación ordinaria, certifico, doy fe y testimonio de verdad a los señores que el presente vieses, como hoy día de la fecha, siendo como a horas de las once de la mañana del día de la fecha, vi que el Licenciado D. Juan de Ortega Ponce de León, Cura de la Parroquia mayor de esta villa, con la Comunidad de dicha Parroquial y cruz alta, salieron a recibir a Nuestra Señora de Guaditoca, que se traía a este pueblo por el bienestar de no haber padecido desgracia alguna en el temblor de tierra que últimamente se padeció el día primero de este presente mes; y vi que procesionalmente dicho Cura con capa, estola, cruz alta y la Comunidad de dicha parroquial entraron con dicha Imagen en el Convento del Espíritu Santo, en donde dejaron dicha Imagen. Y para que conste, a petición de dicho Cursa, doy el presente que signo y firmo en la Villa de Guadalcanal a trece de Noviembre de mil setecientos cincuenta y cinco años = En testimonio de verdad, Francisco Morales de Cejuela.”

            Al día siguiente levantó otro acta de la traslación de la Venerada Imagen a la parroquia mayor, y dice así: “Francisco Morales Cejuela… doy fe como hoy día de la fecha vi que la Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca bajó desde el Convento del Espíritu Santo a la Iglesia parroquial mayor de esta Villa, a quien acompañaron las Comunidades eclesiásticas de esta Villa; y tanto en la Iglesia de dicho Convento, como en la procesión vi presidir con estola y capa a el Ldo. D. Juan de Ortega, Cura de dicha parroquia mayor, de cierta ciencia y paciencia de los otros dos Curas y sin que lo contradicieran: y a pedimento de dicho D. Juan de Ortega doy el presente que firmo y signo en la Villa de Guadalcanal a catorce de Noviembre de mil setecientos cincuenta y cinco = En testimonio de verdad, Francisco Morales Cejuela”. [63]

            En 1757, se trajo la Santa Imagen por necesidad de agua.

            En 29 de Abril de 1759, falleció D. Nicolás Ortega y otorgó su mujer en 24 de Junio[64] siguiente testamento a su nombre, en virtud de poder que uno y otro otorgaron ante Francisco Muñoz Durán, escribano en 1º de Diciembre de 1749, para que el que sobreviviera de los otorgase testamento; “porque en buena salud nos comunicamos uno a otro nuestra última voluntad y todas las cosas que para el descargo de nuestra conciencia convenía se practicaran después de nuestro fallecimiento, dedicadas a obras pías y fundaciones, mandas y legados y todo lo demás que tuvimos por conveniente para el bien de nuestras almas.”

            El testamento es de sumo interés. ¡Lástima que dificultades de todo orden como surgieron, ya en vida de la viuda, que pasó a segundas nupcias casando con D. Diego de Morales, ya por parte del gobierno que se incautó de cuantiosas sumas, impidieran el cumplimiento de la voluntad de D. Nicolás de Ortega!

Entre otras mandas y legados píos, dejó ciento cincuenta ducados al convento de San Francisco de la villa “con el cargo y obligación de mantener en él un religioso erudito, apto y  útil para educar en buenas costumbres y rudimentos de nuestra Santa fe y enseñar la gramática a religiosos y a todos los hijos de este pueblo que quieran estudiarla; nombrando por patronos a los Hermanos mayores de la Hermandad del Sr. San Pedro, y por Administrador al Mayordomo de la misma: y que se diesen en cada un año otros doscientos ducados al mismo convento  “con la obligación de mantener en él, el tiempo que fuese regular de cada año, cátedra de filosofía para los religiosos de la provincia y para todas las personas vecinas de esta villa que quiera estudiarla.”[65]

            Por escritura de 1º de Noviembre de 1756 había fundado una memoria de tres Misas cantadas en el Convento de S. Francisco gravando una parte de casa que tenía en la calle San Sebastián con un ceso de 900 reales de principal y 27 de renta anual.

            La cláusula referente al Santuario de Guaditoca dice así: “También me comunicó que respecto de que la administración de la ermita de Ntra. Señora de Guaditoca le pertenece a D. Pedro de Ortega y Arjona, para la que necesita la casa que por sus legítimas tocó a dicho mi marido con puerta y tribuna a ella, se le dé por vía de legado, después de los días de mi vida: pues estos durante he de poder usarla y disfrutarla, y después gozarla por la suya solamente; la que faltando pase a el sucesor de dicha administración con el huerto, vegas y demás pertenencias: y así ha de ir de unos en otros sucesivamente, y por si por algún caso perdiere este derecho y saliese de la familia, fue su voluntad pase el goce de dicha casa, vegas y huerta a dicha milagrosa Imagen; para que con su alquiler se ayude a su mayor culto: lo que declaro así para que conste.”[66]

            Esta casa, tan necesaria para atender y asistir al Santuario, ha sido vendida; así como las tierras que con tan elevado fin dejó D. Nicolás: habiendo estado algunos años sin santero la ermita hasta que se habilitó con este objeto el portal adosado al muro sur del Templo.

            ¡Tan sin piedad ha sido tratado el Santuario en el siglo XIX!

Capítulo IX

Don Pedro de Ortega y Arjona solicita el nombramiento de administrador interino.- El Ayuntamiento pretende se nombre a D. Agustín Javier de Morales.- El Vicario nombra a D. Diego de Castilla.- Renuncia éste y es nombrado D. Agustín J. de Morales.- Obtiene don Pedro de Ortega Real Cédula.- Pleito sobre el vínculo que fundó D. Pedro de Ortega Freire.- Donación a  Ntra. Sra. de Guaditoca de María Antonia de Fuentes.- Muerte de D. Pedro.- Su hijo Juan Pedro obtiene Real Cédula de S.M.

A la muerte de D. Nicolás Ortega y Toledo, como no dejara hijos, su sobrino D. Pedro de Ortega y Arjona, hijo de D. Juan Ortega y Toledo y de su mujer doña Isabel de Arjona y Morales, acudió en suplica al Provisor de Llerena, alegando ser tercer nieto de D. Alonso Carranco, y  fundándose en las Reales Cédulas que alcanzaron sus tíos don Alonso y D. Nicolás, para deducir “que es justo conservar en la familia este derecho honorífico del Patronato y administración del Santuario de Guaditoca, que le pertenece” y suplicando por ello que en el interin, y hasta tanto hago recurso a S. M. para que se me despache igual cédula y título y conceda la administración de dicha Ermita y Santuario, como descendiente de dicho D. Alonso Carranco de Ortega, mediante no haber dejado sucesión D. Nicolás, se sirva nombrarme por administrador interino, librando despacho para que se me haya y tenga por tal y pueda usar libremente de las facultades correspondientes según y en la conformidad que las han usado y ejercido los expresados míos tíos”. Esta solicitud debió firmarse el 9 de Mayo.

Por otra parte el Ayuntamiento, en sesión del mismo día 9, tomó acuerdo de nombrar administrador interino, y se consignó en el acta correspondiente que dice así: “Se representó por parte de los Señores Alcaldes como ha fallecido D. Nicolás Ortega y Toledo, Alférez mayor que fue de este Ayuntamiento y que este gozaba la administración de la Ermita y rentas de la Imagen de Ntra. Señora de Guaditoca Patrona de esta villa, con título y cédula real, y que hallándose vacante dicha administración e inmediata la función de su fiesta y feria, que se celebra por pascua de Espíritu Santo, y gozando esta villa la preheminencia de nombrar Mayordomo de fábricas de Iglesias y ermitas, podrá tomar en esto la providencia que tuviere por más conveniente; y oída por los señores capitulares dicha proposición, votaron de secreto y la mayor parte se conforman en que se nombre administrador y que este nombramiento se presente al Sr. Vicario general o al señor provisor de esta Provincia para su aprobación. En cuyo supuesto de conformidad nombraron al Sr. D. Agustín Javier de Ortega y Morales, regidor de este Ayuntamiento y acordaron que presentado y aprobado este nombramiento use de la dicha administración, como la tenía el dicho D. Nicolás, interin que la parte que fuese interesada sacase legítimo título”.

            Acudió D. Agustín Javier de Ortega al Provisor de Llerena para obtener el correspondiente título de Administrador interino.

            Al día siguiente, 10 de Mayo, el Sr. D. Miguel de Venegas y Oliveros, del orden de Santiago Provisor Juez eclesiástico ordinario de la provincia de S. Marcos de León mandó a don Pedro de Ortega “haga constar la narrativa de su pedimento dentro de tercero día, con apercibimiento que se proveerá a lo que haya lugar en derecho y sin perjuicio de superior y real resolución,” y en cuanto a la solicitud que se presentó en nombre del Ayuntamiento, dispuso que se agregará a la de D. Pedro y se tuviera a la vista.

            Al día siguiente solicitó D. Pedro al Vicario de Guadalcanal que recibiese información de los testigos que ofrecía presentar para comprobar los extremos de su petición al Vicario general; y sin demora recibió el Vicario, Don Juan de Ortega Ponce de León, declaración jurada, y por ante notario, a los presbíteros D. Juan Pérez Carranco, juez de cruzada, don José Martínez y don Antonio Moreno Blanco, Comisario del Santo oficio; y en el mismo día llevó y presentó D. Pedro la información justificativa en la audiencia del Provisor de Llerena, juntamente con un testimonio fehaciente de la Real Cédula, dada a favor de su tío D. Nicolás. En el mismo día, D. Antonio de Castilla, como Mayordomo del Consejo y su Procurador síndico por el estado noble, otorgaba poder a favor de Pedro Santos, de Llerena, para que representase y defendiese los derechos del Ayuntamiento ante el Provisor de Llerena, personándose el mismo día en autos.

El día 12 resolvió el asunto de la administración interina el Provisor en contra, por cierto, de las dos partes litigantes, por el siguiente auto: “En atención a que según resulta de los autos el Ayuntamiento de la villa de Guadalcanal no tiene facultad de nombrar persona para la administración de la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca: ni D. Pedro Toledo (Ortega y Arjona) derecho alguno a serlo, apareciendo del testimonio de la real cédula una concesión graciosa y personal para D. Nicolás de Toledo; no ha lugar a las pretensiones de estas partes. Y usando su merced de las facultades de su jurisdicción, nombra con la misma cualidad a D. Diego de Castilla y Cervantes para que en el interin que por  Su Magestad (que Dios guarde) se determina de persona administre y haga cuento debía hacer el dicho don Nicolás en fuerza de su título, a cuyo fin se le despachará el correspondiente: así lo mando etcétera…” En el mismo día se expidió el oportuno título de nombramiento de administrador interino.

            Sorprendió a D. Diego de Castilla el nombramiento que en él recayó, sin buscarlo, por espontánea voluntad del Vicario general; y con fecha 17 de Mayo, estando éste en Guadalcanal, le dirigió respetuosa instancia, rogando se le aceptara la renuncia “mediante a mis muchas y crecidas ocupaciones en negocios que tengo a mi cargo, como la asistencia precisa y natural a mi caudal y propios bienes, que necesitan de la mayor atención; y en ello divierto todo el año, sin quedarme tiempo alguno para ajenos encargos; atento a lo cual y para que no se sigan perjuicios algunos a dicha Ermita y su caudal por la falta de mi asistencia.” Suspendió el Vicario general el hacer el nombramiento de nuevo administrador hasta que llegara a Llerena para hacerlo con vista de los autos, y el Ayuntamiento volvió nuevamente a su empeño de que se expidiese título al que había nombrado, instando Pedro de Santos, por lo próxima que estaban las fiestas de Guaditoca “cuya celebración da principio el día tres del mes de Junio, necesitándose aun, además los días que faltan que transcurrir, para prevenciones previas; siguiéndose de ello notable perjuicio, digno de reparo.” El día 23, se presentó la solicitud anterior, y en el mismo día dispuso el Provisor que en consideración a lo que por esta parte se expone, y  haberse excusado el nombrado, lo que es constante según consta de su desistimiento, que se halla en autos: Y atendiendo a las buenas prendas y circunstancias que concurren en D. Agustín Javier Morales, vecino de la Villa de Guadalcanal, su seguridad y buena conducta, desde luego, usando su merced de las facultades que le competen, y sin ninguna atención a que se hubiera nombrado por la Villa, sin este respecto, y antes bien si, con positiva exclusión de él, en los mismos términos, y con iguales requisitos y calidad de por ahora e interein que otra cosa de providencia por S. M. y señores del real Consejo de las Órdenes, le nombraba, y nombró, al predicho D. Agustín Javier de Morales, vecino de dicha Villa de Guadalcanal por tal Administrador interino; y mando se le despache título en la forma ordinaria, para de este modo precaver los perjuicios que omitiéndolo se seguirían, estando tan inmediata la festividad y feria de dicha Santa Imagen.” [67] Se apresuró D. Pedro a pedir la Real Cédula, como sucesor legítimo de los derechos de sus tíos D. Nicolás y D. Alonso; y a su vez el Ayuntamiento acudió al Real Consejo de Órdenes, haciendo valer el derecho que creía asistirle para nombrar administrador del Santuario, presentando el siguiente escrito justificativo.

            “M.P.S.- Francisco Antonio Miñón, en nombre de D. Antonio Castilla, Mayordomo del Concejo y que hace oficio de Síndico Procurador del común de la Villa de Guadalcanal y en virtud de su poder, que presento; ante V.A., como más haya lugar, parezco y digo: Que por los establecimientos de la orden de Santiago, en cuyo territorio es comprendida dicha Villa, toca y pertenece a su Ayuntamiento el Patronato de Iglesias y Ermitas que se colocan en la extensión de su término; y de consiguiente e nombramiento de sus Mayordomos, en cuya posesión ha estado, y está. La citada Villa en cuanto a dicho derecho del Patronato, nombrando y confirmando los nombramientos de Mayordomos de fábrica y Ermitas, en uno de los días de la Pascua de Navidad de cada un año, habiendo sucedido lo mismo en cuanto a la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, que se venera en una de su término, hasta que el año pasado de 722 por D. Alonso de Ortega y Toledo, vecino que fue de dicha Villa, se obtuvo real título de Administrador de dicha Ermita por los días de su vida, con el supuesto motivo y pretexto de que D. Alonso Carranco de Ortega, su segundo abuelo, la había reedificado a sus expensas y en sus propias tierras; y en su virtud, por su fallecimiento, sin embargo de no haber dejado legítimos sucesores, a solicitud de D. Nicolás de Ortega y Toledo, su hermano y en el año de 750 se le despachó igual real título, y es así con el motivo de haber este fallecido sin dejar legítima sucesión parece que D. Pedro Ortega y Arjona, sobrino de los susodichos, intentando hacer dicha administración, juro de heredad, solicita obtener nuevo real título en grave daño y perjuicio del derecho y regalía del Ayuntamiento de dicha Villa y su común; pues, aunque el Patronato subsiste, se le priva de la acción que antes tenía y tiene en dicha Ermita y en las demás de dicha Villa y su término de nombrar en el referido día su Mayordomo, y más cuando no obtiene bienes, rentas ni ganados que administrar, por mantenerse su culto con la limosna de sus devotos se percibe: y no siendo justo que la Villa y común permanezca despojada de dicha regalía, y tener sobre ello que exponer, decir y justificar, hago formal contradicción a la expedición del título de administrador, u otra cualquier pretensión, que sobre este asunto se haya introducido, o se intente, por parte de D. Pedro de Ortega y Arjona u otra cualquier persona. = En cuya atención = A.V.A. Suplico que, habiendo por hecha dicha contradicción se sirva que de lo pedido y que se pidiese por parte del citado D. Pedro de Ortega y Arjona, u otra cualquier persona, en punto a la citada administración, se dé traslado a mi parte… Francisco Antonio Miñón.”

            Pasó esta solicitud a informe de la Orden y el Prior es de parecer que debe administrar el sucesor de D. Nicolás, último poseedor, y de ningún modo el Ayuntamiento; el fiscal, a quien se oyó, dio su dictamen de acuerdo con el Prior y en Consejo mandó expedir la Real Cédula, nombrando administrador perpetuo del Santuario de Guaditoca a D. Pedro de Ortega y Arjona, la cual tiene su data en Villaviciosa a dos de Julio de 1759.

            Mientras tanto en la Villa seguía D. Agustín J. de Morales instando para la defensa de los derechos, que creía tener el ayuntamiento, y en sesión de 21 de Junio presentó el siguiente pedimento:

            “D. Agustín Javier de Morales, vecino y regidor perpetuo de esta Villa y Mayordomo interino del Santuario y Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, nuestra principalísima Patrona, dice que por parte del síndico procurador Don Antonio de Castilla, que lo fue en el año próximo pasado, y en fuerza del acuerdo de su ayuntamiento, se echó recurso al Real Consejo de la Órdenes pretendiendo no se despache nueva gracia de Administrador perpetuo de la referida Ermita a favor de D. Pedro de Ortega y Arjona, vecino también de esta Villa, que lo solicita como lo tuvieron sus dos tíos carnales Marqués de San Antonio y Nicolás de Ortega y Toledo, ambos en nombre de la Orden de Santiago, fundándose la Villa en que por establecimiento pertenece el nombramiento de Mayordomos de las fábricas y de todas las Ermitas y Hospitales que se hallan en su término”; y pide que el ayuntamiento haga información sobre su derecho.

            El 17 de Julio de 1759 se presentó la Real Cédula nombrando a D. Pedro de Ortega Patrono de Guaditoca y fue aceptada por la Villa, que mandó insertarla a continuación del Auto.

            Hemos leído muchas actas capitulares relativas a elecciones de Mayordomos de las Iglesias anteriores al nombramiento de Patrono del Marqués de San Antonio, y la lectura de ellas arroja las siguientes conclusiones: que la de los de las Parroquias perteneció siempre al Ayuntamiento, pero eligiendo de entre los dos que presentaba el respectivo Párroco; que más tarde se extendió tal facultad a los Hospitales de los Milagros y de la Caridad; pero nunca nombró la Villa Mayordomo del Santuario de Guaditoca.[68]

Largo pleito hubo de sostener D. Pedro de Ortega, para reivindicar los bienes del patronato laical que fundó D. Alonso Carranco y fueron señalados por su hijo D. Pedro de Ortega y Freire; recayó sentencia a favor de D. Pedro Ortega y Arjona, la cual dio el Alcalde de Guadalcanal, y dice así: “En el pleito que es entre partes de la una como actor demandante D. Pedro de Toledo y Arjona, vecino y Alférez mayor de esta Villa, y de la otra como reos demandados D. Diego de Castilla Velarde y Cervantes, regidor perpétuo de ella, y D. Diego de Morales y Toledo, familiar del Santo oficio, como marido y conjunta persona de D.ª María de Arjona y Boza vecinos de ella y sus procuradores en sus nombres: sobre pretender el dicho D. Pedro de Toledo y Arjona se declare tocar y pertenecer a el Patronato que fundó D. Alonso Carranco en la Iglesia de Nuestra Señora de Guaditoca, sita en su término, la casa inmediata con su huerta y tierras en los Barriales y demás bienes en el demandados en fuerza de la disposición que en su testamento hizo D. Pedro de Ortega Freire, Alférez mayor que fue de esta dicha Villa en primero de Agosto del año pasado de mil seiscientos setenta y uno, y  lo demás en autos contenido = Vistos; Fallo: atento los autos y sus méritos a lo que en caso necesario me refiero, que la parte de dicho D. Pedro de Toledo y Arjona probó bien, y como probar le convino, su acción y demanda; declárolo así: Y que no lo han ejecutado así en sus respectivas excepciones y defensas los referidos D. Diego de Castilla y D. Diego Morales; en cuya consecuencia declaro tocar y pertenecer a el citado patronato y al el dicho don Pedro de Toledo en su nombre la citada casa, huerta y demás tierras demandadas. Y les condeno a la restitución de ellas, luego que esta mi sentencia se declare por pasada en autoridad de cosa juzgada, con la de los frutos y rentas que han producido desde la contestación de la demanda, reservando como reservo, su derecho a la parte de D. Diego de Castilla para que sobre las mejoras y aumentos, que dice ha hecho, use de el en el modo y forma que le convenga. Y por esta mi sentencia definitivamente juzgado así lo pronunció y mandó sin costas con parecer del infrascripto asesor nombrado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Real Chancillería de la Ciudad de Granada – Juan José Caballero – Licenciado Antonio Fernández Soler = Pronunció esta sentencia el señor D. Juan José Jiménez Caballero, Alcalde ordinario por S.M. de esta Villa de Guadalcanal hoy día veinte y cuatro de Marzo de mil setecientos y sesenta y tres, siendo testigos Basilio García, Manuel Berrocal y Sebastián Jandeca, vecinos de esta Villa – Francisco Muñoz Durán.”

            No se conformaron con la anterior sentencia ni D.ª María Arjona, ni los herederos de don Diego de Castilla, D. Joaquín y D. Cayetano de Ayala, y acudieron en defensa de su derecho al Real Consejo de Órdenes, el cual por sentencia del 8 de Abril de mil setecientos setenta y dos, confirmó la del Alcalde de Guadalcanal y condenó en costas a los apelantes, sin que por ello estos cedieran, sino que acudieron en alzada ante la Real Junta de Comisiones, la cual juzgando “en grado de revista” dio su fallo inapelable y por real provisión de 9 de Agosto de 1775, confirmó en un todo la sentencia apelada. [69]

            Quedó, pues, D. Pedro de Ortega en disfrute de todos los derechos que gozaron sus tíos, tanto en la Administración del Santuario, como en el disfrute de la vinculación de los Ortegas.

            De aquellos años no tenemos otras noticias que el testamento que hizo María Antonia de la Fuente, casada en segundas nupcias con Cristóbal Muñoz, y que vivía en la calle de S. Bartolomé y dice uno de los legados que hizo: “Dejo a mi Señora de Guaditoca una capita encarnada”. En el inventario de bienes que hicieron sus albaceas aparece “una Imagen de Ntra. Señora de Guaditoca como de tres cuartas de alto, sin vestido.” Del cumplimiento del legado por sus albaceas D. José de Llanes y de la Rocha, presbítero, y Cristóbal Muñoz, hay el siguiente recibo “Digo yo el hermano Valero de la Cruz, Ermitaño de Ntra. Señoras de Guaditoca, que recibí de los albaceas de María Antonia de la Fuente, ya difunta, un dengue de color encarnado con junta de seda guarnecido, y una Imagen de Ntra. Señora con el rostrillo que le mandó y legó en su testamento. Y para que conste firmé en Guadalcanal y Junio 29 año de 1774.- Hermano Valerio de la Cruz.[70]

            Por necesidad de agua, acordó la Villa traer en rogativas a la Santa Imagen, por auto de 8 de Mayo de 1775, y nombró Comisarios a don Cayetano y D, José de Ayala; D. Juan de Gálvez Rubio, Presbítero, D. Luis Castilla, don Agustín Javier de Morales, D. Diego de Morales y Toledo, D. Agustín Guzmán y D. Antonio Álvarez.

            Pocos años disfrutó D. Pedro de las preeminencias de familia, ganadas a pesar de las contradicciones de que hemos hablado y a costa de dispendios cuantiosos; murió en 1778 y le sucedió en los Mayorazgos y derechos familiares, su hijo D. Juan Pedro de Ortega y Tena, habido de su legítima muger D.ª Ana de Tena Ortega y Toledo; y en primero de Marzo se posesionó del Patronato que fundó D. Pedro de Ortega Freire, dándole quinta y pacífica posesión el Lcdo. D. Antonio Cabezas y  Salgado, Abogado de los Reales Consejos y Juez depositario de la jurisdicción ordinaria de la Villa; siendo testigos D. Paulino Caro Guerrero, del Orden de Santiago, cura de la Iglesia Mayor de Santa María, D. Antonio Rocafiel, Teniente del Regimiento de Caballería de Santiago y el Hermano Valero de la Cruz, Ermitaño de Guaditoca; de todo lo cual dio fe y levantó acta el Escribano Diego José Escutía.

Acudió D. Juan Pedro en súplica a Su Magestad para obtener la Real Cédula necesaria, nombrándole Administrador perpétuo del Santuario y la consiguió en 13 de Febrero de 1779. En 27 del mismo mes, los señores Justicia y Regimiento de la Villa, recibieron la Real cédula y mandaron guardarla y cumplirla, insertándolo a continuación del auto.

Capítulo X

Fiestas de rogativa en 1779.- Pretensiones del Patronato sobre aplicación de Misas en el Santuario.- Alcance a favor del caudal de la Virgen.- Escritura de censo.- Sucesos con motivo de la traída de la Santa Imagen en 1788.- Muerte de D. Juan Pedro de Ortega.

Muy solemnes fueron las funciones que se dedicaron en 1779 a la Virgen Santísima de Guaditoca, con ocasión de la necesidad de agua que se sufrió en ese año. Acordó la Villa en 19 de Abril traer la Santa Imagen para implorar del cielo remedio a la aflicción y nombró Comisario de las fiestas a D. Juan Pedro de Ortega.

En la mañana del día 22, se trajo la Santa Imagen con la solemnidad y en la forma acostumbrada en tales ocasiones; y el día 25 la Villa dispuso fiestas religiosas extraordinarias a cargo de los barrios y de los gremios “con el deseo de que se consigan las misericordias de Dios, a cuyo fin se están practicando solemnes rogativas por la intercesión de María Santísima bajo el nombre de Guaditoca, como patrona y titular de esta Villa, y continuarán hasta cumpliese nueve días; y para que por los respectivos cuerpos gremiales se haga igual súplica, y por los barrios de las tres parroquias, según lo han usado otras veces en iguales ocasiones de necesidad, nombraron para el de Santa María, a Francisco Gómez y a Francisco Marques el Menor; para el de Santa Ana, a Diego y Lorenzo Cabezas; para el de San Sebastián, a Juan Sánchez Romero y a Agustín Vázquez; para la clase de labradores a Juan Riaño, Francisco Albarrán, Vicente Cortés y Manuel Pinelo; para los hortelanos a Francisco Galván y José Gordón y Benigno Rivero; para los molineros a Antonio Guerrero y Francisco Palacios, para los arrieros a Antonio Cerero y Alonso García; para los muleros a Francisco López Chucano y Diego Díaz; para el gremio de zapateros a Pedro Fontán Alvaro de Gálvez, Juan Veloso y  Francisco del Valle; para los demás gremios de artesanos a Nicolás de Arenas, de la calle San Bartolomé, tejedor de lienzos, de sastres a Eusebio Ugía; de herreros a Vicente Hernández; de herradores a Sebastián de Arroyo; para el de barberos a José Pizarro el Menor; para los carpinteros a Jerónimo Espino; para el gremio de mercaderes y tenderos en función sola a Antonio Cordo y José Cristóbal, de cuyos nombramientos se les pase lista por el presente escribano para que lo tengan entendido y apliquen su devoción.”

            El nuevo Patrono del Santuario D. Juan Pedro de Ortega, acudió en 1780 al Vicario general de San Marcos de León, D. Antonio Bustamante, que estaba en la inmediata Villa de Berlanga practicando la Santa Visita, para que le confirme el derecho que cree tener para recoger las misas de voto que se ofrecen a la Santísima Virgen; pidiendo también que las hermandades de Ahillones, Valverde y Berlanga “a las que se tienen concedida casas en el Santuario, le rindan cuentas anualmente y le entreguen lo que pertenece a la Virgen después de pagar los gastos.” El Vicario general accedió a la petición en 17 de Abril del mentado año y dio comisión a D. Pedro López, de Guadalcanal, para que por ante Notario diese cumplimiento a lo mandado.

            Tengo por cosa segura que éste fue el principio de la decadencia de aquellas Cofradías, que sobrevivieron a la de Guadalcanal por la libertad de que hasta ahora habían gozado; pero al someterlas al Administrador y quedar obligadas a rendirle cuentas y a entregarle el sobrante de sus rentas, se les asestó rudo golpe y, por si no fuera bastante, el traslado de la feria, años después a Guadalcanal, acabó definitivamente con ellas.

No sabemos si aquellas Hermandades protestaron, o no: pero sí que la Comunidad de Sacerdotes de la Parroquia mayor, se dispuso a oponerse a esta intromisión de D. Juan Pedro de Ortega y Tena y se hizo alguna gestión por acuerdo de la Comunidad. En 30 de Julio de 1783, no habiendo obtenido resultados favorables, se reunió de nuevo, presidiendo por indisposición del Párroco, D. Juan Espinola, Teniente cura,[71] e hizo saber que se reunían “a fin de acordar y determinar sobre la acción de cobrar las misas que se ofrecen a la Virgen de Guaditoca en su Ermita, a que entremetió su Mayordomo” y acordaron continuar el litigio, confirmando y en su caso renovando el poder general que la Comunidad tenía dado a su Mayordomo D. Francisco Marques; y “respecto a que el mismo Mayordomo de la dicha Ermita ha querido usurpar la acción que también le compete a esta colecturía de numerar y contar los asistentes a la procesión que en la referida Ermita se celebra en el último día de la feria, y de consiguiente el pago de sus obenciones, las cuales negaba el Patrono a los ordenados de mayores y menores órdenes, individuos de esta Comunidad. Se acordó asimismo por todos de conformidad, excepto D. Lorenzo de Alba que lo repugnó, se continúe y defienda dicha acción como el cobro de la obenciones pertenecientes a los referidos ordenados: así lo acordaron.”

Proseguía este litigio en 1789 porque en ese año se dio poder “para continuar el pleito sobre el cobro de las misas, que se mandan decir en Guaditoca, con D. Juan Pedro de Ortega, como administrador, y con D. Fernando Páez Carrasco, Presbítero, como Capellán de dicha Iglesia, a favor de D. Antonio Cerezo, colector actual”, por muerte de D. Francisco Márquez; sin que se haya encontrado otra noticia posterior de este pleito.

            Por los años 1783 presentó cuentas el Patrono a la Santa Visita, según tenían de obligación los Administradores del Santuario, y el estado de ellas fue muy próspero para el caudal de la Santísima Virgen, y resultó alcanzada la administración, por lo que se mandó por el Señor Visitador que D. Juan Pedro colocase a censo la cantidad de 8.000 reales de que aparecía deudora la Administración y D. Juan Pedro de Ortega se apresuró a cumplir lo mandado dirigiendo al Vicario general, que estaba en la Villa, una solicitud en la que dice: “Que habiendo recaído en mí unas casas principales de morada en esta Villa y calle de San Bartolomé por compra que hice a D.ª Ana de Tena mi madre, por sí y a nombre de sus hijos D. Antonio y D.ª Nicolasa de Ortega mis hermanos, siendo de cargo de estos el pago de 8.400 reales de cierto comunicado que dejó D. Pedro de Ortega y Arjona mi padre, y respecto a que 8.000 reales de esta cantidad se habían de distribuir a beneficio del Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca, de este término de que soy administrador, según que así resulta por los libros de cuentas y en ellos ha mandado el Sr. Vicario general de esta Provincia los tome a censo para pagar réditos a razón de un dos y cuartillo por ciento, como parece del testimonio que va por cabeza de esta escritura y a la letra es como se sigue: D. Juan Pedro de Ortega, Patrono y Administrador perpétuo por S.M. de la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, ante V.S. parezco y digo: que habiendo dado las cuentas de mi cargo, resulta en el proveído de la aprobación que otorgue escritura de censo a favor de la Virgen de 8.000 reales que resultan de cargo a el anterior administrador y en favor de Nuestra Señora, a la que estoy pronto otorgar y cumplir con lo mandado por V.S., pero antes de hacer la dicha obligación hago presente; que hallándose los ocho mil reales en una parte de casa y en las que al presente son mías propias, se le considere lo que V.S. estime por justo para los reparos que regularmente es necesario conceda, y cuando a esto no haya lugar desde luego me obligo a satisfacer el importe de un dos por ciento y los reparos que en la parte de casa sean necesarios, bajo lo cual y siendo del agrado judicial haré la correspondiente escritura: = Por tanto a V.S. pido y suplico se sirva proveer y determinar como llevo expuesto en lo que  recibiré merced – D. Juan Pedro de Ortega,” [72]

            Accedió el Vicario general D. Antonio de Ulloa y Prado, del Orden de Santiago y en su virtud, se otorgó la  escritura de censo a favor de la Ermita y Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca de 180 reales de renta y censo en cada un año, que el primero correría desde el día de la fecha de la escritura, por razón de los 8.000 reales impuestos sobre la mitad de las casas principales de su propiedad, en las que mora en calle de San Bartolomé, de la cual tenía él tres partes y una de su madre D.ª María Teresa de Tena, y lindaban con la bodega de anejar vinos de los herederos de D. Andrés de Ortega, y no tenían otra carga que cinco reales de una memoria a la colecturía de Santa María. Se otorgó la escritura a 11 de Junio de 1784 ante el notario Gerónimo Muñoz de Espinosa, y fueron testigos Francisco Javier Marchena, D. Pedro de Naba y Joaquín Robles, vecinos de Guadalcanal.

            La traída de la Santa Imagen por necesidad de agua en 1788, ocasionó disgustos y causó intranquilidades en el pueblo. En sesión que en 30 de Abril celebró la Villa, “teniendo en consideración la suma carestía de granos y el atraso que padecen los campos por falta de agua, se acordó: que se traiga de su Ermita a este pueblo la Imagen de Ntra. Señora de Guaditoca, a fin de hacer a su Magestad una devota Novena para que se digne interceder con su preciosísimo Hijo, a fin de que se apiade de este vecindario en particular, remediando los campos, sembrados y pastos con su celestial rocío: y que respecto de que el Ayuntamiento está en costumbre de hacer sus funciones en la parroquia de Sr. S. Sebastián, con noticia de su Magestad y señores de su Real Consejo y anuncia del Sr. Vicario, Juez eclesiástico ordinario de esta dicha Villa, se pase a dicho Sr. Un oficio de legacía de su parte para que conviniendo en su devota intención, se sirva concurrir con su audiencia al recibo de dicha Señora y a las funciones que por parte de la Villa se hicieren, sin perjuicio de las que puedan hacerse por gremios y particulares, reglando su concurso y providencias a las ocurrencias que puedan presentarse a la asistencia de las comunidades eclesiásticas, cuyo oficio se encarga al Caballero Alguacil Mayor acompañado del presente escribano.”

            Se dio cuenta de este acuerdo al Vicario de la Villa D. Juan de Gálvez Rubio, y se conformó con lo dispuesto por el Ayuntamiento, y envió por medio de D. Juan Remigio Valencia, Pbro. y notario de su audiencia, oficio al Corregidor D. Martín Castelló. Al siguiente día, enterado el Ayuntamiento por el Corregidor de la actitud del Vicario, “acordó sostener su acuerdo anterior,” y  nombró a D. Rodrigo José de Ayala, Regidor y a D. Francisco Cavaleri Ponce de León, para que “por modo de oficio y urbanidad pasen a ver al Sr. Vicario y traten con él del asunto.”

            Al siguiente día, se reunió el Ayuntamiento y los Comisionados hicieron relación de su visita al Vicario; y el Corregidor dijo que en el día anterior D. Paulino de Caro, cura de Santa María dirigió carta al Ayuntamiento, la que entregó en la audiencia del Vicario, en la cual “haciendo presente a este Ayuntamiento que la disposición de traer dicha Soberana Imagen a otra parroquia le parece ser un perjuicio de la suya y de su ministerio y que esto procede de algunos resentimientos; deseoso de contribuir por su parte al honor y respeto de su Iglesia y al del Ayuntamiento, le ha parecido manifestar su buen deseo en los términos que lo ejecuta, ofreciéndose desde luego a los medios que este Ayuntamiento tenga por conveniente al logro del fin de la concordia que se propone.” Enterado el Ayuntamiento de la buena disposición del Párroco acordó: “a que traiga y coloque la Soberana Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca a la dicha parroquia de Santa María, para la pública deprecación que está decretada y funciones que se acostumbran en la próxima pascua de Pentecostés.”

            En sesión de 7 de Mayo de 1788, el Sr. Corregidor dio cuenta de un papel del  Vicario que se le entregó el día anterior por D. Juan de Tena, presbítero con cubierta a los señores Justicia y Regimiento de ella, dando las gracias a este Ayuntamiento por la condescendencia con que atendió a la solicitud del cura de Santa María que este hizo por mediación de aquel: se acordó traer la Virgen al día siguiente. Se nombraron Comisarios a D. Cayetano de Ayala, D. Pedro Tena y Cote, don Luis Castilla y Monsalve y D. Manuel Hidalgo; y como algún capitular anunciase que el Vicario había dado orden, pena de excomunión mayor, de que no repicasen las campanas, se dispuso “se pase oficio fin de que manifieste si es o no cierta y dirigida a impedir la resolución del Ayuntamiento, o motivada por otra causa diversa, y resultando ser cierta y encaminada a impedir o suspender lo resuelto, se de cuenta para acordar los recursos conveniente; y no siendo se cite a dicho Párroco, para hora de las tres de la tarde, a fin de tratar y conferir lo conducente”.

            En el mismo día cumplió el Escribano su cometido y el Vicario D. Juan de Gálvez Rubio, presbítero, le respondió: “que por justas causas y motivos, que se reserva en sí, y expresará en caso de que por escrito se la pase oficio por el Iltre. Ayuntamiento, ha dado providencia para que se hiciese saber (que con efecto se habrá hecho) a los tres Párrocos y sacristanes de esta Villa, no echen el toque de campanas para el efecto de traer al pueblo la soberana Imagen de Ntra. Sra. De Guaditoca hasta que a esta Señora se le hagan en su Ermita las funciones que se acostumbran hacer en la próxima Pascua de Pentecostés; y que tampoco se remueva dicha Soberana Imagen hasta pasado dicho tiempo.”

            Celebró el Ayuntamiento nueva sesión, y oído lo anterior, acordaron suspender la traída de la Virgen y acudir al Real Consejo.

            En el mismo cabildo se leyó un pedimiento del Alférez mayor, D. Juan Pedro de Ortega, administrador perpetuo del Santuario, pidiendo se suspendiera el acuerdo de traer la Imagen porque ya llueve y está próxima la feria, y no recayó acuerdo por haberse tomado ya; pero afirmó el Cabildo “que no se conoce el derecho, ni privilegio de la feria que se supone.”

            En la sesión de 11 de Mayo se leyó un oficio del Vicario, fecha 10, en el que da cuenta de que “tiene determinado que en el día 14 del corriente, todo el estado eclesiástico, así secular como regular de ella, traiga la sagrada Imagen de Ntra. Sra. De Guaditoca a la Parroquia de Santa María, como lo tienen determinado este Ilustre Ayuntamiento, cuya venida hará anunciar con repique general de campanas, a fin de que se sirva continuar con la pluvia; lo cual hace presente a esta Villa, para que, si fuere de su agrado, contribuya al obsequio de dicha Señora, como lo tienen de costumbre”. Acordó la Villa, después de mucha reflexión, que “por no causar nuevos embarazos, ni exponerse a mayores desórdenes, deja correr la violencia y desprecio que se le hace de sus facultades, para reclamarlas en tribunal competente.

            El Corregidor recibió dos papeles, uno fecha 11 que se le entregó después de la diez de la noche por el escribano Antonio Melgarejo, y el 2º en la tarde del 14 por la misma mano, ambos del Vicario D. Juan Gálvez Rubio; el 1º relativo a traer la Virgen y el 2º de haberla traído en el mismo día, y de ellos dio cuenta al Ayuntamiento en 15 de Mayo, y protestó este nuevamente “sin perjuicio de los obsequios que son propios de la devoción y fervor de cada uno de los señores Capitulares, que hallan un nuevo embarazo en la disposición de la procesión general que se propone por dicho señor Vicario para trasladar la soberana Imagen desde la Iglesia del Convento de religiosas, en que parece haberse depositado, a la de Santa María; y que obteniendo este Ayuntamiento de la superioridad la resolución conveniente, se procederá en su observancia a la ostentación de sus particulares obsequios y que de ello se pase al Sr. Vicario testimonio.”

            Parece (no está en las comunicaciones del Vicario) que el pueblo fue el que dispuso traer la Virgen, “que hubo conmoción de parte del pueblo y sexo femenino y promulgación de censuras por la improvisada orden de hacer retroceder la Imagen a su Ermita”.

            Un Capitular, D. Pedro de Galves, “por evitar la nota de no concurrir la Villa a la procesión general, dijo le parecía conveniente que concurriese.”

Terminó tan enojoso asunto en la sesión que celebró el Ayuntamiento en 16 de Mayo, a la que concurrieron el Vicario y el Cura de Santa María D. Paulino Rafael de Caro, y si bien las explicaciones que ambos dieran de los sucesos pasados no eran lo satisfactorias que los Regidores deseaban, “por respeto a dicha soberana Imagen y en demostración de la benignidad con que el Ayuntamiento abraza la explicada satisfacción, aunque limitada, y oye la intercesión y súplica de dichos Sres. Vicario y Cura, conviene el Ayuntamiento en asistir en cuerpo de tal a las funciones que son de costumbre en dicha parroquia y a la procesión general, que se resolvía y resolvió se ejecute en el día de mañana; y a su efecto acordaron llevar adelante el nombramiento de comisarios que tienen hecho, y que se publique así para que conste al pueblo y para el aseo de las calles, reservándose el Ayuntamiento para después lo conducente a la prosecución de sus derechos.”

            Falleció D. Juan Pedro de Ortega en 18 de Octubre de 1788, dejando cuatro hijos, llamándose el mayor D. Francisco de Ortega y Tena, y la viuda, D.ª María Teresa de Tena obtuvo el nombramiento judicialmente de tutora y curadora de ellos, y en su consecuencia como representante legal de su hijo mayor don Francisco, tomó posesión de los vínculos y demás derechos que a este correspondían.

Capítulo XI

Nuevas pretensiones del Ayuntamiento al Patronato del Santuario de Guaditoca.- Provisión del Real Consejo de Órdenes.- Traída tumultuosa de la Virgen en 1790.- Acuerdo del Ayuntamiento.

           A la muerte de D. Juan Pedro de Ortega renovó el Ayuntamiento sus pretensiones a ejercer el patronato sobre el Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca.

En las anteriores ocasiones limitaban sus aspiraciones al nombramiento de Mayordomo interino hasta que el descendiente de D. Alonso Carranco obtuviera la Real Cédula, según se previene en la concesión a D. Alonso Ortega y Toledo, Marqués de San Antonio; ahora intenta el Municipio ejercer por sí tal derecho.

            En efecto: el Ayuntamiento nombró administrador del Santuario y caudal de la Santísima Virgen de Guaditoca, en Diciembre de 1789; pero el 19 de Enero siguiente por un auto declaró el Alcalde mayor de la Villa, D. Antonio Donoso de Iranzo, que este nombramiento se entendiera como interino y por la menor edad y falta de aptitud de D. Francisco de Ortega y Tena y sin perjuicio de los derechos que a éste correspondieran.

            Acudió D.ª María Teresa a S.M., y obtuvo Real Cédula necesaria para administrar el Santuario durante la menor edad de su primogénito, y con obligación de que este al llegar a la mayor edad, había de sacar título para su disfrute. Fue dada la Real Cédula en Aranjuez a 24 de Marzo de 1792. [73]

Recibida la Real Cédula el Vicario eclesiástico de la Villa de Guadalcanal cumplió inmediatamente el mencionado Real Título; pero al presentarlo al Ayuntamiento, se opuso este en 17 de Abril del mismo año, alegando que no podía mirar sin el mayor dolor la enajenación del Patronato del Santuario y la administración de sus bienes producidos de heredades, rentas y limosnas; exponiendo la intervención que ejerce la Villa cuando por alguna necesidad se conducía al pueblo la Santa Imagen y se restituía procesionalmente a su Ermita; llamando obrepticia y subrepticia a la adquisición del patronato por los Ortegas; sindicando la conducta de los patronos en términos acres y mordaces; figurando defectos de reparación y de ornamentos en la Ermita; atribuyendo a prepotencia de los Ortegas el haberse mantenido y permitiéndosele la continuación en el patronato, y alegando el nombramiento que hacía la Villa de Mayordomos de Fábricas y demás Ermitas, y el que hizo para Guaditoca a la muerte de D. Juan Pedro de Ortega; acordando en su virtud suspender el cumplimiento del Título, y acudiendo al Consejo de Órdenes para que “se dignase declarar el patronato de la referida Ermita y la administración de caudales en favor de la Villa, interin y hasta tanto que el supuesto Patronato actual acreditaba instrumentalmente la propiedad del referido patronato con citación y audiencia del Ayuntamiento, o en defeco resuelva que la Villa formalice en esta superioridad la correspondiente demanda, a la que estará pronta, como en obedecer con el mayor respeto sus preceptos, y que las cuentas de los caudales de la Santa Imagen se tomen en el Ayuntamiento, o al menos, se reconozcan o aprueben, sin perjuicio de la calificación del Consejo a donde se remitan anualmente”. Noticiada D.ª María Teresa de esta novedad, solicitó la posesión del Patronato para los efectos prevenidos en el Real Título y se le denegó hasta la resolución del Consejo en auto, que proveyó el Corregidor en veinte de Abril; dándosele testimonio que se apresuró a remitir al Consejo, nombrando procurador a D, Esteban Puzón y Merino.

            Acudió éste en defensa de su parte, pidiendo que se mandase obedecer y cumplir el Real Título despachado, reservando para otro juicio de mayor conocimiento los pretextos de la Villa, si en él los dedujese; y contestando a los cargos del Ayuntamiento dice: “que es extraño que este haya guardado tanto silencio cuando ahora aparenta celo excesivo, probando este vario modo de pensar que lo que se busca es pretextos. Y en cuanto a la obrepción y subrepción, a la prepotencia de los Ortegas y a lo demás que se expone alusivo a poner en disputa el patronato y a radicarle en la Villa con el último nombramiento de Mayordomo, presentó con igual juramento las diligencias originales obradas en el año 1759, cuando con otros iguales pretextos quería oponerse el Síndico Procurador de Guadalcanal a que se expidiese Real Título de Patronato a D. Pedro de Ortega y Arjona, abuelo paterno del hijo menor de la mía; pues del Archivo de la misma Villa se puso testimonio del Real Título primitivo que con fecha en Balsain a 4 de Septiembre de 1722, se despachó a D. Alonso de Ortega Ponce de León y Toledo, cuyo contexto desvanece el dolor de la enajenación que ahora aparentan los concejales, y los vicios que atribuyen a los Ortegas: pues precedidos los informes, que el Consejo graduó necesarios, se acreditó el relato que había hecho D. Alonso de Ortega Ponce de León de que su segundo abuelo D. Alonso Carranco había labrado a su costa una Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca para trasladar a ella la divina Imagen, por ser la que tenía corta e indecente, precedida la licencia del Vicario general de la provincia, quien había mandado que no se le embarazase en el uso de una puerta que de dicha Ermita, entraba a una casa contigua a ella para el efecto de su mayor asistencia y cuidado, según lo habían estado practicando el referido D. Alonso, su padre y su abuelo; y en vista de todo se despachó a el sobredicho el título de administrador para sí y sus sucesores en nombre de la Orden, con las facultades y prerrogativas que sucesivamente se han repetido en todos los demás Títulos sin intermisión…

            Resulta además de dichas diligencias y en conformidad de lo hasta aquí expuesto, que la Villa en 20 de Octubre de 1722, sin reparo alguno mandó guardar, cumplir y ejecutar el referido Real Título despachado en Belsain y poner un tanto en sus libros para su perpétua constancia, certificando el escribano Francisco Muñoz Durán que aunque había registrado los acuerdos de diferentes años anteriores al de 1722, en que constaban los nombramientos que la Villa hacía anuales de Mayordomos de Fábricas y Ermitas, no se hallaba alguno de la de Guaditoca, y por último compulsó el acuerdo de 9 de Mayo de 1759 por el que con respecto a la proximidad de la feria y a haber fallecido D. Nicolás de Ortega y Toledo… nombró Mayordomo con la calidad expresa de interin que la parte que fuere interesada sacare legítimo título, como lo sacó el D. Pedro de Ortega y Arjona…”

            Resolvió el litigio el Consejo de Órdenes, por Auto de 19 de Mayo del año 1792 mandando se librase el correspondiente despacho para que la Justicia y Ayuntamiento de Guadalcanal dentro de 24 horas siguientes a su recibo, diesen liso y llano cumplimiento al Real Título de Administrador de Guaditoca expedido en 24 de Marzo de este año, con apercibimiento; y se reserva a la Villa de Guadalcanal su derecho para que use de él en el consejo cuando y como le convenga; expidiéndose en 21 del mismo mes la Real Provisión.[74]

            Así terminó este litigio, entrando D.ª María Teresa en la administración del Santuario y sus rentas hasta que su hijo mayor llegare a la mayor edad.

            En 1790 contienen las actas Capitulares algunas noticias de la traída violenta de la Santa Imagen al pueblo en el mes de Marzo. En el día 20 de este mes estando el Corregidor D. Martín Castelló [75] “en las casas de su habitación asistido del escribano de la Villa y otras personas como a las once de la mañana, se le presentaron seis o siete mujeres pidiendo permiso para traer a esta Villa la Imagen de Nuestra Sra. de Guaditoca desde su Ermita o Santuario del sitio del mismo nombre, distante cerca de dos leguas, y que habían llegado sobre lo mismo al Sr. Vicario y les había respondido no podía darles la licencia que pedían y que sobre ello ocurriesen a la Villa o al Corregidor. En vista de lo cual se le respondió por su merced, que no podía ni debía disponer cosa alguna en el asunto sin acuerdo del Ayuntamiento, y que las referidas y los demás que entendiesen haber necesidad o justa causa para disponer la traslación de dicha soberana Imagen, podrían acudir a los síndicos de la Villa para que estos lo propusiesen en el Ayuntamiento que debía celebrarse al siguiente día… con cuyas razones se retiraron conformes al parecer. El Corregidor dispuso la citación para el Cabildo del día 21; pero en la madrugada de este día, hallándose su merced en la cama, se oyeron golpes a sus puertas y por la familia se le informó que el que llamaba era D. Juan Remigio Valencia, protonotario Eclesiástico, con recado del Sr. Vicario por el que hacía presente que habiéndose arrojado algunas gentes del pueblo desde el día, decía haber sabido en su noche que intentaban arrancar de su trono dicha soberana Imagen y traerla a esta Villa; y había enviado orden para que nadie concurriese a semejante operación, pena de veinte ducados, sobre lo cual parece quería enterarse si había alguna disposición de Justicias o del Ayuntamiento: a lo que se le respondió no habíala, y que procurase impedir la operación por los medios que le pareciesen más conformes a contener los comuneros, pues su merced no podía resolver cosa alguna sin conferencia y acuerdo del Ayuntamiento, con lo que se retiró el Eclesiástico diciendo se despacharía segunda orden para contener a la gente: pero a buen rato volvió, asistido del presente escribano, y dio razón de que ya estaba la soberana Imagen inmediata al pueblo y convento de Religiosas del Espíritu Santo, y que si había de echar el repique general, a lo que volvió su merced a responder que no entendía de esto, ni disponía cosa alguna sin acuerdo de la Villa y su Ayuntamiento. En cuyo entretanto se oyeron diferentes escopetazos y que la Imagen se había introducido en la Iglesia de dicho Convento, con cuya noticia dejó su merced la cama a fin de enterarse mejor de lo ocurrido.”

            De todo ello dio cuenta al Ayuntamiento, reunido en su casa para que acordara lo más conveniente. “Enterado el Ayuntamiento, después de haber conferido, acordó: que siendo como notorio el hecho que queda relacionado y en grave ofensa de la Villa, sus facultades y respetos que han por razón del patronazgo, como por la antigua inmemorial costumbre que la autorizan para semejantes disposiciones, con atención al soberano objeto y a que se presente el vulgo o buena parte de él, autor de una operación inculta y arrebatada con el pretexto de pedir el agua para los campos, no encuentra el Ayuntamiento tener que hacer en el presente caso más que atemperarse y dejar obrar a el común por medio de las personas que se demuestren representantes de su devoción y obsequio; protestando el Ayuntamiento la irrupción y transgresión de sus fueros y facultades, y tomar sobre ello para lo sucesivo las providencias más oportunas y eficaces a preservarse de semejantes insultos, y a que, como puede proceder el presente de haber quedado sin satisfacción el último acontecimiento de esta naturaleza, que pasó dos años hace, no sea este segundo el motivo de tercero y ulteriores; para lo que podrá conducir a averiguar diligentemente los primeros o principales autores de esta determinación”.

            Cerca de un mes permaneció la Santa Imagen en el interior de la clausura del Convento del Espíritu Santo, y mientras tanto se formó proceso (que no hemos podido encontrar) y se tomaron providencias por el Sr. Corregidor hasta que en 16 de Abril, en Cabildo que celebró la Villa, y al que asistió D. Paulino Rafael de Caro, presentó el escribano de Cabildo el expediente formado a instancia de D. Bruno de Ortega y Saavedra sobre que la soberana Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca se traslada desde el Convento del Espíritu Santo a la Parroquia de Sta. María de la Asunción y providencias sobre ello dadas por el Sr. Corregidor de ella, y enterados dichos señores dijeron: “Que sin perjuicio de lo acordado anteriormente, y de proceder al castigo y corrección de los que intervinieron en el atropellamiento, a que dicho acuerdo hace referencia, se disponga la traslación de dicha soberana Imagen para la tarde del día 18 del presente mes, disponiéndose la procesión general que ha sido de estilo; todo ello en consideración de la solicitud hecha por el mencionado D. Bruno e instancia del referido Síndico, para cuyo caso se pase el recado de urbanidad a los Sres. Curas y a la Abadesa del Convento del Espíritu Santo, para que presente la Sra. en la Iglesia para el dicho día y se conduzca en la procesión acordada a la dicha parroquial. Y el Ayuntamiento nombró por Comisarios a D. Francisco Cabaleri, a D. Antonio Castilla Minas, D. José Arana Sotomayor y Francisco Álvarez a quienes se les haga saber para que les conste.

            Y en atención a que en las anteriores funciones se ha experimentado el desorden de tirarse muchos tiros dentro de esta población en desobedecimiento a las órdenes de su merced y en perjuicio de la causa pública, se le hacía presente a su merced el Sr. Corregidor para sobre ello tuviese a bien las más eficaces providencias para contener el desorden”.

Capítulo XII

Acuerda el Ayuntamiento en 1792 trasladar la feria a la Villa.- Concordia entre el Clero y el Ayuntamiento sobre el culto a la S. Virgen.- Doña M.ª Teresa de Tena apela en contra del acuerdo de trasladar la feria al Real Consejo de Órdenes.- La Cofradía de Valverde.

Los sucesos narrados en los capítulos anteriores tal vez tengan su explicación en lo dispuesto por la Villa en 1792, acuerdo de mucha trascendencia y muy perjudicial para la vida del Santuario: nos referimos a las traslación de la feria al pueblo; siendo su consecuencia inmediata la traída de la Virgen a la Villa y la celebración en la parroquia mayor de la fiesta principal el segundo día de pascua del Espíritu Santo. Aquí comienza el periodo de decadencia en la Historia del Santuario; y en pocos años veremos desaparecer lo que reunión la piedad en siglos.

            Muy provechoso sería lo acordado para los intereses materiales de la población; utilísimo, tal vez, para comerciantes y tratantes el realizar sus negocios, con mayores probabilidades de rendimiento y utilidad; pero perjuicio muy grave se causó al Santuario y al caudal de la Virgen, quedando sin aplicación, ni uso inmediato las calles de portales labrados con gran costo, y con el fin de dar alguna comodidad a los que acudían a la sombra de la Ermita para realizar sus ventas. El mejor de los móviles y la más recta de las intenciones causó daños irreparables.

            Ya no volvería a reunirse en el llano de Guaditoca aquella multitud que por espacio de tres días formaba una población llena de vida y en plena algazara; ya decaería y se extinguiría la vida de las Hermandades de los pueblos inmediatos, reducidas a concurrir sólo el día en que se traía a la Villa, o se devolvía al Santuario la santa Imagen, con las contingencias propias que esto en sí lleva de suspenderse a veces por legítimas causas la romería momentos antes de emprender el camino; en una palabra, ya no sería necesario, como hasta aquí lo fue, celebrar, al menos alguna Misa, en la tribuna alta exterior de la Iglesia para que aquel pueblo creyente cumpliera sus deberes religiosos en días de precepto o de devoción.

            En sesión celebrada por el Ayuntamiento en 5 de Marzo de 1792, dijeron los capitulares: “Que en la feria de la Imagen de María Santísima de Guaditoca, que se celebra en la pascua del Espíritu Santo, junto a su Ermita, distante dos leguas de este pueblo, aunque dentro de la jurisdicción, se siguen los inconvenientes de no haber comodidad para los que van a ella, pues solamente se encuentran unos portales para los feriantes y una casilla para el Sr. Corregidor y su Audiencia, en donde apenas cabe ésta; que con este motivo hacen todos los concurrentes un abuso nada tolerable de la Ermita, pues en ella comen y cenan, y aun los clérigos que van a la procesión habitan en aquel día en el camarín de Nuestra Señora; y aun por no haber límites ni cerca para las caballerías que van de venta, se extienden por el campo en perjuicio de los sembrados, sin poderlo remediar sus dueños, expuestos no tan solamente estos sino los que han de llevar para montar, a que se los hurten; celebrándose muchas ventas subrecticiamente sin pagar derechos reales. Que como en esta Villa se ha puesto de orden de Su Magestad Corregidor, o tiene que faltar en ella, o en la feria, y en cualquiera de las dos partes es necesaria su presencia, y aun más en ella que la ocasión de ser un campo desierto e inmediato a otras jurisdicciones, facilita muchas quimeras y cuestiones imposibles de remediarse aun estando presente el Sr. Juez, por cuya razón las remediará menos el comisionado que envíe: en esta virtud y por precaverlos, teniendo presente que en otros lugares inmediatos como son Mérida, Campanario y Mairena, que las ferias que hacía fuera de ellos, se han traído al pueblo, con que además de evitar los perjuicios que pudieran seguirse, se utilizan los vecinos de la venta de sus géneros. Acordó el Ayuntamiento que los señores Síndicos representen a S.M. (q.D.g.) para que se digne conceder licencia a fin de que la citada feria se pase a esta Villa en donde trayendo a la Sta. Imagen de María Santísima no se pierda la limosna que le contribuyen los feriantes”.

            El paso estaba dado, y el golpe a las fiestas de Guaditoca era certero; en lugar de corregir abusos, lo que siempre causa molestias y disgustos graves, se acudió a expediente más fácil de tramitar y se dispuso la traslación de la feria a Guadalcanal. Así el Corregidor podía verlo todo y no partir su persona, pudiendo vivir en suntuosa morada en los días de feria, y no en la modesta habitación que ocuparon, durante siglos la Justicia y Regimiento de la Villa; los portales se calificaron de modestos, en lugar de pensarse en ampliarlos, si así convenía, y para nada se tuvo en cuenta, que los pueblos de la comarca se enfriarían en su fervor, al no celebrarse en el Santuario la fiesta principal de la Virgen de Guaditoca. Estábamos ya en los preludios del siglo XIX y se comenzaba la obra, que años después tendría completo desarrollo acabando, si hubiera sido posible, con todo el pasado tradicional.

            Al acercarse la fecha de la feria fue menester disponer lo conveniente al culto que se daría a la Santísima Virgen en los días que permaneciese en el pueblo.

            A este fin se celebró una junta a la que concurrió el Ayuntamiento con el Vicario de la Villa y se tomaron las disposiciones convenientes, como especifica el siguiente acuerdo: [76]

            En Cabildo de 24 de Mayo de 1792, se acordó por los señores Justicia y Regimiento de esta Villa de Guadalcanal, con asistencia del señor Vicario, Juez eclesiástico de ella, lo siguiente:

            En este Cabildo entró el Sr. D. Paulino Rafael Caro Guerrero, del orden de Santiago, Vicario Juez eclesiástico ordinario de esta Villa y cura propio de la Parroquial mayor de ella e hizo presente: A consecuencia de anterior acuerdo de este Ayuntamiento sobre traslación de la Soberana Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca a esta Villa desde su santa Ermita a la dicha Parroquial Iglesia de Señora Santa María, los fundamentos que tuvo por conveniente para que la santa Imagen se colocase y condujese con el debido culto, teniendo presente que anualmente en los sucesivo, supuesta la traslación de la feria a esta Villa, se ha de practicar igual diligencia: se acordó por este Ayuntamiento y dicho Sr. Vicario, en quien concurren las cualidades de Juez eclesiástico ordinario de ella y cura de dicha Parroquial Iglesia, con acuerdo de su Comunidad de capellanes y del cura de la otra de Señora Santa Ana, en los particulares que privativamente le son respectivos, por hacer tránsito la Santa Imagen en el Convento de Religiosas del Espíritu Santo, que está comprendido en la demarcación de dicha Parroquial de Santa Ana, lo siguiente:

            Que para conducir a Nuestra Señora de Guaditoca en su venida desde el Puerto hasta dentro de la Iglesia del citado convento del Espíritu Santo, ha de venir con cruz alta y capa pluvial y procesionalmente, concurriendo dicho Sr. Párroco de la Parroquial de Santa María y su Comunidad de capellanes, y en la misma conformidad se ha de practicar el regreso de dicha soberana Imagen desde la Iglesia de dicho convento hasta el dicho Puerto.

            Que para trasladar a Nuestra Señora desde el mencionado convento a dicha Parroquia mayor, y desde ésta a aquel en la ocasión de regreso, ha de ser formándose un Rosario general con concurrencia de ambos estados.

            Que establecida dicha soberana Imagen en dicha Parroquial por los tres días de pascua de Pentecostés, se ha de celebrar en cada uno de ellos Misa cantada y Salve por la tarde, como también las dos tardes del Rosario que se hace a la venida y regreso, y en la tarde del tercero día de pascua, se ha de hacer procesión con la Señora por la circunferencia de la plaza, por cuyas funciones se regulan los emolumentos siguientes: por cada salve diez reales; por la procesión del tercer día, quince reales a cada eclesiástico que asista, y treinta al Párroco: en estos van incluidos los derechos de las otras dos procesiones. A cada uno de los dos sacristanes, treinta reales, y a cada monacillo diez reales: previniéndose que se ha de principiar a tocar a la procesión del tercer día a las cinco de la tarde”.

            Continúa vigente en la actualidad este acuerdo con las modificaciones que la realidad ha impuesto. La feria, después de muchas vicisitudes a fines del siglo XIX, ha sido trasladada definitivamente a los días que preceden a la Natividad de la Santísima Virgen, y se celebra a la salida del pueblo en sitio de inmejorables condiciones como es el Coso, al que rodean terrenos de abundante alimentación para el ganado y con abrevaderos construidos a este fin, aprovechando el rico caudal de aguas que hay en aquel lugar. Por esto se lleva en procesión el último día de feria a la Santísima Virgen al real.

            Se trae a la Señora con el ceremonial aquí convenido el último Sábado de Abril para celebrar el mes siguiente de las flores en su obsequio, y no se lleva al Santuario hasta fines de Septiembre; porque la novena se hace después de la feria y la función en el tercer Domingo del mismo mes. Se ha suprimido la salve diaria y la Hermandad costea salve solemne los sábados. La asistencia del Ayuntamiento está regulada por un acuerdo de 1863. [77]

La determinación de trasladar la feria a Guadalcanal, fue protestada por la Patrona-Administradora del Santuario doña María Teresa Tena, quien llegó a poner pleito al Ayuntamiento para conseguir la revocación del acuerdo.

            Acudió doña María al Consejo y la carta que alcanzó no dio satisfactorio resultado, creciéndose el Ayuntamiento con la confirmación de su acuerdo por parte de la Real Audiencia de Cáceres; lo que motivó el recurso en forma que presentó la Administradora en 16 de Abril de 1794 para obtener la revocación del acuerdo municipal. Del largo pedimento[78] que presentó el procurador al Consejo, y que por su mucha extensión no podemos publicar, tomaremos lo más interesante. Dice que “meditando el Ayuntamiento de Guadalcanal, que sus pretextos y artificios para impedir el debido cumplimiento de el Real Título despachado a mi parte en 24 de Marzo, serían como lo fueron desatendidos en el Consejo, se propuso el incivil de acudir, según parece, a la Real Audiencia de Cáceres de donde obtuvo permiso para trasladar a la Villa de Guadalcanal no sólo la feria y festividad de la pascua, sino la santa Imagen de la Virgen, y a la sombra de este estudiado asilo, aunque mi parte requirió con la sobrecarta del Consejo de diez y nueve de Mayo, en 28 del mismo a el Corregidor, se presentaron ocupaciones en el Ayuntamiento, dirigidas a que se celebrase, como se celebró la feria en el pueblo, nombrando la Villa un Mayordomo que recaudase las limosnas, sin providenciar entonces, ni después, ni hacer hasta ahora a las muchas reclamaciones que en repetidos escritos hizo mi parte; siendo por lo mismo de temer que en la próxima pascua de Pentecostés se quiera ejecutar lo que en el año pasado de 92 se ejecutó. Los daños y perjuicios que se han causado de la traslación de la feria y de la santa Imagen a el pueblo, han sido muy graves; porque contiguo a la Ermita hay no sólo portales y edificios, construidos para el alojamiento de las tiendas, sino casas para hospedarse las Cofradías de las Villas de Ahillones, Valverde y Berlanga, que de muy antiguo concurren a solemnizar aquella festividad y todo queda inútil, gravando a los mercaderes y compradores, con el diferente gastos excesivo que hecho en la Villa, de el que harían en aquel despoblado, habiendo sido un retrahente que ha disminuido muy considerablemente las limosnas, no alcanzando las que se sacaron para gastos de cera, procesiones y demás de la festividad; cuya resta tuvo que suplir el caudal de la santa Imagen, cuando celebrándose en el Santuario sobraban para el reparo de edificios y portales.” Sigue exponiendo los perjuicios causados a ella y su hijo como administradores y sucesores en el patronato y pide que las cosas vuelvan al estado que tenían. El fiscal en auto de 14 de Mayo, mandó informara la Villa, y como ésta no diera informes, a instancias de doña María Teresa se pidieron de nuevo en 6 de Mayo y recibidos se dieron los autos al fiscal, quien teniendo en cuenta que “la traslación de la Imagen de Guaditoca y de la feria se han verificado, la primera con autoridad del ordinario eclesiástico y la segunda por decreto del Tribunal de la Audiencia de Cáceres; y no reconociéndose en el título de Administrador, cláusula ni prerrogativa que haga formar concepto de que dicha feria deba subsistir y celebrarse en el despoblado donde antes se tenía le parece puede desestimarse la solicitud de doña María Teresa Tena; y si ésta se encuentra agraviada en cuanto a las limosnas y su administración acuda ante el Vicario de Guadalcanal.

            El 13 de Agosto 1794, dio sentencia el Consejo conformándose con el fiscal.

            Pronto se tocaron las consecuencias en orden a las Cofradías.

            En 1794, la Cofradía de Valverde celebró como de costumbre Cabildo de cuentas y elecciones en 29 de Junio y al hacerse la elección de cargos el Alcalde de la Villa suspendió la elección. Medió el Párroco buscando la concordia y al mes siguiente se reunió nuevamente la Cofradía y lo acordado se consignó en el siguiente acta.[79]

            “En la Villa de Valverde a veinte y un días del mes de Julio año de mil setecientos noventa y cuatro, los señores D. Alonso García de Ortega, cura de la parroquial Iglesia de ella, y Pedro García Ortega, alcalde ordinario y de primer voto de esta dicha Villa, habiendo visto el anterior nombramiento[80] verbalmente prohibió su ejecución su merced dicho señor Alcalde, sobre que formó autos; y para contener su seguimiento medió su merced el Sr. Cura para que se suspendieran, con tal que dicho anterior nombramiento sea en sí nulo y de ningún efecto: y desde luego acuerdan sus mercedes se suspenda el nombrar Mayordomo y Cofrades hasta que se decida el litis que tiene pendiente la Patrona de la Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca con el caballero Corregidor de Guadalcanal; y si lo ganase la patrona y volviese a hacerse las funciones en la Ermita, como antes, se vuelvan a nombrar Mayordomos y Cofrades; pero si ganase el pleito el Corregidor y quedase la función en la Villa de Guadalcanal, se acudirá al Juez eclesiástico ordinario a proponerle y pedir en que inviertan los bienes y censos de esta Cofradía[81] aplicándolos a otra pobre de esta parroquial, o lo que estime conveniente: y a que así se cumplirá lo firman sus mercedes para aliviar disturbios e inconvenientes, de que yo el Notario y  Escribano doy fe = D. Alonso García Ortega – Pedro García Ortega – Ante mí, Manuel Gallardo de la Vera.”

            Continuaba el litigio en el siguiente año sobre el traslado de la feria, y la Cofradía de Valverde hubo de tomar los acuerdos pertinentes a la situación en que se encontraba, después de lo ocurrido en el año anterior; de ello da noticias el acta siguiente:

“En la Villa de Valverde a veinte y nueve días del mes de Junio, año de mil setecientos noventa y cinco; los señores D. Alonso García Ortega, cura de la parroquial Iglesia, y Cofrades de la Cofradía de nuestra Señora de Guaditoca, y su merced el señor Alonso Gómez Puebla, Alcalde ordinario y de primer voto de esta dicha Villa, estando juntos hicieron comparecer este libro y visto el acuerdo anterior, y que el litis de la Patrona subsiste sin haberse decidido, y que no ha llegado la santa Visita para que por el Señor Juez eclesiástico se determine lo que se deba hacer en el asunto a que se llega, que siempre han entregado y se ha traído a esta Villa el Niños Jesús, llamado Bellotero, y se le hace su función el Domingo de la Santísima Trinidad, todos los años de inmemorial tiempo, cuyo privilegio no se debe permitir se pierda, y en lo que se han invertido e invierten las rentas de esta Cofradía; habiéndolas costeado Alonso Buiza se le reciba y de la cuenta del percibo de las rentas y gastos de la función del Niño y se nombre y administrador y mayordomo que cobre dichas rentas y celebre la función del Niño Bellotero, llevando cuenta para darla en fin de año, que cumplirá otro tal día, y para que se le reciba y asistan la función con las insignias, se nombrarán un Alcalde y cuatro Regidores por Cofrades, sin que sea visto ir contra el dicho anterior acuerdo, en cuanto a las funciones que anteriormente se hacían, hasta que vuelva a hacerse la feria y función en la Ermita. Y habiendo comparecido dicho Alonso Buiza, dio y se le recibió la cuenta de su cargo y data… Inmediatamente sus mercedes procedieron a nombrar Mayordomo y Cofrades y de un acuerdo con su merced el Sr. Alcalde lo hacen los sujetos siguientes: para Alcalde el dicho Alonso Buiza; para Regidores; Juan Dorado, menor, Juan Sánchez Calvo, Gonzalo Espino Dorado y José Limones: para Administrador o Mayordomo a Alonso Gómez Puebla, menor, por haberlo pedido, y ofrecido de limosna el gasto de cera.”

            En 25 de Noviembre del mismo año estaba el Visitador en Valverde; pero no podemos saber que providencias tomara en el asunto, pues falta la hoja en el libro y no queda al final de la anterior más que esta palabras “Guaditoca: Visita general de 1795.- En la Villa de Valverde a ocho de Noviembre de mil” sin embargo por la cuenta del siguiente año podemos conjeturar lo que se resolviera en la Santa Visita, pues la Hermandad de Valverde, que hasta este año se titulaba “Cofradía de Nuestra Señora de Guaditoca”, desde esta fecha, 29 de Mayo de 1796, se llama “Cofradía de Nuestra Señora y Niño Bellotero.” De resultas, por tanto, de la traslación de la feria, la Cofradía de Valverde dedicóse principalmente al culto del Niño Jesús.

            Las Cofradías de Berlanga y Ahillones, aún daban señal de vida en este tiempo; pero la traslación de la feria fue causa de que se extinguieran. Tan perjudicial fue trasladarla a Guadalcanal.

Capítulo XIII

Reconoce el Ayuntamiento el derecho de la Administradora a nombrar recaudador de las limosnas.- Acuerdo del Ayuntamiento señalando derecho a la Virgen en la feria.- Rogativas de 1795.- La obra pía de la Marquesa de San Antonio.- Último Patrono del Santuario.

Consecuencias de orden económico sobrevinieron inmediatamente, como debía suceder: los recursos con que se atendía el culto principalmente se obtenían en los días de la feria, ya directamente por el arriendo de los portales y mesas, ya indirectamente de las limosnas que dejaban los que concurrían en aquellos días al Santuario, y faltando éstos hubo que arbitrar nuevos ingresos.

            El acuerdo de la Villa de 15 de Mayo de 1795 dio lugar a ello.

            “Se tuvo presente que es tiempo próximo a la feria titulada de Guaditoca, que se celebra en esta Villa desde el año de 92, con facultad de la Real audiencia de Cáceres, para la que se trae a Nuestra Señora de dicho título, desde su santa Ermita a esta Villa, en conformidad a lo que se acordó en dicho año; y habiendo recaído en el año pasado providencia del Real Consejo de las Órdenes, a virtud de recurso que hizo en él doña María Teresa de Tena, como curadora de su hijo D. Francisco de Ortega, por la que no innova, ni prohibe de modo alguno la venida de dicha soberana Imagen, reservándole el derecho a la nominada doña María Teresa, para que acuda en cuanto a la percepción de limosnas, si se sintiese agraviada, a el Sr. Teniente Vicario, Juez eclesiástico ordinario en esta Villa, acuerda este Ayuntamiento que en el día 22 del corriente se traiga dicha soberana Imagen, para lo que se comisionó a Ignacio Pérez Mena, vecino, quien sin causar gastos alguno acompañe a dicha soberana Imagen desde su santa Ermita, haciendo saber este acuerdo a doña María Teresa para que le conste y de las disposiciones convenientes, como para que recaude las limosnas y satisfaga de ellas lo concertado con la Comunidad eclesiástica de Santa María de esta Villa; y no accediendo, el mismo comisionado dé las disposiciones para dicha recaudación que sean más convenientes a beneficio de dicha soberana Imagen”. Acudió la doña María al Vicario para el nombramiento y reconocimiento de la persona que designó para recaudar las limosnas y el Vicario accedió en 20 de Mayo de 1795, y en comunicación del mismo día al Corregidor haciéndolo saber dice: “que constándonos por notorios los quebrantos que padecen las limosnas, pueden evitarse en parte descontando a los vecinos de esta Villa, en cuyas casas ponen los feriantes sus puestos o tiendas, alguna porción de la cantidad que por esta causa percibe cada uno, y aplicarla a beneficio de la Sagrada Imagen: es muy justo que así se ejecute respecto de que de la traslación de la feria les resulta utilidad al mismo tiempo que defalco a las limosnas; y que siendo como son los citados vecinos del fuero secular, y por consiguiente sujetos a la real jurisdicción, que vuestra merced ejerce, a fin de que tenga efecto (en lo posible) el resarcimiento, se le pasa oficio para que teniéndolo a bien, o por sí, o con acuerdo del Ayuntamiento, acuerde y haga el mencionado descuento, con aplicación a la limosna de la santa Imagen; lo que espero tenga efecto de la justificación y devoción de v. md.”

            A este requerimiento del Vicario, dio respuesta la Villa con el siguiente acuerdo:

            En la Villa de Guadalcanal, veinte y uno de Mayo de mil setecientos noventa y cinco, estando juntos, según costumbre, los señores del Ayuntamiento de esta, que abajo firman, se vio el precedente oficio librado por el señor Vicario Juez eclesiástico ordinario de esta dicha Villa, y enterado este Ayuntamiento de su contenido, ha tenido presente la falta de obenciones que experimenta la santa Imagen de Nuestra Señora de Guaditoca con la traslación de la feria: y con respecto a que en el sitio del Santuario, todos los mercaderes solventaban el precio de los sitios de sus tiendas o cajones a beneficio de dicha santa Imagen, habiendo cesado en la actualidad por razón de recibir dichos emolumentos los propios dueños o arrendatarios de las casas, en cuyos portales establecen sus tiendas, quedando solamente a beneficio del Santuario los puestos y tiendas colocados en el público, con cuya limosna o cuota de dos reales que se les ha exigido no hay suficiente a lo que se necesita para el culto que se da a la santa Imagen en la Parroquial Iglesia de Santa María en su venida para el tiempo de la feria; en cuyo concepto habiendo reflexionado los fundamentos que estimularon a la traslación de dicha feria en concepto de favorables y beneficiosos a esta Villa e igualmente a los mercaderes y vendedores, por la comodidad de sus personas, seguridad de sus caudales y equidad de comestibles, no tiene por conveniente exigir de los vecinos que admiten tiendas, derechos o impuestos respecto a que reciben estos el valor de la locación de sus terrenos, y sería medio para la alteración de éstos en detrimento de dichos mercaderes, quienes forzosamente necesitan para la custodia de sus caudales dichas casas; debiendo establecer determinada cantidad cada uno de dichos portales para remediar la alteración de los arriendos de las casas de la demarcación, cuyo abuso trascendería generalmente a las demás arrendables de la población; por lo que para evitar semejantes desfalcos a los arrendatarios y proporcionar un contingente seguro y cierto para satisfacer los gastos de la venida de la santa Imagen a la administradora, y así mismo que los mercaderes no experimente tiranía, motivo que les obligaría a retirarse, y que en lo sucesivo en lugar de acrecentarse la concurrencia de mercaderes y compradores, viniese en disminución, por regla general se estableció que ninguno de los portales y zaguanes, que se dan a los mercaderes, haya de subir de sesenta reales por los tres días de Pascua, debiendo recibirlos el arrendatario o dueños de las casas, en caso de habitarlas estos últimos; y que los tenderos, plateros y demás vendedores de efectos, que colocan sus puestos en el público, la plaza y calles de la demarcación hayan de pagar por dicho sitio, para el Santuario, cuatro reales vellón por los tres días de la feria, a excepción de aquellos que necesiten de mesa para el despacho de sus efectos, que estos deben tomar dicha mesa de las que tiene el Santuario y no de particulares, a menos que uno lo haya, que deberán pagar dos reales por dichos puestos, respecto a que suplen el demás contingente con ocho reales que pagan por la servidumbre de dicha mesa: y para que no ocurra duda se le dará al Administrador rendimiento de este acuerdo, para que lo haga saber a los vendedores, poniendo cédula en la Plaza por lo respectivo a los mercaderes y vecinos que arriendan portales.

Así mismo tiene por conveniente este Ayuntamiento que en las ocasiones en que la santa Imagen viene a esta Villa con motivo de celebrarse la feria, sea el Administrador quien en clase de comisario nombrado concurra y asista a dicha venida y llevada sin causar gastos, pues estos están suprimidos por anteriores acuerdos, evitando por este medio al Ayuntamiento reproducir anualmente nombramiento de Comisarios, pudiendo ejercer las funciones que respectan a este ministerio dicho Administrador, a el paso que sólo hace forzoso concurrir a la Ermita para la colocación de la santa Imagen en las andas; quedando al cuidado del Ayuntamiento el nombrar Comisario… en las ocasiones que tuviese por conveniente, sin que este acuerdo le irrogue perjuicio para hacerlo, ni le atribuya al dicho Administrador, y especialmente en las que haya de traerse la Santa Imagen para efectos de rogativas o en acción de tributarle gracias.” [82]

            En el mismo día dirigía el Vicario al Ayuntamiento esta comunicación:

            “Atendiendo a las urgencias y necesidades del Reino, he dispuesto se hagan rogativas generales con concurrencia del Clero de las tres parroquias de esta Villa, a María Santísima por medio de su sagrada imagen de Guaditoca en los días que ha de existir en ella con motivo de la devoción de los fieles que concurren a la feria, haciendo procesión general con la traslación de la santa Imagen del convento del Espíritu Santo a la Parroquial mayor, y en el regreso de esta a aquel.” En la misma fecha quedó enterado el Ayuntamiento de la carta.

            En la actualidad nada percibe la Hermandad del producto de la feria; y sus ingresos están reducidos a las cuotas de los Cofrades y a las limosnas de los fieles; siendo muchos los gastos a que se han de atender.

            Si estas páginas llegaran a manos de los concejales del Ayuntamiento de Guadalcanal, con ellas quisiéramos hacerles la petición de que pararan mientes en este documento y conforme al amor que a la Virgen tienen, y a su celo por la honra de la Villa, vieran si hay posibilidad de que la Corporación municipal, que hoy percibe muy saneados ingresos de la feria, consignara en sus presupuestos anuales alguna cantidad para el culto a la Santísima Virgen de Guaditoca, dedicando su importe para ayuda a los gastos de la función principal.

            En 17 de Julio de 1795 solicitó Jesús Ferro, vecino de la Villa, se sacase a subasta la bodega de anejar vinos que en la calle de San Bartolomé tenía la Obra pía. Al día siguiente el Vicario D. Paulino Rafael Caro pasó la solicitud a informe del administrador de la citada Obra, que lo era don José López Abarranca, presbítero, cuyo parecer fue favorable a la petición; y apreciada la bodega en 2.000 reales y las tinajas en 2.090 reales, en 5 de Agosto, mandó el Vicario poner edictos para la subasta: no hubo más postor que el Ferro que ofreció 2.100 reales, adjudicándosele la bodega y otorgando en 6 de Octubre la escritura el Administrador.[83]

            Días después se resolvía otro asunto afecto a esta Obra pía; la incorporación de la Capellanía al Beneficio curado de la parroquia mayor,[84] asunto en que se venía trabajando de algunos años antes; pues habiendo vacado por defunción de D. Antonio Blanco, Pbro, Comisario del Santo Oficio de la Ciudad de Llerena, la dicha capellanía fundada por la Marquesa de San Antonio, los Patronos, que lo era Fr. Francisco Javier Lora, Guardián de S. Francisco y el Lcdo. D. Paulino Rafael Caro, del Orden de Santiago, como cura de la parroquia mayor, acudieron en 4 de Septiembre de 1883 al Iltmo. Sr. Prior de San Marcos de León, representando que la capellanía estaba incongrua porque la bodega, sobre la que estaban impuestos ciento cincuenta reales de renta, estaba del todo arruinada, y que siendo la carga de cuarenta misas rezadas, en otros tantos días desde San Pedro hasta fin de Diciembre, importaba 240 reales, a razón de seis de estipendio cada una, más otro doscientos para reparos, los cuales habían de sacarse de la casa de la calle Camacho, pues no había otros bienes; desistían por tanto de nombrar capellán, sin perjuicio de sus derechos, y pedían se uniera al Curato de Santa María perpetuamente, con la obligación, por parte del Cura, no sólo de conservar la casa y repararla, sino de proveer de sacerdote confesor que cumpliese en el Santuario las cargas que impuso la Marquesa.

            Quedó la tramitación del asunto en suspenso, por la carta circular de la Real Cámara y orden para el plan general de uniones, suspensiones y desmembraciones de piezas eclesiásticas y por dificultades ocurridas en el Priorato. A súplicas y  nuevas instancias del Vicario Caro al Consejo de órdenes en 29 de Julio de 1795, respondió el Real Consejo a 7 de Noviembre siguiente, mandando al Prior instruir diligencias en justificación de la utilidad de lo que se pedía, insertando en auto el favorable informe que dio en 26 de Octubre anterior el Fiscal.

            En 1º de Diciembre, el Prior subdelegaba en el Provisor de Llerena para instruir el oportuno expediente y este dio comisión, a causa de las muchas ocupaciones que pesaban sobre él, en D. Bartolomé Olmedo y Rico, teniente cura de Santa María de Guadalcanal. Hízose la información oyendo al fiscal de la Audiencia de Llerena, D. Manuel Cabezas, a los Patronos y a los testigos D. José Arias Caballero, D. Ramón Pedro García y D. Alonso Trujillo de Vargas, presbíteros, y fue en todo favorable a la petición que tenían hecha los patronos; por lo cual en 17 de Febrero de 1976, el Lcdo. Don Pedro Gómez Cabanillas, del orden de Santiago, Canónigo, Subprior, presidente y Gobernador pro capítulo Sede priorali vacante unió canónicamente para siempre jamás al beneficio curado de la Parroquia de Santa María de la Asunción, la mayor y más antigua de Guadalcanal, la capellanía que había fundado la Marquesa de San Antonio, quedando obligado el cura que fuere al levantamiento de las cargas. [85]

            Al terminar el siglo XVIII queda el Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca en condición muy inferior de cómo se encontraba al comienzo del mismo siglo.

            Ciertamente que el traslado de la feria fue causa principalísima de la disminución de las rentas y motivo de que se entibiara la devoción a tan celestial Señora en los pueblos de la comarca; pero no es menos cierto que el patronato, tan glorioso en la mediación del siglo, ya camina a su ocaso, y vino a confundirse la suerte del Santuario con la de los patronos.

            En los últimos días de este siglo la influencia de los Ortega estaba muy mermada en la Villa, y de ello quizás se prevalieran en el  Ayuntamiento para realizar el proyecto de traslado de la feria. Tal vez sin el patronato hubiera ocurrido lo mismo; pero si hubiera existido la Cofradía, esta hubiera hecho frente al nuevo estado de cosas.

            Poco se preocupó del patronato, al llegar a la mayor edad, D. Francisco Ortega: se apresuró a obtener el nombramiento de Alférez mayor de la Villa[86] pero omitió el conseguir la Real Cédula de patronato sobre la Ermita de Guaditoca; continuando desde que llegó a la mayor edad en el disfrute del patronato de hecho; pero terminando en él el Patronato de derecho.

Capítulo XIV

El siglo XIX.- La Cofradía de Valverde.- Fiesta de acción de gracias de 1806.– Rogativas.– Exposición al Obispo Prior en 1824.– Las competencias entre los curas de Santa María y Santa Ana.– Obras de reparación en el Santuario.– Estada de la Sta. Virgen en Guadalcanal durante la guerra civil.

Llegamos a los días del siglo XIX, y en verdad que causa profunda tristeza en el ánimo el ver su obra destructora y demoledora: la labor de este siglo, tan fecundo en revoluciones, ha sido negativa: nada escapó a su impía mano, y sembrada está España de ruinas y desolaciones que marcan por todas partes la característica de este siglo.

            De la Cofradía de Valverde encontramos algunas noticias de los primeros años de este siglo en el Libro de cuentas de su Hermandad. En 1801 era Mayordomo Gonzalo Dorado y fue reelegido para el siguiente año; rindió cuentas en 20 de Junio de 1802 con un saldo a favor de la Cofradía de sesenta y cuatro reales “que junto con cinco reales que le dieron de limosna, y no se acordó de ponerlos en el cargo, son los de alcance sesenta y nueve reales.” Hicieron elección de cargos en el mismo día y resultaron elegidos, para Alcalde de la Cofradía Gonzalo Dorado; regidores Juan Sánchez, Juan Vasco, menor, Juan Simón Limones y Fernando Ángel, menor, y Mayordomo el escribano José Durán Ortiz.

            Hizo Santa Visita en Valverde Don José Casquete del Prado, del Orden de Santiago, Obispo Prior de la Real Casa de San Marcos de León y en 27 de Octubre del mismo año aprobó las cuentas de la Hermandad y al día siguiente “Concedió cuarenta días de indulgencia a todas las personas, que rezaren un Padrenuestro y Ave María al Niño Bellotero; y otros cuarenta días a los que rezaren una Salve a la Virgen de Guaditoca, que se saca a pedir por las calles de esta y otras poblaciones. Lo anoto dice el Mayordomo, para que conste;  porque estuve presente cuando las citadas indulgencia fueron concedidas, pues tuve en mi casa dicho Niño Bellotero y Virgen de Guaditoca y en la misma sala donde estuvo el dicho Ilmo. Sr. Obispo.- José Durán Ortiz, escribano público de esta villa.” [87]

Desde esta Santa Visita hasta la siguiente, que fue en 1815, siguió la misma Junta de gobierno y el mismo Mayordomo por devoción y no encontramos en el Libro de cuentas otra cosa que señalar que la generosidad del Mayordomo que cede el alcance, que casi todos los años arrojan las cuentas a su favor, en beneficio de la Hermandad; y la restauración, pésima por cierto, del Niño, que se hizo en 1805, que importó “sesenta reales; pagados al dorador de Azuaga por los ojos nuevos de cristal y pestañas puestas a la imagen del Niño Bellotero, por habérsele caído los que tenía; y también por el nuevo barniz puesto en su rostro y manos, y en el pelo; sin los costos de conducción duplicada”; y la compra de un vestido de canutón para el Niño, que costó a 200 reales la vara.

            En el libro de Autos Capitulares de la Villa de Guadalcanal hay una Real provisión original del Consejo de Órdenes, dada en Madrid a 14 de Agosto de 1806, concediendo la autorización que habían pedido D. Ramón Reylló, D. Juan Fernando de Castilla y Rivas, D. Juan de Ortega y Buiza, D. José Ramón de Paz, Francisco López de Rivera y Antonio Veloso, vecinos de la villa y diputados para el culto de la Imagen de nuestra Señora de Guaditoca, su patrona y tutelar, para que en el día de la fiesta de acción y de gracias que había de hacer a tan milagrosa Imagen por haber preservado al pueblo del contagio que se padeció últimamente en la Ciudad de Málaga y sus inmediaciones, se pueda tener función de fuegos artificiales; puso como condición el Consejo “que sean moderados y que haya de guardarse el mejor orden, evitándose toda ocasión de disgusto o desgracia; en inteligencia de que si se verificase han de quedar responsables a las resultas, así el Corregidor como los Capitulares del Ayuntamiento y los diputados de la fiesta”. En 21 de Agosto mandó cumplir, por su parte, el Corregidor la Real provisión; y en 21 del mismo mes se dio cuenta al Ayuntamiento.

            De los aciagos días de la invasión francesa, no hemos encontrado otra noticia que la referente a la incautación de la plata de las Iglesias de la Villa, mandada por la Junta Suprema de Extremadura.

            Hay una relación dada por los Curas de las tres parroquias al Provisor de Llerena en 1814 de las alhajas de las parroquias, conventos, iglesias y cofradías de las que se incautaron los presbíteros D. Joaquín Arana, Capellán de San Juan de Llerena y D. Miguel Ortiz Durán, comisionados al efecto por la Junta, y consta que se llevaron del Santuario de Guaditoca la cúpula de las andas de la Virgen, que pesaba catorce libras.[88]

            Por necesidad de agua acordó la Villa en 23 de Marzo de 1817 traer la venerada Imagen en rogativa; y el mismo acuerdo y por la misma causa se tomó en los años de 1820 y 1822. En el de 1819 dispuso la villa traer la Santísima Virgen para la feria, según costumbre; pero el día 27 del mismo mes se revocó su acuerdo “ante el temor de que una cuadrilla de malhechores, que suelen andar frecuentemente por el término de Azuaga y parajes inmediatos al Santuario, noticiosos de la traída de la Imagen, se arrojen a cometer los excesos que acostumbran, aun dentro de las poblaciones, como acaba de suceder en la Granja de Torrehermosa”.

Nueva necesidad de la misericordia de Dios para con los campos, movió al Ayuntamiento en sesión de 28 de Abril de 1824 a disponer un novenario de rogativas, y para la noche del siguiente día, primero de la novena, dispuso una procesión de penitencia “que saldrá de dicha parroquia Mayor a hora de las nueve de ella, y se repetirá el domingo dos del próximo mes de Mayo a la propia hora y de igual modo, llevando la imagen de nuestra Señora en procesión por las calles que se acostumbre a hacer la de la octava del Corpus y las comunes de la villa; a cuyo acto no deberán concurrir más que los hombres con aquella modestia y devoción que corresponde: y para que algún eclesiástico pueda ir exhortando al pueblo acerca del arrepentimiento que debe tener de sus culpas y que imploren verdaderamente la divina clemencia en el grave conflicto en que nos hallamos por dicha escasez de lluvia, líbrese oficio al Sr. Vicario, Juez ecco. Ordinario de esta villa.”

            La administración del Santuario a cargo de D. Francisco Ortega y Tena[89] no era la mejor; había llegado la hora de su decadencia y de ello nos da idea la solicitud dirigida en 26 de Octubre al Obispo Prior de San Marcos de León. “Los vecinos de esta villa, dice, devotos de María Santísima de Guaditoca, que abajo firmamos, a V.S. Ilma, con el debido respeto decimos: Que D. Francisco de Ortega y Tena de esta vecindad, corre con la administración de este Santuario, extramuros de esta Villa, por derecho de sangre: pero con dolor de los que representan han visto que se ha vendido una joya preciosa[90] en la villa de Cazalla para la Virgen del Monte, las piñas o perillas y el cascarón de las andas de plata: Que está la Ermita para arruinarse y que los portales, que servían para la feria, se han demolido y vendido sus materiales. El referido Santuario ha sido y es objeto de devoción de esta dicha Villa y pueblo comarcanos. Pero hay muchas limosnas detenidas, y lo más se retraen de darlas por no hacer entrega de ellas al actual mayordomo; por cuya causa el culto de la Señora decae y vendrá su Ermita a exterminarse. En buena hora que Don Francisco de Ortega y Tena continúe con el patronato que le corresponde; pero las limosnas voluntarias que ofrezcan los fieles ¿han de estar detenidas porque temen de su legítima inversión? Si hubiera un mayordomo que recaudase estos fondos, el culto de la Señora sería con el mismo fervor que hasta que ha entrado en manos del actual mayordomo; y las limosnas se aumentarían, viendo el pueblo que se distribuían en la mayor decencia y adorno de la Señora y su templo: por lo que – Suplicamos a V.S. Ilustrísima que en vista de lo expuesto, como cierto y constante, se sirva, sin perjuicio del patronato al actual poseedor, dar sus facultades para que el Cura párroco de Santa María, a quien corresponde el Santuario, o el Ayuntamiento de esta Villa nombre mayordomo que recoja las limosnas y con la debida cuenta y razón las distribuya en obsequio y culto de la Santísima Virgen de Guaditoca; favor que esperamos de la acreditada bondad y justificación de V.S. Ilustrísima.

            Guadalcanal y Octubre 26 de 1824.

Ilmo. Sr. = Francisco Barrera.- Francisco Morente.- Juan Rivero.- Tomás Cordo.- José Romero.- Antonio Beloso.- Diego Flores.- José Nogales.- Francisco Rivero.- Juan Llanes.- Diego Béjar.- Diego Nuñes.- Salvador Cabeza.- Joaquín San.- Joaquín Llorca.- Joaquín de Gálvez”.

            En Berlanga, estando en Santa Visita el Obispo-Prior dio comisión en 5 de Noviembre al Sr. Cura de Santa María para que comprobase los extremos de la anterior exposición [91].

            No era la situación lo más a propósito para cuestiones de competencias de jurisdicción, los esfuerzos de todos, dirigidos por rectas y elevadas miras, hubieran bastado para devolver al Santuario parte, al menos, del esplendor de que gozó en el siglo anterior; lejos de eso encontramos una pendencia, que por la ocasión, y por el lugar en que se suscitó no era edificante; se volvía a las antiguas disputas sobre jurisdicción entre los Curas de Santa María y Santa Ana.

            En 21 de Abril de 1826 celebró sesión el Ayuntamiento para acordar la traída de la Santa Imagen implorando del Señor remedio para la sequía que asolaba los campos. Asistían a la sesión el Cura propio de Santa Ana, D. Juan Lino Palacios, y el Ecónomo de Santa María, D. Antonio Rodríguez. El primero dijo “que no estaba conforme con la práctica observada en esta villa de pasar con Nuestra Señora de Guaditoca por su demarcación, que principia en el Convento del Espíritu Santo, donde la Señora hace descanso, con la Cruz de Santa María alzada, presidiendo su Cura o Ecónomo al Propio de la de Señora Santa Ana”; se opuso el Ecónomo a tal pretensión en fuerza de la costumbre, oponiéndose a que se “innovase cosa alguna, sin resolución superior; tan más cuanto en tal función solo el Cura y Clero de la Parroquial de Santa María son los que vienen en costumbre de traer la Señora desde su casa al citado Convento y cuando de este punto se traslada a la Parroquial de Santa María, siendo ya como procesión general, concurren todas las Comunidades con inclusión de la de Señora Santa Ana, presidiendo a todos el Párroco de Santa María, y por lo mismo entonando y haciendo las funciones de tal presidente. Después de varias contestaciones de los referidos Párrocos en respectiva oposición sobre ello, no estándose en caso de poderse con terminante resolución superior hacer declaración alguna del derecho, que pertenecer deba a cada uno de los expresados Párrocos, ni pudiéndose en la premura del indicado tiempo y de la necesidad de la traslación urgentísima de dicha Señora; el Ayuntamiento, conciliando cuanto debe en tales casos, debía acordar y acuerda: Que se siga la costumbre hasta aquí observada sin innovarse cosa alguna por los Señores dichos Párrocos que hallaban presentes; pero que esto sea y se entienda sin que este Acuerdo pueda causar el menor perjuicio, ni decir tendencia al derecho que los respectivos párrocos puedan tener en sus respectivas pretensiones acerca de las cuales se les invita a que, fuera de la presente urgencia y en término de un mes, usen de su derecho para evitar en lo sucesivo disputas como la presente, en inteligencia de que a pesar de ser peculiares de dichos interesados el uso de los recursos oportunos sobre tales pretensiones, si transcurso que sea dicho mes, no usan de ellos y se sirviesen manifestarlo a este Ayuntamiento, hará él mismo por sí el recurso de consulta sobre el particular a su alteza el Real Consejo de órdenes, suplicando al mismo tiempo, que no teniendo a bien resolverlo sin audiencia de los interesados, se digna mandar se les emplace sobre ella o disponga lo que fuere de su superior agrado”.

            Hoy, suprimidas las parroquias de San Sebastián y Santa Ana, han desaparecido las causas que en tiempos pasados motivaron estas cuestiones.

            Alguna reparación se hizo en el Santuario por los años de 1830 al 1832, durante las cuales se recorrieron los tejados y se pusieron cristales en las ventanas del Camarín, gastándose en todo ello “diez fanegas de cal y cien clavos de alfagía; todo lo cual vino a importar mil y pico de reales, que costeó por devoción Francisco Barrera [92]. La obra, pues, no paso de un ligero reparo. ¿Y el producto de la venta de la joya de la Virgen, la venera que regaló el Marqués de San Antonio, y de la parte de las andas?

            Los justos lamentos y la súplica de los devotos de la Virgen no fueron por desgracia atendidos, y de día en día las cosas había de ir bajando precipitadamente por el plano inclinado en que ya se encontraban. La mano que las detuviera faltó.

            Había dispuesto el Ayuntamiento en 1839 que permaneciese la venerada Imagen de nuestra Señora de Guaditoca en la Parroquia de Santa María, a causa de la guerra civil; el Patrono D. Francisco de Ortega[93] en 25 de Mayo solicitó el traslado a su Santuario, porque “nadie ignora que mientras nuestra Señora permanece en su Ermita concurren los pueblos inmediatos, con bastante frecuencia a tributarle culto. Tampoco desconoce nadie que las mismas poblaciones por la estada de la Virgen en su casa contribuyen en diferentes épocas del año con varias limosnas que, aunque escasas, al menos producen algún tanto para ayudarse a mantener los dos ermitaños que existen: mas si se insistiese en que la Señora permanezca en la población, necesariamente se retirarían y sería preciso cerrar la Ermita y de aquí la ruina de ella, por falta de cuido y aseo, se acabaría el culto y fervor de los pueblos comarcanos y en poco tiempo el renombre de la Virgen de Guaditoca concluiría”. No accedió el Ayuntamiento a esta petición, denegándola al siguiente día “en atención a continuar la guerra fratricida que tango nos aflige, y que es muy probable pueda acontecer algún fracaso si existiese en la Ermita por las partidas facciosas que circulan por la provincia de Extremadura”

            Después de la feria de 1840 se dispuso la traslación de S. Imagen a su Templo; mas en 13 de Junio acudían al Ayuntamiento D. Gonzalo Canelo, Cura propio de Santa María, Don José Dávila, D. Francisco Martos, Don Francisco Venero, D. Ignacio Vázquez, Don Ramón Molsalve, D, Juan M.ª Vázquez, José Rodríguez, Juan A. Morente, Antonio Rivero, José Marín, Antonio Fontán y Morente “por sí y en nombre de otros muchos vecinos de esta población” en súplica de que permaneciese la Sagrada Imagen en la villa en atención a que “no han cesado las circunstancias de la guerra que motivaron la venida de dicha Patrona”.

            El mismo día, ya “reunidos en la sala consistorial los Señores presidentes e individuos del Ayuntamiento de ella con el fin de pasar a la parroquial de Santa María, y acompañar a la Patrona, nuestra Señora de Guaditoca, al Espíritu Santo, para su traslación a su Santuario en el día de mañana, según está determinado por acuerdo del 6 del corriente, se presentó el antecedente memorial por las personas que suscriben, el que visto por el Ayuntamiento, estando discutiendo el punto, se acercaron a la sala consistorial varias personas con la moderación debida, y manifestaron que el pueblo en general deseaba la permanencia de la Patrona, como auxilio y único apoyo en sus necesidades, y que reunido en la plaza pública así lo solicitaban y suplicaban a la autoridad se les concediere la gracia, máxime cuando en tu totalidad no habían cesado las causas porque se determinó que dicha Sagrada Imagen subsistiese en ésta: en tal estado el Sr. Alcalde primero, con la asistencia de mi el Secretario, pasó a dicha plaza pública con el objeto de inspeccionar el sentir común, y habiéndosele presentado la mayoría del pueblo en un número considerable y reiterado las súplicas, repitiendo los motivos que tienen expuestos, dicho Señor les contestó que pasaba al Consistorio y que probablemente se accedería. En efecto se retiró su merced a la sala Consistorial e hizo presente lo ocurrido y aún cuando varios señores del seno no prestaron su conformidad a la permanencia de dicha Sagrada Imagen, sus mercedes los dos alcaldes, [94] habiendo oído de nuevo al Síndico[95] que suscribe, que reitera la solicitud del pueblo, conociendo que este lo ha hecho con el derecho y respeto debido a la Autoridad, y llevado del fervor que tienen a su Patrona, por la vía gubernativa, estando como está a sus mercedes recomendada la tranquilidad pública, para evitar males de trascendencia, que acaso de otra cualquiera determinación pudieran resultar en no conceder al pueblo la gracia que apetecen, desde luego mandaron permanezca por ahora la Imagen en la Iglesia Parroquial de Sta. María de la Asunción, la mayor de las de esta Villa, sin perjuicio de lo que el Ayuntamiento pueda disponer en lo sucesivo.”

            En 20 de Junio de 1840 D. Francisco de Ortega visitaba de nuevo al Ayuntamiento “para que sin demora se proceda a la traslación de nuestra Señora a su Ermita, como ha debido serlo ya”; esta solicitud se leyó en la sesión municipal de 24 del mismo mes y el Ayuntamiento remitió el asunto a los Alcaldes para su resolución: fue esta favorable a la petición, señalándose para la traslación los días 9 y 10 del siguiente mes.

            Llegó el día señalado y D. Juan M.ª Vázquez, D. Rafael de Arcos y D. José Galindo “por si y en nombre de otros varios devotos, animados de los mejores sentimientos religiosos y bien de la Nación”, acudieron en súplica al Ayuntamiento para que permaneciese la Venerada Imagen en el pueblo hasta la pacificación de España, que parecía próxima y “ya que por medio de la intercesión de nuestra Señora de Guaditoca, Patrona de esta Villa, nos hemos librado de los estragos y horrores que esta misma guerra ha ocasionado a otros pueblos, que luego que llegue este día, tan deseado de todo buen español, se celebrara en acción de gracias a esta misma Patrona, en la forma que V.S. lo estime por conveniente, una función solemne.”

            Reunióse el Ayuntamiento en el mismo día y se acordó acceder a la anterior petición.

            Continuó el mismo estado de cosas en el siguiente año; y en el de 1842 a 26 de Mayo instaba nuevamente D. Francisco al Ayuntamiento a que dispusiese la traslación de Nuestra Señora de Guaditoca a su Santuario con la siguiente solicitud:

            “M. I. A. C. – D. Francisco de Ortega y Ayala, vecino de esta Villa, Patrono por justos y legítimos títulos de la Imagen y Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, ante V. S. con el debido respeto digo: Que en el año anterior de 1840 a consecuencia de solicitud por mí presentada al Ayuntamiento dispuso éste en el mes de Junio, conciliando con los innegables derechos que concedió S.M. a mis antecesores, y con la petición de este procomunal, permaneciese nuestra Señora en la Iglesia de Santa María, hasta que concluyese la guerra civil que aún estamos experimentado; y sin embargo de conocer el perjuicio que se irrogaba a dicha Señora por carecer de culto que fervorosamente le hacían sus devotos permaneciendo en el Santuario, contribuyendo para ello con continuas limosnas: como quiera que ya se tiene noticias de la pronta y feliz terminación de la guerra, no tiene inconveniente en asentir a aquella disposición que firmé con el Ayuntamiento.

            A V. S. consta que habiéndose trasladado la feria que se celebraba todos los años en la Ermita a esta población, pasada aquella, se restituya la Señora a su propio local, sin más formalidad que ponerse de acuerdo con el señor Cura Párroco de Santa María, y solo cuando intervenía el Ayuntamiento para acordar su traslación era en los casos que venía por necesidad. Nadie ignora que conviene mejor permanezca la Señora en la Casa, que fuera de ella porque los pueblos inmediatos concurren con frecuencia a tributarle culto (de que carece en esta población como es público) y aquellos contribuían con algunas limosnas que aunque escasas ayudaban a la manutención de los ermitaños. También es un hecho notorio, que durante la permanencia de la Virgen en esta Villa, han cesado aquellas limosnas y que si continúa será preciso que los ermitaños se retiren por carecer de subsistencia: y de aquí la ruina de la Ermita por falta de cuidado y aseo: cuyos lamentables extremos no me es posible tolerar, ni tampoco el que se me despoje de una propiedad concedida a mis antecesores por S. M. como consta de documentos que conservo: En tales circunstancias = Suplico a V. S. se digne disponer la traslación de nuestra Señora a su Santuario (y de mi propiedad) según viene de costumbre, mediante a que han cesado las causas que motivaron su permanencia en ésta: en lo que dará V. S. una prueba de su celo y decisión al culto de nuestra Señora, y al mismo tiempo de su imparcial rectitud bien justificada. Mas, si lo que no es de esperar, no asintiese V. S. a esta solicitud, se servirá mandar se me libre testimonio de este escrito y acuerdo, como también del celebrado en Junio de 1840, para hacer ver mi derecho ante quien corresponda. Guadalcanal Mayo 26 de 1842. = Francisco de Ortega.”

No podemos dejar de hacer alguna advertencia acerca del anterior documento: en él afirma D. Francisco de Ortega que el Santuario es de su propiedad: afirmación gratuita que no debe pasar sin protesta. [96] Bien pudo exigirle el Ayuntamiento, tan celoso de sus fueros años anteriores, que cesara en la Administración, la cual en derecho no podía ejercer, por no haber obtenido Real Cédula, sin embargo la respuesta fue muy dura, poniendo muy a las claras cual era el estado del Santuario, en su acuerdo del día 27, que dice así:

            “Que teniendo noticia esta corporación que la Ermita de nuestra Señora de Guaditoca no se halla con el aseo, limpieza y seguridad que se exige para la traslación de la sagrada Imagen y su permanencia en dicho local, hágase entender al recurrente que luego que se verifiquen estos extremos, y dé parte de haberlo realizado, se acordará lo conveniente.

            En 1845 ya estaba la Santa Imagen en su Santuario[97]; alguna reparación se hizo en él por aquellos años, y a ella contribuyeron, como siempre, los devotos de nuestra Señora de Guaditoca; de lo cual algo se dirá en el siguiente capítulo.

            En los años 1846 y 1848, se trajo la Santa Imagen para la feria y fiesta de nuestra Señora, y lo mismo se hizo en el de 1850.

Capítulo XV

Santa Visita de 1851.- La reforma de las andas.- Limosnas y donaciones.- El culto a la Stma. Virgen.- Devoción del mes de Mayo.- Restablecimiento de la Hermandad.- Acuerda el Ayuntamiento en 1871 llevar la S. Imagen a la parroquia de San Sebastián.- Auto del Tribunal de las Órdenes.- Restauración del Santuario en 1913.- Conclusión.

En 1851 hizo la santa Visita en Guadalcanal D. José Gómez y Fernández, Cura propio de Bienvenida y Visitador nombrado para la Villa por el Gobernador eclesiástico del Territorio; invitó a D. Francisco de Ortega a que presentara el libro de asientos de las Visitas anteriores del Santuario de Guaditoca, y dicho D. Francisco dirigió al Visitador un memorial, en 13 de Junio, en el que dice: “he registrado mis papeles y he hecho cuantos esfuerzos han estado a mi alcance en la búsqueda de dicho libro, y todos han sido inútiles, pues no he encontrado documento alguno a que remitirme, por lo que infiero que en el año de treinta y seis, cuando la invasión de Gómez, que entró la columna en esta Villa, en una papelera que me quemaron, tal vez estaría dicho documento.” Suplicó al Sr. Visitador que el auto de su Visita lo insertara a continuación de su petición, y que diera licencia para seguir celebrando el Santo Sacrificio en el Santuario, sometiéndose a lo que resulte a favor o en contra de los referidos asientos anteriores de cuentas, y que se hagan constar las cantidades gastadas por mí en dicho Santuario.”

            A diez y seis del mismo mes se personó el Cura de Bienvenida, con asistencia del Secretario de Visita, D. José María Prieto, en el Santuario, y dio licencia hasta la siguiente Visita, para celebrar el Santo Sacrificio.[98]

            En el mismo día hizo que compareciese D. Francisco de Ortega a rendir las cuentas, y las presentó éste firmadas en el día 13, “careciendo de cargo, pues las únicas utilidades que se alcanzaban eran las que por el testimonio adjunto presento.[99]  Este, desde que se estableció el Gobierno representativo, no se ha llevado a efecto por la razón de que solo residen facultades en las Cortes para imponer derramas en los pueblos”. Importaba la data 8.803 reales a favor del Administrador del Santuario, cuya cantidad aparece invertida en obras en la Ermita, menos 170 reales pagados a la Comunidad de Santa María por derechos parroquiales y cera.

            Aprobó el Visitador las cuentas, y  “como dicha Imagen y Santuario tenga vestiduras y alhajas al cuidado de este Patrono, deberá formar a continuación inventario de todas ellas, a fin de que todo esté con la conformidad que corresponde”. [100]

            Llama la atención que no hubiera ingresos, cuando en el siglo anterior hemos visto poseer la Santa Imagen algunos bienes. En el tantas veces citado Expediente encontramos algunas noticias de la suerte que corrieron éstos.

            En la escritura de dominio de los bienes del Patronato, y como bienes libres, aparecen incluidos el censo de 8.000 reales de principal que se adjudicó a la Virgen por D. Juan Pedro de Ortega; la casa grande, junto a la Ermita de Guaditoca, y otra casa inmediata a la huerta.[101] Don José Yanes Cabezas, Presbítero, declaró en el mismo Expediente[102], “que le consta, por haberlo visto, que había tres calles de portales, denominada la primera calle de Guadalcanal, la segunda de Azuaga y la tercera, que hace frente al arroyo de Guaditoca, unida al mismo Santuario, el cual tenía una puerta, actualmente tapada con material, que comunicaba con dichos portales, cuya puerta de dos hojas fue quitada por D. Francisco Ortega y Ayala y colocada a la entrada del patio: Que de todos estos portales solo existe el que da frente al arroyo y los demás están destruidos, en cuyo terreno dicho, a excepción de la calle de Guadalcanal, el referido don Francisco ha formado una cerca, y de los materiales hizo el cuarto del horno y gallinero, y que parte de ellos fueron vendidos a D. José Yanes Gil, presbítero, albacea de don José León, presbítero, para reedificar el portal que existe sobre la puerta principal, el cual era de cañizo y se le puso de alfajía y ladrillos, tal como hoy está; advirtiendo que D. Francisco Ortega y Ayala no ha destruido todos los portales, pues algunos se vinieron a tierra con los temporales: Que no solamente la cerca hecha por D. Francisco contiene parte de los portales, sino también terrenos del Ejido, conocido con el nombre de Guaditoca, como consta por un título de Capellanía que posee el declarante expedido por el Lcdo. D. Joaquín Casquete de Prado, Provisor ecco. de Llerena, fecha cinco de Enero de mil ochocientos quince, cuyo título está en su poder: Que respecto a las casas solo ha conocido una contigua a la Ermita, que existe con tribuna a la Iglesia, la cual recuerda haber oído leer un documento en que había una cláusula que decía que por evento la administración de la Virgen de Guaditoca salía de la familia de los Ortegas, quedase dicha casa a beneficio de la Virgen[103], y siendo esa la del huerto, cree el declarante que sea una de las del Catastro. También sabe que en el mencionado huerto había una cuadra y pajares donde los ermitaños colocaban sus caballerías y paja, los que hoy se han agregado a la casa grande por venta que de ellos hizo D. Francisco Ortega y Ayala a Antonio Muñoz, vecino de esta; otra de las que ha conocido, y existe, es la denominada casa grande que hoy poseen Antonio Ribero Muñoz, ya referido, y D. Ignacio Martínez; otras dos, unidas en la esquina de lo que hoy tiene por huerto el dicho Ribero Muñoz, en las que el padre del declarante colocaba los cerdos y caballerías infestadas de muermo, pagando el alquiler al referido Ortega y Ayala, que ya están destruidas; otra que también conoció el declarante, con el nombre de los Caldereros, que estaba al principio de los portales de la calle de Azuaga, que tampoco existe; otra lindando con el arroyo de Guaditoca, la cual existe un la tienen en arrendamiento los dos hermanos López Rubio.”

            En el año 1854, a 30 de Enero, exponía don Francisco Ortega al Gobernador eclesiástico de Llerena, “que siendo muy reducidas la longitud y altitud de las andas, en que en ocasiones que sale Nuestra Señora en procesión y demás funciones, intenta reformarlas y dilatarlas y hacer todo lo necesario para que dicha Imagen con su peana sea colocada en dichas andas, y aunque por Real provisión se halla autorizado para exclusivamente disponer en todo aquello que concierna al esplendor de aquel Santuario y sus efectos, si bien con recta administración, sin embargo, no quiere proceder a dar esta paso sin ponerse de acuerdo, previamente, con la autoridad eclesiástica.” Suplicaba por ello, licencia para la reforma de las andas.[104]

            No es caso de comentar la anterior solicitud: la parte de derecho, que se alega, suficientemente aclarada está en las paginas anteriores; y en cuanto a la reforma; baste decir que dio motivo a un largo Expediente gubernativo de oficio instruido en averiguación de los bienes y demás pertenencias de Ntra. Sra. de Guaditoca, del cual hemos tomado muchos datos para este trabajo.

            La reforma de las andas, mejor dicho, su sustitución por otras, la explica D. Francisco en los siguientes términos en el Expediente.[105]

            “Acompaño la cuenta de las andas viejas de la Virgen, las cuales estaban sumamente cortas y de mala construcción, por cuyo motivo pedí la orden de autorización que acompaño, para su reforma y otros gastos que tenía que hacer, como componer las ropas; mas como quiera que la cantidad tomada por mí está justificada con la certificación que acompaño del Contador de la Casa de moneda, y ésta no era suficiente para otras andas de plata de la altura y dimensiones que se necesitaba para que la venerada Virgen saliera con la decencia debida y era indispensable hacer otros gastos de peana, componer las ropas. Etc., tomé el partido de mandar hacer las que tiene la Sra. con su peana, a imitación de las demás Imágenes que salieron en procesión en Sevilla, gastando más cantidad de la que tomé, según recibos de varios artistas que presento, no poniendo en la cuenta el demás gasto que hice en componer varias cosas para la Virgen”.

            La venta del riel de plata, importó 3.408 reales y 12 maravedís, según certificación del Contador de la Casa de moneda de Sevilla, dada en 16 de Mayo de 1854 a petición del vendedor D. Francisco de Ortega[106]; sin que conste si en esa plata estaba incluida la corona, cetro y media luna de la Virgen; si bien las declaraciones que obran en el expediente confirman la pérdida de esas alhajas; parte del dinero, según comprobantes que obran en el expediente, se invirtió en otra corona y media luna. Desde luego perdiéronse definitivamente alhajas de valor para sustituirlas con lo siguiente: una peana, bastidor para el palio y molduras, cuyo importe fue de seiscientos reales; damasco de seda carmesí, tafetán y muselina, cuatrocientos veintitrés reales; encaje dorado, cintas de seda y algodón, y hechura, ciento sesenta reales; cuatro varas plateadas, una corona y una media luna, compradas en la fábrica de objetos imitados de plata y oro del Sr. Isaura, de Sevilla, dos mil trescientos reales.[107] No se dilataron las andas, como se decía en la solicitud al Gobernador del Priorato, sino se sustituyeron por otras de tan ínfima clase que, al restablecerse la Cofradía, una de las primeras cosas de que cuidó fue de costear un paso para nuestra Señora de Guaditoca.

            Pero junto a estas páginas, que causan tristeza en el ánimo, pueden escribirse otras que consuelan el espíritu: la piedad de los devotos de la bendita Virgen de Guaditoca reaccionó, y testimonios de su generosidad hay, muy abundantes, en el Expediente de 1865: solo citaremos algunos.

            Declaró D. José Yanes, Presbítero, que siendo apoderado de D. Francisco Ortega y encargado por éste de todas las alhajas, ropas y efectos de la Virgen, era “público el esmero con que cuidaba de todo lo concerniente a dicha Imagen, hasta el punto de haber excitado la devoción del pueblo y recogido limosnas con las cuales se compró el estandarte nuevo, se concluyó la cristalera, se hizo la mampara y algunos reparos en el edificio; para cuya obra solo dio el Patronato media arroba de vino de gratificación al alarife Antonio María Ribero”[108]. Éste, por su parte, declaró “que por los años de 1845 hasta el 54, ambos inclusive, con sus cuatro hijos, José, Juan, Antonio y José Rafael, y su mujer Josefa Palacios, todos los años han hecho una semana de trabajo en el Santuario de Guaditoca, en cumplimiento de promesas que tenían hecha a la Virgen: levantando en el primer año parte de la media naranja de la Ermita, que tenía hundidos dos limatones sobre la misma bóveda: que en el mismo año 1855, luego que regresó de la Habana un hijo del mismo, que había sido soldado, y en cumplimiento de otra promesa suya y de su familia, echaron otra semana de trabajo en la Ermita; para cuya obra él mismo pidió limosna a los caleros del pueblo la cal que se necesitó para las obras mencionadas, y las tejas, ladrillos y madera se tomaron de los portales ruinosos a presencia de Don Francisco Ortega; trabajando también los peones Rafael Blandes y Juan Núñez” [109]

            D.ª María Luisa Fernández, Maestra titular que fue de esta Villa, regaló a la Virgen de Guaditoca una toca de tul bordada de oro, por los años 1850. Una hija de ésta, D.ª Ana Luque, regaló unos vuelos de tul bordados con lentejuelas de oro y ésta misma, en nombre de una persona devota de Cazalla, que no quiso dar su nombre, dio de regalo para la Virgen unas aretas de oro[110] Don Ignacio Vázquez compró en diez mil reales, y donó a la Virgen, saya y manto de terciopelo encarnado con bordados de oro[111], y D.ª Mariana Pérez, en nombre de una persona devota natural de la villa y residente fuera de ella, regaló un vestido.[112]

            La piedad de los devotos de la Sma. Virgen de Guaditoca despertaba al fin, y los frutos de su amor y devoción debían pronto manifestarse con amplitud, preparando y disponiendo un nuevo estado y el comienzo de otra época en la historia del Santuario.

            El Clero y el pueblo en íntima unión volvieron los ojos a su Madre, y el amor de hijos les espoleó y dio bríos para emprender la restauración de su culto.

            Dejemos a uno de los Sacerdotes que con más entusiasmo trabajaron en esta santa obra, Don Lorenzo García Vera, que nos cuente el renacimiento del culto a la Virgen[113].

            “En el año 1853, observándose la desnudez en que se encontraba la Santa Imagen y que varios devotos tenían ofrendas limosnas de consideración para la Virgen, pero no se atrevían a entregarlas a D. Francisco de Ortega, conociendo su mala administración, y deseaban una ocasión propicia para que estas limosnas se invirtieran de una manera positiva en atender a alguna de las muchas necesidades que tenía la Virgen; sabedores de esto el declarante, D. Antonio Yanes Gil, Pbro. residente en la actualidad en el Monasterio de San Lorenzo del Escorial, y D. José M.ª Cordo, presbítero de los de esta parroquial mayor, concibieron el proyecto de recolectar las limosnas de que va hecho mérito y las demás que los fieles ofreciesen voluntariamente con fin de comprar un vestido y manto de tisú para dicha Señora de Guaditoca, como lo ejecutaron, recogiendo cuatro mil ochenta y cuatro reales y gastando en el vestido y manto cuatro mil cincuenta y cinco, y los veintinueve restantes se invirtieron en cera para el Mes de María en el año siguiente.

            Observando el mismo y algunos otros Clérigos de la parroquia que el culto de la Virgen de Guaditoca cada día disminuía más por el abandono del Patrono, para que no enfriase el fervor de los fieles, convinieron con el Cura de esta parroquia, D. Gonzalo Canelo Hidalgo, por el año 1851, instituir el mes de María trayendo al efecto la Imagen desde el Santuario a esta Parroquia mayor, como efectivamente desde entonces se viene realizando todos los años, a pesar de la oposición del patrono, excepto un año que por intrigas se desistió de traer dicha Santa Imagen, costeando la cera con limosnas voluntarias que al efecto se recogía por los Maestros de instrucción primara D. Juan de la Cruz Trigueros y D. José Muñoz, y haciéndolo gratuitamente los Clérigos y dependientes de la parroquia. Enfervorizado con esto el pueblo, y para asegurar más la perpetuidad de este culto, contrariado constantemente por el Patrono, se reunieron cuarenta personas con el difunto Párroco Don Ángel Fernández de Salas y acordaron formar la actual Hermandad de Nuestra Señora de Guaditoca, como efectivamente lo realizaron… Esta Cofradía se ha formado en sustitución de la que antiguamente existió en este pueblo y de las que existían en los pueblos de Berlanga, Ahillones y Valverde”.

            Por último: el mentado D. José Llanes Gil “como albacea de D. José León, Presbítero, y en cumplimiento de la última voluntad de éste, gastó en reparar los tejados de la Iglesia, echando techo nuevo a la sacristía y al portal de entrada, 3.000 reales; para cuya obra, haciéndole falta 400 tejas, las compró a D. Francisco de Ortega, que las tenía de derribo de los portales. También con dicha cantidad fundió de nuevo la campana, se cambió el cáliz viejo por otro nuevo, se compró una casulla nueva, completa de todo lo necesario para celebrar, tres manteles con encajes, tres hules, y se cambiaron dos pares de candeleros viejos por otros nuevos. Todo lo cual tuvo efecto en el año 1853”.[114]

            Una vez más el pueblo fiel y creyente, devoto y amante de su patrona, veló por su Santuario y por el culto de su Madre y Señora.

            Y ocurre preguntar ¿qué se hizo de toda la riqueza que consta tenía la Santísima Virgen en el siglo XVIII? Todo ha desaparecido… Lo que en la actualidad tiene la Virgen de Guaditoca en ropas y alhajas, es un nuevo patrimonio que le han creado sus hijos desde mediados el siglo XIX en adelante: ni quedaron tierras, ni casas, ni portales; solo permanece el Templo.

            Vamos a ocuparnos de la fundación de la Hermandad, que es la corona y remate de la obra de la restauración de que venimos ocupándonos.

            Ya se consignó como nació la idea; toca ahora decir algo de cómo se llevo a cumplido término. En 4 de Julio de 1862 se dirigió la necesaria solicitud al Gobernador eclesiástico del Priorato,[115] accediendo en 31 de Julio el Gobernador del Territorio a la petición, con tal que se obtuviera Real Cédula de S.M. Remitidos los Estatutos al Tribunal de las Órdenes militares, fueron aprobados el 14 de Abril de 1863, comunicando el Tribunal que se podía acudir a S.M. para obtener la Real Cédula, la cual, en efecto, se expidió en 13 de Julio del mismo año; y en 11 de Agosto el Gobernador eclesiástico sede vacante del Obispado Priorato de S. Marcos de León, D. Felipe Gálvez[116], Teniente de Provisor, Juez eclesiástico ordinario de Llerena y su partido, dio el Auto de aprobación; celebrando la Hermandad la primera Junta en 8 de Noviembre del mismo año.

            Aunque nos hemos propuesto terminar estas notas históricas con la reorganización de la Cofradía de Ntra. Sra. de Guaditoca, merecen nuestra atención dos sucesos: la traída de la Santa Imagen a la Villa en 1871 y la restauración del Santuario, que se ha hecho en 1913, y de ellos vamos a ocuparnos, aunque muy brevemente.

            En más de una ocasión hemos hablado de las pretensiones del Ayuntamiento de ejercer funciones de patrono del Santuario de Guaditoca, y a fines del siglo XVIII, del acuerdo de la Villa de llevar la Santa Imagen a la parroquia de San Sebastián; en 1871 se renovaron las antiguas pretensiones y lo que no se llevó a cabo en 1789, se hizo ahora.

            En 18 de Agosto de 1871, comunicaba el Alcalde D. Modesto de Tena al Cura de Santa María, que “acordada por el Ayuntamiento la venida de Nuestra Señora de Guaditoca, patrona de esta villa… la traslación… desde su Santuario se verificará en la madrugada del día de mañana 19, y en la tarde del mismo día se efectuará su traslación a la Iglesia parroquial de S. Sebastián, con todas las solemnidades debidas”.[117] Se trajo la venerada Imagen y se llevó a la Parroquia de S. Sebastián.

            El Párroco de Santa María, D. Juan Climaco Roda, en justa defensa de los intereses de su Iglesia y para reivindicar su derecho, llevó el asunto hasta el Tribuna de las Órdenes militares, recayendo sentencia a su favor en 28 de Enero de 1783[118] de la cual sólo tomaremos lo más necesario a nuestro intento.

            “El Alcalde y el Ayuntamiento de Guadalcanal confundiendo lastimósamente el significado de la palabra Patrono creyeron, o afectaron creer, que siendo la Stma. Virgen conocida bajo la advocación de Ntra. Sra. de Guaditoca, patrona del pueblo, éste, y en su representación el Ayuntamiento, era patrono de la Imagen, y de este error voluntario o malicioso, partieron para ejecutar por sí un acto que no estaba en sus facultades legales realizar, cual era el de trasladar la Imagen desde su Santuario a la población. Aun cuando hubiera sido el pueblo patrono del Santuario de la Virgen, no hubiera podido el Ayuntamiento, sin acuerdo del Párroco de Santa María, practicar la traslación de la Imagen, porque se halla establecido por la costumbre y por decreto del Tribunal de las Órdenes que el Santuario de la Virgen de Guaditoca corresponde al territorio de la Parroquia de Santa María[119] cuyo Párroco es Prefecto de la Cofradía de la Sma. Virgen. Pero el pueblo no es Patrono, pues el Patrono está hoy en duda no obstante haber sido reconocido años hace por sentencia judicial ejecutoria a favor de una determinada familia por haber un individuo de ella construido el Santuario; y por consiguiente ningún derecho asiste al Alcalde y al Ayuntamiento de Guadalcanal para hacer lo que hicieron…”

            “La conducta del Cura párroco de Santa María don Juan Climaco Roda[120], fue la que debió ser, y lejos de merecer censura, la sección debe aprobarla reconociéndole los derechos que le asisten en el asunto y que defendió como era de su deber…”

            La página más reciente que han escrito los devotos de Nuestra Señora de Guaditoca es la restauración del Santuario en 1913.

            Dos años hacía que la Santa Imagen no era llevada a su templo, como es costumbre, una vez terminada la anual novena y función que se celebran en el mes de Septiembre, a causa del estado ruinosos del edificio; y aunque era deseo vehemente de todos los devotos que se hicieran las obras necesarias de reparación y se pusiera la Iglesia en las debidas condiciones de seguridad, por causas muy diversas no había podido intentarse, ni acometerse las obras necesarias.

            En Febrero de 1913 se reunió la Hermandad en Cabildo convocado al efecto de tratar de las obras que urgentemente convenía emprender; reinó entre los asistentes la más perfecta unidad de miras, y para llevar a debido cumplimiento los deseos de Cofrades y devotos se nombró una Comisión encargada de reunir las sumas necesarias. Ni tardos ni perezosos los elegidos, en aquella misma tarde dieron principio a su labor, que de antemano podía esperarse fuera coronada por el éxito más completo; las esperanzas fueron pronto una realidad, pues las cantidades recogidas en pocas horas sobrepujaron a los cálculos más optimistas.

            Muchas paginas serían necesarias para insertar las lista de donantes; pues a la obra contribuyó todo el vecindario, el rico y el pobre, sin distinción de clases ni de condiciones; todos aportaron con generosidad y piedad cuanto pudieron, y si hubiéramos de trasladar al papel cada frase, nacida del más acendrado amor, con las que se acompañaba la limosna, empresa más ardua sería; porque sería escribir la historia completa y acabada de los favores y mercedes que la Santa Virgen ha dispensado a esta generación y a las anteriores; y consignar tantos actos de fe profunda y de amor filial, de gratitud la más rendida, y de confianza la más firme en la protección de la Reina del cielo, como hijos tiene este pueblo.

            No solo pudo atenderse a la obra imprescindible, sino se extendió el plan a otras de ornato y embellecimiento: se resanaron las bóvedas de la Iglesia y las cúpulas de la Capilla mayor y del Camarín; se desmontaron las armaduras de los techos para colocarlas en las convenientes condiciones de seguridad; se atendió a los muros, y no quedó parte alguna sin que en ella no se hiciera el reparo necesario; se colocó en el templo solería de buena baldosa del país, y en el presbiterio de ladrillo y olambrilla; se recubrieron de azulejos de cuenca los muros del templo hasta la altura conveniente, y en el altar mayor se colocó un rico frontal de azulejos de reflejo metálico; al atrio, a más de la obra de reparación, de que tan necesitado estaba, se le puso pavimento de cemento, y los cinco arcos que lo forman se cerraron con verjas de hierro; se preparó y arregló casa para el santero a fin de que hubiera fijamente persona al cuidado del templo y tuvieran facilidades los fieles para visitarlo. Se hicieron manteles nuevos para los altares y se dotó al templo de otros objetos necesarios para el culto: para todo dio la piedad de los fieles. Si sumamos las limosnas en dinero, y las que se dieron en servicios y materiales, en regalo de ropas y de otros modos, llega lo reunido e invertido a 15000 pesetas.

            Todo quedó dispuesto y terminado a mediados del mes de Septiembre y en espera de que llegase el día ansiado en la Venerada Imagen de la Virgen de Guaditoca fuese nuevamente colocada en su Templo adornado por el amor de sus devotos.

            En este año se celebró la Novena con mayor esplendor que años anteriores, y con más asistencia de fieles y devotos; y el día 20 de Septiembre por la tarde se trasladó la Santísima Virgen en solemne procesión, como de costumbre, a la Iglesia del Convento del Espíritu Santo, recorriendo algunas calles más que la tradición señala, acompañando gran multitud con velas encendidas y presidiendo la Corporación municipal según tiene la obligación. Quedó la Santa Imagen, una vez cantada la salve con que se termina la procesión, al cuidado de las religiosas de la Doctrina cristiana, que disfrutan el antiguo convento; y desde entonces y hasta la madrugada, no cesó el ir y venir de la gente a visitar y despedir, como dicen, a la Virgen bendita, y confiarle sus necesidades y apuros para que como buena Madre los despache favorablemente antes de su partida; el número de los que quedaron durante toda la noche, ya por devoción, ya por promesa acompañando a la Señora, no fue escaso.

            A la madrugada se cantó solemnemente la Santa Misa, y terminada llegó la Cofradía del Rosario de la Aurora, que por la divina misericordia aún saca el Santo Rosario por las calles y plazas al rayar el día, cantando las alabanzas a la Madre de Dios, e hizo su acostumbrada estación, y esperó se organizara la procesión con asistencia del Clero parroquial de Santa María para acompañar a la Santísima Virgen hasta el puerto de Llerena, en lo alto de la sierra, en donde cantada la Salve se despide oficialmente a la Santa Imagen, y acompaña después el Clero particularmente.

            Ya de antemano había empezado el movimiento natural de gente que al Santuario dirigía sus pasos, llenando caminos y veredas, atajos y trochas, movida del mismo espíritu de amor a la Virgen bendita de Guaditoca; muchos caminaban a pie en cumplimiento de promesas y en pago de favores de cuantía que su Patrona les concedió en horas muy tristes y amargas. Nada comparable a aquel abigarrado conjunto, al pueblo de Guadalcanal esparcido por todo el camino, y podemos decir que no quedaron en la Villa más que los enfermos o retenidos por ocupaciones ineludibles.

            Cerca de las nueve de la mañana llegó la Santa Imagen a la Cruz del aceite, en donde esperaba el Clero paramentado, organizándose la procesión en medio de aquella multitud, engrosada con el contingente de devotos, ya llegados al Santuario de los pueblos limítrofes de Extremadura. Sentíase uno arrebatado a siglos pretéritos, presenciando la procesión que se hacía con la Stma. Virgen por el real de la feria en los años de más esplendor y pujanza de las fiestas que celebraban en la Pascua de Espíritu Santo. Día es este que difícilmente se borrará de memoria de los que presenciaron tan hermosa fiesta. Púdose llegar al fin a la orilla del río, y colocada la Stma. Virgen de Guaditoca sobre la peña de la aparición, el pueblo cantó la Salve. Nada comparable a aquel cuadro de fe y amor; las lágrimas brotaban espontáneamente, y aquellas notas tan sencillas, llena de virilidad, llevando en ritmo los afectos de tantos corazones, llegaron al de nuestra Madre, parecía que su rostro sonreía, que nos mostraba lo grato de aquellos obsequios; ella eligió aquel lugar y lo santificó; allí nos mostró, por su santo simulacro, que lo escogía como propio y nos elegía para hacernos partícipes de su misericordia y de su amor.

¡Cuántas ideas pasaban por la mente, qué arrobamiento más celestial se experimentaba; creíase uno trasladado de pronto a las regiones inefables de la gloria!

            Cada vez se acercaba más el momento deseado: allí junto a la casa de nuestra Madre, la que sus hijos aderezaron con todo entusiasmo, la que esperaba a su Dueña legítima y Señora, avanzó la procesión, no sin grandes esfuerzos y en medio siempre del más delirante entusiasmo; llegó la Santa Imagen a las puertas del Templo y, bendecido éste, entró la Señora seguida de la multitud, apiñándose en el interior una pequeña parte y quedando fuera, por no haber sitio material, la mayor parte de los concurrentes, y prorrumpiendo en vítores ensordecedores al aparecer colocada en su camarín la Virgen de Guaditoca.

            Ante tan crecido número de fieles, y atendiendo a los ruegos incesantes de todos, hubo necesidad de improvisar un altar en el atrio del templo para celebrar la Santa Misa, y a él se trasladó la Santa Imagen, no faltando una mano piadosa que colocó a sus pies la Imagen del Niño Bellotero.

            Celebró la Santa Misa el Cura Ecónomo de Santa Ana, D. Rafael Ordóñez Rivero, y de Ministros actuaron el Cura de Santa María, D. Demetrio Gallardo Fernández, y el Coadjutor D. Rafael Romero Veloso, predicando el que estas líneas escribe. La parte musical estuvo a cargo de un nutrido coro de niños dirigido por D. Pablo Rodríguez González, Capellán de San Vicente, con acompañamiento de armonium.

            Terminada la Santa Misa se trasladó la bendita Imagen definitivamente a su Camarín, no faltando en todo el día del Templo las alabanzas y los cánticos, hasta la tarde, en que cantada la Salve, se dispersó la multitud.

            Como nota interesante hemos de consignar que a pesar de la gran concurrencia, como los nacidos no la habían conocido, y de la natural expansión y alegría, no hubo que lamentar el más pequeño desorden, ni el más leve disgusto.

            Esta página de la historia del Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca, es el más elocuente testimonio de que si bendito nombre vive en el corazón de los hijos de Guadalcanal, y con el amor que estos tienen a su Patrona corre parejas el que le tienen los moradores de toda la comarca, pues todos la aclaman como a su Madre y a su Abogada especialísima.

Han pasado los siglos y a través de las vicisitudes del tiempo y de las mudanzas que forman el obligado cortejo de las cosas humanas, permanece viva la devoción a la Virgen Santísima de Guaditoca.

Hoy, privado el Santuario de sus antiguas rentas de los bienes que le donó la piedad de las generaciones que pasaron, el pueblo fiel y creyente sigue amando y reverenciando a tan piadosa Madre con todas las veras de su corazón, y atiende al culto de la Santísima Virgen, su Patrona amantísima, su generosidad y largueza.

CAPÍTULO XVI

Origen de la feria de Guaditoca.- Importancia del ferial.- Utilidades que reportaba al santuario y a la villa de Guadalcanal.- Las fiestas de la S. Virgen de Guaditoca                                                  

         No nació ciertamente la feria, que desde remota fecha se celebraba alrededor del Santuario de Guaditoca, en Guadalcanal, de privilegio de los Reyes; ni debió su origen a concesión de los grandes Maestres de la Orden de Santiago, a la cual perteneció por luengos años el señorío de la villa; ni la instituyó el Ayuntamiento por auto de sus Alcaldes y Regidores; nació, como otras muchas instituciones populares, de una necesidad, y creció y se desarrolló a la sombra del Santuario de la Virgen de Guaditoca.

          La historia de la Feria y la de la Ermita se confunden, en su origen, con la romería anual, que en la Pascua del Espíritu Santo se celebraba, coincidiendo con las fiestas religiosas que los pueblos y Hermandades de la comarca dedicaban en honor de la que es su Patrona muy amada, a quien veneran con amor de hijos fieles y de cuyo patrocinio esperan socorro, y alivio en sus necesidades.

            De no existir carta o privilegio de concesión del ferial se quiso hacer argumento poderoso a fines del siglo XVIII contra la permanencia de la feria en los llanos que rodean la Ermita de Guaditoca; como si la yedra que nace espontáneamente al pie del robusto árbol, y ya trepando por sus ramas hasta enlazarse con los últimos brotes de su copa, no fuera tan digna de respeto como la que plantó la mano del hombre al pie del ruinoso y carcomido muro, para ocultar el daño que él mismo causara; como si las instituciones que nacen del pueblo, y responden a verdaderas necesidades y toman legítima carta de naturaleza, no fueran más dignas de conservarse que las exóticas, importadas de otras partes, que mueren por faltarles la savia, que sólo se produce en la legítima evolución de las costumbres populares.

            La feria, pues, en su origen no fue más que una Velada, como las que hemos conocido, hasta hace poco, en la misma villa, con ocasión de las fiestas anuales en los alrededores de los Santuarios de la Caridad y de los Milagros, de San Benito y del Santo Cristo del Humilladero, motivada a los comienzos por la misma afluencia de devotos, y creciendo más tarde su importancia hasta llegar  a ser una de las de más justo renombre entre las de Andalucía y Extremadura.

            Del incremento que llegó a alcanzar, en los días gloriosos del Santuario de Guaditoca, puede darnos idea el número de mercaderes y tratantes que acudían en busca de lucro y de ganancia al ferial. El cuaderno formado en 1786 para el ajuste de la cuenta de maravedises que cobró en aquel año la Justicia de la villa, nos da testimonio fehaciente de que allí se vendían desde las vituallas más necesarias para la vista, hasta los objetos más lujosos y superfluos, que podía desear el más refinado gusto. En los Portales, que formaban una gran plaza delante del Santuario, estaban las tiendas de lienzos y sedas, cintas y encajes, sombreros y zapatos, cueros y cordeles de cáñamo, estambres y paños, baratijas y alhajas de oro y plata. En los puestos de las esquinas, y en otros, ya adosados a los muros del Santuario, ya esparcidos por el valle, se vendían vinos, desde los afamados de las bodegas de la Marquesa de la Vega, hasta el mosto de la última vendimia, aguardientes y refrescos, tabacos y turrones, chacinas y abadejo, aceite y vinagre. En mesas y tablas, que arrendaba el Santuario, tenían sus vendejas los jergueros de Sevilla, de Carmona, de Tocina, de Medina de las Torres y de Fuente de los Cantos; los de Montemolín vendían costales, los granadinos pitos, los de Berlanga bayetas, los de Martos cordonería; botones los de Écija y Cabra, frutas los de Palma; sin que faltaran campanillos y cencerros, suelas y horquillas, palas y aperos de labor; herrajes y ferretería, hormas para zapatos, y calzados, paños y estemeñas, espartos, sedas y lienzos; no siendo corto el número de vendedores de garbanzos tostados y alfajores, avellanas y turrones, frutas del tiempo y quesos… y mil y mil cosas más, en que pudieran gastar dinero los peregrinos, ya para proveerse de cera y exvotos que ofrecer al Santuario, ya para llevar a los suyos algún recuerdo de aquellos días que pasaron alegres y contentos en las vegas de Guaditoca.

            Pero la parte más principal del ferial era el mercado de ganados.

            El sitio reunía para ellos las mejores condiciones, no siendo la menos principal el que por allí pasa la vereda real de carnes y que los pastos son abundantes en las dehesas próximas y excelente el abrevadero del río, que besa los muros del templo por el lado sur.

            No faltaría ni el ganado de cerda, ni el vacuno; y concurrían, seguramente, rebaños de ovejas y cabras. De estos ganados no hablan los cuadernos de registros, dedicados solamente a la compraventa de caballerías. Hierros de las más acreditadas cuadras de Andalucía y Extremadura ostentaban caballos, potros y yeguas, mulos y asnos, siendo numerosas las transacciones y viniendo los compradores y vendedores de muy lejanas tierras. Allí se daban cita el modesto labriego y el rico labrador; aquél en busca de la yunta de poco precio que le ayudase a labrar su pegujal, y éste en demanda de brioso corcel; el tratante en ganados de la campiña andaluza y el proveedor de caballos de los regimientos del Ejército; el venido de las márgenes del Tormes y el que comercia con Gibraltar desde el vecino campo de San Roque; el de la Sierra de Aracena, y el de las vegas del Guadiana; los labradores de Carmona y de Écija y Jerez y sus comarcas y los labradores extremeños… hasta de Valencia venían en busca de potros para recriarlos. Dan esos pueblos importancia al ferial y llevan de un extremo a otro el nombre de la feria de Guaditoca.

            La situación del Santuario en el centro de una extensa y rica comarca, en los confines de Andalucía y Extremadura, daba facilidades lo mismo a mercaderes y tratantes que a los compradores; pero la causa principal del incremento que adquirió la feria no era otra, que la devoción a la Virgen bendita de Guaditoca, que atraía a su Santuario legiones de devotos para asistir a las fiestas religiosas que en su honor se celebraban. Sólo las Hermandades de Guadalcanal, Valverde, Berlanga y Ayllones ya daban buen contingente de romeros, a los que hay que agregar los devotos de aquellos pueblos y de otros, aún más distantes, a más del de curiosos y gente desocupada y divertida, que por distracción los unos, por conveniencia los otros, por devoción los más, se reunían a la sombra del Santuario. Por otra parte, el tiempo de las fiestas, en plena primavera, cuando ni se sienten los fríos intensos del crudo invierno, ni los ardores del estío, convidaba a pasar plácidamente unos días en sitio tan ameno como el frondoso valle que riega el Guaditoca, hermoso vergel que rodean bravas montañas.

            Ni que decir tiene que la feria producía ventajas, muy dignas de tenerse en cuenta, en beneficio del Santuario. No es ocasión –en otro trabajo se han consignado las notas oportunas- de decir lo que la Hermandad en sus tiempos, y más tarde los Patronos del Santuario, hicieron con los ingresos de la Feria. Parte de las obras de la Iglesia, su decorado y algunas alhajas, como las andas de plata de la Virgen, se costearon, al menos en su mayor parte, con aquellos ingresos; ni hemos de omitir que, con pretexto de la feria venían muchos, cuyas limosnas engrosaban el caudal de la Señora; pero el pueblo también se beneficiaba, y mucho por cierto, ya con el comercio que se hacía en aquellos días, ya con las facilidades, que tan a mano tenía, para comprar cosas necesarias, o de lujo, sin graves –molestias para buscarlas, ni dispendios cuantiosos para adquirirlas; se aligeraban los impuestos y tributos, que pesaban sobre la villa, porque parte de las contribuciones, que habían de pagarse al fisco por el común de los vecinos, se sacaba de lo que tributaban los mercaderes de la feria. Así no es de extrañar, que el patrono del Santuario en una exposición, en defensa de la Feria de Guaditoca, dirigida al Consejo, escribiera estas palabras: “Es esta feria una de las más famosas de toda Extremadura, con innumerable concurrencia de personas de pueblos muy distantes, por cuya circunstancia consigue esta villa un poco de alivio en su vecindario; por cuanto los que hacen postura a el ramo de su alcabala del viento y a los abastos públicos, esperanzados con el gran ingreso que les produce un concurso tan numeroso y la pluralidad de contratos de ventas y permutas que se celebran, ofrecen y pagan derechos más crecidos que aquellos que prometerían, si no se celebrase la feria. De modo que cuando menos sube esta ventaja a mil ducados de vellón, que dejan, por esta causa, de repartirse a el común de su vecindad, por hallarse el pueblo encabezado, y cederían indispensablemente a la Real Hacienda, si se administrase de su cuenta.”

          Todo tenía su centro en la hermosa Reina, que aparecida en las márgenes del manso arroyuelo, que serpentea entre riscos y peñascos, era el imán que atraía a aquellas multitudes, que por honrar a la Virgen de Guaditoca emprendían larga jornada, sin importarles lo penoso del camino, ni las molestias de la estancia en aquellos lugares, pues no había alojamiento para tantos.

          Casas propias tenían las Hermandades, y en ellas, aunque con estrechez, había posada para los cofrades y paniaguados; también la tenía la Justicia de la villa para sus oficiales y ministros; y abierta estaba la de los Patronos para amigos, deudos y conocidos; en portales y tiendas improvisadas vivían cuantos podían, y otros, con más modestia, sentaban los reales bajo las copudas encinas, quedando para los demás el gran palacio que fabricó la mano del Altísimo, poniéndole el hermoso cielo por techumbre y por muñida alfombra el verde césped.

          Pero todo se sufría gustosamente por estar al lado de la hermosa Virgen, de quien esperaban el remedio de sus males, o a la agradecían los favores recibidos. Con lágrimas, que arrancaba el más puro amor, regaban el suelo de la Ermita y dejaban en sus muros testimonios de su gratitud: y si la alegría se enseñoreaba de aquellas multitudes, que acortaban lo largo de los días con fiestas improvisadas, la piedad más sincera se respiraba a la vez, siendo continúo el ir y venir, el entrar y salir en el templo, donde está el trono de las misericordias y del amor de la que escogió aquel lugar para dispensar a manos llenas los tesoros que puso en sus manos el Eterno para distribuirlos con largueza entre sus hijos y devotos.

          La animación y vida comenzaba desde la víspera del día de Pentecostés; a la caída de la tarde hacían su entrada las Cofradías erigidas en los pueblos para culto de la Virgen, precedidas de estandartes y presididas por los oficiales de mesa, mayordomos y alcaldes, y su primera visita era para la Santa Imagen, que vestía sus mejores galas, y recibía el homenaje oficial de la veneración y amor de sus cofrades y devotos. El desfile de estas procesiones no dejaba de ser vistoso, y las casas en que se hospedaban las Cofradías era desde aquel momento, otros tantos centros obligados de concurrencia, ya por las visitas mutuas, que impone la cortesía, ya por la largueza y buena voluntad con que se obsequiaba a cuantos pisaban sus umbrales.

          A la mañana siguiente llegaban el Corregidor de Guadalcanal y el Alguacil mayor de la villa, los oficiales de la Audiencia y los ministros ordinarios de la Justicia, seguidos de los guardas de campo, para velar por la conservación del orden público, corregir desmanes, perseguir el juego ilícito y velar por el cumplimiento de las ordenanzas de buen gobierno, asistir a los tratos y contratos y evitar desfalcos a la Hacienda pública. A veces, asistía alguna sección de tropas, ya de las que hubiera accidentalmente en la villa, ya enviada expresamente por las autoridades superiores de Llerena. Y hemos de consignar, en honra de aquellas generaciones, que el orden más completo reinó siempre; pues cuando en 1786 buscábanse toda clase de motivos y causas, para trasladar la feria, sólo de un pequeño robo y sin importancia se hace mención. Una mujer, llamada la Extremeña, en compañía de su yerno, Bernardo el francés, robó el último día unas enaguas, que fueron recuperadas, y no prendieron a la autora del robo, porque se les escapó a los alguaciles entre la gente que había en la Iglesia y la perdieron de vista.

          Sigamos nuestro relato. A medida que entraba el día de Pentecostés engrosaba el número de devotos y feriantes, se terminaba la colocación de puestos y vendejas y para la tarde todo quedaba bien ordenado y dispuesto. Desde el amanecer se celebraban misas en el Santuario, en cumplimiento de Capellanías unas, y otras por encargo de los fieles, y siendo crecido el número de sacerdotes de Guadalcanal y del contorno, que allí se reunía, no eran suficientes para atender las peticiones de los fieles. Las Hermandades celebraban desde este día sus funciones, rivalizando cada una y esmerándose para que la suya fuera más solemne que las de las otras.

          Ni que decir tiene que la Iglesia, hermosa de suyo, estaba engalanada, no siendo el menor de sus adornos las ricas colgaduras de damasco rojo que recubrían sus muros. A la puerta estaba el bufete para recibir limosnas y regalos, y lo mismo se depositaba el maravedí que la moneda de plata; allí se quedaban alhajas y joyas, gallinas y queso, turrones y frutas; cada uno dejaba lo que sus posibles le permitían a su devoción, y todo se vendía después y reducía a dinero.

          La función principal se celebraba el segundo día de Pascua por el Clero de Santa María, y antes de ella se cantaba la misa que dejó dotada perpetuamente D. Alonso Carrasco, el restaurador del Santuario.

          La última tarde salía la procesión; en ella formaban primero las mujeres, que llevaban en andas de plata el Niño Bellotero, y después los hombres con la imagen de la Virgen en sus andas de plata también; desfile triunfal en medio de aquella multitud devota y creyente, que mezclaba los vítores con los suspiros, las alabanzas con las súplicas. Lentamente recorría el cortejo la gran plaza que está delante del Santuario, siguiendo la acera derecha de los portales, para volver por la izquierda, y de una costumbre de entonces, aún quedan vestigios: al pasar por los puestos de confituras, arrojaban puñados de ellas a las andas de la Virgen, sin que faltara quienes se apresuraran a participar del obsequio, aun con alguna exposición de daño por la aglomeración de gentes.

          Deteníase el cortejo, antes de entrar en el templo, en la margen del río, y colocábanse las andas de la Virgen en la peña de la aparición, siendo este el momento de mayor entusiasmo para aquella abigarrada multitud, compuesta de andaluces y extremeños, de traficantes de ganados y de aristócratas linajudos, de damas engalanadas y de mozuelas alegres; de devotos cofrades y revoltosos chicuelos; en donde se confundían el platero cordobés, que trajo para negociar las más ricas y delicadas alhajas que producían los orfebres de la ciudad de los califas, con el buhonero, que por todo negocio ganó unos reales vendiendo muñecos de barro entre la gente menuda; el vendedor de refrescos y la pobre mujer buñolera y el gañán que dejó el ganado en la vecina dehesa, con el rico hacendado y el fijodalgo… Momento sublime ¡cuántas peticiones! ¡cuántas lágrimas! ¡cuánto amor!… Desde las orillas del Guaditoca volvía la procesión al templo, no sin detenerse para pujar los mástiles de las andas y tener la honra de entrar sobre sus hombros las veneradas Imágenes en su Santa Casa.

          Los últimos vivas a la Virgen eran el anuncio del desfile de aquella multitud, que regresaba a sus hogares hasta el año siguiente.

          Tal era la Feria de Guaditoca.

          ¡Cuántas veces recorriendo aquellos lugares, en medio de la tranquilidad y calma que en ellos se siente, contemplando los restos que respetó la piqueta demoledora y la acción de los años, he recordado aquellos días de gloria para el Santuario, y he querido rehacer en mi fantasía aquél cuadro!

CAPÍTULO XVII

La feria de 1784.- Asistencia del corregidor Iranzos.- Incidente entre el Patrono y el colector de Sta. María.- Mediación del corregidor.- Demanda contra el patronato en la audiencia del corregidor.- Competencia de jurisdicción.- Sentencia del corregidor condenando al patronato.                       

            Ocho días antes de la feria de 1784 se había posesionado del cargo de Corregidor de la villa D. Antonio Donoso de Iranzos, Abogado de los Tribunales de la Nación, honrado y probo funcionario, amante del cumplimiento de sus deberes y deseoso de hacer el bien y de favorecer los intereses de la villa; buenas cualidades que en parte neutralizaban el desconocimiento del modo de ser del pueblo que le tocó gobernar, y el recelo con que miraba cosas y personas.

            Era Alférez mayor de la villa y Patrono Administrador del Santuario D. Juan Pedro de Ortega, como heredero del Marqués de San Antonio de Mira el Río, quien alcanzó de Felipe V ambos honrosos cargos para sí y sus sucesores.

            No existía la antigua Hermandad de la Virgen de Guaditoca, y la defensa de sus derechos, la administración de su caudal y el fomento del culto pertenecían, como consecuencia del aquel patronato, a D. Juan Pedro de Ortega. No es ocasión de enjuiciar    –porque lo hemos hecho en otra parte[121]– acerca de los bienes, o males, que tal Patronato ocasionó al Santuario, a sus bienes y al culto de la Virgen; pero sí conviene aquí recordar que el tal patronato despertó recelos en la Villa, ambiciones en sus Regidores, perjuicio y merma de los caudales, y a la postre cayó, no sin llevarse como cosas propias, lo que no le pertenecía, dejando sin bienes al Santuario y hasta sin ropas ni alhajas a la Señora.           

           Dado el rango social de D. Juan Pedro, pues pertenecía a la rancia nobleza de la villa, y su cargo de Alférez, entró pronto en buena amistad con el nuevo Corregidor, y de labios del aquel oyó éste ponderar lo grandioso de las fiestas de Guaditoca, la importancia del ferial y lo hermoso de aquellos lugares, y creció el Corregidor en deseos de asistir a las fiestas, ya que por cumplir con su cargo, ya también por pasar unos días de honesto esparcimiento, aceptando muy gustoso el hospedaje que le brindaba D. Juan Pedro en las casas del Patrono, contiguas al Santuario, donde podía estar bien acomodados y asistido durante su permanencia en Guaditoca, en aquellos días en que se trasladaban los moradores de la Villa a aquel sitio para asistir a las fiestas en honor de su Patrona.

            En la mañana del primer día de feria hizo el Corregidor su viaje con el lucido acompañamiento que a su posición correspondía, y pasaron los tres días de la feria sin el menor contratiempo que lamentar, y con la alegría y contento que causan y producen la amable compañía de buenos amigos, posada bien acondicionada, mesa rica y abundante y la consideración y delicado trato de gente bien acomodada y de esmerada educación.

            Todo lo inquirió el Corregidor; visitó el ferial con todo detenimiento; inspeccionó puestos y barracas, vio los ganados, asistió a los tratos, y todo transcurría a pedir de boca… Algunos planes iba formando en su mente para el porvenir, pero, como hombre de prudencia, los guardó en su interior, sin que nada de ello pudiera traslucirse.

            La tarde de la procesión, poco antes de ella, surgió un pequeño incidente entre el Colector de la Parroquia, D. Francisco Marqués y el Patrono por el pago adelantado de la asistencia a los Clérigos de la Comunidad de Santa María; cuestión ya surgida en el año anterior y de la que ya conocía el Vicario eclesiástico.

            Sostenía el Colector que el Patrono estaba obligado a pagar a todos los Clérigos, aunque no fueran presbíteros, y se empeñaba el Patrono en que sólo los sacerdotes tenían ese derecho, y reclamaba que el Colector le entregara la nómina de los asistentes, y a esto se negaba el Colector. Discutían uno y otro con razones, pero sin venir a un acuerdo, y llegó a amenazar el Colector con que no saldría la procesión, si no accedía el Patrono a lo que él creía justas pretensiones. Produjo la amenaza sus resultados, porque ante tal suspensión palidecía el Patrono, que medía las consecuencias gravísimas que esto podría ocasionarle, y solicitó la mediación del Corregidor. Intervino éste amistosamente, limando asperezas, pero con cierta reserva, y se avino D. Juan Pedro a pagar, y concedió el Colector la salida de la Virgen, terminándose el incidente, al parecer en paz, pero quedando abierta una sima entre el Corregidor y el Patrono, tan profunda que se absorbería la amistad, que solo contaba de garantía con una semana, o poco más, que llevaban tratándose.[122]

            El incidente de la procesión fue una nubecilla muy pequeña en el hermoso cielo de la feria de Guaditoca: no pasarían muchos años sin que se desencadenase la borrasca.

Días después de la feria, no habiendo pagado D. Juan Pedro los derechos al Colector, acudió éste a la Audiencia del Corregidor para que obligara a D. Juan Pedro a “que luego incontinenti, y sin dilación alguna, apronte los doscientos treinta y un real, derechos beneficiales causados para satisfacer a sus individuos (los Clérigos de la Comunidad), sin admitirle escusa alguna, por ser causa privilegiada, apercibiéndole que en lo sucesivo evite todo escándalo en semejantes actos y se abstenga de valerse de pretextos que no son de su inspección, satisfaciendo igualmente las costas causadas”.

Muy diligente se mostró el Corregidor en este asunto ¡ojalá que más tarde hubiera tenido la misma diligencia en cumplir las órdenes del Consejo! Y por auto del mismo día, mandó que pagase D. Juan los reales que le mandaba el Colector “sin dar lugar a contiendas o nuevas instancias y guardando al clero la justa y regular consonancia”.

 Por no estar en las casas de su morada D. Juan Pedro no pudo notificársele el auto hasta el día 11; más como pasaran días sin que cumpliese el Patrono el mandato de la Justicia, fue requerida ésta, el día 15, por el Colector para que urgiera a D. Juan el pago de los derechos devengados por la Procesión, accediendo el Corregidor, en el mismo día, a la petición y señalando un plazo de dos horas a D. Juan para cumplir el auto del día 4, cargándole a más las costas. Nuevo auto dio Yranzos el día 16[123]  al recibir el exhorto del Juez eclesiástico en que reclamaba el conocimiento de este litigio, descargando sus iras contra el notario de la audiencia eclesiástica y mandando poner en prisión a D. Juan Pedro de Ortega, como lo hizo el Alguacil mayor de la Villa, D. Vicente Maesa, personándose en la morada de aquél, acompañado de escribano y alguaciles y notificándole “que guardase carcelería en sus referidas casas habitación” y en ella quedó de cuenta y riesgo del dicho Alguacil.

No puede por menos de sorprender el ver salir a la defensa de la jurisdicción real en este litigio al Colector Marques. De aquella nada esperaba alcanzar y de ésta confiaba poder conseguir sus pretensiones, y en el escrito que entregó, deslizaba estas acusaciones nuevas contra el Patrono: “Si se reconocieran las cuentas que ha formado para las visitas del aumento del caudal de la Virgen y distribución de él, se advertiría el desengaño y se hace ver, por las considerables sumas que percibe, la ninguna asistencia a dicha Imagen y su Ermita, pues en ésta no hay lo preciso para el culto divino”. D. Juan también acudía, pero en defensa de la jurisdicción eclesiástica, y suplicaba al Corregidor “que, usando a mayor abundamiento de su noble oficio judicial y la decensia que a la industria de mi labor se sigue en el actual tiempo de recojer las mieses, se sirvan alzarme in continenti la carcelaria que estoy cumpliendo por efecto de mi obediencia”. También pedía la condena de Marques por su temeridad y que se le obligara a acudir a la Audiencia del Vicario.

Adversa fue a D. Juan la sentencia del Corregidor[124], dada en 20 de Junio, y en el mismo día pagó el Patrono los 231 reales, que debía abonar a la colecturía y las costas, que se regularon en 123 reales.

Terminó aquí, al parecer, el asunto; pero este era el comienzo de una serie de pleitos y litigios, cuyo final sería el traslado de la feria, viniendo así a la postre a pagar el Santuario las rencillas y disgustos de unos con otros. En mala hora se unió la suerte de aquel a una familia, pues si disfrutó en parte del auge de esta, también fue arrastrado a la decadencia y ruina que a ella más tarde sobrevino.

CAPÍTULO XVIII

La feria de 1785.- Remuneración que exigió el corregidor al patronato para pagar la asistencia a la feria de la justicia de la villa.- Ajuste de los derechos de asistencia.- Reclamación del corregidor.- Paga D. Juan Pedro de Ortega las expensas que se exigen y apela al Consejo de las Órdenes Militares.- Dilaciones del corregidor en cumplir las órdenes del Consejo.- Nueva apelación del patrono.- Nombramiento de D. Cayetano de Ayala de delegado del corregidor.- Asistencia de éste a la feria.-

Ni que decir tiene que no pensó el Corregidor y Capitán de guerra de Guadalcanal y su tierra, Don Antonio de Iranzos, en ser huésped de Don Juan Pedro de Ortega en las fiestas de Guaditoca de 1785.

            Para proporcionarse el resarcimiento de las expensas que tuviera que hacer en Guaditoca, pagar a los oficiales y ministros de su Audiencia, y a la tropa de auxilio y guardas, acordó en 14 de Mayo que, previa la atención de cortesía, se le comunicase al Patrono del Santuario que esperaba el Corregidor se comprometiese aquél a dar la debida remuneración, y en caso contrario, se interviniese la exacción que se hacía a los feriantes, recaudándose de entre ellos la cantidad necesaria. [125]        

            No estaba en aquellos días en la villa D. Juan Pedro, por encontrarse ya en Guaditoca disponiendo los preparativos de las fiestas. Allí le sorprendió la visita del Alguacil mayor, D. Fernando López, y del escribano Robles, que le llevaban el recado político que le mandó Donoso. Después de los saludos de cortesía “se le dio por mí –dice el Alguacil mayor en su testimonio- el recado político que previene la citada providencia en orden a que de la masa y fondo productivo de dicha feria, dispusiese satisfacer dietas al Juzgado y sus subalternos, o por mejor decir, remunerar su ocupación, vigilia y diligencias extraordinarias, que ocasiona la concurrencia; advirtiéndole ambos que dicha diligencia era puramente política, sin embargo de que había providencia conforme a su espíritu, que determinaba otras diligencias: y enterado dicho D. Juan respondió estar muy conforme en todo lo que dispusiese su Merced: y en fuerza de dicho allanamiento y conformidad omitimos las ulteriores diligencias, que en caso de resistencia nos preceptuaba la mencionada providencia del 14, y pasado algún corto espacio de tiempo, se presentó dicho Mayordomo con la pretensión de que, bajo las mismas circunstancias de urbanidad, le manifestásemos dicha providencia, y así se ejecutó, corriendo el negocio con el mismo semblante, sin advertirse en el Mayordomo la más mínima repugnancia.” Una petición hizo el Patrono y le fue concedida; que se prorrogase la feria por dos días más[126].

            Y aquí podemos decir, ante la tranquilidad y paz con que se desarrolla esta entrevista, que la procesión iba por dentro: porque estaba muy reciente lo ocurrido, con ocasión del pago al Colector; y bien recordaba D. Juan Pedro como las gastaba el Corregidor, que llegó hasta encarcelarlo. Lo mejor, por tanto, y lo más prudente era callar, por el momento, y preparar después su defensa, acudiendo para ello a donde fuera menester.

            Llegadas las fiestas se personó en Guaditoca el Corregidor en la mañana del día primero “… y por el informe que el escribano le dio no hizo novedad; aunque me previno –dice el Alguacil– tomase una ligera apuntación de la contribución de los mercaderes y demás concurrentes que con tiendas, platerías y otros efectos ocupaban los portales y demás sitios de la circunferencia del santuario. En este tono discurrieron los días de la feria hasta que el último, o penúltimo, tomada por nosotros ligera apuntación y noticias de dicha contribución, por faltar algunos feriantes, que se habían retirado, nos avocamos y se trató de la regularización de dietas para el Juzgado, que ascendieron, por cinco días de ocupación, y sin inclusión de las de su Merced el Corregidor, a cuatrocientos sesenta reales de vellón que aprontó el Mayordomo, y de que di recibo yo el Alguacil mayor; pero todo con la cualidad de sin perjuicio de lo que se sirviese disponer el Señor Corregidor, atendiendo a que aquella regulación se había hecho con considerable equidad y nada suficiente a reportar la incesante tarea que ofrece la feria, incomodidades y gastos de sostenerse de nuestra propia sustancia, pues a cada uno de nosotros aplicamos 24 reales diarios, y a un guarda de campo y dos ministros ordinarios a 12, sin haberse tenido presentes otros dependientes que así mismos concurrieron y el refresco que efectivamente se costeó a la tropa de infantería de Cataluña, que asistió a todo lo necesario y que dicha cantidad se haya distribuida”.

          Como transcurrieron varios días, pasada la feria, sin que el Patrono abonase el resto de las dietas, que correspondían al Corregidor y a otros dependientes de su autoridad, mandó nuevamente Donoso que el escribano “diese de nuevo recado político al Mayordomo de que con respecto a la feria y de la mejor equidad restaban 368 reales, e intimado por mí (el escribano) dicho oficio político, respondió el memorado D. Juan que los pondría en mi poder”.

            Pensó seriamente D. Juan en la conducta que debiera seguir en este asunto y no pudiendo resistir las providencias del Tribunal del Corregidor por ser súbdito, por su calidad legal y empleo de Alférez mayor, queriendo evitar las estrecheces de algún apremio, nada decoroso a su estimación, como acaeció en el año anterior en que se le puso preso en sus casas, por atribuirle inobediencia a los preceptos del real juzgado, abonó el día 31 de Mayo, los 368 reales, que se le exigían, acompañando un escrito razonado de protesta.” [127] 

            Consignadas las cantidades en la Audiencia, y no viniendo conformes lo que declararon el Alguacil y el escribano acerca del modo de recibir D. Juan Pedro el recado político del Corregidor, mandó este que informasen aquellos, como lo hicieron el día 31 de Mayo [128]         A tal estado habían llegado los asuntos de la Feria que no quedaba a D. Juan Pedro de Ortega otro camino a seguir que, o acudir al Consejo de las Órdenes, con todas las molestias y gastos que había de ocasionarle, o entregarse por completo  en manos del Corregidor. Ni su posición social, ni su dignidad herida, ni las consecuencias que temía podrían sobrevenirle, le aconsejaban la sumisión a Iranzos: su decisión, fue clara: apelación, que abarcara el litigio con la Colecturía y las injustas exacciones del Corregidor.

            Con fecha 29 de Junio firma D. Juan Pedro el escrito de alzada al Consejo[129]; y se pasan dos meses sin que aquel alto tribunal dicte providencia. El 6 de Septiembre se dictó auto por el Consejo y se mandaba enviar copia de la Representación del Patrono al Corregidor “para que informara con justificación sobre su contenido”.

          Mucho confiaba Donoso en la cooperación del tiempo para salir airoso de este asunto; dejó correr lo que quedaba del año y parte del siguiente, de 1786, sin que se ocupara de él. Ya se acercaba otra vez las Fiestas y se empezó a rumorear que la feria se celebraría en la Villa, creciendo el rumor y presentándose con tales visos de realidad que llegó a inquietar seriamente al Patrono, D. Juan Pedro de Ortega, temeroso, de que el Corregidor cometiese tal desaguisado. De Donoso se debía temer todo. Acudió nuevamente al Consejo pidiendo que urgiera al Corregidor el cumplimiento de la orden de Septiembre y pusiera coto a los planes del traslado de la feria [130] consiguiendo nuevas órdenes del Consejo, que comunicó en carta oficial su Secretario, el Marqués de Hinojosa, al Corregidor, y en la que decía: “ha resuelto el Consejo que comunique a V. md. esta orden para que evacue el referido informe, que le está pedido; no haciendo novedad entretanto en cuanto a la celebración de la feria.”.

          Por fin se conseguía detener los planes del Corregidor, pero el peligro, sorteado de momento, seguía amenazando.

          Llegó el día 20 a poder del Corregidor la carta y al punto mandó buscar con toda diligencia la anterior comunicación del Consejo, para darle el debido cumplimiento. No fue afortunado el escribano Escutia (lo era del Juzgado del Corregidor por ausencia de Robles) en la búsqueda del documento, y después de infructuosos trabajos “sin haberlo encontrado, no hago memoria,  -dice- de haberlo visto y acaso parecerá entre los papeles que dejó cerrado en su oficio Diego Vicente Robles, mi compañero, que sirvió la escribanía hasta Octubre o Noviembre del año próximo, que se retiró, sin haber vuelto hasta hoy 22 de Mayo.” Mandó Donoso que se registraran los papeles de Robles, “que se mantenían en un cuarto bajo de las casas donde vivió y cuya llave tenía Agustín Ugia”, y por fin el día 24 pudo tenerse en las manos la carta orden del Consejo.

          Otros dos días tardó el Corregidor en preparar su auto y el 26 pidió a D. Juan Pedro de Ortega “que manifieste o diese razón del título de concesión o privilegio que se haya ganado para la celebración de la feria, que pretende hacerse a vista del Santuario de la Ermita de nuestra señora de Guaditoca, de este término, y acredite el terreno y edificios que le pertenezcan con exhibición de los títulos o documentos a su favor y relación de cuentas dándole dos días plazo.”

          Como se ve, desviaba el Corregidor el asunto principal de la apelación del Patrono y acudía a lo secundario: al traslado de la feria; pues esto era lo que le preocupaba y hacia donde dirigía sus pasos desde 1784.

          Hasta el día 29 no fue posible entregar a D. Juan copia del Auto, por haber estado ausente hasta ese día, preparando las fiestas en Guaditoca: enviando a los dos días al Juzgado un informe sobre el origen de la feria y suplicando al Juez que no se le obligase a sacar copia de los documentos que había de presentar para cumplir su providencia, sino que, para evitarse gastos, se extractaran judicialmente.

          Volviose otra vez a Guaditoca el día 1º o más tardar el día 2 “sin duda para mantenerse el tiempo de la concurrencia, que con el nombre de feria se espera en la próxima Pascua de Pentecostés, sin haber dado, ni exhibido las cuentas de los productos de su tiempo, ni razón alguna de haberlas dado, o no,” y el día 3 dispuso el Corregidor enviar un Delegado de su autoridad a la feria [131] con instrucciones concretas y “sin exigir esta vez el pago de dietas, por no poder concurrir él por diferentes ocurrencia que le impiden”. Recayó la delegación en Don Cayetano de Ayala, pues el Alguacil mayor, D. Pedro de Tena y Cote, no andaba bien de salud, y aceptó aquél en el mismo día, “prometiendo desempeñar la Comisión con la mayor diligencia, celo y actividad y dar los partes que sean necesarios al Sr. Corregidor.” También fueron requeridos los ministros ordinarios del Juzgado Manuel Giles, vulgo Tablantes, y Antonio Trigueros, y los guardas de campo Basilio Cortés y Francisco Contreras, todos los cuales emprendieron el camino de Guaditoca a la mañana siguiente, a hora de las siete.

          Nos ha dejado el escribano testimonio en el expediente de la asistencia de Ayala a la feria: “Doy fe –dice- que habiendo permanecido dicho Sr. Comisionado regenteando la Jurisdicción real los tres días de Pascua de Pentecostés en el sitio y santuario de Guaditoca, término y jurisdicción de la villa de Guadalcanal, (a motivo del concurso grande de gentes que con diferentes géneros venales concurren a él) con la misma asistencia que trajo de dicha villa, haciendo las dos noches intermedias las rondas necesarias, la primera por medio de sus subalternos y la segunda (que es la de más cuidado) con su persona misma, aquellos y alguna tropa, retirándose a descansar siendo la hora de las dos; y levantadas ya cuasi todas las gentes, se devolvió conmigo el escribano, ministros y guarda de campo Basilio Cortés (dejando aún en aquel sitio al otro guarda, Francisco Contreras) y llegó a esta villa bien la noche del día último de dichos tres.”

          “Hizo relación el escribano –según le estaba mandado- y asiento individual de las partidas de dinero que han contribuido para el santuario de nuestra Señora de Guaditoca en esta que se dice su Feria por pascua de Pentecostés de 1786; los puestos públicos de ella extra de los portales, casillas para el abasto del vino, aguardiente y otros licores, mesas y tablas.” Importante documento, como lo son los cuadernos de compra-venta de ganados, que han llegado hasta nosotros, para ver la importancia del ferial.

          Un pequeño incidente ocurrió tan de poca monta, que no lo menciona el Escribano en su testimonio, el robo de unas enaguas[132].   Por lo que toca al cumplimiento de la orden del Consejo, seguía incumplida, no por culpa del Corregidor, sino por no haber comparecido D. Juan Pedro aportando los datos que se le tenían pedidos.

          Bien conocía el Corregidor los recovecos de un expediente y el modo de alargarlo.

CAPÍTULO XIX

Nuevas instancias de D. Juan Pedro de Ortega al Consejo.- Despacho de éste mandando al corregidor en cumplir las órdenes del Consejo.- Excusas del corregidor.- Nuevas dilaciones.- Examen de las cuentas de la administración del santuario.- Informe del Ayuntamiento.- Suspensión de las actuaciones.              

Un año había corrido, desde la apelación de D. Juan al Consejo, sin que el Corregidor hubiese cumplido con tal lapso de tiempo los mandatos del Tribunal más alto de las Órdenes Militares, por lo que el Patrono creyéndose en el deber de acudir nuevamente para defensa de su derecho, exponiendo el nuevo agravio que le había hecho el Corregidor en este año, “contraviniendo notoriamente al contexto de la última orden en la que se le prevenía no hiciese novedad en cuanto la celebración de la feria”, suplicando al Consejo que “bajo la multa que fuese de su agrado”, se sirviese ordenar al Corregidor que “a correo seguido” evacue el informe que se le tiene pedido, “el cual sea extensivo a la novedad causada en la feria de este año.” 

            En el mismo día, 12 de Septiembre, en que se presentó por Domingo Gómez Serrano el pedimento, se libró carta-orden por el Consejo para que el Corregidor informase, según la súplica de don Juan.

            Recibida la comunicación por Donoso el día 22, dio nuevo Auto obedeciendo la orden y dispuso la petición de nuevos documentos, entre otros el relativo al robo que hizo la Extremeña, pero siguió si emitir su informe; llegamos al mes de Diciembre y D. Juan Pedro hubo de acudir otra vez al Consejo con nuevo pedimento, suplicando esta vez “que impusiese al Corregidor la multa de 500 ducados y librándose sobre-carta de la Real provisión anterior, sometida al alcalde mayor de orden más cercano, pase a Guadalcanal a hacer dicha multa efectiva con todas las costas que se causen, como asimismo las del despacho que se librase, entendiéndose esto para que el Regidor decano evacue el informe pedido y lo remita incontinenti con las diligencias, y que se me entreguen los autos para en su vista exponer y alegar lo que a derecho de mi parte convenga”.  Libró el Consejo nuevo despacho, fecha 1º de Diciembre [133] para que cualquier escribano requiriese al Corregidor a fin de que en el plazo de 15 días y con pena de 200 ducados cumpliese lo que se le tenia mandado, y llegada la provisión real a manos de D. Juan, requirió al escribano Escutia para su cumplimiento, dándose este por requerido, y pasando en el mismo día, 16 de Diciembre, a las Casas del Corregidor para intimarle la provisión real; pero no hubo ocasión “por hallarse ocupado en su despacho con el escribano Antonio Melgarejo examinando testigos, o recibiendo declaraciones a varias personas de esta villa, a consecuencia de orden superior sobre asunto del perito de ella. Al día siguiente fue festivo y cuando volví –dice el escribano- en la mañana de este –18 de Diciembre- para el propio efecto encontré a su merced con la villa en Ayuntamiento, el cual duro hasta después de la una.” Volvió al siguiente día “hallando a dicho señor en disposición de poderle intimar la real previsión (precedida la atención y urbanidad que es debida), se le intimó e hizo saber a la letra, cumpliendo lo que en ella se manda, y por su merced vista, dijo que la obedecía, y obedeció por su parte con el respeto que debe y acordó que, para venir a su cumplimiento se busquen los antecedentes y se traigan con ella para darles el curso que corresponde.”

            No podía faltar la explicación de la demora del Corregidor en el cumplimiento de un –deber tan sagrado para él, como la obediencia debida a tan alto Tribunal, y excusó su tardanza ya “por las dificultades del asunto, ya por las enfermedades padecidas desde el mes de Julio por su merced, el presente escribano y Gerónimo Muñoz de Espinosa, su compañero, único en aquella sazón, y de resultas de cuya muerte ocurrieron otras y muchas urgentes ocupaciones y desempeño de varias órdenes detenidas del mismo Consejo y otros superiores Tribunales.”

            Ya parecía dispuesto el Corregidor a marchar con más velocidad en el asunto; al día siguiente puso manos en él, para mandar insertar una Orden del Ministerio de Rentas para informar sobre la feria (tenía la carta en que se la habían comunicado desde Llerena, fecha 7 de Octubre) y que se llevará después el expediente para  despacho “pasada la próxima vacación, con respecto a las muchas ocupaciones de oficio que ocurren en su intermedio.” Los días que corrieron entre el 10 y el 22 de Enero de 1787 se emplearon en ver los libros y papeles, que presentó D. Juan Pedro, y en poner autos y providencias. Por fin, en la última fecha citada, “acordó su Merced se despache sin más dilación el informe decretado”; pero mandó también que se formara relación del expediente sobre el pago de los derechos a la Colecturía en 1784 y sobre las dietas a la Audiencia, insertando el Informe del Ayuntamiento sobre el patronato, y otra porción de documentos y noticias, que debían reunirse y para lo cual hacía falta algún tiempo. El día 28 “puso el Sr. Corregidor el informe para el Real Consejo, compuesto de cuatro hojas y en papel de a veinte maravedís, yendo escrito de mi puño –dice el escribano– el cual y testimonio por mí dado puso bajo cubierta con subscrición del Real servicio y por mano de Francisco Antonio Larrasa, Secretario de Cámara de dicho superior tribunal, a efecto de que lo presente en él, cuyo pliego cerrado llevé yo, y puse en casa de Nicolás José de Arenas para su destino a Madrid, por ser quien de presente corre con la correspondencia del público de esta villa.”

            Párrafo aparte merece las cuentas que presentó D. Juan Pedro de Ortega, y no sale, por cierto, bien parada la Administración del Santuario.[134] Nos detenemos en esto por no aglomerar cargos contra el Patrono, aunque bien merecidos los tiene, si se exceptúan los días de la Administración de los Marqueses; sino porque esta administración, no provechosa al Santuario, debió ser causa en unos de decidirse por cuantos medios podían ser conducentes a anularlas, o al menos a disminuir sus ingresos, y en otros de presenciar indiferentes estas luchas, en las que, al remate de cuentas, saldría perjudicado el Santuario y el culto de la Virgen. Si hubiera seguido la Hermandad al cuidado del culto y del Santuario, seguramente otro sesgo hubieran llevado los asuntos. El patronato no hizo más que considerar como propios los bienes que no le pertenecían, llegando una época en que dispuso de lo que quedó con olvido de sacratísimos intereses y lesión de justísimos derechos.

            Declaró D. Juan Pedro que del tiempo de su administración había rendido cuentas del primer trienio al Vicario general “que es a quién corresponde la Visitación de la Ermita y cuentas”, y que se le mandó invertir “el alcance que contra el Administrador resultó de 600 reales en el mayor culto de la Virgen y ornato de la Ermita, lo cual ejecutó incontinenti; estando los otros años pendientes de aprobación por no haber venido a la Visita del Vicario general”. Presentó el mismo D. Juan al Corregidor, en 21 de Enero de 1787, “cuatro libretes de cuentas” y su examen dio el siguiente resultado: los productos de la feria en 1783 importan 1.900 reales; los de 1784 suman 2.471 reales; 1.754 reales y medio los de 1.785, y 212 reales y medio los de 1.786; pero notó el Corregidor la falta de hojas, claros y otros particulares que al por menor pueden verse la certificación que firmó el escribano Escutia.

            El Auto del Corregidor del 22 de Enero del mismo año   contiene duras apreciaciones para la gestión de los Patronos[135]-Administradores; “además de ser la certificación, que firmó el escribano Escutia, unos borradores manuales de las exacciones de las últimos cuatro ferias, padecen de primera vista los repasos de menos formalidad, dispersión, falta de numeración y las de contener más que el del último año los valores de las cinco casas que en todas ha tenido arrendadas para el alcabalero y tiendas de licores, unos de los mayores renglones de la feria; ni tampoco las limosnas y ofertas, y aun pujas, que todos los años se hacen, ni tampoco las muchas limosnas de Misas, que en el discurso de la dicha feria se recogen y aún de algunas reses y alhajas, como también entre año…

            Hasta el 23 de Junio no dio el Ayuntamiento el informe[136] que se le tenía pedido desde el 22 de Enero. Siempre las mismas dilaciones.

Los sucesos del siguiente año de 1788 los hemos referido en otro lugar; pero hemos de hacer mención de dos hechos: el primero la muerte de D. Juan Pedro, en Octubre, y el segundo haber cesado en el Corregimiento de la Villa D. Antonio Donoso de Iranzos, sucediéndole D. Martín Castelló.

            Quedó pues en suspenso toda actuación; pero dispuesto el Ayuntamiento a recabar un derecho, que creía tener, de Patronato sobre el Santuario, aprovechándose de la viudez de D.ª María Teresa de Tena y de la menor edad de su hijo D. Francisco, a quién correspondía el derecho de su padre, para recabarlo. En entretanto queda un poco olvidado el traslado de la feria, hasta que venga a la Villa otro Corregidor que haga de este asunto el objeto principal de sus desvelos.

            En la villa quedó D. Antonio de Iranzos dedicado al noble ejercicio de la abogacía, y cuando pasaron cinco años, y volvió a suscitarse el pleito de la feria, lo encontraremos defendiendo la permanencia de ésta en Guaditoca, como abogado de D.ª María Teresa.

            ¿Fue este cambio efecto de convencimiento? ¿Fue solo cumplimiento del deber profesional? ¿Se debió tal mutación a oposición hacia el que por aquel entonces ocupaba su puesto? ¿Pudo ser efecto de la caballerosidad y nobleza de sus sentimientos, al ver sostener desigual combate a una dama en el desamparo de su viudedad?

            A través de los folios del largo expediente quedan sin contestación estas preguntas.

            Algún dato nos deja el expediente de la feria de 1789 y siguientes y hemos de aprovecharlo también. Desde dicho año estuvo encargado de recaudar los ingresos de la feria de Guaditoca D. Bruno de Ortega y Saavedra, por delegación del Ayuntamiento.

CAPÍTULO XX

El corregidor Salcedo.- Su petición de audiencia de Extremadura para trasladar la feria de 1792.- Estado económico de la villa en este año.- Informa el Ayuntamiento sobre la conveniencia del traslado de la feria.- Auto de la Real Audiencia concediendo el traslado.- Acuerdo de la villa con este motivo.- Apelación de D.ª María Teresa Tena contra la traslación de la feria. Decadencia de ésta.- Devoción actual de Ntra. Sra. de Guaditoca.

Llegamos al año 1792, en el que se llevó al cabo el traslado de la feria a la villa de Guadalcanal, realizándose así el plan que venían acariciando, hacia varios años, algunos y que había encontrado patrocinador en el Corregidor Donoso de Iranzos, aunque faltaron a éste arrestos para conseguirlo, o teniéndolo no le fue posible vencer las resistencias que encontró en su camino.

            Más afortunado fue el abogado D. Diego Salcedo, que sucedió a D. Martín Castelló en el Corregimiento de la villa en 1791.

            No debemos negar a Salcedo habilidad para guiar el asunto por recta vereda, y conseguir, a costa de poco esfuerzo, lo que para Donoso fue empresa difícil.

Mientras en el Real Consejo de las Órdenes se tramitaba el asunto del Patronato, que disputaba la Villa a la familia de los Ortegas, obteniendo éstos el reconocimiento de sus derechos, acudía Salcedo a la Real Audiencia de Cáceres con solicitud en que se alegaban las razones de bien común, que podían aducirse, para obtener despacho favorable a sus pretensiones, firmado el pedimento el día 29 de Septiembre. [137]

            No había dejado de interesarse Salcedo por el bien de sus administrados facilitando mayor desarrollo a la riqueza, de que toma pie para disponer favorablemente a los magistrados de Cáceres; y unida esta exposición al informe dado por la villa en 10 de Septiembre del mismo año, a petición de la Real Audiencia, sobre el estado de la agricultura en Guadalcanal[138] podemos conocer la situación en que se encontraba el pueblo económicamente a fines del siglo XVIII.

            La Villa, por su parte, a primeros de Abril, tomaba acuerdos sobre las rentas de la feria, en los años en que D. Bruno de Ortega había estado encargado de su recaudación, y sobre las obras que se hacían en el Santuario, dejando abierta la puerta para continuar los litigios con D.ª María Teresa de Tena, entreteniendo la atención de ésta en la villa mientras se resolvía en Cáceres el traslado de la feria[139].

          Mandó la Audiencia, en 14 de Abril, que a la mayor brevedad informase el Ayuntamiento, con asistencia de los Diputados y Personero del Común, cuanto se le ofreciere y pareciere sobre el traslado de la feria, examinando para ellos las razones, que hubiese, de necesidad, utilidad y comodidad, en caso de accederse a lo que proponía el Corregidor: manifestando, a la vez, con toda claridad las causas y motivos en que fundase su informe, expresando, al mismo tiempo, el privilegio que hubiese para tener dicha feria y la persona o individuo a cuyo favor se hubiera concedido, y que el original de las diligencias se remitiera al Real Acuerdo por manos del Fiscal.

            Reunido el Ayuntamiento el día 30, con asistencia del síndico general y Personero de su común de vecinos y Manuel Arcos, diputado de él, no habiendo asistido su compañero, Nicolás Gómez, por estar ausente, se leyó el auto de la Audiencia y se acordó informar favorablemente la solicitud del Corregidor, ampliando sus razones y alegando otras;[140] remitiéndose las informaciones al fiscal, como estaba mandado, el día 3 de Mayo.

            No se hizo esperar la resolución, tan ansiada por la Villa. El día 14 dio su Auto la Audiencia, cuyo tenor es el siguiente:

            “Cáceres y Mayo catorce del mis setecientos noventa y dos = Se da facultad al Alcalde mayor de la villa de Guadalcanal, para que haga trasladar a ella la Feria o Mercado, que ordinariamente se ha hecho en la Ermita de nuestra señora de Guaditoca y sus inmediaciones por el tiempo de Pascua de Pentecostés, cuidando de que se ejecute con tranquilidad y buen orden, y de que a los forasteros se les provea de víveres a justos y moderados precios. Librándose para ello la correspondiente certificación. Lo proveyeron y rubricaron los señores Regente y Oidores de la Real Audiencia de Extremadura, estando el Acuerdo, de que certifico = está rubricado = Peña = Y en cumplimiento doy esta que firmo en Cáceres a diez y seis de Mayo de mil setecientos noventa y dos = D. Manuel Antonio de la Peña.”

            Recibida en Guadalcanal la autorización, que venía cometida para su ejecución al Corregidor, mando éste, en la misma fecha, darle cumplimiento, “y que, reservándose proveer lo conveniente para la mayor seguridad, comodidad y quietud de los vecinos y concurrentes a dicha feria, se lleve al Ayuntamiento para que, teniendo presente el particular de bastimentos y otros puntos respectivos a beneficiar a la santa Imagen, acuerde lo que tenga por conveniente.

           Bien pudo gloriarse Salcedo de su triunfo, conseguido sin gran esfuerzo, aunque con mucha astucia. El Ayuntamiento, que en derecho era derrotado en el Real Consejo de las Órdenes por el Patrono, venció de hecho a éste al conseguir el traslado de la feria.

            ¡Triste gloria la de Salcedo! No es lícito poner en duda (y líbrenos Dios de abrigar la más leve sospecha) la buena intención y alteza de miras con que, tal vez, se movió el Corregidor en este asunto: pero los resultados no respondieron a la buena intención, si éste fue su única consejera.

            El traslado de la feria fue la decadencia de ésta, porque le faltó lo que era vital para ella, la proximidad al Santuario de Guaditoca. Las innovaciones son muy peligrosas, porque no puede hacerse en un día lo que requiere siglos para formarse.

            Para acoplar el nuevo estado de cosas el Ayuntamiento acordó:[141]En primer lugar que para recordar la devoción de la Santa Imagen de nuestra señora de Guaditoca a los fieles y devotos, se traiga anualmente a la Parroquia Iglesia Mayor de Santa María de esta villa, en donde se le de culto por los tres días de feria, con una Misa cantada y la luminaria de cera correspondiente, y que al final de dichos tres días se saque por la tarde procesionalmente a dicha Soberana Imagen alrededor de la plaza y en el siguiente se restituya con el culto debido a su santa Ermita, procediendo con acuerdo en este particular del Sr. D. Paulino de Caro Guerrero, del Orden de Santiago, Vicario juez cceo. y Cura de la expresada parroquial mayor de ella; satisfaciendo los derechos necesarios del caudal de limosnas que se recauden en los citados tres días en conformidad de lo que se acuerde con el Colector de dicha Parroquial, para lo cual, y para que sean más abundantes las limosnas acordará este Ayuntamiento anualmente el nombramiento de Comisarios para traer y llevar a nuestra Señora, sin hacer gasto alguno, ni prevención alguna de alimentos para los que concurran voluntariamente, quienes nombrarán en cada uno de los dichos tres días dos personas del mayor carácter  de esta población, para que pidan por todo el pueblo y feria a beneficio de dicha Soberana Imagen,” y nombraron por comisarios a D. Pedro de Tena y Cote y a Bernardino Murillo, y señalaron el día 25 para traer en su mañana a la Stma. Virgen, “previniéndose al Mayordomo con anticipación lo dispuesto en este acuerdo para que le conste y tome las disposiciones de colocar a nuestra Señora en las Andas”; y para convenir con el Vicario se nombró a D. Martín Castelló y a D. Vicente Maeda.

            En el mismo día fueros estos a las casas de D. Paulino “y precedida la urbanidad correspondiente” le dieron noticias del acuerdo anterior quedando conformes en todo; pero expresó su deseo de que se difiriera la reunión hasta el Jueves próximo para tratar con más comodidad.

            Aceptó también el cargo de comisario D. Pedro de Tena “no obstante de hallarse enfermo, con la cualidad de que en caso de no pueda por sí desempeñar su cargo lo haga y ejerza sus funciones su hijo D. Joaquín de Tena e Hidalgo”; pero ni ese día, ni en el siguiente, pudo encontrarse a Bernardino, y así lo hizo constar el Escribano en su diligencia.

Se mandaron fijar edictos en el Santuario de Guaditoca y se enviaron convocatorias a las villas de Berlanga, Valverde y Ayllones para que llegase a conocimiento de todos el nuevo emplazamiento de la feria y la traída de la Virgen al pueblo: se trajeron a la villa las mesas y tablaje que estaban en el Santuario y se tomaron cuantas medidas parecieron oportunas y convenientes para el mejor éxito de la feria; se convino también con la autoridad eclesiástica el orden de los cultos y pago de derechos a las comunidades de Santa María; sin que para nada se tuviese en cuenta a la Administradora del Patronato.

            No podía quedar tal conducta sin la protesta de ésta, y envió al Ayuntamiento un largo escrito resumen de todo lo ocurrido desde 1784, obra de Donoso, su abogado, pidiendo a la vez, en 22 de Mayo el expediente incoado a instancias del difunto D. Juan Pedro de Ortega, y el cumplimiento de Reales órdenes sobre la feria. [142]

            Dio el Ayuntamiento la callada por respuesta. Llegado el día se trajo a la S. Virgen, como se tenía dispuesto, y en la plaza de la villa se colocó el ferial; en zaguanes y casas encontraron lugar a propósito los feriantes para sus puestos; otros prefirieron colocarse al aire libre en tiendas de lona, algunos colocaron sus mercaderías en las mesas del Santuario, extendiéndose las tiendas por las calles adyacentes, y el ganado buscó pastos y abrevaderos en la explanada del Coso y huertos inmediatos.

            Nuevo escrito presentó D.ª M.ª de Tena a 3 de Diciembre y recibido lo mandó unir el Corregidor Salcedo a los documentos referentes al traslado, para mejor proveer en su día[143]. Volvió a instar en 15 de Enero D.ª María y dispuso el Corregidor que presentara en la Audiencia de su tribunal el inventario de bienes del Santuario y los libros de cuentas, y como esto era dar en la llaga, no se hizo nueva instancia y el nuevo estado de cosas quedó definitivo.

            Hemos visto una nueva solicitud sobre el mismo asunto presentada por D. Francisco de Ortega al Ayuntamiento en 1830 y corrió la misma suerte que las protestas de su madre.

            El día en que se trasladó la feria puede decirse que fue el último de la vida del Patronato. Mucho recibió éste cuando se creó por Felipe V; nada dejó al desaparecer, mejor diré: sólo han quedado unos restos de las arcadas de las calles de portales del lado norte, mudas esfinges que lloran el despojo de que ha sido víctima el Santuario por parte de quienes debieron mirarlo como el más preciado blasón de sus cuarteles heráldicos.

            Ha transcurrido más de un siglo desde el traslado del ferial a la villa y después de diversos cambios de la fecha de celebrarse, lejos de volver a adquirir importancia, fue decreciendo más y más cada día. Por el año 1897 se buscó nuevo emplazamiento al ferial en sitio espacioso y llano, a la salida de la Villa y próximo a la estación del ferrocarril, señalándose los primeros días de Septiembre para celebrarla.

            Desde entonces va adquiriendo renombre y fama, siendo de desear que vuelvan los días de su antiguo esplendor.

            Aún se llama la Feria de Guaditoca, pero de lo pasado solo queda, como un recuerdo, la procesión que se hace con la Santa Imagen de la Virgen de Guaditoca en la última tarde alrededor del ferial.

            Mas la devoción y amor a la celestial Madre que, bajo la consoladora advocación de Guaditoca, es Patrona amantísima de Guadalcanal y de los pueblos de la comarca, lejos de disminuir, aumenta y crece, por la misericordia de Dios, y los hijos de esta tierra tienen, como su más preclaro blasón, ser herederos de la fe de sus mayores y de su devoción a la Virgen bendita que enjuga sus lágrimas, consuela sus angustias, remedia sus males, ampara sus pueblos y es prenda de la protección del Cielo.

            Testimonio fehaciente de tal amor es el hecho de que el culto cada año es más suntuoso, y que su Hermandad, a quien corresponde la legítima gloria de ser la que lo promueve, ha podido costear, con el auxilio de las limosnas de los devotos de la Señora, una suntuosa Capilla en la Parroquia de Santa María la Mayor, para descanso de la Santa Imagen durante el tiempo que permanece en la Villa.       

CAPÍTULO XXI

Pueblos de los cuales concurrían caballerías a la feria de Guaditoca.

Aillones.- Almendralejo.- Alconera.- Alanje.- Algaba.- Alcolea.- Albuera.- Almendral.- Alconchel.- Alburquerque.- Atalaya.- Azauchal.- Azuaga.- Arroyo de San Servan.- Almadén.- Aroche.- Don Benito.- Valencia del Ventoso.- Valencia de Monbuey.- Valencia de las Torres.- Valverde.- Belalcazar.- Valverde de Burguillos.- Valverde de Mérida.- Valverde de Leganés.- Badajoz.- Barcarrota.- Villanueva de Cárdenas.- Villanueva del Fresno.- Villagonzalo.- Villanueva de la Serena.- Berlanga.- Boonal.- Bienvenida.- Burguillos.- Belmez.- Cazalla (Cartuja de).- Campanario.- Cañamero.- Carmona.- Campillo.- Cañaveral.- Cristina.- Calera.- Calzadilla.- Cantillana.- Castuera.- Cabeza la Vaca.- Cabeza del Buey.- Casas de Reina.- Constantina.- Cazalla.- Cheles.- Córdoba.- Crespa.- Cumbres.- Ecija.- Encinasola.- Esparragosa.- Fuente de Cantos.- Fuentes de León.- Fuenteovejuna.- Fuente Lario.- Fuente del Maestre.- Feria.- Fuente del Arco.- Fregenal.- Guareña.- La Granja.- Hornachos.- Higuera.- Hinojales.- Hinojosa del Valle.- Llerena.- Llera.- Malpartida.- Maguilla.- Medina.- Mairena.- Mérida.- Medellín.- Milmandar.- Magacela.- Miajadas.- Montemolín.- Monasterio.- Montijo.- Morera.- Monterrubio.- Nogales.- Oliva.- Orellana.- Palomas.- Parra.- Peralera.- Pozoblanco.- Puebla de la Reina.- Puebla de Sancho Perez.- Puebla del Prior.- Puebla de la Calzada.- Rematal.- Reina.- Rivera.- Sevilla.- Salvatierra.- Salvaleón.- Santa Marta.- San Pedro de Mérida.- Segura.- Talavera.- Torremocha.- Torremegia.- Trasierra.- Usagre.- Jerez.- Zafra.-Zarza.- Zaínos.- Zalamea.- Jerez de la Frontera.

(Arch. Munic. de Guadalcanal. Expediente de la feria de 1781)

CAPÍTULO XXII

REGISTRO DE PUESTOS

Relación y asiento individual de las partidas de dinero que han contribuido para el santuario de nuestra Señora de Guaditoca en esta que se dice su Feria por Pascua de Pentecostés de 1786, los puestos públicos de ella extra de los portales, casillas para el abasto del vino, aguardiente y otros licores, mesas y tablas, las cuales y los sugetos que las an pagado son los siguientes:

            Martín Gaza con gerga de Tocina contribuyó con un real, 1.- Manuel de Silia, 1.- Manuel López, 1.- Juan Barrera, 1.- Nicolás Baptista, de Carmona, 1.- Cristobal Daza, de Sevilla, 1.- Juan Daza, de Tocina, 1.- Juan de Santaella, de Sevilla, 1.

            Puestos de Costales. Juan Solano, de Montemolín, 0,16.- Pedro Coronado, 0,16.- Juan Ramos, 0,16.- Manuel Rostrollo, 0,16.- Tomás de Cáceres, 0,16.- Alonso Lancharro, 0,16.- Simón Blanco, 0,16.-, Manuel Hoyo, 0,16.- Tadeo Tomillo, 0,16.- Benito Alonso, 0,16.- Ana Leona Vda., 0,16.- Juan Calvo, 0,16.- Patricio Santos, 0,16.- Francisco Rodríguez, 0,16.- María León, Vda. 0,16.- Nicolás Baptista, 1.- Alonso Sánchez, 0,16.

            Gerga de Medina.- Cristobal Garcia, 1.- Antonio Bejarano, 1.- Antonio Ramirez, 1.- José Moreno, 1.- Juan Gordón, 1.- José Montaqno, 1.- Simón González, 1.- Esteban Jarano, 1.- Antonio Molina, 1.- Diego Rocha, 1.- María del Rosario, 1.- Alonso Lago, 1.- Pablos Javier, 1.- Juan García Zambrano, 1.- Alonso Cortes, 1.- Tomás Piñero, 1.- Juan Domingo Saavedra, 1.- Domingo Guzmán, 1.- Miguel Amado, 1.- Juan Domingo Saavedra, 1.- Domingo Guzmán, 1.- Miguel Amado, 1.- Juan Delgado, 1.- Manuel Villar, 1.- Francisco Mateo, 1.- Juan Nicolás, 1.

            Gerga de Fuente de Cantos.- Ventura Ibarra, 1.- Juan Hurtado, 1.- Nicolás Cruz, 1.- José Verocano, 1.- Francisco Chaves, 1.- Miguel Guerrero, 1.- Vicente María, 0,16.- Catalina Chaparro, 0,16.- María la Gata, 0,16.- Antonio Amado, 0,16.- Manuel Viera, 1.- Francisco Magoílos, 1.- Felipe Carrasco, 1.- Alonso Cabrera, 1.- Manuel Gala, 1.- Ramón Cid, 1.- Juan José Martínez: con campanillas, 0,24.- Ramón Vázquez: con Botas, 0,24.- Juan Gazal: con cencerros, 0,24.- Gabriel Hernández cerrajero, 1.

            Esparteros y otros.- Pedro Cabaote, de Valdetosa 0,16.- Francisco González, 0,16.- Antonio Garriano, 0,16.- Bartolomé Segovia, Aguador, 0,16.- Antonio de la Cruz: zapatos, se ausentó, 0.- Francisco Ignacio: suelas, 1.- Mateos Rodriguez: suela, 1.- Pedro Rodriguez: se ausentó sin pagar.- Antonio Melgarejo, el mayor, 0.- Diego de Torres: Horquillas, 1.- Pedro García: palas, 0,16.- Juan López Valverde, 6,26.- José Falcato, 0,16.- José Cordero: losa, 0,26.- Juan Alfaro 0,16.- Pedro Beja, 1.- Guillermo Selva.- Matias Romero, 1.- Luisa Jiménez: puesto de buñuelos, 1.- Los 4 panaderos de la Cruz, 0,35.- Francisco Navarrete: con estrivos, 1.- Antonio Fernández, Bayetero, 1.- Vicente Funes, de la villa de Martos; con cordones, 0,16.- Francisco Alvarez, de Carmona, con higos, 0,12.- Manuel Sánchez, con pasas, 0,8.- Gerónimo Funes, 0,16.- Miguel Rosado con hormas, 0,16.- Juan Baquero, de Granada, con pitos, 0,16.- Juan Moreno, con ferretería, 1.- Juan González, 0,24.- Francisco Mateos, 0,20.- Bernardo Rico, 0,12.- Pedro Frichy, 0,26.- Tomás García, 1.- Manuel González, 1.- Jacinto Ruiz, 1,6.- Ventura Camacho, 1,6.- Antonio Gordillo, 1.- María Rodríguez, 1.- Antonio Salas: con paños estameñas, 1.- Antonio Gordón, 1.- Benito Galán, 1.- Juan Rodríguez, con botones de Ecija, 0.8.- Juan de Siria, 0,54.- Felipe Piñalbeo, de Cabra, 0,16.- Simón Ruiz, de Cazalla, 0,16.- José Pancorbe, con pitos, 0,16.- Tomás Pérez, de la Granja, 0,26.- Diego Rodríguez, de Córdoba, 0,26.- Manuel Gómez, 0,24.- Juan de Luque, 0,16.- Juan Marques, 0,16.- Jacinto Ruiz, 0,20.- Simón Luches, 0,16.- Juan Carballo; con garbanzos, 0,16.- Bernardo de Cáceres, con sombreros, 2.- José González, 2.- Antonio Cordero, con herraje, 0,20.- Damián Galban, 0,16.- Diego Galban, 0,16.- Bartolomé Díaz, de Zafra, 0,16.

            Fruta de Palma.- Manuel Montero, 0,16.- Francisco Rodríguez, 0,16.- Francisco Díaz, 0,16.- Antonio Fuentes, 0,16.- Francisco del Hierro, 0,16.- Antonio Nieto, 0,16.- Sebastián Quijano, 0,16.- Antonio García, 0,16.- Pedro Caro, de la Campana, 0,16.- Pedro Romero, 0,16.- Juan Almenara, 0,16.- Miguel Rodríguez, 0,16.- Pedro León, 0,16.- Francisco Sierra, 0,16.-   Antonio Ruiz, 0,16.- José Ruiz, 0,16.- Antonio Chaves, Guerguero de Fuentes de Cantos, 1.- Juan Cabrera, con zapatos de vaca, 1.- Pedro Rodríguez, 1.- Antonio Melgarejo, 1.- Blas García, con cencerros, 1.- Santiago Carvajal, de Cantillana, 0,24.

            Cuyas partidas (salvo error de pluma) ascienden a ciento cuarenta y siete reales con veintiocho mrs. vellón las mismas que cobré yo el infrascrito auxiliado por los ministros ordinarios Manuel Giles y Antonio Trigueros, en virtud de mandato del Sr. Corregidor de la Villa de Guadalcanal en cuya jurisdicción se celebra dicha feria  =  Y en continuación del mismo mandato averigue el producto de Portales, casillas, mesas y tablas que ha percibido el administrador de dicho Santuario D. Juan Pedro de Ortega que por partidas y los sujetos que las han pagado son de esta forma.

            Portal de lienzos, paños, sedas.- Miguel Rapel y Gabriel Alonso por su portal y puesto treinta reales, 30.- Juan Calleja, 30.- Francisco Navarro, 30.- Manuel del Castillo, 30.- Juan Antonio Gonzales, 30.- Miguel Yustran, 30.- Francisco Perez, 30.- Francisco Redondo, 30.- José Veas, 30.- José Cordo, 30.- Juan Fernández, 30.

            Portales de tiendas de cintas, encages.- Juan Bonet por su portal y puesto, 20.- Antonio Espejo, 30.- Manuel Cuenca por su puesto y portal, 30.- Florencio de Burgos, 30.- Juan Prieto, 31.- Manuel Hidalgo, 30.- Antonio Martinez, 30.- Pedro Veas, 30.- Basilio Perez, 30.- Cristobal Durán, 30.

            Portales para sombreros, suela y otros efectos.- Germudio Muñoz por su portal o cobertizo, 12.- Vicente Millán, 12.- Juan Gómez, 12.- Mencia Gómez, 12.- Luis Rodríguez, 12.- José Millán, 12.- Ignacio Calizando, 12.- Francisco Bravo, 12.- Pedro Perez, 12.- José García, 12.- Manuel Carmona, 12.- Juan Pedraza, 12.- Antono de Salas, 12.- Justo Navarro, 12.- Bartolomé Polo, 12.

            Portal de zapatería.- Antonio León, por su portal o cobertizo, 12.- José Jimenez, 12.- Juan Navarro, 12.- Pedro García, 12.- José Hidalgo, 12.- Felix Reluz, 12.- Jerónimo Fidel, 12.- Gabriel González, 12.- Bernardo Romero, 12.- Pedro Cabrera, 12.- Francisco Alvarez, 12.- Juan Quijano, 12.- José Rubio, 12.- José Pérez, 12.

            Portales de Cordonería de cáñamo y estambre.- Juan de Silva pagó por el suyo, 20.- Antonio Moreno, 15.- Gabriel de Vega, 15.- Pedro Arrenuevo, 15.- Manuel de Priego, 15.- Manuel del Real, 15.- Juan Castellano, 15.- Francisco Castellano, 15.- Francisco Santaella, 15.- Otros puestos del mismo, 15.- Felipe Priego, 15.- Antonio de Varo, 15.- Manuel García, 15.

            Platerías. Don Miguel Ponce, por su puesto y portal, 24. Juan de León, 24. Antonio González, 24.- Pedro González, 24. Luis de Roa, por su puesto, 10.

            Cordonerías de los portales de la Iglesia,. Francisco Ortiz, 30.- Manuel Sucea, 30.

            Puestos de esquinas y paredes.- Miguel Muñoz, Talabartero, 8.- Rafael Pondellanos, platero, 4.- José Rodríguez, platero, 6.

            Casas y otros puestos. La casa del Alcabalero Ramón Ferro, pagó cincuenta reales y es la nombrada del Mayordomo, 50.- La del puesto de vino y aguardiente, de Pedro Polonio, 80.- La de José García Escueta, 60.- La que llaman de los Turrones y sirvió para lo mismo que administro Juan Silvestre, 60.- El portal o puesto para el mismo que administró María Marchena, 40.- El portal donde se vende el tabaco, 22.- La de la carnecería, 12.- Pedro Sánchez Pendencias, por el suyo de vendeja de aceite hecho por él mismo de Monte contra un portal, 3.- El que puso también de monte, contra las paredes de otro portal para venta de vino como cosechera la Marquesa Viuda de la Vega, 2.- Manuel Garcilope por otro tal para la venta de vino y aguardiente por menor, 6.- La viuda de Andrés de la Mula por otro puesto de vendeja, 4.- De 28 mesas para turroneros, confiteros y otros puestos que les sirvió dicho Administrador, les cobró por cada una cuatro reales que juntos componen 112.- De sesenta y dos tablas, con que también contribuyó para diferentes puestos de los ya citados el dicho Admor. cobró por todas a razón de real y medio unas con otras, 108.

            Mas puestos contra paredes y portales. José Cabello, de Cordoba, con guitarritas, 3,17.- Juan de Brito por lo mismo, 4.- Francisco Falcón, cordonero, de Constantina, 4.- Marcos Torria, de Hinojosa, 1.- Antonio Jurado, 1,17.- Manuel Cerezo, 1,17.- Antonio Viñero, con hechuras de barro, Id. De Llerena, 1,17.- Juan Muñoz, con canillas y estribos, 1,17.- Total 989,17.

            De forma que estas partidas cobradas por dicho Admor. suman un mil novecientos ochenta y nueve reales con y diez y siete mrs. vellón (salvo error) y para que así conste foro el presente que firmo = Junio 6 de mil setecientos ochenta y seis.

                                    Diego Josef Escutia

(Arch. Munic. de Guadalcanal)

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CAPÍTULO XXIII

Novena en honor de Nuestra Señora de Guaditoca patrona de la villa de Guadalcanal

EJERCICIOS PARA CADA DÍA DE LA NOVENA

Acto de contrición

¡Oh Señor, mi Creador y  Redentor! Humildemente postrado a tus plantas me reconozco como pecador indigno por mis maldades de comparecer ante tu augusta presencia: Imploro con todo rendimiento tu perdón y me acojo a tu bondad infinita, lleno de confianza en que aceptarás la contrición de mi corazón y el dolor de mi alma por haber ofendido a tu infinita majestad. De aquí en adelante, confiado en tu santísima gracia, no te ofenderé más, enmendando mi vida y consagrando a tu servicio mis pensamientos, palabras y obras. Mí único deseo en no volver a ofenderte y perseverar en tu amor y servicio todos los días de mi vida. Así te lo pido por los méritos infinitos de la pasión y muerte santísimas de Jesucristo, y espero alcanzarlo por la preciosísima sangre que derramó para redimir y salvar al mundo. Amén.

Oración a la Santísima Virgen

¡Oh celestial Reina y Madre de nuestros corazones! A ti acudo para honrar tus virtudes, enaltecer tu gracia y hermosura, pedir tu protección en las necesidades de mi alma, manifestar la gratitud de mi corazón por los beneficios recibidos del Señor por tu intercesión poderosísima, e implorar tu patrocinio y amparo. Acepta, oh Virgen de Guaditoca estos obsequios, bendice mis intenciones y alcanza del Altísimo la gracia de disponer en estos días mí corazón para celebrar dignamente la solemne conmemoración de tu Patrocinio. Concédeme luz para conocer los caminos del Señor, fortaleza para resistir las tentaciones, firmeza para cumplir los propósitos que haga y la gracia de amarte como hijo fiel y sumiso, para mejor servir y honrar a tu santísimo Hijo y mi Redentor Jesús. Amén.

Sigue la meditación y oración propia de cada día.

Te alabamos y bendecimos, oh Virgen de Guaditoca, Patrona amadísima que has sido exenta de toda culpa y adornada de la gracia en el primer instante de tu purísimo ser; y te pedimos nos libres del pecado. Amén.

Dios te salve María…

Te alabamos y bendecimos, oh Virgen de Guaditoca, Patrona amadísima, que has sido elegida entre todas las criaturas para Madre de Dios y Madre de los hombres; y te pedimos nos alcances la gracia de corresponder a nuestra condición de hijos de Dios. Amén.

Dios te salve María…

Te alabamos y bendecimos, oh Virgen de Guaditoca, Patrona amadísima, que has sido sublimada sobre los coros celestiales; y te pedimos la gracia de la perseverancia para gozar de la eterna felicidad. Amén.

Dios te salve María…

[Pídase la gracia que se desea conseguir]

Oración a la Santísima Virgen

¡Virgen purísima y madre amorosa de Guaditoca! Postrado a tus plantas te doy las más rendidas gracias por las mercedes y beneficios que por tu mediación poderosísima he recibido del Señor. Protege a la Iglesia católica en sus combates contra el espíritu del mal; ruega y pide por las necesidades espirituales y temporales de este pueblo que te aclama como a su excelsa Patrona; y alcánzanos de tu Santísimo Hijo la gracia de vivir siempre en su servicio, y la especial que te pido en esta Novena, sí conviene; a fin de que después de los días de esta vida, merezcamos verle y gozarle contigo en el cielo donde vive y reina por los siglos de los siglos. Amén

Ana. Sancta María succurre miseris, juva pusillanímes, refove flebiles, ora pro populo, interveni pro clero, intercede pro devoto femineo sexu; sentiant omnes tuum juvamen, quicumque celebrant tuum sanctum Patrocinium.

v.- Dignare me laudare te, virgo sacrata.

R.-Da mihi virtutem, contra hostes tuos.

Oratio

Concede nos famulos tuos, quaesumus Domine Deus, perpetua mentis et corporis sanitate gaudere: et qloriosa beatae Mariae semper Virginis intercessione, a presenti líberari tristilia, et aeterna perfrui laetitia. Per Christum Dominum nostrum. Amén.

MEDITACIONES PARA CADA DÍA

DÍA PRIMERO

DIGNIDAD Y GRANDEZA DE NUESTRA PATRONA

I.- Consideremos la grandeza y excelsa dignidad de nuestra Patrona, la Virgen de Guaditoca, y en primer lugar la gracia y santidad de que está adornada. Una sola frase nos lo dice todo; Llena de gracia: como la llamó el Arcángel S. Gabriel al anunciarle el inefable misterio de la Encarnación. Tal plenitud de gracia excede a toda ponderación, y apenas nos podemos dar cuenta de lo que es: la gracia inundó el alma de María y la embelleció en el primer instante de su ser, para disponerla a  ser Madre de Dios, y desde aquel momento todo es armonía en su alma y belleza sobrenatural. Excede a todos los ángeles y santos en gracia, como el mar a los ríos que en él vacían sus aguas; la caridad es el más precioso adorno de corazón. Esa es nuestra Patrona, criatura formada con singular esmero por la mano del Omnipotente; el mejor ornato y encanto de la Creación.

II.- Consideremos también su cualidad de Madre de Dios, dignidad eximia a la que la sublimó el Verbo haciéndose Hijo suyo, constituyéndola en el orden sobre natural en una jerarquía especial. El Creador, a quien están sometidos los cielos y la tierra, colma de dones a María y le obedece y llama con el dulcísimo nombre de Madre, porque en su seno vistió la humana naturaleza y así como no hay dignidad comparable a la de Cristo, porque solo Él es Unigénito del Padre, así ninguna criatura puede acercarse a la excelencia de María, porque solo a ella ha escogido por Madre el Altísimo ¡Oh celestial Princesa! Tú eres la elegida entre mil; tú sola has merecido llevar en tu seno virginal al Creador del mundo.

III – Como consecuencia de esta Maternidad, María Santísima de Guaditoca es exaltada sobre todas las criaturas y es Reina de los cielos y la tierra. Todos los seres están sometidos a su imperio y realeza, y sus sienes son ceñidas con triple corona ¡Qué grande es María! ¡Qué dicha la nuestra, si sabemos aprovechar el que tan poderosa Señora se digne acogernos bajo los pliegues de su manto para ser Abogada nuestra ante el Trono del Señor! ¡Cuán obligados estamos a corresponder con todo nuestro ser a estas finezas de la más pura de las Vírgenes. Madre de Dios y Reina de la Creación!

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Espejo de Santidad. Hija predilecta del Padre, Madre del Hijo, Esposa del Espíritu Santo. Reina de cielos y tierra; tú eres el honor de nuestro pueblo, derrama sobre nosotros el rocío benéfico de la gracia del Señor para que sepamos corresponder a las finezas de su amor; y por tu mediación queremos llegue hasta Él nuestra gratitud y la alegría de nuestros corazones; porque te sublimó sobre todas las criaturas alcánzanos la gracia de amarle y de servirle, como medio de corresponder a lo que Dios pide de nosotros; para que después de esta vida gocemos de la eterna. Amén.

DÍA SEGUNDO

LO QUE SIGNIFICA EL PATRONATO DE MARÍA

I.- Consideremos que el Patronato de la Santísima Virgen de Guaditoca significa y es manifestación de su gran amor a nosotros Somos sus hijos, y a más del amor que como Madre nos tiene, ha querido unirnos a el con un vínculo especial, como Patrona de este pueblo, para ser su alivio en las necesidades. ¡Misericordia singular de su tiernísimo corazón, todo dulzura y caridad! Ella se aparece a un humilde pastor a orillas del río Guaditoca y escoge aquel lugar para ser refugio y amparo de sus devotos. ¡Oh celestial Reina! ¿Cómo correspondemos, a estas finezas del corazón de María?

II.- En sus manos están los tesoros de la sabiduría, del poder y de la bondad de Dios; y todo lo pone a nuestro servicio. No sólo nos ama, sino que tiene a su disposición los medios necesarios para librarnos del mal, y ser nuestro amparo y protección. ¡Qué dicha la nuestra, teniendo tan cerca de nosotros a la que es fuente purísima de las cristalinas aguas de la gracia! Ello debe engendrar en nosotros sentimientos de confianza a fin de que siempre esperemos en su valimiento. ¿Lo hemos hecho así? Avivemos nuestra fe; despertemos nuestra esperanza y tengamos seguridad de que la Madre de nuestro Redentor es nuestra Madre y Patrona, la que con singular afecto espera nuestros ruegos para inundarnos de las gracias celestiales.

III.- Este Patronato de María de Guaditoca, es para nosotros garantía de su protección. Quiere tan tierna Madre ser nuestra abogada e intercesora; y de ello tenemos continuas muestras en la constante misericordia que tiene de este pueblo y de sus hijos. Sus ojos misericordiosos nos miran dulcemente; su corazón bondadoso, nos atrae con la abundancia de sus consuelos celestiales; en cada momento, experimentamos su asistencia. ¡Qué gracias debemos dar a tan tierna y amabilísima Señora por tanta fineza! ¡Cuán obligados estamos a corresponder con nuestras buenas obras a las mercedes que de ella recibimos! No olvidemos lo que significa el que sea nuestra Patrona la Santísima Virgen de Guaditoca.

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Nuestros labios no encuentran palabras con que agradecer al Altísimo el beneficio inenarrable de que Madre tan tierna, en la que es la piedad como la alteza, sea nuestra Protectora y Patrona. Por tu mediación hacemos llegar al cielo nuestra gratitud. Tú eres todo bondad. ¡oh dulcísima Señora!;  ampáranos, defiéndenos y protégenos, para que, asistidos de la gracia del Señor durante los días de nuestra vida, nos hagamos dignos de las eternas promesas, a fin de que, viendo al Señor en la celestial Jerusalén, cantemos por siempre alabanzas al que por tu mediación  derramó sobre nosotros la abundancia de sus dones Amén.

DÍA TERCERO

QUÉ PIDE DE NOSOTROS EL PATRONATO DE MARÍA

I.- Consideremos la obligación que tenemos de corresponder a la gracia de ser María Santísima de Guaditoca, nuestra Patrona. Exige esta merced, primeramente, que nuestro amor sea puro y rendido. Ninguna criatura más digna es de amor, después de Dios, que María: hemos, pues, de amarla porque su dignidad lo pide, su gracia y hermosura lo merecen, y sus relaciones con nosotros, como especial protectora, lo demandan ¡Ah!, cuánto ganaríamos si aprendiéramos amar a la Virgen purísima, con todo el empeño de que somos capaces. Jesucristo mismo es nuestro modelo en el amor a María.

II.- Este amor ha de ser desprendido; hemos de entregarnos en sus manos, poner todo empeño en servirla, oír reverentes sus mandatos, cumplir fielmente la ley santa del Señor, no buscando nuestro propio bien, sino  la gloria eterna de Dios y la salvación de las almas. ¿Ha sido nuestro amor a María hasta aquí obediente? Hijos de esta Madre, debe nuestro cariño manifestarse principalmente en la prontitud de nuestra voluntad en obedecer lo que nos manda y pide, haciendo entrega total en sus manos de nuestro ser, y procurando que su amor purifique nuestros pensamientos, aliente nuestras obras y sea sostén en todos los momentos de nuestra vida. La regla práctica de nuestra vida sea hacerlo todo en María, por María y para María.

III.- Pide por último, de nosotros nuestra patrona la Virgen de Guaditoca que nuestro amor sea de sacrificio y mortificación. Nada purifica más al hombre que el sacrificio, ni le dignifica como la mortificación; por ésta nos asemejamos e incorporamos a la Cruz de Cristo y tomamos parte en los dolores de nuestra bendita Madre, acercándonos al modelo de nuestra perfección y haciéndonos dignos de la protección de María. La mortificación y el sacrificio nos ofrecen medios de estar siempre en condiciones de hacer algo en desagravio de nuestros pecados, sabiendo utilizar lo que más abunda en la vida, que son los sufrimientos y las lágrimas. Amemos, por tanto, a María con todas las veras de nuestras almas, con desinterés y ofreciéndole continuamente el sacrificio de nuestro corazón y de nuestra voluntad.

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Ninguna criatura ha sabido corresponder como Vos a las finezas del divino amor; el fuego de la caridad, que arde en tu corazón con llama inextinguible, queremos prenda e inflame los nuestros, a fin de que amemos a Dios sobre todas las cosas y aprendamos a padecer y sufrir por su servicio. No queremos dicha mejor que amarte y alabarte, como medio seguro de disponer nuestro corazón al amor divino. Por tus dolores y lágrimas te pedimos que sepamos aprovechar la Sangre Santísima que por nosotros derramó Cristo en la Cruz, a fin de que después de esta vida lo amemos y gocemos eternamente en el Cielo. Amén.

DÍA CUARTO

PROMESAS QUE NOS HACE NUESTRA PATRONA

I.- La vida del cristiano es un continuo batallar contra los enemigos del alma, el mundo, el demonio y la carne, que se conjuran para arrancar del corazón del hombre la buena semilla de la gracia y  sembrar en él las espinas del pecado. Lo primero que el Patrocinio de la Virgen de Guaditoca concede a las almas, es decisión para combatir estos enemigos, ¡Y cuán necesario es este auxilio de María! La cobardía del corazón es el gran mal del hombre; la falta de decisión en la voluntad da muchas veces el triunfo al pecado y al infierno y arrebata violentamente del cumplimiento de su fin las almas regeneradas por Cristo. Tengamos pues, confianza en María, y acojámonos  a su fuerza sobrenatural para sostener nuestro corazón.

II.- También necesitamos auxilio divino para resistir en la batalla; y María es nuestra fortaleza; porque su nombre es temido del infierno y hace que al ser invocado huya Satanás. Sea este nombre unido al de Jesús, el encanto de nuestro corazón, grabándolos en él, y sean para nuestros labios miel purísima al pronunciarlos  ¡Dicha inefable la nuestra!, por grande que sea el poder del infierno, mayor es el valimiento de María. Ella lucha y vence en nosotros y nos cede el galardón de la victoria. Aprendamos por tanto a invocarla en las tribulaciones y a confiar en ella para vencer las tentaciones.

III.- Por último, para perseverar en el bien, también está a nuestra disposición la protección de nuestra amada Patrona. La victoria final, por la que se merece la corona de eterna munificencia, es del que llega a la meta, después de vencer los continuos óbices que va oponiendo en el camino el enemigo de nuestra salud, Lucha continua es esta que sólo terminará cuando  cese nuestra vida y en cuyo término, a la hora de la muerte, es por cierto más intensa y vehemente. En todos los momentos, para perseverar en el bien, María Santísima nos sostiene y conforta. ¡Oh celestial Protectora!, ¡qué sería de la humanidad tan rudamente combatida por Satanás sin tí! Aprovechemos para nuestra santificación todos los momentos de la vida; porque este es el gran negocio del hombre.

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Tú eres fuente inagotable de gracia y trono de la Sabiduría increada; a tí acudimos en las necesidades de nuestra alma. Danos la gracia del Señor para que fortalecido nuestro espíritu, podamos resistir al demonio; sostén nuestro corazón en las tribulaciones y angustias, a fin que unidos siempre a tí venzamos el pecado; concédenos el don de la perseverancia final y el ultimo combate que sostengamos será coronado con la victoria. Virgen poderosísima, en tu mediación confiamos para alcanzar de nuestro Señor Jesucristo estas gracias, con las que, sirviéndole cada día en la tierra, podamos gozarle en el Cielo. Amén.

DÍA QUINTO

CONSAGRACIÓN DEL CORAZÓN A NUESTRA PATRONA

I.- Nada más hermoso que el corazón de María formado por la mano del Omnipotente para trono de Dios, no tiene imperfección alguna, está adornado de toda gracia y belleza y dotado de ternura suma y de la más exquisita sensibilidad: solo late para el amor divino, solo vive para Dios; en él puso el Altísimo el más rico vergel de virtudes. Si meditáramos bien en esto, pondríamos en este corazón todos nuestros afectos y él sería el imán dulcísimo de los nuestros. No hay corazón más semejante al de Cristo que el inmaculado de María. Tan grande, tan dichoso es tan digno de nuestro más vivo amor.

II.- El corazón de la Santísima Virgen es espejo de la bondad y misericordia divina; sus más tiernos afectos son para nosotros sus hijos. Nuestras culpas y pecados llenan de amargura y dolor corazón tan puro; así como nuestra vida santa le proporciona alegría y júbilo ¡Cuánto debemos aborrecer y detestar el pecado que nos separa del corazón de María, mata la vida sobrenatural de nuestra alma y atrae sobre nosotros la ira del Señor! Por tanto, sea el deseo más vivo de nuestro pobre corazón, vivir consagrado al de nuestra Patrona la Virgen de Guaditoca; aborreciendo y detestando con todas las energías de nuestra alma el pecado, apartándonos de toda ocasión y motivo de cometerlo; y amando de  todo corazón la gracia, único adorno conveniente del alma.

III.- Para ello contamos con el Patronato de la Santísima Virgen de Guaditoca. En el primer instante de su ser quebrantó esta Señora la cabeza de la serpiente infernal y domeñó el pecado. Un triunfo semejante se va repitiendo y renovando en cada uno de nosotros cuando hacemos frente y vencemos a Satanás y la gracia que nos ayuda en esa obra no es otra que la que brota a raudales del corazón de Jesús, como de purísima fuente y llega hasta nosotros por el acueducto, que es María. Confiemos en ella y muy de veras que nos alcance el triunfo sobre el pecado y la gracia de vivir santamente. Nuestra devoción rendida y filial a Madre tan amantísima, será medio seguro de vivir y morir en la gracia del Señor.

Oración

¡Virgen santísima de Guaditoca! Tú que quebrantaste la cabeza de la serpiente infernal en el primer instante de tu purísimo ser, ten piedad de tus hijos que confiados acuden a tu patrocinio. Alcánzanos la gracia de vivir apartados del pecado y gran aborrecimiento a la culpa; protégenos con tu gracia para que vivamos consagrado nuestro corazón a ti, a fin de ser gratos y aceptos al de tu benditísimo hijo Jesús. Virgen toda hermosa y llena de gracia, alcánzanos del Señor esta gracia a fin de que sirviendo a Dios con todas las veras de nuestra alma podamos después de nuestra muerte gozar de la eterna felicidad. Amén

DÍA SEXTO

SUMISIÓN A LA SANTA IGLESIA

I.- Es la Iglesia santa la obra predilecta de Jesucristo, nacida de su costado, estando pendiente de la Cruz nuestro Redentor; es continuadora de la misión del Verbo humanado cerca de nosotros, y por tanto ligan a la Iglesia  vínculos especiales con María. Para corresponder pues al Patronato de la Virgen bajo el título de Guaditoca, hemos de tener muy en cuenta que la  voz del Hijo de María llega a nosotros por la Iglesia santa. ¡Que amor debemos tener a esta Iglesia bendita, regada y santificada con la sangre de Cristo! Si amamos a Jesús  y a María. Hemos de amar a la Santa Iglesia. ¿Cuál es nuestra conducta acerca de esto?

II.- Al amor a la Esposa de Cristo hemos de unir la obediencia y sumisión a sus leyes y mandamientos. En este respeto acatamiento se conocerá nuestro carácter de hijos de María de Guaditoca. La autoridad de la Iglesia es de Dios; quien a, vosotros oye, decía Jesucristo a sus Apóstoles, a mí me oye y esta autoridad nos enseña y nos manda; su Magisterio, por tanto, es divino ¡Cuantos cristianos preciándose de  tales, no son obedientes a la Santa Iglesia!  ¡Cuán desgraciados son! Desechan las leyes de Dios para gobernarse por su capricho y por apetitos desordenados: llevan la señal del Bautismo en sus frentes y viven como si la Iglesia no ejerciera sobre ellos el derecho de enseñar y mandar. Sea la obediencia a la Iglesia nuestra regla de conducta.

III.- Junto al amor y respeto a la Iglesia católica; debe poner el cristiano el amor y veneración al Vicario de Cristo, cabeza visible de esta Iglesia. Él es el Pastor de toda la grey cristiana; a él entregó Cristo en la persona de San Pedro las llaves del reino de los cielos y le adornó y enalteció con las más sublimes prerrogativas: su oficio, y ministerio le colocan cerca de cada uno de nosotros una protección especial tiene María para con la Iglesia y su piedra fundamental. Un amor especialísimo hemos de poner en nuestro corazón, junto con la reverencia y sumisión, al Vicario de Jesucristo, como medio único y seguro de obedecer al Señor. Esa Iglesia es la nave misteriosa cuyo timón lleva el Pontífice para conducirnos a través del tiempo y llevarnos a las puertas de la celestial Sión.

Oración

¡Virgen santísima de Guaditoca! Obra predilecta de tu corazón es la Iglesia Santa, cerca de la cual ejerces el ministerio de Madre y Protectora. Te pedimos nos concedas el vivir y morir dentro de la Iglesia católica: protégela y defiéndela contra todos sus enemigos, extiende y dilata su reino, ampara al Vicario de Jesucristo y alcánzanos amor a la Iglesia y respeto y sumisión a sus leyes y preceptos, para que, viviendo en el seno de esa Madre bendita, unidos en fe y caridad a Jesús, nos veamos libres del naufragio y después de la vida merezcamos vivir en la Iglesia triunfante en el cielo.  Amén.

DÍA SÉPTIMO

INFLUENCIA DEL PATRONATO DE MARÍA EN LA FAMILIA

I.- Fundamento firmísimo de la familia es la  piedad religiosa, que es el aroma purísimo que embalsama el  hogar doméstico. Nada importa como conservar la fe cristiana en la familia, que debe ser escuela de toda virtud y espejo de santidad para la buena formación de las generaciones futuras. María de Guaditoca quiere ejercer su patronato de un modo especial sobre las familias; y en justa correspondencia estas deben respirar el ambiente de la piedad. ¡Cuán triste es ver cómo en las familias van desapareciendo las practicas piadosas, y cómo los padres apenas se preocupan de la educación de sus hijos y de estimularlos con el buen ejemplo al cumplimiento de los deberes religiosos!

II.- También quiere la santísima Virgen de Guaditoca que la caridad sea lazo de unión en la familia que ligue sus miembros entre si y a todos con Dios Modelo de la familia es la de Jesús, María y José en Nazaret, y a su semejanza deben vivir las familias cristianas. La caridad pide que la familia ponga fija su mirada en los intereses supremos de Dios y en los de las almas; y que vayan unidos el respeto a los mayores y el auxilio mutuo entre todos. Este amor obliga a los padres a velar por la salvación eterna de sus hijos, de los que han de dar cuenta a Dios, y a los hijos a vivir  con respeto y amor hacia sus padres dejándose conducir por ellos hacia su último fin.

III.- Por último, laboriosidad y el trabajo son fuentes de paz y de felicidad para la familia, porque apartan a sus miembros de la ociosidad, raíz de innumerables males. De la casa de Nazaret debe aprender la familia la vida de trabajo. Como sean las familias serán los pueblos y los individuos; por eso Satanás pone especial empeño en descristianizar la familia. Procuremos que nuestra dulcísima Madre de Guaditoca reine en las familias y que la piedad más sincera, la caridad más ardiente y el trabajo asiduo y constante sean notas características de las familias, para que el hogar sea escuela de virtud y de santidad.

Oración

¡Virgen santísima de Guaditoca! Modelo de virtud y de santidad, esperanza de los mortales, luz del cielo, protege a las familias de este pueblo, que se consagran a ti: ten piedad de ellas y haz, celestial Señora que en ellas reine Cristo Jesús; que la piedad y la práctica de las virtudes no se aparten de ellas; que los padres y madres sean espejo de buenas obras para sus hijos y que éstos, dóciles y obedientes a aquellos, protegidos por ti, aprendan y formen sus corazones en las practicas de la Santa Religión, para gloria de tu nombre y felicidad eterna de todos en el cielo. Amén.

DÍA OCTAVO

PÚBLICA PROFESIÓN DE FE CRISTIANA

I.- Hemos de servir a Dios con alma y cuerpo; en lo recóndito del hogar y en público; con palabras y con obras En toda ocasión y momentos estamos obligados a mostrarnos como católicos prácticos. Mal gravísimo es de estos tiempos la cobardía en dar testimonio público de fe cristiana. Así hemos de decidirnos a mostrarnos siempre como verdaderos hijos de Dios, porque a más de cumplir con un imperioso deber, agradaremos a la Santísima Virgen, nuestra Patrona. Sea, pues, nuestra conversación, nuestra lectura, nuestras relaciones con los demás, nuestra vida social, una pública confesión de fe cristiana; pues así merecemos que Cristo nos confiese ante su Padre celestial.

II.- La cobardía de los cristianos en estos tiempos se manifiesta, entre otras cosas, en la falta de asistencia a los actos públicos del  culto: Sale  el Señor a visitar los enfermos y apenas se encuentra quien le acompañe; desiertas están las Iglesias; se omite el cumplimiento del precepto de oír la Misa, y en general, se quebranta a diario y públicamente la ley Santa del Señor, ¡Cuánta tristeza produce esto en el alma! ¡Cuán opuesto a lo que nos pide nuestra Patrona! Vedla  en el gran momento de la aflicción del corazón de Cristo cuando fue levantada en alto la Cruz; allí al pie del Santo Madero, está ella, Reina de fortaleza, dando ejemplo al mundo y siendo nuestro modelo para que confesemos públicamente a Cristo.

III.- Otra necesidad se experimenta y es el abandono en que viven muchos católicos sin acercarse a los Santos Sacramentos en la vida, muriendo muchos privados de ellos. La Santísima Virgen nos muestra esos Sacramentos como manantiales de vida sobrenatural, y parece decirnos: la gracia que tan grande es y que tan grande me hizo, en ellos está; venid y seréis saciados. En ellos ¡oh cristianos! está la salud del alma y el remedio de sus necesidades. En la Sagrada Eucaristía se  nos da el mismo Cristo, el hijo de María, tal y como está en los cielos, para ser nuestro alimento y vida. Acerquémonos a la Sagrada Penitencia para vestir el alma de la gracia y dispongamos nuestro corazón para recibir a Cristo Sacramentado. Así fortaleceremos el corazón para practicar la fe.

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Nosotros tus hijos a ti acudimos ¡oh reina y Madre de la fortaleza! para que nos alcances la gracia de confesar siempre a Cristo Jesús, y dar público testimonio  de nuestra fe. Te pedimos por los tibios para que se enfervoricen; por los que viven indiferentes para las prácticas cristianas, a fin de que se esfuercen en su cumplimiento; por los pecadores para que se conviertan; por los que están en peligro próximo de muerte para que mueran reconciliados con Cristo. Danos la gracia de ser cristianos prácticos; para que después de los días de la vida seamos moradores de la eterna Sión. Amén

DÍA NOVENO

LA DEVOCIÓN A MARÍA Y LA VIDA FUTURA

I.- Nuestra morada definitiva es el cielo; hacia él caminamos mientras vivimos en este valle de lágrimas. El amor a María, el cumplimiento de nuestros deberes, la limpieza del corazón, Son poderosos auxiliares para no apartarnos del verdadero camino de salvación, ¡Cuantos olvidan estas verdades y viven como sí eternamente hubieran de morar en la tierra! Los bienes de fortuna y la pobreza, la salud y la enfermedad, el gozo y el sufrimiento… todo lo pone el Señor en nuestras manos para que nos sirvan de medios de ganar la eterna bienaventuranza. Hemos de morir, y entonces empieza la vida que no acaba. Si la muerte nos sorprende en pecado será la mayor de las desgracias, porque eternamente seremos infelices en el infierno.

II.- De aquí el temor de vivir en pecado; de aquí la necesidad de acudir al Patrocinio de María de Guaditoca, para que ella guarde nuestros pasos y nos proteja en todo instante y momento. ¡Que consoladora es la devoción a María! Ella nos promete que los que la honren vivirán eternamente. Estímulo dulcísimo es este para la práctica de la virtud, pues ningún medio mejor de honrar hay que unir la abalanza de los labios con las virtudes del corazón. Preparémonos en vida para el trance de la muerte; vivamos cada día muriendo al pecado, y pidamos a María que el último latido de nuestro Corazón y la última palabra de nuestros labios sean para Dios.

III.- Consideremos, por último, los favores sin cuento que nuestro pueblo debe a su Patrona amantísima, la Virgen de Guaditoca, para saber agradecerlos y para que sean estímulo a nuestra esperanza y a la confianza en su valimiento. ¿Cómo podremos contarlos? Si las epidemias han sembrado la desolación, al punto que se han interpuesto ante el Señor la invocación de Madre tan amorosa, ha cedido el mal; si el hambre nos amenazaba, ella nos ha alcanzado el agua que salvó nuestros campos agostados; Ella es salud en nuestras enfermedades. Todos cuantos acuden a su amparo son socorridos y remediados. Por ello confiemos en su protección que nos defenderá en la vida y nos ayudará a vencer en el trance de la muerte a nuestro enemigo, para darnos la eterna bienaventuranza.

Oración

¡Virgen Santísima de Guaditoca! Al terminar los días de esta novena te renovamos la consagración de nuestro corazón: pobre es, Señora, pero tu amor será su mejor riqueza y ornato. Te aclamamos una vez más como Patrona amadísima de nuestro pueblo; proclamamos a la faz del mundo los beneficios que de tu misericordia hemos recibido; no nos abandones, ampáranos y defiéndenos. Que la alabanza a tu nombre y al de Cristo Jesús no cese entre nosotros, y danos la gracia para resistir las tentaciones y vencer los obstáculos que se oponen a nuestra dicha y felicidad eterna, para que gocemos contigo de las promesas de Cristo en la patria celestial. Amén.


[1] Historia de la Casa de Herrasti, señores de Domingo Pérez en Granada escrita por D. Juan Francisco de Paula Pérez de Herrasti Vera Gadía Maldonado Alvarez de Alcozer Afan de Rivera Ortega Iriarte Salazar Ponze de León. VIII. actual  Señor de dicha Casa y de el Palacio Casa Fuerte con Tiros de Artillería Tercias y Alcabalas de la Villa de Padul: Regidor Perpetuo de las Ciudades de Guadix y Alcalá la Real. Quien la dedica a María Santísima de las Angustias. Patrona de  dicha Ciudad. En Granada, en la Imprenta de S.S. Trinidad Año 1750 pág. 254.

[2] Guaditoca, nombre árabe; parece compuesto, según D. A. Muñoz y Bosque de Uad que significa río, y de tdaika, que significa angostura, estrechez: todo unido sería Uad etd tdaika.

[3] Expediente de concesión del Patronato de la Iglesia de Guaditoca a D. Alonso de Ortega – Archivo Histórico Nacional.

[4] Pérez Herrasti _ loc. cit.

[5] Este privilegio fue confirmado por el Maestre y Capítulo General en 21 de Septiembre de 1.440, y habiendo surgido debates y contiendas entre las villas de Azuaga y Guadalcanal, nombró el Gran Maestre jueces que dieron sentencia aclaratoria en Guadalcanal a 20 de Noviembre de 1469. Nuevas confirmaciones dieron D. Alonso de Cárdenas en 9 de Mayo 1480 y los Reyes Católicos en 1494 – Archivo Municipal de Guadalcanal – Carpeta de privilegios.

[6] Expediente de la Visita general de ese año –Archivo de Santa María de Guadalcanal- legajo 234.

[7] Estos autos y los demás que se citarán, están tomado de los Cuadernos de Autos Capitulares de la Villa- Archivo Municipal. No ha sido empresa fácil investigar en el archivo del Ayuntamiento de Guadalcanal. Desde fines del siglo XVIII en que se hundieron las casas del Cabildo, no ha tenido la Villa casa propia hasta hace pocos años; el archivo después de la revolución de 1868 se colocó en la Sacristía de la Iglesia de Nuestra Señora de los Milagros, lugar a propósito para que la humedad y el abandono acabasen con los documentos que allí se depositaron sin orden no concierto. El actual Alcalde D. José Castelló, accediendo a ruegos del Autor trasladó los documentos que quedaban al Ayuntamiento y actualmente se trabaja en ordenarlos y  catalogarlos. Aun quedan muchos de gran valor histórico.

[8] Protocolo de Escrituras –año 1638- folio 185 –Archivo Municipal de Guadalcanal.

[9] Archivo de la Secretaría del Arzobispado de Sevilla.

[10] Estos datos están tomados de la Visita de Capellanías de 1628, Archivo de Santa María de Guadalcanal y de las fundaciones de Capellanías y Memorias. Archivo del Arzobispado.

[11] Pérez Herrasti, ob. cit. casa VIII. 

[12] Protocolo de escrituras –año 1671- fº 58.

[13] Protocolo de escritura, año 1638, folio 198

[14] Este documento y el siguiente están en el Archivo Histórico Nacional – Orden de Santiago – Santuarios, leg. 540.

[15] Protocolo de este año, folio 436. Faltan los folios hasta 445. Dejó una memoria a honra del Apóstol San Pedro, y la cláusula dice así: ”Declaro que habrá diez y ocho años que por ser devoto del Apóstol San Pedro, Príncipe de la Iglesia, fundé una Memoria en que se me dice una Misa cantada el día de su fiesta en la Ermita del glorioso Santo, que está al pie de la Sierra de la Breña, y si faltare la dicha Ermita, se diga en la Iglesia de Santa María de esta Villa, y para ello di una huerta que tenía, linde con la que llaman de la Madre de Dios, y a esta llaman de San Pedro: y mando a mi heredero y los demás que sucedieron tengan cuidado en que se diga la Memoria.”

[16] Partida –“Jueves, veinte y nueve días del mes de setiembre de mil seiscientos y cinco años, yo el Licenciado Francisco Gálvez, Cura de esta Santa Iglesia Mayor,  bapticé a Pedro, hijo de Alonso Lucas y de su muger doña Beatriz de Ortega; fue su padrino Diego Díaz de Ortega, su bisabuelo, todos vecinos de esta dicha villa –El Licenciado Francisco Gálvez”.- Archivo de Santa María libro 2, folio 219 vto.

[17] El título de ordenación está unido al expediente de la capellanía que fundó su padre.

[18] Solicitó la capellanía que fundó su padre y pidió la colación en 15 de Enero de 1625 y en el mismo día el Provisor mandó poner los Edictos. En 30 de Enero se hizo la información en Guadalcanal y fueron testigos Pedro de Montemayor y Antonio de Vera Pizarro; y en el mismo día se le dio colación. – Archivo del Arzobispado. Las noticias de Capellanías y Memorias que se han de insertar, cuando estén tomadas de este Archivo, no se hará notación alguna. La sección de Guadalcanal está catalogada por orden alfabético de los nombres de los fundadores.

[19] Pérez Herrasti, ob. cit.

[20] Archivo General del Arzobispado.- Guadalcanal.- Ordin, nº 18- Hay un papel de 1639 en que declara que debe a la Iglesia Mayor 1700 reales “por razón de que en mi se ha rematado la cañama de este año”.

[21] Protocolo – Año 1653 – F. 175. En 1660 Juan Martín, hortelano, arrendó la misma casa por tres años en cien reales anuales  – Protocolo de 1660, folio 98.

[22] As. H. N. – Expediente de patronato a favor de D. Alonso de Ortega.

[23] Archivo Histórico Nacional. Expediente de concesión del patronato. Hay otra copia en el Archivo de Sta. María.

[24] P. Elías Reyero, S.I. – Misiones del M.R.P. Tirso González de Santalla, XIII prepósito general de la Compañía de Jesús. 1665-1686. Santiago 1913. Se hospedaron los Misioneros en las casas de Juan Ortega y de D.ª María de Galves, su mujer, de cuyo matrimonio hace el P.Tirso el siguiente elogio en sus Misiones: “En Guadalcanal estuvimos hospedados en casa de unos caballeros Santos, así la muger como el marido: el se llama el Licenciado D. Juan de Ortega, que escribió a Llerena, pidiéndonos con gran insistencia fuésemos a su casa. Ella se dice D.ª  María de Gálvez, no tienen hijos; son muy ricos y desean fundar un Colegio de la Compañía. Tiene él un hermano Trinitario descalzo, y por eso trató de fundar un convento de esta religión, que no cuajó. Ahora está más inclinado a la Compañía. Tiene dos hermanos casados, cargados de hijos; para estos quiere la hacienda raíz, y el dinero lo guarda para una obra pía. Yo no le hable palabra en la materia. Tiene un cuarto apartado del ruido de la casa, muy capaz y acomodado, adonde estuvimos con mucha quietud. El afecto y llaneza de estos caballeros, y el amor con que nos trataron y el cuidado con que se desvelaban en agasajarnos, no es decible. Quedaron muy pagados de ver el fruto de la Misión; y D. Juan tomó por cuenta el poner un cuadro grande a nuestro padre San Ignacio en el hueco de una Capilla que está desembarazada en la Iglesia, y es de D. Diego Tamayo, que reside en Cazalla; el cual dio francamente la licencia. El adorno del altar corre por cuenta de otro caballero, llamado D. Diego del Castillo. Para el día del Santo Padre estará compuesto el altar y le dedicará un sermón” D.ª María Gálvez, por testamento otorgado en 16 de Febrero ante Juan Rodríguez Castillo, fundó en su nombre y en el de su marido, ya difunto, una Memoria de una Misa diaria al estipendio de cuatro reales, que se diría en la Iglesia del Convento de San Francisco, dejando el capital necesario en censos.

[25] Archivo de Santa María núm. 231.

[26] Archivo de Santa María núm. 232.

[27] El Ldo. D. Cristóbal Yanes Marín Blanco, Comisario del Santo Oficio, Abogado y Fiscal de la Cámara Apostólica, natural y vecino de Guadalcanal, por testamento que se abrió el 2 de Agosto de 1677, fundó una Capellanía en la parroquia de Santa María, con dote de 2.000 ducados y obligación de decir las Misas que cupieren al estipendio de seis reales; nombró por patronos a sus sobrinos D. Francisco de Molina, abogado y D. Cristóbal Yanes de Molina y Blanco, hermanos, e hijos de María Yanes Alhaja, hermana del fundador.

[28] Fue hermano de D. Alonso Damián de Ortega; se bautizó en Guadalcanal en 5 de Septiembre de 1639, fue regidor de la villa y Alcalde ordinario durante varios años y de la Hermandad en otros: se recibió en calidad de caballero notario, juntamente con su hermano  mayor, en Cazalla. Casó con D.ª Eloisa Pérez Herrasti y Ferrer, en 1672, y fue único heredero de su hermana D.ª Elvira Ponce y de su tía D.ª Isabel de Ortega, tuvo prendas muy apreciables, sumamente generoso y limosnero. Se ahogó al pasar el río Viar, en 17 de Febrero de 1705 y lo enterraron en Cantillana. Dejó nueve hijos.

[29] Archivo de Sta. María número 192.

[30] Francisco García de la Parra, por testamento otorgado en Méjico en 3 de Noviembre de 1573, fundó una obra pía para casar a doncellas.

[31] El Ldo. D. Cristóbal Freire de Gálvez, religioso del hábito de Santiago, Vicario general, que fue de la provincia de León, Comisario del Santo Oficio y Cura propio de Santa María de Guadalcanal, en donde había nacido, por  si, y a nombre de su hermano el Ldo. D. Francisco Freire de Gálvez, religioso del hábito de Santiago, después Prior que fue del Real convento de S. Marcos de León y Capellán de S.M., en virtud de poder de este otorgado en  Madrid en 20 de Noviembre de 1622, y con licencia ambos del Prior de la Orden, otorgó escritura de fundación de un vínculo y mayorazgo en Guadalcanal en 30 de Enero de 1624, ante los testigos Cristóbal Yanes de Galves, Alférez mayor, Juan Heredia Marín y Cristóbal Rebusco, de que dio fe el escribano Juan Marques. Declaró en esta escritura, que cuando se casó su otro hermano D. Fernando Yanes Freire “a ley y bendición de la Iglesia” con D.ª María Gutiérrez de Salamanca, le hicieron donación y promesa de ciertos bienes con la obligación de quedar vinculados, reservándose el otorgante y su otro hermano D. Francisco, el hacer los llamamientos en los hijos de D. Fernando, y a falta de estos de las personas y obras pías que les pareciese. Los bienes eran 60.000 reales de principal de un censo sobre el concejo de Almendralejo; 40.000 sobre el concejo de Villafranca; y un huerto, molino de zumaque y casa en la calla del Castillo (S. Francisco) de Guadalcanal. A falta de sucesión directa de su hermano D. Fernando, llamaron a su otro hermano  D. Pedro Martínez Freire; y a falta de estos a D. Francisco Freire de Mendoza, sobrino, hijo de otra hermana D.ª María Freire, casada con D. Francisco Mendoza; y a falta de todos, fundaron una Capellanía. Las obligaciones y cargas que impusieron, eran entre otras dar 1.000 reales para dotes a huérfanas de Guadalcanal; 25 reales al hospital de los Milagros, 25 al de la Caridad; y lo que sobrase de cumplir los demás cargos, se distribuirá por los patronos, que eran el pariente más cercano, el Cura de Sta. María y el Guardián de S. Francisco, entre los pobres de Guadalcanal, mitad para hombres que tengan 55 años o estén impedidos, mitad para mujeres que tengan 50 años, a 4 ducados cada uno. D. Francisco otorgó su testamento en el Real Convento de S. Marcos de León en 19 de Marzo de 1632.- Archivo de Sta. María números 9, 10 y 11. Estos hermanos tan ilustres fundaron una capilla en el altar mayor de Santa María, y recientemente, con motivo de las obras de reparación y ornato que le hicieron en el presbiterio, se ha encontrado un precioso frontal de azulejería, con las armas de los Freires, que se ha colocado en el sitio para donde ellos lo costearon. En la sacristía de Santa María, hay dos retratos de estos hermanos.

[32] Catalina Ramírez, fue casada dos veces; la primera con Hernando Ramos y la segunda con Juan Ramos Alcocer; viuda de éste, otorgó testamento en 10 de Marzo de 1611; y murió el 22 del mismo mes. Fundó un patronato para pobres y dejó 3.000 de capital en Zalamea la Serena; nombró por Patronos al Cura de S. Sebastián y a un pariente de la fundadora. Es muy interesante el inventario de bienes que se hizo después de su muerte

[33] Archivo de Sta. María, núm. 152

[34] Protocolo de 1722, folio 108.

[35] Lib. 1º de Defunciones de la P. De Sta. M.ª, folio 14.

[36] Archivo de Sta. María.- Núm. 152.

[37] Protocolo de escrituras: año 1718, folio 106

[38] Otros dos hijos tuvieron D. Pedro Ortega y doña Tomasina Ponce, D. Pedro de Ortega y D.ª Elvira Ponce.

[39] Otorgó el poder para testar ante el Escribano Pedro González de Figueroa.- Protocolo de escrituras, folio 372; al folio 374 está el testamento.

[40] Pérez Herrasti. Obra citada. Hay algún error en este autor al nombrar a los hijos de D. Alonso Damián, pues omite a D.ª Tomasina Ignacia, que fue religiosa de velo blanco en el Convento del Espíritu Santo, de Guadalcanal. Nació en Guadalcanal y se bautizó el 28 de Septiembre de 1675. Profesó en 27 de Diciembre de 1694 y murió en 17 de Septiembre de 1707. Otra hija tuvo D. Alonso fuera de matrimonio, (la menciona Pérez Herrasti) y también fue religiosa en el mismo Convento con el nombre de Sor Úrsula; profesó en 9 de Febrero de 1681, ocupando en la Comunidad los cargos y oficios de Consiliaria y Abadesa en diversos trienios: murió en 16 de Julio de 1737.- Libros de entradas y óbitos del Convento.

[41] Según Pérez Herrasti D. Pedro  “sirvió a S.M. en el sitio de Jerez y en el de Badajoz; murió soltero”. En 12 de Septiembre de 1690 D. Alonso Damián, su padre, otorgó escritura fundando una Capellanía con la dote de ochenta fanegas de tierra en Guaditoca y nombró por Capellán a su hijo Pedro, por lo cual aparece inclinado, al menos por esa fecha, al estado eclesiástico. No hemos encontrado la partida de bautismo de don Alonso de Ortega y Toledo; consta por el testimonio de su nombramiento de Alférez mayor de la Villa, que por muerte de su padre, y durante su  menor edad, recayó en su madre y tutora, que al llegar a la mayor edad se le expidió Real Cédula en 7 de Julio de 1716. Se cruzó Caballero de Santiago en 1.º de Noviembre de 1721.- Autos capitulares en los años que se citan.

[42] Pérez Herrasti. Obra citada.

[43] Expediente de concesión del Patronato. Archivo Histórico Nacional.

[44] Archivo Histórico Nacional.

[45] Las noticias de este capítulo están tomadas de la carpeta Quentas del caudal de Ntra. Señora de Guaditoca que se an dado por la Señora Marquesa de San Antonio de Mira el Río, como heredera del Sr. Marqués de San Antonio su difunto marido, en fuerza de Real Orden de Rl. Y supremo Consejo de las órdenes, que se halla pr. Cabeza dest. Autos.- Guadalcanal .- Visita Gral. De 1748.= Archivo de Santa María.- núm. 5

[46] Estos son los que quedan en la actualidad arreglados para vivienda del Santero, al despojar al Santuario hasta de esa dependencia.

[47] En 8 de Junio de 1742 se leyó en el Ayuntamiento una carta de Fr. Lorenzo Navarro, Procurador general de la orden de San Juan de Dios y Ministro titular de la Suprema Inquisición, remitiendo a la villa un guión con su cruz de planta y un palio de tisú bordado y en él las armas de la villa, para que sirviera en la procesión del Corpus y fiestas del Santísimo, y acordó la Villa invitar al Marqués de S. Antonio para que llevara el estandarte en la procesión, y a seis caballeros para las varas del palio. Por carta de 30 de Agosto del mismo año regaló “una muceta grande para el preste, estola y paño de cáliz de raso liso bordado de relieve de oro con mucho primor y una muceta pequeña para el copón, de raso liso blanco, bordado a imitación de lo referido en que (sin vanidad temporal) me he regocijado, alabando a Dios (de quien todo lo bueno procede) por haberme hecho instrumento de que nuestra Iglesia mayor de Santa María tenga una alhaja, que la Corte de Madrid no la tiene igual para el asunto.” El nombre de este benemérito religioso está escrito en el friso del retablo de la capilla bautismal de Sta. María, el cual, tal vez, sería donación suya. No se conserva el palio, ni la cruz del estandarte.

[48] Religiosa muy observante del Convento del Espíritu Santo y Prelada de singulares dotes de mando, elegida en más de una ocasión por aclamación de la Comunidad “por convenir así al bien espiritual y corporal de la Comunidad”. Fue hija de D. Pedro Inarte de Ortega y de D.ª Ana de Pineda. Profesó en 1731

[49] En este año, a 6 de Marzo, acordó la Villa traer la Santa Imagen, por necesidad de los campos, nombrando Comisarios a D. Ignacio de Ortega y Juan Yanes, regidores; y a D. Francisco Monsalve, Diego de Castilla y D. Rodrigo de Monsalve.

[50] Archivo de Santa María.- Núm. 5.

[51] Catastro de riqueza de la Villa de Guadalcanal formado en 1753 – Tomo 3º de Eclesiásticos, folio 672 y siguientes.

[52] Libro de Cuentas de Cofradía de Valverde.

[53] Alcanzaron de S.S. en 28 de Noviembre de 1739 Breve oratorio. El Obispo Prior D. Alonso Sebastián de la Barrera, en 11 de Febrero siguiente subdelegó en el Provisor de Llerena la ejecución de la gracia: y éste, que era D. Diego de Ortega Ponce de León, sobrino de D. Nicolás, caballero de Santiago, Colegial mayor de Salamanca y cura de la Granada de Llerena, hizo la información previa en Guadalcanal; fueron testigos D. Pedro José de Cote, presbítero y Médico titular de la villa, D. Ignacio de Ortega y Herrasti, Regidor perpétuo y Alcalde de Guadalcanal, y Juez Conservador de las minas de Guadalcanal, Cazalla, Aracena, Río tinto y Galaroza, D. Pedro de Arjona, D. Cristóbal Agustín de Gálvez y Joaquín Jiménez, vecinos de Guadalcanal. Dio auto el Provisor ejecutando el Breve en 24 de Marzo de 1741. A.G. del A. Guadalcanal.- Núm. 8

[54] D.ª María Sánchez de Arjona, después de muerto D. Nicolás, casó en segundas nupcias con D. Diego de Morales y Toledo.

[55] Cuentas de la Marquesa.

[56] Cuentas de la Marquesa.

[57] Está inserta en el expediente promovido para nombrar Administrador interino del Santuario, muerto D. Nicolás.- A De S .M.

[58] Cuentas de la fábrica de la parroquia de Santa María de este año.

[59] En 3 de Abril, teniendo noticias de hallarse vacante la Vicaría perpétua de Jerez de los Caballeros, por renuncia de D. Alonso Solís, e imposibilitado de ir a la Corte por las atenciones de la Santa Visita, otorgó poder ante Muñoz Durán, a favor de D. Francisco Arroyo para que en su nombre acudiera a S.M. y pidiera la Vicaría.- Protocolo de escrituras de 1753, fol. 10.

[60] Es interesantísimo el testamento. Costeó la Marquesa la Capilla del Mayor Dolor en la Parroquia de Santa María y dejó dotación para el septenario.

[61] En el mismo testamento dejó un rédito de 264 reales sobre la heredad de viñas de Gómez de León, término de Cazalla, para una obra pía en el Convento de San Francisco.

[62] Libro de elecciones y acuerdos celebrados en la Iglesia parroquial de Nuestra Señora Santa María la Mayo de esta villa de Guadalcanal por su venerable comunidad… que da principio este año de 1744, fol. 18.

[63] Archivo de Santa María nº 82.

[64] El día 4 de Junio había otorgado doña María escritura ante el mismo escribano, fundando una capellanía en Santa María, con la obligación de decir el capellán Misa a las 12 de la mañana los días festivos, para los 400 reales que se darían al capellán dejó una casa-almacén, doce fanegas de tierra en Toribia y siete en Santa Cruz.

[65] Las cláusulas referentes a las obras pías están testimoniadas en los “autos que se siguieron contra D. Diego de Morales en 1780 sobre que imponga a favor de S.M. la cantidad de 109.411 reales y 26 mrs. Vellón que se hallaban en su poder, correspondientes a la obra pía que fundó don Nicolás de Ortega”.- Archivo de Sta. M.ª  núm. 38.

[66] Esta cláusula está testimoniada en el expediente canónico de 1865.

[67] Archivo de Sta. M.ª- Civil – año 1759, sobre la administración de Ntra. Señora de Guaditoca.- D. Pedro de Ortega y Arjona, vec.º de dha, V.ª y la Just.ª y Rexim.º della – N.º 4.

[68] Item que los Mayordomos de las Iglesias de dicha Villa, fagan su oficios fielmente con juramento que sobre ello fagan e que gocen de la franqueza que el  Consejo suele facer e está de costumbre a los tales Mayordomos es a saber que de los pechos reales y concejiles e de la mesa maestral cuando se reparten gocen en su tiempo en esta manera a los Mayordomos de Santa Ana e San Sebastián den cada sendos cuartos de pecho e el Mayordomo de santa María porque tiene mayor trabajo que goce de un mediero de pecho e non mas… Ordenanzas municipales – 180 f.º 125.

[69] En el expediente de 1865 a los folios 142 y siguientes hay testimonio autorizado de estas sentencias.

[70] Archivo de Santa María .- Núm. 211.

[71] Libro de acuerdo de la Comunidad de Sta. María.

[72] Expediente de 1865.

[73] Está inserta en el Expediente de 1865 fol. 160.

[74] En el expediente de 1865 se inserta la Real Provisión.- Fol. 163 vuelto y siguientes.- Con interés hemos buscado el expediente que motivó esta Real Provisión; y en el Archivo Histórico Nacional – Expedientes de 1792, número 572, Santuarios – hay esta nota. “En 25 de Abril de 1792 se sacó el expediente de D.ª M.ª Teresa de Tena, vecina de Guadalcanal, sobre no haber querido dar cumplimiento al título despachado a ella de la Ermita de Guaditoca, para juntar con una consulta de la Villa de ella, y pasado al fiscal”. El expediente, pues, fue sacado y no devuelto. Tampoco hemos encontrado antecedentes en el Archivo del Ayuntamiento: los datos que se insertan están tomados de la Real Provisión del Consejo.

[75] D. Martín Castelló, primer  Corregidor de Guadalcanal, otorgó testamento en 23 de Julio de 1817, gravando un molino harinero que tenía en la Rivera y una suerte de tierra contigua con una corta vega, por bajo del molino de Santa Clara, con la pensión de pagar anualmente el gasto de merma de diez cirios, que han de arder en la novena de Nuestra Señora de la Asunción y cuatro velas en los altares de S. Juan Nepomuceno y de Nuestra Señora de las Angustias; con la circunstancia de que sólo han de arder cada día durante la primera novena y la salve, y en las otras que se hacen sólo han de arder cuatro de dichos cirios; dejó anualmente al sacristán media cuarta de aceite para las campanas durante la novena y cuatro reales a cada sacristán, cuatro al organista y dos a cada uno de los acólitos. A Sor María de los Dolores, religiosa de velo negro, del Convento de Santa Clara, cien reales anuales de pensión, en metálico; y al fallecimiento de ésta, se pagarán noventa y nueve reales cada año a la Colecturía de Santa María por vía de memoria perpétua, para tres misas cantadas con vigilia y responso sobre la sepultura del Corregidor; y diez reales por razón de la memoria que sobre el molino tenía impuesta el P. Garzón. También dejó otras memorias de misas en S. Sebastián. Archivo de Santa María núm. 144 – Escritura de transmutación de las pías memorias de D. Martín Castelló, trasladadas sobre la hacienda “La Cruz Chiquita” en 3 de Noviembre de 1827.

[76] Archivo de Santa María.- Núm. 265.

[77] En la sesión extraordinaria que celebró el Ayuntamiento en 25 de Marzo de 1863, a la que asistieron los Curas de las tres parroquias, se determinaron las fiestas y solemnidades a que debían concurrir el Ayuntamiento y las Parroquias; y fueron las siguientes: Publicación de la Bula, en Santa María; asistencia del Ayuntamiento y Clero de las tres parroquias, Funciones votivas de la Villa; a la de S. Gregorio y a S. Atanasio, sólo el Clero de Sta. María y a la de San Roque en S. Sebastián, sólo el Clero de esta Parroquia, Desagravios el Domingo infraoctavo de la Purísima; asistencia del Ayuntamiento, Cruces parroquiales y Clero, alternando las parroquias. La Procesión general del Corpus, después de la Misa de tercia; y el Santo Entierro se harán en Santa María con asistencia del Ayuntamiento, Cruces y Clero de las tres parroquias. Las tres Octavas del Corpus, en sus Iglesias respectivas, como en el día del Corpus. La venida y vuelta a su Santuario de la Patrona por cualquier concepto que sea, se celebrará con asistencia de las tres Cruces y Clero según la costumbre, y como se determina en el acuerdo de 8 de Junio del año anterior. Los titulares de las parroquias, asistencia recíproca de ellas y concurrencia del Ayuntamiento. Las letanías mayores, como de costumbre: en el día de San Marcos las Cruces de Santa María y San Sebastián irán a Santa Ana por el Santo y lo llevarán a Santa María y lo volverán después. Las demás funciones que se celebren por acuerdo del Ayuntamiento queda al arbitrio de este el designar la parroquia, participándolo oportunamente a quien corresponda para que asistan las Cruces y el Clero.

[78] Está inserto en la Real Cédula del Consejo, que está unida al cuaderno de autos capitulares de la Villa, de este año.

[79] “Libro donde se asientan las cuentas que se toman a los Mayordomos de la Cofradía de la Virgen de Guaditoca y las elecciones que se hacen de dichos Mayordomos. Da principio año de 1785”. Está en el archivo de la Parroquia de Valverde de Llerena. La cofradía es anterior a dicho año, como hemos visto en las páginas precedentes.

[80] Habían nombrado Alcalde a Andrés Bravo de la Vera; Regidores: a Gonzalo Limones, Juan Méndez, José Linares y Francisco Martín Bermejo, y reeligieron al Mayordomo, que había pagado los gastos del anterior. Quedaron a la Cofradía en el ajuste de cuentas 167 reales que se habían reunido de limosna.

[81] Los ingresos de la Cofradía eran: un censo de nueve reales; otro censo de diez y seis reales y diez y seis maravedís; otro censo de veinticuatro reales y otro de once reales y ocho maravedís, a más lo que se recogía con la bacineta y otras limosnas, como las pujas por llevar el Niño.

[82] Copia certificada de 21 de Mayo de 1795, unida al expediente de 1865.

[83] Archivo de Santa María núm. 32.

[84] Archivo de Santa María núm. 94.

[85] Archivo de Santa María núm. 48.

[86] El nombramiento de Alférez mayor tiene fecha 21 de Octubre del 1806. Está inscrito en el cuaderno de autos capitulares de este año.

[87] Esta imagen tiene una tercia de altura; es de vestir y está en el Santuario.

[88] Recogieron 198 libras y 18 onzas. Parroquia de Santa María = 4 cálices con sus patenas. – Una cruz de dos libras de peso y cinco onzas.- Una urna para guardar al Señor en el Jueves Santo, pesó 30 libras y 10 onzas, y aunque el cura hizo ver lo necesario que era, no se le atendió. Convento de San Francisco = Un cáliz con su patena. – Dos diademas.- Un manojo de azucenas de San Antonio. Convento de Santa Clara = Una naveta.- Dos vinajeras. Hermandad Sacramental = Una cruz, pesó una libra.- Una campana del Sagrario. San Benito = Una espada de la Virgen del Mayor dolor.- Una diadema de San Isidro. Estos objetos se conmutaron por tres cucharas, dos tenedores, una cruz, cinco medallas y treinta y cinco reales en dinero; todo propiedad de la Imagen. Guaditoca = La cúpula de las andas de la Virgen: su peso catorce libras. Cofradía de la Soledad = Una taza de pedir que había costado a la Cofradía 1.250 reales. Cofradía de la Cruz = Una taza de pedir y la Cruz del estandarte. Parroquia de Santa Ana = Dos cálices con sus patenas. Unas vinajeras con su plato, no muy pequeñas.- La diadema de Santa Ana. Sacramental = Doce cañones del guión, cada uno pesaba 4 onzas (costó la onza a 21 real y cuartillo y la labor 400 reales).-  Una cruz.- La taza de pedir. Cofradía del Carmen = Una imagen de la Virgen que pesaba 23 onzas. Convento del Espíritu Santo = Una naveta de plata. Parroquia de San Sebastián = Un cáliz; su peso veintidós onzas.- Unas vinajeras y platillo, veintiséis onzas.- Otro cáliz, 20 onzas. Cofradía de Jesús = Una lámpara 128 onzas. Sacramental = Una lámpara, 64 onzas.- Una taza para pedir; 30 onzas. Virgen de la Potería = Plato de pedir, 4 onzas. Archivo de Santa María núm. 13.

[89] En el expediente de 1865 declaró D. Ignacio Vázquez “que por el año 1816 llevó a Sevilla a D. Francisco de Ortega, padre del que actualmente se titula patrono de la Virgen de Guaditoca,… y dicho D. Francisco conducía un bulto, como de unas cuantas arrobas de plata, que se decía entre los compañeros de viajes, todos los cuales han muerto ya, que era de la Virgen de Guaditoca, y al regreso no los trajo”. Folio 224. En el mismo expediente declaró Antonio María Rivero “que hace muchos años, con motivo de haber trabajado el declarante con su padre en una posada de la inmediata villa de Malcocinado, en la calle de las Cuatro esquinas, oyó decir que aquella posada era de la Virgen de Guaditoca, y fueron enviados a trabajar a ella por D. Francisco de Ortega y Tena, administrador que era de la Virgen, el cual la vendió a un vecino de dicho Malcocinado llamado Juan Sabas Alcántara.” Folio 246.

[90] Algunos testigos en el expediente de 1865 declaran que esta joya es la Venera que regaló a la S. Virgen el Marqués de S. Antonio.

[91] Expediente de 1865 folio 238 y siguientes.

[92] Expediente de 1865, folio 244.

[93] “Por fallecimiento de D. Juan de Ortega y Ayala, hermano de D. Francisco, sucedió este en el Patronato laical del que tomó posesión en 6 de Julio de 1836”. Expediente de 1865, folio 339. Eran hijos de D. Francisco Ortega y Tena.

[94] Don Vicente López y López, Alcalde primero, Don Pedro Muñoz Bolaños, Alcalde segundo.

[95] Don Antonio Nogales.

[96] En 1865 afirmaba el mismo Sr. Ortega (folio 187 vuelto del expediente de 1865) que “el Marqués de S. Antonio hizo el camarín de la Virgen”; obra que como hemos visto en la página 94, fue costeada por la Hermandad, antes de concederse al Marqués el derecho de patronato.

[97] Expediente de 1865 fol. 177 y siguientes

[98] Expediente de 1865 fol. 171.

[99] Certificación del acuerdo del Ayuntamiento de 1795.

[100] Expediente de 1865, fol. 176 y siguientes.

[101] Expediente de 1865, folio 147.

[102] Folio 211.

[103] Véase la cláusula del testamento de D. Nicolás de Ortega, otorgado por su viuda doña María Arjona, pag. 148. Salió hace años, la administración de Guaditoca de la familia de los Ortegas, y la voluntad de D. Nicolás no se ha cumplido; es más, la planta baja de esta casa, que servía de hospedería y habitación de los ermitaños, también ha sido arrebatada a la Hermandad, que es actualmente la encargada del Santuario.

[104] Expediente de 1865, folio 1.

[105] Folio 198.

[106] Está original al folio 190 del Expediente.

[107] Expediente de 1865 folios 191 al 194.

[108] Folio 218.

[109] Ibid.

[110] Declaración de Doña María del Carmen Pinelo, madre de Doña María Luisa. Expediente de 1865, folio 234.

[111] Expediente de 1865, folio 242.

[112] Ibid, folio 223.

[113] Ibid, folio 214.

[114] Expediente de 1865, folio 218.

[115] La firmaron D. José Jesús Rivera, D. Francisco Rivero Palacio, D. Manuel Fontán, D. Antonio Fontán, D. Sebastián Calderón, Pbro., D. Juan Calvo, D. Francisco Pérez, D. Narciso Calleja, D. Antonio Rivero Muñoz, D. Juan Calderón, D. Ignacio Arcos, D. Ignacio Vázquez, D. Antonio Hernández, D. Sebastián Álvarez, D. Juan A. De Arcos, D. Pedro Muñoz, D. Juan Rivera Rodríguez y D. Ramón Álvarez. Las Constituciones insertan al final los Hermanos fundadores de la Cofradía y a más de los citados pone los siguientes: D. Angel Fernández de Salas, Cura, D. Francisco García, Pbro., D. José Yanes Gil, id., D. Antonio José Ribero Pizarro, D. Antonio María Ribero Pizarro, D. José Barrera Ruda, D. Antonio José Calleja, D. José Zabala, D. Manuel Cordo, Pbro, D. Francisco Arcos Albarrán, D. Cayetano Blandes, D. Cayetano de Tena y Vargas, D. Lorenzo García, Presbítero, D. Juan Bernabé Márquez, D. José Barragán Palacios, D. Felipe Fontán, Pbro., D. Enrique de Ortega y Castilla, D. Jesús Márquez Ribero, D. Tomás Calvo, D. Marcos Alvarado y Marín y D. Francisco Romero.

[116] Fue Cura propio de Santa Ana de Guadalcanal.

[117] Archivo de Santa María. Legajo de comunicaciones oficiales.

[118] Archivo general del Arzobispado- Guadalcanal – ordin. 20.

[119] En el informe que en 22 de Julio de 1722 dio el Párroco de Santa María, el Licenciado D. Bartolomé Díaz a petición del Consejo de las Órdenes, dice lo siguiente: “Y en lo que mira a si está la dicha ermita (de Guaditoca) agregada a alguna parroquia, como situada extramuros, el Cura de la Iglesia Mayor de esta Villa tiene jurisdicción en ella, en cuanto a administrar los Santos Sacramentos, presidir y hacer con su clero las procesiones y fiestas que en lla se celebran, como en otras muchas ermitas que en término de esta Villa.

[120] El Sr. D. Juan C. Roda merece un recuerdo especial, que si por muchas razones debiera dedicárselo quien estas líneas escribe, mucho más es acreedor a ella por la entereza, tesón, laboriosidad y competencia con que defendió siempre los derechos de la Iglesia y en especial los de la Santísima Virgen de Guaditoca. Se conserva impreso un Sermón predicado en la Iglesia Prioral de Llerena en desagravio por las blasfemias proferidas en las Cortes constituyentes, y un excelente libro de Oraciones gramaticales latinas, en cuya lengua fue Maestro peritísimo.

[121] El Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca.

[122] “Rollo de tres piezas sobre diferentes asuntos con D. Juan Pedro de Ortega como Admin.r por S.M. del Santuario de nuestra Sra. de Guaditoca en los quales ha tomado conocimiento el S.r Cons.º de las ordenes” Arch. Municipal de Guadalcanal.

[123] Auto del Corregidor. – 16 Junio 1785- “Que en esta hora se acaba de pasar a su Merced un exhorto del Sr. Ordinario eclesiástico de esta villa por medio de Diego José Escutia, Notario que se dice ser de su Audiencia, a instancia de D. Juan Pedro de Ortega vecino y Alferez mayor de la misma, y Mayordomo o Administrador, que igualmente se supone de los bienes y rentas del santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca de este término y jurisdicción, por el que resulta que el referido, en virtud de las providencias que por este Juzgado Real se le han intimado, y constan en este expediente, y en lugar de haberlas obedecido o expuesto en el los fundamentos de su oposición o reclamación, ha recurrido (en el menosprecio) a dicha Audiencia eclesiástica, a pretexto de litigar en ella (según se comprende) o el punto de los derechos, que debe pagar por la asistencia de cada Capellán, o el decir los de órdenes menores, o todos los que no sean sacerdotes hayan de ser comprendidos en el pago, como los que no son: Y respecto de que la litis pendencia causada sobre cualquiera de estos puntos no perturbaba la autoridad de la jurisdicción real, ni sus providencias perjudican el curso de aquella instancia, tratándose solo de atender a los justos intereses y remuneración de los Ministros de la Iglesia, prescindiendo de la costumbre o derecho que pueda haber o litigarse, según las constituciones canónicas o definitorias y que por consiguiente el referido D. Juan Pedro ha debido exponer y reclamar en este Juzgado (en que ha sido demandado como en el de su naturaleza) lo que se le ofreciere, como el exceso que aduce en dicha Audiencia eclesiástica y la litis pendencia sobre ello, a que su Merced deferería y proveería lo correspondiente sin vulneración ni perturbación de Jurisdicciones: y en no haberlo así practicado, promueve competencias de jurisdicciones y pretende desairar la reordinaria, que su Merced administra, y por S.M. y sus tribunales se manda defender vigorosamente. Encárguese su prisión al Alguacil mayor de esta dicha villa, a quien acompañe el presente escribano, por quienes se la haga saber la guarde por ahora en las casas de su habitación y morada; y así evacuada se confiera traslado del expediente y citado exhorto a la parte del clero de la Parroquia de Santa María y su Colector, sin perjuicio de otras providencias y con término de un día: y respecto de haber proveído el Sr. Vicario Juez ecco. sin consejo ni firma de Letrado, en lo que se hace su providencia imputable al Diego José de Escutia, su Notario; y tener entendido su Merced, en los pocos días que cuenta de servicio en este corregimiento, que se haya procesado por este mismo Juzgado y causa de gravedad, con noticia o consulta de la superioridad competente, el presente escribano por cuyo oficio debe pasar, como único de su número, dé quenta de ella para las que hayan lugar; lo que cumpla en el día no obstante de no haberse publicado parte de las generales de buen gobierno y arreglo de la Audiencia, que se están trabajando por el Cabildo…”

[124] Sentencia del Corregidor – 20 Junio 1784 – “… Que mediante ser la instancia causada en este Juzgado real por el dicho Colector D. Francisco Marquez puramente contraída al pago de derechos devengados por la asistencia del Clero y Comunidad de dicha su Parroquia (que la hizo según costumbre) a las fiestas y procesión de aquella Santa Imagen, como lo reconoce y confiesa D. Juan Pedro de Ortega, con sola diferencia de negarse a pagar los quince reales consignados a un Capellán, no presbítero, y los seis restantes aplicados a algún sacristán o acólitos en que va la pretensión del Colector conforme a razón y a la práctica universal que se observa en cuantas concurrencias se costean a las Comunidades eclesiásticas, haciéndose muy reparable que con la disputa de los derechos de los Capellanes, no sacerdotes, se haya dado lugar a originar un pleito, cual se anuncia en la Audiencia eclesiástica, pendiente más tiempo de un año; y en atención a no perjudicar a éste el hecho de no pagar la presente concurrencia de dicha Comunidad, a quien debió prevenir de antemano el referido D. Juan Pedro se escusase la del capellán para eximirse del pago, no teniendo lugar su resistencia, después de su concurso, sobre cuyo fundamento han recaído las providencias de este Juzgado (no reclamados por aquél en tiempo, modo y forma oportunos) con el justo fin y objeto de atender a los Ministros de la Iglesia y sus derechos, sin transcender a turbar el conocimiento de la audiencia ecca., en la discusión de ellos para lo sucesivo, sobre que se reconoce bastante entidad en el referido Admor. o Mayordomo por el mismo hecho de la duración del citado exhorto y providencia en él inserta, sin acuerdo de letrado, y con el sonido de apercibimiento, nada conformes a la regular consonancia ni a los miramientos de este Juzgado, que espera de la Audiencia más reflexión para en adelante, debía mandar y mandó que por lo prevenido en cuatro y quince del que rige, a solicitud de dicho Colector, se haga saber al referido D. Juan Pedro de Ortega cumpla con el apronto de la cantidad, que por aquél está demandada por esta vez, y por la explicada asistencia, sin perjuicio de su derecho y el del fondo de la Ermita en disputa promovida en la Audiencia ecca. Lo que cumpla en el término que le está asignado y nuevamente se refrenda, con igual apronto de costas, pena del apremio decretado y demás que haya lugar y con reserva de las providencias a que se ha hecho acreedor por la inobediencia que de facto ha manifestado e irregular medio que ha tomado de insediar este Juzgado real de su natural subordinación… Y por un efecto de equidad y atención a sus circunstancias y urgencias, que tiene representadas de su labor y otras que se consideran consiguientes a su oficio, se le alza por ahora el arresto impuesto, con declaración y advertencia de que la inhibición que supone de la instancia verbal (que en el sitio del Santuario hizo el dicho Colector) es errónea y mal concevida, respecto de habérsele mandado pagar los derechos de la Comunidad, sin perjuicio de la instancia ante el señor ecco., y que no diese motivo de contienda, ni escándalos, como el de suspender la procesión con expectación y desagrado del concurso”

[125] “A catorce días de Mayo de 1785, D. Antonio Donoso de Iranzos Corregidor, Capitán de guerra de Guadalcanal y su tierra, Digo: Que habiendo pasado a reconocer en el año próximo pasado, y a los pocos días de tomar posesión de este correjimiento, el concurso que con el nombre de feria supo formarse en el sitio del santuario de nuestra señora de Guaditoca, de que parece ser patrono Mayordomo y Administrador D. Pedro Juan de Ortega y Toledo, Alferez mayor de esta dicha villa, hayó y reconoció que con efecto concurren diferentes tiendas de Platería, Mercaderías de seda, Lineros, Quincalla, cordonerías y otras, que se recojen en varios cobertizos desde el Portal de la misma ermita y su circunferencia y otros al descubierto y que con este motivo concurre igualmente por costumbre la justicia o su teniente, Alguacil mayor, escribanos, dependientes y Ministros para el resguardo y seguridad de tiendas, aprehensión de fraudes y remover la ocasión de otros crímenes, escándalos y delitos públicos a particulares, para lo cual la falta de guarnición del sitio hace de necesidad hacer venir algún resguardo de tropa. Y habiendo notado, así mismo, que por el dicho D. Juan Pedro de Ortega se benefician los puestos en que sientan sus tiendas y ranchos los Mercaderes, traficantes y proveedores de abastos y vituallas, sin saber con que orden; regla o privilegio se procede en esta exacción y el que haya para permitir el asiento de dichas tiendas, en que estriba la principal causa del concurso de que dimana la molestia y ocupación de la Real Justicia y sus Ministros, que por otro respeto desamparan sus casas y comodidad y pierden los derechos que les producen sus respectivos oficios por el tiempo desde este día hasta el último de la próxima pascua inclusive, por la necesidad de atender a los abastos de primera necesidad en aquella y esta Población: Y que los dependientes se quejan y escusan de hacer este servicio con la incomodidad referida y el quebranto de costearse de su propia sustancia y facultades, y siendo justo que de la masa de la contribución de los concurrentes se les remunere su ocupación, vigilia y diligencia extraordinarias que la ocasión trae consigo, mandó, que precediendo un oficio atento, que el Alguacil mayor de esta dicha villa y Juzgado con asistencia del presente escribano pase a dicho caballero Mayordomo haciéndole presente el contenido sustancial y justo espíritu de esta providencia a fin de que convenga en igual correspondencia de su parte, y en caso de oposición y resistencia se requiere de los Mercaderes y concurrentes no pagasen sus respectivos ajustes sin intervención del mismo Alguacil mayor y presente escribano, que lleven apuntación y cuenta formal de lo que contribuyeren al referido mayordomo los que vendieren bajo de cobertizo, y los que lo hiciesen con asiento y rancho al descubierto, desde luego paguen sus ajustes a la misma Audiencia, de cuyo fondo se sacaran las dietas y estipendios de su Merced, si asistiere, el mismo Alguacil mayor, Dependientes y refresco que se considerase a la tropa que pueda ser necesario por esta vez y sin perjuicio y a reserva de proveer y consultar a la Superioridad de Real y Supremo Consejo de Castilla lo conveniente sobre la tolerancia o despedida de dicho concurso para en lo sucesivo y demás que convenga.”

[126] Auto 1787.

[127] Pedimento de D. Juan Pedro de Ortega.- “… y siendo así, que tanto la referida Iglesia como los portales inmediatos, y terrenos que le circunvalan en que se hace anualmente la famosa feria, que llaman de Guaditoca tomada del título de dicha soberana Imagen, fueron y son pertenecientes a la dicha vinculación, y haber mas tiempo de un siglo que la citada feria se practica, cobrando los Patronos administradores las limosnas y efectos que pagan los que vienen a venderlos a ella y ocupan los expuestos portales y la superficie de las predichas tierras, sin que en tiempo alguno haya llegado el caso de usar de recurso judicial a su cobro, ni haber traido los señores Jueces, que han asistido a las citadas ferias derechos de dietas, ni otra gratificación de cuentas de la Imagen en tiempo alguno, y haber V. m. observando lo mismo en el año pasado de 84, todo ello no obstante se verifica en este de 85, debidamente hablando, la novedad de habérseme intimado por medio del presente escribano le aprontase para pago de los salarios de los dependientes del juzgado, como tal patrono-administrador, cuatrocientos y sesenta reales de vellon, sin perjuicio de los demas mrs. que la persona judicial resolviese llevar por propias dietas, cual asi se ha verificado en vista de haberseme notificado por el mismo le entregue para V. m. trescientos sesenta y ocho reales: Con efecto no pudiendo resistir las providencias de este Tribunal, de que soy subdito, por mi calidad lega y empleo de Alférez mayor; queriendo evitar las estrecheces de algun apremio nada decoroso a mi situación, como acaecio en el año anterior, en que se me puso preso en mis casas por atribuirme inobediencia a los preceptos de este real juzgado, solo porque como tal Administrador resistí pagar a la colecturía otros nuevos derechos que demandaba, y aun se hallan pendientes autos ante el Sr. Vicario de esta villa, entregue al Actuario, presente el Alguacil mayor, los referidos 460 reales de que me dio recibo: y ahora por la misma razón consigno en este acto los 368 que solicitan, pero reclamandome que acaso se me culpe en la próxima venidera visita por satisfacer unas dietas o derechos, que no se acostumbran, ni han acostumbrado y así mismo, tal vez, no quiera abonarme en la data las insinuadas partidas, para que pueda yo acreditar mi buena fe, y que lo hice de judicial apremio. Suplico a V.m. que,  habiendo por consignado los dichos 368 reales, estimando en la misma clase los 460, que entregué, y de que tengo recibo; y entendiendose asi el apronto de la otra partida con la calidad de sin perjuicio del recurso y para efecto de evitar mas costos, y otras resultas mas compulsivas, se sirva mandar se me de testimonio de ambas consignaciones  y protesta que de ellas hago, para que de este modo, no parando detrimento a la Imagen en el legítimo derecho que sobre ello tenga, consiga en el interin, y por lo de ahora el abono de sus importes en la visita que se celebre, insertándose en el enunciado testimonio esta solicitud y su providencia.”

[128] “Informamos, dicen, al Sr. Corregidor que en cumplimiento de su providencia de catorce del retropisxenio Mayo, pasamos al sitio de Guaditoca… con noticias de que D. Juan Pedro de Ortega su Patrono o Admor. se hallaba en él: y habiendole encontrado se le dio por mi dicho Alguacil mayor el recado politico, que previene la citada providencia, en orden a que de la mesa y fondo productivo de dicha feria dispusiese satisfacer dietas al Juzgado y sus subalternos, o por lo mejor decir, remunerase su ocupacion, vigilia y diligencias extraordinarias, que ocasiona la concurrencia advirtiendole ambos que dicha diligencia era puramente politica, sin embargo de que habia providencia conforme a su espiritu, que determinaba otras diligencias: Y enterado dicho Don Juan respondio estar muy conforme en todo lo que dispusiese su Merced; y en fuerza de dicho allanamiento y conformidad , omitimos las ulteriores diligencias que en caso de resistencia nos preceptuaba la mencionada providencia del catorce; y pasado algún corto espacio de tiempo se presentó dicho Mayordomo con la pretensión de que bajo las mismas circunstancias de urbanidad le manifestasemos dicha providencia y asi se ejecuto, corriendo el negocio con el mismo semblante, sin advertirse en el mayordomo la mas minucia repugnancia.” (Sigue en el informe la relacion de la intervecion del Sr. Corregidor en la feria y regularizacion de las dietas y deficultad surgida a ultima hora): “Actuando, el Señor Corregidor, que se presento en la feria el primer dia de Pascua, y por el informe que yo dicho escrivano di a su Merced, no hizo novedad, aunque si previno tomase una ligera aputancion de la contribucion de los mercaderes y demás contribuyentes que con tiendas, platerias y otros efectos ocupaban los portales y demas sitios de la circunferencia  del Santuario. En este tono discurrieron los dias de la feria hasta que el último, o penúltimo , tomada por nosotros ligera apuntacion y noticia de dicha contribucion, por faltar algunos feriantes que se habian retirado, nos avocamos y se trato de la regularizacion de dietas para el juzgado, que ascendieran por cinco dias de ocupacion y sin inclusion de las de su Merced, a cuatrocientos sesenta reales de vellon, que aprontó el Mayordomo y de que di recibo yo el Alguacil mayor; pero todo con la cualidad de sin perjuicio de lo que se sirviese disponer el Sr. Corregidor,   atendiendo a que aquella regulacion se habia hecho con considerable equidad y nada suficiente a reportar la incensante tarea que ofrece la feria, incomodidades y gastos de sostenerse de nuestra sustancia; pues a cada uno de nosotros aplicamos veinticuatro reales diarios y a un guarda del campo y dos ministros ordinarios a doce; sin haberse tenido presente otros dependientes que asi mismo concurrieron, y refresco que efectivamente se costeo a la tropa de Infanteria de Cataluña que asistió a todo lo necesario: y dicha cantidad se halla distribuida. Concluida la feria y pasados algunos dias, atendiendo su Merced a que no habiamos cobrado sus dietas y de otros dependientes mando que yo el escribano diese de nuevo recado politico al significado Mayordomo de que con dicho respeto y de la mejor equidad restaban trescientos sesenta y ocho reales, e intimado por mi dicho oficio politico respondio el memorado D. Juan los pondría en mi poder, lo que no ha ejecutado hasta el dia de ayer; pero con el pedimento que motiva esta diligencia… Guadalcanal y Junio primero de mil setecientos ochenta y cinco.”

[129] Apelacion al Real Consejo de las Ordenes.- M. P. S. = D. Juan Pedro de Ortega y Tena, vecino de la villa de Guadalcanal del Partido de la Ciudad de Llerena, Patrono Admor. de los ornamentos, rentas y limosnas de la Ermita de Ntra. Sra. de Guaditoca, sita en su termino, como lo acredita el Real titulo que acompaño, a V. A. con el mas profundo respeto dice: viene en costumbre inmemorial su soberana Imagen de no pagar obencion a los clerigos que no siendo de Misa asistan a la procesion celebrada en el ultimo dia de feria que se hace cada año por Pascua de Pentecostes, junto a la referida Ermita, sin que en tiempo alguno hayan cobrados los colectores de Santa María la mayor otras asistencias ni omitido entregar a los Admores. Patronos una apuntación de los Presbíteros que intervengan en dicha fiesta; no obstante lo cual, por D. Francisco Marques, bajo de aquella cualidad, se demando en la Santa Visita del año de 83 al que suplica para el pago de las asistencias de los 81 y 82, querrendo tirasen obencion a los eclesiasticos de menores, y esto sin franquear la razon puntual que se estila. Y siendo asi que habiendose producido disputa, sin innovar por entonces en la dicha costumbre, hallandose ya tan adelantado el juicio que solo faltaba la alegacion de escrito y bien probado, aspirando dicho Marques a interrumpir y alterar tan quieta posesion, valiendose cauteloso de silenciar la dicha contraversia y litis pendencia, que el mismo principio, ocurrio verbalmente estando en feria del de 84 al vuestro Alcalde mayor de la citada villa, demandando a el que representa asistencias no acostumbradas como no vencidas a favor de presbiteros; y aunque se abstuvo el referido Juez, por entonces, del conocimiento que procuro tomar con motivo de haberle insinuado dicho pleito pendiente en el tribunal ecco., pudo tanto la mañosa astucia del Colector, que hizo abrazase efectivamente por escrito una cognicion de que se habia inhibido de palabra, pues restituido que fue a la dicha villa, mando que el suplicante le satisfaciese dichos mrs. que aumento hasta la cantidad de 231 reales, sin proceder la dicha apuntación donde apareciesen las personas que asistieron a la funcion y si tenian o no la dicha cualidad de presbiteros; de modo que a vista de tan gran novedad y perturbacion de tribunales, considerando el que consulta, que el retroceso del citado Alcalde mayor acaso dimanaba de no haber dado credito a el verdadero informe que en feria le produjo uso del remedio oportuno ante el vuestro Vicario de dicha villa, que le dirigio letras para que se inhibiese, habiendo precedido la efectiva entrega que el que suplica hizo de la cantidad legitima, que se había devengado, para que el Marques la recogiese, y en su defecto la depositase, como en efecto sucedió. Y ello fue que en vez de superarse el Alcalde mayor de su empeño, lo tuvo en seguir dicho conocimiento, poniendo a el suplicante en prision, condenandolo en costas, hasta obligarlo, por redimir la vejacion, a entregar, como entrego, la cantidad mal demandada por el Marques, que con la de las costas ascendio a la de 379 reales de vellon, quedando infringida con esta novedad, no solo la citada costumbre, sino tambien vulnerada la jurisdiccion eclesiastica con el atentado de hacerse obedecer dicho Alcalde mayor, procedido a conocer y ejecutar sus duras providencias, pendientes el litis, y la duda de a cual juzgado correspondia dicho conocimiento. Estos perjuicios, Señor, son gravisimos contra el derecho de Patronato y fondos piadosos de dicha Imagen, que hoy los tolera aun mucho mas crecidos con la otra novedad que experimenta de haber cobrado dicho Alcalde mayor en esta de 85 por dietas suyas y de sus dependientes 828 reales, hasta ahora no acostumbrados, ni exigidos por algunos de sus antecesores, ni aun por el mismo en el expuesto año de 84, en que asistio personalmente a la citada feria; pareciendo insufrible que no viniendo en estilo unos tan crecidos derechos, ni presentandose el susodicho, ni otro de sus predecesores, ni sus ministros, a instancia de la Imagen, habra ya de tener y sufrir un tan grande desembolso, y que las limosnas que dan los fieles voluntariamente para el decoro y divino culto haya de erogarse y distribuirse a beneficio de dicho Juez y ministros suyos en salarios no acostumbrados, contra lo expresivo de Real titulo y gracia de patronato y en agravio también del destino cristiano que le dieron los devotos contribuyentes, cuando, por lo que aparece del testimonio adjunto, ni los Alcaldes escribanos, ni otras personas han cobrado de dichas Rentas y limosnas, ni aun un maravedi; pues a la verdad, si asi se hubiese verificado, se descargarían los patronos administradores en sus cuentas, que dan de trienio en trienio, cual jamas lo han ejecutado, según lo califica la expresada fe con emision a el libro, sin haber el que representa podido conseguir hasta ahora, que el dicho vuestro Alcalde mayor le mandase dar testimonio sucinto de tal novedad, a menos que pagando unos muy excesivos derechos para certificar puntos inconducentes con que se lesionarian mas los fondos piadosos de la citada Imagen. Atento a lo cual, y que compulso y apremiado pago no solo la referida cantidad, sino 60 reales mas por razon de costas y que por haberse excusado el escribano Diego Robles firmaron la copia que acompaña dos presbiteros del pueblo. Para cortar abuso tan perjudicial que, desanimando a los fieles, haria decaer la devocion a tan famosa Imagen, Suplico rendidamente a V. A. que en vista de dichos documentos, se digne expedir la orden mas oportuna para que el vuestro Alcalde mayor, ni otro que le suceda, se entrometa sobre puntos de dicho patronato a cobranza alguna, aunque sea lego el Administrador; y menos a exigir dietas, ni derechos que no vienen en práctica, haciendo que unos y otros devuelvan los que han percibido con violencia, declarando ser privativo el conocimiento a dicha eclesiastica Vicaria, favor que espera, etc. etc. Guadalcanal 29 de Junio de 1785 = D. Juan Pedro de Ortega.”

[130] M. P. S. Domingo Gomez Serrano en nombre de D. Juan Pedro de Ortega… Patrono Administrador y Mayordomo de los bienes y rentas de Nuestra Señora de Guaditoca… diga que el Corregidor… ha causado en este año otro atentado no de menos consideración que en el pasado, contraviniendo notoriamente al contexto de la ultima orden en la que se le prevenia no hiciese novedad en cuanto a la celebracion de la feria, pues aunque es cierto que recibida la orden no solicitó cobrar derechos, lo que hizo fue nombrar un sujeto parcial, y de su faccion (sin ser individuo del Ayuntamiento como se requeria) que en clase de teniente pasase a la feria, bien persuadido, que este y el escribano que le acompañaba ejecutarian sus ordenes sin la menor dilacion, como efectivamente pasó el ultimo dia de feria, y usurpando a mi parte las facultades que privativamente le corresponden, como Patrono del Santuario, empezo a cobrar aquellos derechos que a este le pertenecen de los puestos que ocupan los quincalleros o buhoneros y otros que van a vender sus mercadurias, exceptuando unicamente los portales que estan fabricados, sin advertir que por sentencia de vuestro Consejo, confirmada por la Real Junta de Comisiones en el pleito que siguio mi parte sobre el derecho de patronato que es notorio y publico en la villa, se le señalo todo el terreno que circundaba la Ermita; y ademas el terreno de los citados puestos se halla situado en los ambitos de las calles que forman los portales, todo propio del Santuario, mediante el formal deslinde que se hizo a consecuencia de la citada Ejecutoria, que los prescribe y señala; sin poderse conceptuar en parte alguna a realengo, efugio de que parece se valio el Corregidor para causar la novedad de cobrar lo que unicamente pertenece a la Ermita ofrecida en beneficio de la Imagen; y aunque mi parte no omitio el hacer al teniente las mayores reconvenciones sobre este particular, respondio que no podia separarse de la orden que le habia sido dada por el Corregidor negandose a dar el correspondiente testimonio, que mi parte solicito para hacerlo presente en esta Superioridad. De lo expuesto se ve los irregulares procedimientos del Corregidor que ligado con la orden del Consejo no causara novedad, ni menos cobrar derechos para sus dietas, encontro medio para interpretar, o por mejor decir, infringir la orden cobrando derechos de los nominados puestos… y no pareciendo justo que el Corregidor se haya lucrado, con unos derechos tan indebidos, ni menos el que haya causado esta novedad, contraviniendo a lo mandado por vuestro Consejo, a fin de que mi parte pueda pedir a su tiempo la reintegracion de estas cantidades y las que le exigio en el pasado año de 85, y que esta patente el desprecio que hace de los mandatos de V. A… causando a mi parte los mayores perjuicios… A V. A. Suplico que en consideracion a los fundamentos expuestos se sirva mandar que el Corregidor de la villa de Guadalcanal, bajo la multa que fuese del agrado del Consejo remita, o evacue a correo relativo el Informe que se le tiene pedido, el cual sea extensivo a la novedad causada en la feria de este año… Ldo. D. Joseph Luis Bost y Maymó. = Domingo Gomez Serrano.= Es copia del pedimento original que se presento en el Consejo. Madrid y Septiembre doce mil setecientos ochenta y seis.= Francisco Antonio de Zaragoza.

[131] “Respecto de haberse ausentado D. Juan Pedro de Ortega la mañana del día de ayer o su precedente noche al sitio de Guaditoca y su Santuario, distante legua y media de esta población, sin duda para mantenerse el tiempo de la concurrencia que con el nombre de feria se espera en la próxima Pascua de Pentecostés, sin haber dado ni exhibido las cuentas de los productos de su tiempo, ni razón alguna de haberlas dado o no, y que por otra parte vista el pasar, según costumbre, a dicho sitio para precaver cualquier desorden que pueda recaer en quimeras, como en contrabandos, escándalos, desacatos al templo, y faltas en las especies de abastos, pesas, medidas, robos, juegos prohibidos y demás que ofrece el desordenado concurso y la despoblación  de dicho sitio, no pudiendo hacerlo su merced personalmente por diferentes ocurrencias que le impiden ni tampoco el Alguacil mayor, D. Pedro de Tena y Cote, por su accidentada salud, cometió sus facultades a D. Cayetano de Ayala, de esta vecindad, para que asistido del presente escribano y de los guardas y ministros del Juzgado y campo pase a dicho sitio y presencie dicho concurso, providenciando lo conducente en cualquiera acontecimiento, celando y cuidando de la administración de justicia con la vigilancia que la ocasión requiere, denunciando y aprehendiendo cualesquiera delincuentes, tomando los auxilios necesarios de la partida de escopeteros voluntarios de Andalucía que se halla a prevención en el mismo sitio y librando de ella los que necesite: dando cuenta en caso necesario con cualquiera de dichos guardas de campo, o por otro seguro y pronto conducto de lo que pudiese ocurrir y necesitare providencia de su merced. Y respecto de que aunque dicho D. Juan Pedro se convino en el año próximo anterior en pagar la Audiencia y sus dependientes del fondo que exige y cobra a los mercaderes, tenderos, fruteros y toda especie de traficantes que conducen género, venales a dicho sitio, y después se ha retraído y reclamado el pago que hizo en nombre de una condescendencia y retribución prudente, hasta haber hecho recurso a Su Magestad y señores de su Consejo de la órdenes, procediendo por modo de intervención y justificación en la cobranza que hiciere, llevando y formando relación individual de todas las partidas que exigiese de los concurrentes con nombre de limosna para dicho Santuario, por estorbarle por ahora el recibo de aquellas cantidades que pagaren los que tuviesen hospedados en las casillas, portales o cobertizos que hay en la inmediación de dicho Santuario, o tuvieren mesas, tablas u otro acomodo de dicho Santuario, o tuviesen mesas tablas y otro acomodo de dicho Administrador, y sólo si percibiendo o reteniendo aquellos cortos estipendios, que parece que el mismo acostumbra exigir de los que sientan y forman rancho fuera de todo cobertizo y a espaldas de ellos, con frutas, gergas y espartos, cordonería, y otros semejantes géneros, poniendo por diligencia lo que la requiera, para proveer en su tiempo y demás que haya lugar. Y por este su auto así lo proveyo y firma el Sr. Corregidor de esta villa de Guadalcanal a tres de Junio de mil setecientos ochenta y seis.- Donoso. Ante mí.- Diego Josef Escutia.”

[132] “Certifico: que habiéndose librado a esta real Justicia por la del crimen de la villa de Constantina despacho requisitorio en treinta de Junio de este año para que la informara lo que le constase sobre el robo que en la feria de Guaditoca, celebrada en el mismo dentro de esta jurisdicción, ejecutó Josefa González, conocida en aquella villa por la Extremeña, en compañía de su yerno Bernardo el francés, no constando de él en este juzgado formó el Sr. Corregidor expediente de oficio sobre su certeza y averiguación teniendo principio a cinco de Julio, y por las declaraciones recibidas resulta que la recibida tomó en el concurso de dicha feria y en el último día de su celebración unas enaguas de otra  muger, que se le aprendieron y quitaron a corta distancia de ella por el camino que sale de la misma para dicha villa de Constantina a cuyo acaso intervino Andrés Muñoz, teniente de esta real Jurisdicción en la Aldea de Malcocinado con uno de los guardas de campo, y que aunque al Comisionado D. Cayetano de Ayala se le dio queja de ello y encargó al ministro Antonio Trigueros la persecución de dicha muger, esta se entró en la Ermita y se interpelú con algunos eclesiásticos y otras personas, y entretanto que dicho Ministro acudió a dar cuenta se puso en salvo aquella, y sucedió en encuentro referido: Que es sustancialmente lo que aparece de dicho expediente, y para que conste doy el presente en cumplimiento de lo mandado. Guadalcanal y Septiembre veinticuatro de mil setecientos ochenta y seis.”

[133] Pedimento al Consejo.- M. P. I. Domingo Gómez Serrano, en nombre de D. Juan Pedro de Ortega… a V. A. como mejor proceda digo que… mi parte… pidio que el Corregidor, bajo la multa que fuese del agrado del Consejo, evacuase a correo relativo el informe que se le tiene pedido… y sin embargo de haber pasado muchos meses aun no ha evacuado dicho informe. En este estado hago presente a la justificación del Consejo que la falta de obediencia del Corregidor de Guadalcanal a los preceptos de V. A. es tan manifiesta, que no necesita de otra prueba más que ver que desde el 6 de Septiembre del año pasado de ochenta y cinco hasta ahora, se le han comunicado dos Ordenes y un despacho para que evacuase el informe que se tiene pedido; que no se ha podido conseguir, sin embargo de ser transcurrido mas ha de un año, abusando de la notoria piedad y justificación de esta superioridad… de que dimana verse ultrajada y vulnerada la autoridad de V. A., aumentarse considerablemente los gastos y perjuicios a mi parte, con la multiplicidad de despachos; estar privado de la reintegración de las cantidades que indebidamente le ha exigido dicho Corregidor; y lo que es mas; sin arbitrio para dar curso a los autos pendientes y pedir lo que a su derecho convenga: En cuya atencion … a V. A. suplico se sirva mandar se le exijan inmediatamente quinientos ducados de multa y que librandose sobrecarta de la Real provision anterior, cometida al alcalde mayor de orden mas cercano, pase a Guadalcanal a hacer dicha multa efectiva con todas las costas que se causen, como asimismo las del Despacho que se librase, entendiendose este para que el Regidor Decano evacue el informe pedido y lo remita incontinenti con las diligencias, y venido todo se me entreguen los autos en su vista exponer y alegar lo que al derecho de mi parte convenga, como  anteriormente tengo pedido, que es justicias que pido. Etc. = Ldo. Dr. Joseph Luis Bort y Maimó = Domingo Gomez Serrano. Y en vista del Pedimento inserto y antecedentes se proveyo por los del nominado nuestro Consejo el auto siguiente = Librese a esta parte Provision para que por cualquier escribano que sea requerido se haga saber al Corregidor de la villa de Guadalcanal que en el preciso termino de quince dias  y pena de doscientos ducados evacue el informe que se mandó en Decretos de tres de Septiembre del año próximo pasado, nueve de Mayo y dos de Septiembre del corriente. Madrid y Noviembre veintidos de mil setecientos ochenta y seis = Ldo. Navarro. Y para su ejecucion y cumplimiento fue acordado que debiamos mandar librar esta nuestra carta y Provision para vos cualquier Escribano que con ella fuereis requerido. Por lo cual os mandamos hagais saber al nominado Corregidor de la villa de Guadalcanal, que en el preciso termino de quince dias y pena de doscientos ducados, evacue el Informe que se le mando en decretos de tres de Septiembre del año proximo pasado, nueve de Mayo y dos de Septiembre del corriente. Que asi es nuestra voluntad; y no hagais lo contrario pena de nuestra merced y de cincuenta mil mrs. aplicados para la nuestra Real Cámara. Dada en Madrid a primero de Diciembre de mil setecientos ochenta y seis.= D. Diego Morales = El Conde del Carpio. = D. Joseph de Zuaro. = D. Gaspar Merchol de Jovellanos. = Yo D. Francisco Antonio de Larraza, Sr. De Cámara del Rey nuestro Señor la hice escribir por su mandato con acuerdo de los de su Consejo de la Ordenes.

[134] Examen de los libros de cuentas.- “Certifico en cumplimiento del auto antecedente que habiendo reconocido con intervención y presencia del Sr. Corregidor los cuatro libretes exhibidos por D. Juan Pedro de Ortega, resulta que el primero perteneciente a los productos de la feria de Guaditoca del año de setecientos ochenta y tres se formó de cinco medios pliegos de papel común doblados, componiendo hasta diez hojas, empezando los asientos a la vuelta de la primera hasta el final de la quinta, entre la cual  y siguiente se reconoce faltar una, indicando haberse rasgado por existir su residuo unido a la dicha quinta y llevándose alguna parte de ella y luego en la septima, que hay de sexta, se saca la suma los productos de dicha feria en mil y novecientos reales con una media firma a su pie que dice Ortega y rúbrica al parecer el mismo D. Juan Pedro; y a su continuación siguen diferentes asientos de limosnas para Misas por los devotos hasta el número de ciento noventa y tres y la vuelta de ella se encuentra en blanco como otras tres últimas, advirtiéndose que los asientos que por su mayor parte están hechos por columnas en unas las llenan y en otras no = El segundo, respectivo al año de ochenta y cuatro, empieza también a la vuelta del primer folio tercero, en la que se saca por producto de la feria de aquel año la cantidad de dos mil cuatrocientos setenta y un real, don diferentes claros en siete hojas útiles advirtiéndose faltarle las tres últimas para completar los cinco medios pliegos de que igualmente aparece haberse formado = El tercero con la misma conformidad principió vuelto el primer folio y signe en columnas, la mayor parte incompletas, hasta el folio sexto con que acaba con una nota de igual media firma en que se dan por productos de la feria del año de ochenta y cinco un mil setecientos cincuenta y cuatro reales y medio y otra después sin firmar por la que aparece deberse rebajar trescientos veintiocho que se suponen entregados al Alguacil mayor a presencia del escribano Diego Vicente de Robles, de orden de su merced, y tiene arrancadas las cuatro últimas para el complemento de las diez = Y el cuarto y último principia y sigue en igual conformidad por otras seis, en que acaba con otra nota y media firma semejante a las anteriores, sin fecha de día cierto y con la del mes de Junio del año próximo pasado en que se expresa no haber entrado en su poder doscientos doce reales y medio por importe de los puestos fuera de las casas portales y por decir haberse cobrado de orden de su merced por el presente escribano, y el producto de dicha feria fueron dos mil y setecientos reales; y luego siguen otras dos hojas en blanco y las dos ultimas rotas; apareciendo igualmente que las dichas notas y medias firmas están de letra mas reciente, tinta más clara que los demás asientos y a un mismo pulso; todo lo cual certifico en cumplimiento de lo mandado y con su merced lo firmo dejando rubricadas las libretas como tiene preceptuado –Donoso- Diego Josef Escutia.=

[135] Auto del Corregidor.- “Los patronos imponían a los feriantes la contribución que les ha parecido, como se deduce de haberse ido aumentando con ella los productos de dicha feria, aunque con visible mengua en los diez y nueve años que administró D. Pedro de Ortega y Arjona, padre del actual, y que contrajo el alcance de dos mil y más reales en está perjudicado el Santuario, a que ha contribuido no poco el mismo D. Juan Pedro su hijo, que con igual equivocación en su último recurso supone no solamente haberse cobrado por el presente escribano mayor cantidad en la feria del año que la resultante de Autos, sino que ha procurado tergiversar con nuestro informe la verdad de los hechos, desentendiéndose de que para mejor instruir el informe decretado por la superioridad se le mandaron exhibir las cuentas de su tiempo, que no ha cumplido hasta el presente con motivo de la enfermedad que a pocos días de dicha última feria padeció y las que después padecieron igualmente así su merced para los dos escribanos de esta villa en el discurso de la general epidemia que ha experimentado hasta fines del año próximo, por cuya causa, y la muerte del de autos recrecieron las ocupaciones, sin poderse desahogar el juzgado de muchos atrasos; ni tampoco ha presentado el libro de cuenta y razón que le está mandado, y que ha debido llevar de la administración de su cargo, a que no satisfacen los cuatros libretes exhibidos con menos formalidad y levantamiento de algunas hojas, asientos recientes  y defectuosos y que no llenan el ministerio de la administración, en el cumplimiento de la prevención que se le hizo por el título que ha presentado: y que además de ser unos borradores manuales de las exacciones de las cuatro últimas ferias padecen a primera vista los reparos de menos formalidad, dispersión, falta de numeración y las de no contener más que el del último año los valores de las cinco casas que todos ha tenido arrendadas para el Alcabalero y tiendas de licores, uno de los mayores renglones de la feria; ni tampoco las limosnas y ofertas a aun pujas que todos los años se hacen con motivo de llevar la Imagen los hombres y las mujeres el Niño en la procesión y entrarla en su Iglesia; en que es notorio y su merced tiene visto el alboroto y atropello de pujas que se causan, ni tampoco las muchas limosnas de Misas que en discurso de la feria se recogen y aun de algunas reses y alhajas, como también entre año… por otra parte del mismo residuo de que da cuenta quiera deducir, como efectivamente lo hace y resulta de sus mismas cuentas, sin haber costumbre en los demás administradores que han sido, ni tampoco por las personas de sacar las tales decimas otros Administradores o Mayordomos de Iglesias o Ermitas o cofradías.”

[136]  Auto de la villa.- Juan Antonio Guerrero, Escribano del Rey nuestro señor publico y del Cabildo de esta Villa en observancia y puntual obedecimiento de lo mandado en el auto precedente: Certifico que en el Acuerdo celebrado en el día de ayer por Sres. Corregidor, D. Juan Pedro de Ortega, Alferez mayor consistorial de esta Villa; don Martín Castelló, don Vicente Maeda, regidores perpetuos de ella, a que asistieron de aguacil mayor, síndicos y diputado de esta precitada villa, resulta acordado acerca del Informe sobre la feria de Guaditoca, que se hace anualmente en este término, que el establecimiento de ella no consta, ni habido, ni entendido el tiempo de su principio, ni tampoco que se haya obtenido Privilegio alguno para ello, y solo comprende que se introdujo muchos años hace con el nombre de Velada que se da a los concursos de otras Ermitas del término y otros inmediatos en los días de sus respectivas celebridades el de dicho Santuario y que con el tiempo se ha ido aumentando con la devoción hasta que se ha ganado el nombre común de feria por todo el país; que el terreno de la Ermita citada de Guaditoca, se dice por dicho Ayuntamiento en el referido acuerdo, duda de si en sus principios fue de realengo concedido por la Villa o por la Orden, como duda del tiempo en que se edificó o en el que se apareció, como se dice sobre una peña inmediata a las aguas del arroyo que divide la dehesa de la Vega, y solo sabe que por D. Alonso Carrasco se reedificó y labró la Iglesia que hoy tiene dicha Imagen y por consiguiente se deduce que sería por estrechez o ruina de la antigua, sobre que el citado Ayuntamiento dice no ha visto documento de mayor antigüedad que la dicha reedificación de el año de mil quinientos ochenta y seis, (sic) y que el mismo don Alonso Carranco Ortega, labró así mismo una casa unida a dicha Ermita de nuestra señora de Guaditoca y con una tribuna o balcón a su capilla mayor y mano derecha y por consiguiente que infiere el Ayuntamiento que su terreno pertenecía al mismo, por cualquier modo de adquisición, vínculo, o herencia, como otras algunas tierras y huerta que parece hubo en sitio por la parte de un moral que existe entre la esquina de la espalda de dicha Ermita y dicho arroyo. Que a dicho Santuario no se le conocen tierras algunas en propiedad, ni asignación más que lo que ocupa la Iglesia, pues las tres casa de Hospedería que tienen los Mayordomos de las Villas de Berlanga, Valverde y Ayllones están, la del último en tierra conocida del Encinal, de los propios de esta Villa y las de los otros parece estar en tierras del Vínculo de los Ortegas y su Patronato, que se dice fundado por Don Pedro de Ortega Freire, hijo del mencionado D. Alonso Carranco, lo que mejor constará de los permisos de edificar que obtendrían dichas Villas y sus Mayordomos: y que en cuanto al Patronato de dicha Ermita, dicha villa, entiende que reside en ella y su Ayuntamiento como el de las demás Iglesias y Ermitas de su término, sin saber que dicho Patronato esté enagenado, o titulado en otra Iglesia y persona: que el del convento y Religiosas franciscanas de la advocación del Espíritu Santo de esta misma Villa en la casa y mayorazgo que goza el Sr. D. Vicente Maeda de que obtiene Real Cédula y la renta de su fundación: y según que todo lo relacionado consta de dicho Acuerdo, que se haya –en el libro capitular corriente de esta Villa a que me remito y en fe de ello cumpliendo con dicho Judicial precepto estampo la presente que firmo en Guadalcanal y Enero 23 de 1787.- Juan Antonio Guerrero. 

[137] “El Licenciado D. Diego Salcedo, Abogado de los Reales Consejos, Corregidor de la Villa de Guadalcanal, con el mayor rendimiento hace presente a V. S. que, habiéndose hecho cargo de la vasta población y término de la villa, estado y constitución de sus vecinos, tratos y granjerias que las sostienen, ha procurado facilitarles los arbitrios posibles en la continuación y fomento de ellas, dándoles los terrenos que han solicitado algunos para plantíos de olivar y zumaque y hacer extensivas sus heredades por este medio tan ventajoso a la pública utilidad de su común: sostenerlos en la conservación de pastar con sus ganados las dehesas de propios con preferencia del trashumante, que se hallaba intruso en ellas, por el precio de la tasación y en perjuicio de los ganados de dicha villa y su aldea de Malcocinado de que les dimana la multiplicación de sus ganaderías, sin las cuales no pueden fructificar las tierras de labor, cuyo industrioso Ramo es el más general entre dichos vecinos, por cuanto apenas hay jornalero que deje de tener senara, sembrar lino u otra semilla, que le pueda coadyuvar extra del jornal que le resulta de su personal trabajo: también ha procurado el aseo, limpieza y aspecto público de dicha población, ya en obras públicas en que ha podido arbitrar, ya en las privadas que se han ofrecido en el tiempo de su servidumbre. Sucede, pues, señor, de que habiendo en su jurisdicción y a distancia de dos leguas de la referida villa de Guadalcanal, una Ermita de Ntra. Señora de Guaditoca, en la que de inmemorial tiempo a esta parte se celebra una feria en los tres días de Pascua de Pentecostés, la cual pudo tener principio a motivo de la concurrencia de dicha villa y las de su comarca en celebración de alguna festividad del Santuario, pues se ignora si hubo licencia para ella,  y es constante que se considera la más útil, precisa y necesaria a los Reinos de Andalucía y esta Provincia por la estación en que se ejecuta de estar la recolección presente, y ser de donde se surten de caballerías los labradores para sus trillas y demás trabajos de verano; los Regimientos acopian caballos y los pueblos de la comarca se abastecen de lo que necesitan para dicha recolección, con cuyo motivo se hace de numeroso concurso de gentes, cuya cualidad le hace licensiosa y ocasionada a insultos y robos y demás consecuencias a que induce la soledad de aquel desierto, aunque la Justicia, en observancia de su obligación, procure de día y de noche remediar; bajo de estos antecedes parecía al exponente sería conveniente se trasladase dicha Feria a la referida villa de Guadalcanal y que se hiciese en ella en los mismos tres días de Pentecostés, en donde concurrirían mayor número de mercaderes, supuesta la comodidad que proporciona la población para la seguridad de sus caudales y recogimiento de caballerías que no tienen en el sitio de Guaditoca, en donde ni hay poblado, ni posadas para descansar; resultando de esta disposición que los feriantes y gentes tendrían mayor provisión de comestibles y satisfacción de resguardo de sus intereses; igualmente que los vecinos harían comercio con sus habitaciones, especialmente los pobres, conque facilitarían a mayor comodidad dar salida a los géneros de su mantenimiento en conocida utilidad de sus intereses, cesarían las concurrencias de las gentes vagas propensas a robar y causar escándalos, y se daría estimulo y fomento a la población para que se reedificasen las casas arruinadas que se hallan en sus extremos y se construyesen otras al modo que se ha reconocido en Cabeza del Buey, Monterrubio, Mairena y otras partes donde las había fuera de la población, por haberlas reducido a ella: además de lo expuesto se considera dicha feria por el que representa repugnante al Decreto de V.S. acordado a instancia del señor Fiscal, en 4 de Junio del año próximo pasado, por cuanto es prohibitivo su literal de cualesquiera juntas de gentes en Ermitas y sitios públicos para comidas y refrescos, siendo, como es, consiguiente el que suceda en Guaditoca por la necesidad de los concurrentes de refugiarse en su Ermita en tiempo de aguas, y que no pueden prescindir por carecer de habitación en cuyo concepto, sujetando esta resolución el exponente a la superior penetración de V.S., hace en su consecuencia a su justificación la más humilde súplica, para que, en vista de los fundamentos y motivo expuestos, se digne decretar la traslación a la villa de Guadalcanal, o resolver lo que sea de su Real agrado. Nuestro Señor guarde y prospere a V.S. por muchos años que ruega el exponente. Guadalcanal y febrero veintinueve de mil setecientos noventa y dos.- A.L.P. de V.S. su súbdito.- Ldo. D. Diego Salcedo.

[138] Auto capitular informando a la Real Audiencia de Extremadura. – En la villa de Guadalcanal a diez días del mes de Septiembre de mil setecientos noventa y dos: Los señores Xª y Regimiento, diputado y síndicos del común, con asistencia del señor don Paulino Caro Guerrero del Orden de Santiago Vicario Juez Eclesiástico ordinario y cura propio beneficiado de la Parroquial de Señora Santa María la mayor de esta villa se juntaron a efecto en orden que se comunicó por el Real Acuerdo de la Real Audiencia de Extremadura, en virtud de otra del supremo Real Consejo de Castilla al señor Gobernador de la ciudad de Llerena, sobre acreditar los particulares que inserta, comprendidos en los cinco primeros artículos, y teniendo presente para mayor instrucción las diligencias practicadas para el establecimiento de única contribución en el año pasado de cincuenta y tres, y los informes remitidos a este fin acuerdan su evacuación en la forma que sigue: Que esta villa de Guadalcanal se constituye de mil vecinos útiles con exclusión de las viudas y pobres de solemnidad, es de la orden de Santiago, cuio exercicio de dichos vecinos es el destino al cultivo de tierras en sementeras y varias especies de Plantios, como de zumaque, olivares y viñas, de forma que hasta los Menestrales de la Población fomentan dicho cultivo, por lo que conceptuando a dicho número en calidad de lavradores, senareros, aunque en distintas clases, su posivilidad se esperimenta que aun aquellos que se dicen Jornaleros siembran alguna corta porción en terreno de Roza para auxiliarse en sus necesidades, mas concretando el informe a la citada orden y al numero que se pretende es depentir el Ayuntamiento que el numero de Lavradores asciende a el de trescientos, los cuales insiste, y perseveran anualmente en dicho exercicio, y en los demas Ramos que le son anexos, como el cuidar de dichos Plantios, de los quales solamente se tienen como veinte Personas Acendadas que sostienen sus labores en tierras propias, y los restantes las tienen en Arrendamiento: Que las tierras de Dominio particular y de Labor que consisten en este termino ascenderán prudencialmente y con arreglo al resultante de dichas diligencias de unica contribución a ocho fanegas, la maior parte de ellas pertenecientes a Capellanias conventos de Religiosas y Hacendados forasteros: cuia qualidad las hace infructiferos, siendo necesario para el vso de ellas de alguna intermision de años de una a otra simentera: con cuia circunstancia se imposibilita el adelantamiento, y fomento de los vecionos Lavradores, y demás que de dicen Jornaleros, o Peujareros en esta Industria, hallandose precisados ha establecer sus cortas sementeras en los valdios, y en sitio donde consideran tener proporcion de lograr el premio de sus trabajos; y como quiera que estos se hallan descontinuos en lo Montañoso de dichos valdios les es mas penoso, y dificultoso de veneficiar y conserbar de las Ganaderias que pastan en dichos Valdios, por lo que para adelantar este industrioso Jiro general a todo el vecindario a excepción de dichos Menestrales, sería ventajoso y beneficioso que se le concediese a esta –villa facultad para repartir a los vecinos mil fanegas de tierra anualmente de las Dehesas de los Propios, y Arvitrios de esta villa, las quales alternen con todas las que sean de dichos Propios proporcionadas para dicha Labor, con cuia circunstancia medrarian los Pastos y Montes a veneficio de ellas y los Lavradores y senareros, igualmente multiplicarian sus cosechas. Que las tierras de Regadio llamados Huertas serán como vnas sesenta fanegas que se venefician para Hortaliza, y otros efectos de su naturaleza: de olivares y hasta trescientas fanegas: de viña quinientas todo lo qual es de dominio particular: que la demarcación del término de esta villa se regula a seis leguas de circunferencia, dos de travesia de levante a poniente y otras dos a sur y norte, en que se comprenden y prudencialmente veinte y siete mil y quinientas fanegas, de tierra toda Montañosa y la mitad de él Montuoso, de cuaia parte se halla la mitad infructífero, y de monte bajo vravio: Que las dehesas, de Propios y Arbitrios de esta Villa y la llamada del Donadio propia del Marqués de Legarda se constituyen por la operación de única contribución de tres mil ochenta y nueve fanegas de tierra que sirven para aprovechamiento de Pastos, cuio número, y el demás que ba exprresado, de Lavor, regadio, olivares, viñas, y zumacales, y rebajado todo del dicho de veinte y siete mil y quinientas fanegas lo restante es terreno de común aprovechamiento, lo qual la mayor parte es ynutil por lo Montuoso y pedregoso: Que las tierras que aquí se arriendan regularmente se pacta exigir de los colonos según Estilo o práctica a proporción de la distancia de la población desde seis partes hasta diez de las Mieses que en ellas siembran cobrando los dueños de dichas tierras en Mies, o en Rama en las mismas tierras, y esto se entiende en las de Labor, pues las demás de frutos se Arriendan a dinero por el precio que tienen por conveniente pactar: que a veneficio de la Agricultura va dicho anteriormente lo que contemplan de utilidad a los Labradores y senareros y respecto a tener con olvido este informe acordado este Ayuntamiento se saque testimonio Liberal y se remita a la Gobernación de Llerena, y los firmaron sus Mercedes de que yo el Escribano doy –fee = Lcdo. Dn. Diego Salcedo = Dn. Paulino Raphel Caro Guerrero – Martín Castelló – D. Dn. Bizente Maeda – Joseph Cavallero – Pedro de Thena y Cote – Manuel Arcos = Ante Dn. Juan Antonio Guerrero. (Cuaderno de Autos Capitulares)

[139] Auto capitular de 5 de Abril de 1792.- Asimismo en este Cabildo se hizo presente que desde el año de ochenta y nueve ha estado don Bruno de Ortega y Saavedra encargado en la recaudación de los intereses que produce la feria de Guaditoca en favor de la Santa Imagen de este título por nombramiento que sucesivamente se ha hecho por este Ayuntamiento y a efecto de saber sus productos, inversión y existencias Acuerda: que dicho don Bruno formalice la correspondiente cuenta y la de a este Ayuntamiento y a sus capitulares en su nombre, como son a los señores don Martín Castillo y don Vicente Maesa, Regidores perpetuos de él a quienes nombran para ello y a que asiste el presente escribano (Guerrero) y evacuada se de cuenta a esta villa para acordar lo más justo y conveniente. E igualmente teniendo noticia este Ayuntamiento de que en la Ermita de Guaditoca se está haciendo obra por los Ermitaños sirvientes de dicho Santuario, quienes sin embargo de no recibir salario, ni aun para su preciso alimento de persona alguna, manifiestan administrar caudal perteneciente a dicho Santuario respecto de las ningunas obenciones que les pueda sobrevenir por distintos respectos del que les autoriza por ser gentes pobres que se acogen a este modo de vivir por tener con que sustentarse y pasar la vida, deseando el Ayuntamiento tomar conocimiento, para los efectos convenientes, de donde provienen dichos caudales, que destino se les da, y con qué orden y a quien dan cuentas de ellos, por quién son nombrados los dichos Ermitaños y colocados en dicho sitio, quién los mantiene y a quién entregan las limosnas y a cuanto ascenderán, expresando las especies que piden; acuerdan: se saque testimonio de este particular y se comparezcan ante el Sr. Corregidor y declaren los dichos Ermitaños en razón de lo expuesto y demás que su merced tenga por conveniente, sin omitir que expresen qué especie de obra están haciendo y en qué sitio. (Cuadernos de autos capitulares).

[140] En la villa de Guadalcanal a treinta días del mes de Abril de mis setecientos noventa y dos los señores Capitulares que componen el Ayuntamiento de ella, síndico general y Personero del su Común de vecinos y Manuel Arcos Diputado de él, no habiendo asistido Nicolás Gómez su compañero, sin embargo de haber sido citado en día anterior, por haberse ausentado de la Villa, se hizo presente la carta orden que antecede, mandada librar por el Real Acuerdo de la Real Audiencia de la villa de Cáceres y representación que la acompaña sobre que informe a dicha regia superioridad de los particulares que comprende en razón de las traslación de la Feria que se celebra en el sitio de nuestra Sra. de Guaditoca de esta Jurisdicción de villa, y vista por este Ayuntamiento la citada Real orden obedeciendo como obedece su litoral preceptivo con la mayor veneración, debe informar a la justificación de dicho Real Acuerdo, como habiendo examinado y reconocido pródigamente los fundamentos expuestos en dicha representación hallar ser constante la utilidad y comodidad que se dice para los concurrentes a dicha feria a efecto de comprar y vender con motivo de tener en esta población la mayor seguridad en sus intereses y en el citado sitio no haberla, por ser desierto, sin poblado alguno en donde poderse refugiar, con cuyo motivo no concurren mayor número de mercaderes y feriantes de todas clases, siendo el más util el de los criadores de ganado yeguar de esta Provincia y Reínos de Andalucía por quanto excita la estación de la recoleción a comprar o vender según sus respectiva necesidades, verificándose que los más acaudalados, habiendo experimentado alguna vez la incomodidad de la citada feria y su inseguridad, reusan volver a ella, por lo que considera este Ayuntamiento ser necesaria su traslación a esta villa en donde sus vecinos facilitarían los medios para el mejor abasto en el mantenimiento de los forasteros, a el paso que en dicho sitio de Guaditoca es forzoso y necesario conducir alimentos a excepción de los generales que el Arbitrio Judicial facilita, cuales son aceite, vino, pan y carne: También es constante que el consumo que pudiese causar dicha feria colocada en esta población cedería en utilidad a sus vecinos, mediante a que cada uno, especialmente los pobres, harían comercio de los respectivos comestibles, franquearían sus casas para la comodidad y seguridad de los forasteros, esperanzados del premio que pudiese resultarlos, cuyos antecedentes unidos, a la escasez de aguas perjudiciales a la salud por la suciedad que perciben del abrevadero de ganados yeguares, caballares, mulares y asnales, inducen a este Ayuntamiento de que será ventajosa las traslación, y aun beneficiosa a la Real Hacienda, en quanto evita establecer estanco en dicho sitio sin alguna seguridad, y de que se introduzcan contrabando de tabacos del Brasil, sin embargo del resguardo de Rondas y partidas que suelen concurrir a este fin, y al de evitar robos y quimeras en los concurrentes, pero por más que se empeñe el cuidado de dichas partidas, ordinariamente se experimentan ciertos quebrantos protegidos los malechores del desierto y situación montañosa y montuosa: También es cierto que la citada feria es antiquísima y se ignora si s obtuvo la correspondiente licencia para ella, repecto a no haber visto documentos que lo acrediten: Que es lo que puede informar con la verdad que acostumbra a la regia Superioridad, para que en revistas acuerde lo que a su superior y real agrado, para lo qual se remita original con dicha copia de la Representación a dicho Real Acuerdo de la citada Real Audiencia por mano de Sr. Conde de la Concepción Fiscal de S.M. quedando testimonio de todo en el libro Capitular corriente; y lo firmaron sus mercedes: de que yo el Escribano del Cabildo doy fe = Ldo. D. Diego Salcedo – Do. Rodrigo Josef de Ayala y Sotomayor o D. Joaquín de Ayala – Dn. Vicente Maeda del Hoyo – Dn. Luis de Monsalbe – Josef Cavallero. Manuel Arcos.- Pedro de Thena y Cote.- Ante mi Juan Antonio Guerrero.- (Autos Capitulares)

[141] Cuaderno de Autos capitulares de este año.

[142]. D.ª María Teresa de Tena, viuda de D. Juan Pedro de Ortega y Toledo… Administradora perpetua titular por su fallecimiento y en representación de su hijo, y mío, D. Francisco Carlos de Ortega y Tena, del Santuario de Ntra. Sra. de Guaditoca, de este término… para los efectos que más haya lugar en derecho y sin perjuicio del recurso o recursos más favorables a dicho Santuario y al mejor desempeño y ejercicio libre de dicha Administración, que protesto en toda forma, digo: que viniendo puesto en costumbre, de tiempo inmemorial, hacer a dicha soberana Imagen el obsequio y culto de visitar su Ermita los tres días de Pascua de Pentecostés, o venida del Espíritu Santo, cada un año el vecindario de esta dicha villa y algunos otros de sus inmediaciones, y señaladamente las de Berlanga, Valverde y Aylllones con nombramiento de Mayordomos de sus Consejo o Hermandades, presentación de estandartes y convoy de asistentes, y celebrar en cada una de sus mañanas en el Altar de dicha Santa Imagen no sola la Misa de fundación o tabla de su capellán, sino otras muchas votivas, o arbitrarias, y hacer en la última tarde, una procesión solemne, con asistencia del Clero de la Parroquia mayor de esta, observándose en ella particulares usos y empeños, con diferentes ofrecimientos y pujas sobre preferencia en entrar en hombros las andas así de dicha Imagen como de su Niño, recogiéndose por el capellán o capellanes las limosnas que se hacen efectivas y razón de las que quedan en oferta, y pasándose prontamente todo a las manos y asiento del Administrador para su recaudación y custodia: y siendo: asímismo, originado del concurso de los muchos devotos y asistentes a estos cultos, concurrir asimismo varios feriantes y trajineros de las mismas y mayores distancias, no solo con vastimentos de primera necesidad, sino también con frutas verdes y secas, dulces y licores, y del mismo modo con tiendas de platería, ropas, quincallas y otras de bastante comercio y conducencia para la provisión de las casas, labores y herrería, que ocupan los muchos portales, que a este fin se han levantado, la placeta intermedia y el suelo de su circunferencia, con mesas y tablas del Santuario, y aun sin ellas, y bastante ganado asnal, mular, y caballar, cerril y domado, expuesto por las anchuras y vega inmediatas a su venta, cambio y libre comercio con sujeción a registros, despachos, exacción de derechos y registros de instrucción de que se sigue no pocos intereses a la parte de la Real Hacienda, en la venta y despacho de tabacos, y a esta villa y su vecindario en el aumento del ramo de Alcabalas y cientos y en el mayor consumo de las cuatro especies de Millones, aguardientes, etc, con cuyo respeto han subido los arriendos que anualmente se hacen de aquellas en esta villa y por cuadrienios de la última especie, además de las muchas limosnas que ceden a beneficio de aquel Santuario y su mayor ornato y culto, con que se propaga la devoción y otros particulares convenientes de este vecindario en el despacho de –varios géneros, surtido de otros y asistencia ala forastería: de todo ello ha resultado granjearse dicho concurso el nombre vulgar y común estimación de Feria de Guadalcanal por todo este país, y contornos de esta provincia y Reinos de Sevilla, Córdoba y Granada. Y habiendo en estas circunstancias tratado de tomar conocimiento y establecer algunas providencias el Juez antecesor a V. m. por la que dictó en 14 de Mayo del año pasado de ochenta y cinco, a motivo de haber asistido en el anterior en clase de convidado por el dicho mi consorte, recién llegado y posesionado en la vara, entre otras particulares, tocantes a la feria inmediata y asistencia y pago de su Audiencia, se reservó proveer y consultar lo conveniente a S.M. y señores de su Real y Superior Consejo de Castilla, sobre la tolerancia, o despedida de dicho concurso con reflexión, a faltar el privilegio de Feria y la superior aprobación que estimó ser necesaria para su continuación y otras que pudieron asistirle: Con cuyos motivos por parte de su Consejo Real de las Órdenes Militares, por pertenecer este territorio y la Administración que ejercía (y en el día represento yo) a la de Santiago exponiendo lo que tuvo por conveniente contra aquellas providencias por medio de su representación de 29 de Junio del mismo año, sobre que demandó informar con presencia de una copia de ella por orden de seis de Septiembre, comunicada por Secretaria, y habiéndose retardado el informe algún tiempo y divulgado que se intentaba trastornar o quitar la dicha feria, sin embargo de la costumbre inmemorial, se le comunicó segunda en doce de Mayo de ochenta y seis por la misma vía, recordándole el pronto despacho del informe decretado, y que entretanto no hiciese novedad en cuanto a la celebración de dicha feria: en cuya virtud y cumplimiento sentó varias providencias para la mayor instrucción del informe, antes y después de la que se celebró en aquel año; y habiendo pasado el expediente a la escribanía de Cámara y entregándose a la parte de mi consorte presentó escrito en forma quejándose de la dilación de aquél y de que le usurpaba las facultades administratorias en las disposiciones que había tomado contra lo “resolutivo de la sentencia pronunciada por aquel Regio tribunal, confirmado por la Real Junta de Comisiones y ejecutoría en su razón despachada, y en cuya consecuencia se había hecho formal deslinde del terreno de los puestos y calles que forman los portales levantados para la celebración de la feria y espacio intermedio, a beneficio del dicho Santuario y su Imagen con otras cosas”: pidiendo por conclusión, se le estrechase con multas para que despachase el citado informe con extensión a la novedad causada en cuanto a recaudación de algunos maravedís de puestos abiertos para el pago de dependientes y escribano Diego José de Escutia, en cuyo poder quedaron hasta la cantidad de ciento cuarenta y siete reales y veintiocho mvrs. que hasta hoy parece mantiene; sobre lo que repitió tercera orden comunicada por Dr. Francisco Lazarra en doce de Septiembre del citado año de ochenta y seis para que se evacuase el dicho informe con la prevenida y justificación y con ampliación a los particulares y ultimamente expuestos, con presencia de copia del recurso, después de lo cual, se repitió Real Provisión sobre lo mismo en primero de Diciembre de aquel año que se mandó cumplir en el día diez y nueve, y puestos a su continuación deferentes testimonios, y otras diligencias, que resultan de los hechos anteriores del expediente formado en su razón y que se me ha confiado en virtud de mi petición presentada en el día anteayer, por medio del procurador, en ochenta y ocho hojas útiles según su numeración, compuesta de tres piezas, acumuladas, que reproduzco en cuanto conduce al presente asunto. Finalmente en el veintidós de Enero de ochenta y siete se resolvió el dicho informe tocándose varios puntos y reparos sobre los expuestos recursos, administración del Santuario, modo de recoger, o exijir las limosnas y otros, entre los cuales se aseguró por el Juzgado con referencia al mismo expediente y providencia citada de catorce de Mayo de ochenta y cinco, no haberse intentado perjudicar la celebración de la feria acostumbrada, y solo si reservado consultar a la Superioridad sobre su tolerancia y continuación, o despedida, por no serlo de asignación por Real provisión, y si originada del principio que va explicado, y en el pais puesto el nombre de Veladas a semejantes concursos, hasta haberse convertido en el de feria con el tiempo: y en su conformidad consta despachado el informe en el veintiocho del mismo con el testimonio prevenido para su justificación en cuyo estado colmó y se mantiene hasta hoy el referido expediente (no habiéndose verificado en este juzgado otra alguna novedad) Y ocurriendo de presente la de decirse de público que se determina por la villa en fuerza del patrono que se atribuye tener en dicho Santuario, trasladar a esta Población la dicha Feria, y consiguientemente la Soberana Imagen de Nuestra Señora en la próxima Pascua, y aunque para ello se han mandado fijar edictos en el sitio del Santuario y convocatoria a los pueblos y Justicias de las Villas de Berlanga, Valverde y Ayllones, y aun conducir las mesas y tablaje del Santuario, disponiendo para el día de mañana, o el siguiente, sacar la Imagen de su Casa y Trono y conducirla por medio de Comisarios, que también se dice están nombrados; todo sin mi previa citación, ni anuencia: antes bien, con desinformación de mi encargo titular de tal Administradora, por representación del dicho mi menor hijo; no puedo menos de reclamar y protestar, como por el presente reclamo y protesto en toda forma, la alteración y novedad que se intenta hacer improvisadamente, en la remoción de dicha Santa Imagen de su Ermita con el expuesto motivo y objeto de levantar del sitio de su Santuario el culto acostumbrado y el mercado o concurso que se ha hecho en tales días de tiempo inmemorial: ya porque en esta novedad se arriesgan demasiado las limosnas y culto del Santuario y se inutilizan aquellos edificios y los gastos en ellos hechos con noticias de la misma villa, su Ayuntamiento y vecindario, y aun su aprobación en que se han invertido crecidas sumas y se ha estado trabajando y expendiendo hasta el día de ayer: ya porque teniendo tomado conocimiento muchos años hace la superioridad del Consejo real, y aun mandado que no se haya novedad hasta otra providencia en la celebración de la feria acostumbrada, se quebrante su Real Decreto en la disposición de trasladarla a esta Villa, su población y ruedo, al mismo tiempo que se me desfrauda y despoja, de hecho, del uso y ejercicio de la Administración en que estoy declarada por Real Título de S.M. y señores del mismo Real Consejo, que tengo presentada. Pues aunque para ello se dice también haber obtenido permiso la Villa, ni este me consta, ni se ha hecho público de que tribunal dimana, ni puede menos de haberse ganado con algún vicio de obrepción, y sin esta relación, y sin precisa citación; ni presumo sea del dicho Real Consejo, donde penden los antecedentes y está tocado el mismo punto y aún provenido en su razón, como queda sentado y resulta del contexto de dicho expediente, como igualmente resulta que se originó y trata en aquel regio Tribunal con la parte del Administrador, que hoy represento, y donde como tal tengo pendiente instancia. No pareciendo regular por lo mismo que corre divulgado ni tampoco que se haya obtenido por otra via de donde depende el conocimiento, por carecer de antecedentes, y por resistirlo el orden circular del mismo Real Consejo, que tengo noticias haberse comunicado en Marzo de este mismo año. Atento a lo cual. A V. md. Suplico que habiendo por reproducido el citado expediente, por lo que conduce al presente punto y a la observancia de lo mandado por dicho Real consejo, y mandado cumplir por este Real Juzgado, sirva absternerse de causar la novedad de la traslación de que se trata, según corre de público, y lo anuncian los preparativos, haciendo presente al Ayuntamiento esta mi reverente instancia, con lo resolutivo del precitado expediente y la reclamación y protesta que de lo contrario llevo hecha, y repito, como el uso de los recursos y remedios más eficaces y favorables al culto y beneficio de dicho Santuario, sus rentas y limosnas, y al desagravio de los superiores decretos. Para lo cual pido se me libre testimonio literal de este escrito y su providencia o acuerdo que resuelva la instancia, y orden superior en que pueda fundarse, siendo cierto haberla: Por proceder todo cierto hacerla: Por proceder todo ello de Justicia que pido, con costas. Etc. y Juro sin revocar el poder que tengo dado a Procurador = Lic. Dn. Antonio Donosso de Iranzo = con vta. Rs. Vn. = María teresa de tena.

[143] Pedimento. = D.ª Maria Teresa de Tena… Madre, Tutora y Curadora de D. Francisco de Ortega Tena… Administradora titular del Santuario de Nuestra Señora de Guaditoca… sin desviarme de anteriores protestas y reproducidas cuantas puedan ser útiles de dicho Santuario y sus fondos, Digo que habiendo entendido en el último tercio del mes de Mayo de este año que se trataba de hacer la novedad de convocar a esta dicha Villa y su plaza la Feria o concurso que de tiempo inmemorial se celebra en cada un año… en el sitio del referido Santuario… hice formar y presentar a V. md. cierto escrito… Pero aunque la presentación de dicho mi escrito se hizo algunos, aunque pocos, días antes de la recordada celebridad de la Pascua, como lo fue en el veinticuatro o veinticinco del dicho mes de Mayo, se mantuvo sin providencia alguna, según entendí del presente escribano, y se dio lugar a que viniese al Pueblo la Soberana Imagen y tuviese efecto el dicho concurso de feria en él, con notable menoscabo de los intereses del fondo de limosnas, que con atención al sitio Eremitorio y a las mesas, tablas y portales de acogida que en el se suministran a los feriantes o vendedores, se recojen anualmente; y considerando yo que el repetir escritos, cuando ya estaba formado el concurso, solo produciría aumentos de gastos al Santuario, por quien miro, y que se reservarían para después, como el que va citado y como el que en veintiocho presenté con Real Provisión del mismo Real Consejo, en asunto a la administración, que se retardó nada menos que ocho días, el cumplimentarle el Ayuntamiento, a motivo de ocupaciones, tuve a bien atemperarme a la necesidad y esperar la providencia, cuando V. md. fuese servido de dictarla. Y en esta forma esperé mucho tiempo: pero siendo ya pasado tanto, que me pareció haber caído en el olvido, o haber tenido V. md. por conveniente encargar la indagación por medio de mi agentes en Madrid; y cerciorada de no haber novedad en el expediente de aquel regio Tribunal, me veo reducida al principio de insistir en el contexto de mi anterior escrito: Por tanto a Vmd. Suplico que, habiéndole por reproducido, se sirva dar en su razón la providencia que estime ser de justicia y, en defecto de ser conforme a mi intención, concederme a lo menos testimonio de ella; él y este para el recurso conveniente a la misma, que pido etc. etc. = Ldo. Dn Antonio Donoso de Iranzo = vn. D.ª María teresa de tena.

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