Notas para la Historia de la Cofradía de la Soledad de Guadalcanal durante el Siglo XIX

Imágenes Semana Santa de Guadalcanal

Germán Calderón Alonso. RG año 1997

  1. INTRODUCCIÓN.

Es muy desconocida la historia de las cofradías de la villa de Guadalcanal. Intentaremos, pues, en este pequeño artículo, hacer una aportación en este sentido referida en este caso a la Hermandad del Santo Entierro de Cristo y Ntra. Sra. de la Soledad, residente en la Iglesia Mayor de la población, la parroquia de Santa María de la Asunción.

Se trata del estudio de unos autos que se instruyeron por la corporación en 1851 debido a que las otras dos parroquias de la población, Santa Ana y San Sebastián, no acudían a su procesión del Viernes Santos. Hay que imaginarse la “indignación” de los cofrades ante estos hechos que parecen, a primera vista, un desprecio por parte del clero de ambas collaciones hacia una procesión, que en todo tiempo y lugar, ha sido considerada oficial, por tratarse, claro está, del entierro de nuestro Salvador.

Hay que tener en cuenta que el 11 de mayo de ese mismo 1851 se firmó el concordato entre el Gobierno Moderado presidido por Bravo Murillo y la Santa Sede, rigiendo la sede de Pedro, el Papa Pío IX. Se acaba así con una situación extremadamente anómala de enfrentamiento entre la Iglesia y el Gobierno Español, nacida por la disolución el 11 de octubre de 1835 de las órdenes religiosas masculinas y la puesta en venta de sus bienes el 19 de febrero de 1836, obra del ministro Juan Álvarez Mendizábal. Guadalcanal hasta 1851 pertenecía a una jurisdicción eclesiástica exenta, el Priorato de San Marcos de León de la Orden Militar de Santiago, concretamente a su Vicaría de Tentudía. Tras el concordato pasó a depender de la autoridad episcopal del arzobispo de Sevilla. Pues bien, existía un tribunal especial de las Órdenes Militares, con sede en la corte, y el secretario de éste, D. Alfonso de Cuenca, enterado del asunto se dirigió el 11 de junio de 1851 al Gobernador Eclesiástico interino del Priorato de San Marcos, que gobernaba éste al no existir un prior en estos momentos tan extraños. Le expuso la pretensión de la hermandad, representada por su mayordomo, que era también teniente de alcalde de la villa D. Ignacio Vázquez, y que era que las parroquias asistieran a la procesión del Viernes Santo con cruz parroquial alta y llevando los clérigos capas pluviales, lo cual era lo más lógico en estos casos. Particularmente hasta ahora no vemos nada anormal en la pretensión de los cofrades. El Gobernador se dirigió entonces a los párrocos con fecha 16 de junio para que expresaran lo que opinaban de lo que se  nos antoja espinoso asunto, con el fin de que él lo trasladara al tribunal eclesiástico. Pero antes deberíamos ver, pues es todo un fresco costumbrista, el informe del 28 de mayo del “celoso” mayordomo de la cofradía. D. Ignacio Vázquez. El fin de pedir que acudieran los cleros parroquiales era que se realizase “… con toda la suntuosidad que se requiere el funeral del primer sacerdote de la Ley, el Hijo de Dios…”. No se puede decir más en menos espacio, dada cuenta de que no se había dirigido a los curas pues veía cercana la negativa como se la habían dado sus antecesores.

Lo más llamativo del asunto es que D. Ignacio alegaba que al entierro de un sacerdote los demás acudían con cruces y capas, mientras que no iban al de Cristo. La verdad es que el argumento parece, en principio demoledor. Pero veamos que respondieron los párrocos.

  1. LA RESPUESTA DEL CLERO DE SANTA ANA.

El párroco de Santa Ana, D. José Baños, oído su clero, dio cumplida respuesta al gobernador eclesiástico, sede vacante de San Marcos. En primer lugar alegó que no todos los cofrades del Santo Entierro tenían la pretensión de que asistieran las dos parroquias con cruz y capa pluvial, sin tan sólo alguno entre los que no se encontraban los eclesiásticos que, seguramente, se habían opuesto a esta pretensión. A ello había que sumar que la corporación no poseía reglas aprobadas por la autoridad eclesiástica, lo cual ni entonces ni ahora decía nada a su favor. Lo cierto es que los hermanos no sólo se habían dirigido al tribunal de Órdenes, sino que antes habían mostrado su pretensión en la Santa Visita que hizo D. José Gómez Jurado, párroco de Ntra. Sra. de los Ángeles de Bienvenida. En ella se negó el visitador a sus deseos y los hermanos no se avinieron a la concordia de procesiones que se pretendía hacer, estipulando que Santa María asistiese a las procesiones del Hábeas Christi de Santa Ana y San Sebastián. En contrapartida, estas dos parroquias acudirían al Santo Entierro una vez que hubieran acabado los oficios en sus templos, los cuales, lógicamente se estimaban más importantes. Ello se consideraba una “obligación de justicia” mientras que acompañar a Santa María “que es igual en todo a las demás”, no lo era. En el fondo lo que late es la rivalidad entre la parroquia “mayor” y las otras dos. Todo ello nos recuerda los pleitos de preeminencia entre Santa María y San Pedro en Arcos de la Frontera y entre Santa María y Santiago en Utrera o los conflictos entre Santiago y San Sebastián en Alcalá de Guadaira. Estas luchas entre parroquias, que se nos antojan tan antievangélicas, son muy habituales en la historia de la Iglesia andaluza. Por otra parte, el párroco opone un argumento irrebatible, pues era mucho más importante una procesión en la que desfilaba el mismo Jesucristo, que otra en la que salía tan solo su imagen. Por otro lado, alegaba en lo referente a los entierros de los clérigos de la villa, que existía obligación de asistir a ellos por establecerse en unas constituciones que estaban legalmente aprobadas por el ordinario. Además, la presencia en estos entierros la tenía la parroquia en la cual se hacía el funeral y las tres clerencias actuaban, para el caso, como si se tratara de una solo. Finalmente, si se consentía en la pretensión de Santa María iría subordinada a las otras y con el tiempo se establecería una costumbre que obraría a favor de la supremacía. Como hemos de suponer, ello es lo que no se debía de consentir. Además, dice que la no presidencia de Santa María había sido declarada “en juicios contradictorios y sentencias ejecutorias”. Por último, hay que decir que, según el párroco, había costumbre de acudir a la procesión del Santo Entierro sólo con la cruz. En fin, que lo que subyace e invade todo el conflicto es la disputa entre la matriz y las otras dos parroquias.

  1. LA RESPUESTA DEL CLERO DE SAN SEBASTIÁN.

Pero tenemos ya que ver la respuesta de otra parroquia, San Sebastián. Por ella informó el mismo dos de julio el teniente de cura párroco D. Vicente Salvador que expresó las razones que le asistían para considerar infundadas e injustificables las pretensiones de los hermanos de la Soledad.

Por un lado, ya era antigua la petición de la hermandad de que las parroquias asistieran a su procesión. Tampoco era el primer paso la exposición que se había hecho al alto tribunal. En un tercer lugar se vierten acusaciones graves sobre la corporación pues literalmente se dice: “… ha largo tiempo que se abriga esta  idea, no ha mucho que se  promovió esta cuestión, no por pureza de sentimientos religiosos sino, por mera vanidad y ostentación mundana y por el deseo de crear una preeminencia que jamás ha existido ¡Sensible es el extravío que en este punto se advierte en las ideas evangélicas y en el espíritu de nuestro divino dogma”. Las mismas acusaciones de siempre: se le achaca a las cofradías la riqueza de sus procesiones, la mundanidad que demuestran en sus desfiles procesionales. Pero las acusaciones llegan a más pues de dice que la corporación “… quiere con perjuicio de tercero, un lujo, ostentación y pompa innecesarios, sólo por vanidad para aparentar orgullo y superioridad sobre los demás”. D. Vicente Salvador alega que “…no es ciertamente el exterior mundano el que eleva los actos de nuestra sublime religión, sino la fe ardiente y pura, el recogimiento de las costumbres y la sencillez y dignidad de las prácticas y ceremonias”. En fin, la teoría de la preeminencia de las costumbres sencillas y puras sobre la pompa habitual en las cofradías de todos los lugares y tiempos, cuestión que hoy sigue viva y latente y tan de actualidad como en el siglo XIX. Pero hay más y aquí está, como hemos dicho en repetidas ocasiones, el meollo de la cuestión de lo que la anterior argumentación es un simple adorno puede que hasta retórico. A todo lo anterior se une el que intentaba, según el sacerdote, fomentar el espíritu de rivalidad entre las tres parroquias, destacando el primer puesto de Santa María. La verdad es que no creemos que se le pudiera echar demasiada leña al fuego de por si tan encendido. No se quería, en ninguna manera, reconocer el carácter de Iglesia Mayor a una de las tres. Para el cura teniente de San Sebastián bajo la capa del culto que debía tributarse a Jesús Yacente se ocultaban otras dos intenciones que él venía a considerar diríamos bastardas: dotar de una excesiva solemnidad a la procesión y ratificar la preeminencia de Santa María. Según continuaba contando hacía dos meces, es decir en mayo, ante el visitador, el clero de las dos parroquias preteridas “procurando destruir toda idea de rivalidad y de servidumbre que envilece” convino “motu propio” asistir a la procesión del Santo Entierro. Ahora bien, no cedía sin compensaciones pues el de Santa María en contrapartida debería asistir a las procesiones de los otros dos, singularmente a las citadas del Hábeas Christi. A continuación, vemos en el texto una serie de interesantes preguntas retóricas pues se nos dice: “Si es sólo la suntuosidad y solemnidad de la religión lo que se procura ¿Por qué no se accedió a esta justa y equitativa demanda?, ¿No son todos los pasos y procesiones de la pasión y muerte de nuestro Redentor de igual importancia y consideración?, ¿Cuáles no merecen practicarse y recordarse con augusto y majestuoso esplendor? Desde nuestro punto de vista del día de hoy, la respuesta en parte estaría clara pues, por inveterada costumbre, la procesión del Santo Entierro ciertamente se considera oficial y más importante que las demás. Y ello ocurre en la generalidad de los lugares donde se celebra. Ahora mismo este aserto se discute. Pero para el clero de Santa Ana y San Sebastián, no estaba nada claro y hay que reconocerles su valiente defensa de sus derechos.

            Siguen las preguntas retóricas: “Si había pureza de motivos y delicadeza de sentimientos ¿Por qué no se aceptó la proposición y se impuso voluntariamente el Clero y la cofradía solicitantes la carga que espontáneamente se imponían las clerecías de Santa Ana y San Sebastián? En fin, se acusa al clero de Santa María de desear imponer su predominio y de no dejarse llevar por la pureza de motivos, lo que quizás parecería más grave. Pero sigue más pues se afirma que ninguna de las tres parroquias tiene tiempo para asistir a las funciones de las otras y lo más importante, ninguna puede exigirlo ni hasta ahora lo ha hecho. Ante esta falta de derecho y costumbre sólo se podía exigir, según el teniente cura, esta obligación si existía reciprocidad de servicios prestados gratuita y voluntariamente. Un verdadero toma y daca. Se afirma que si estos servicios fueran forzosos e interesados perderían su grandeza. Se aduce que “la violencia y el interés empañan el refulgente esplendor de las prácticas y ceremonias religiosas”. Por otra parte, se dice que no se puede alegar la asistencia del clero al entierro de un sacerdote. Vuelven a aparecer las razones que exponía el párroco de Santa Ana. A estos funerales se iba porque así lo ordenaban las constituciones de la hermandad de sacerdotes de San Pedro, las cuales abundaban en poblaciones con numeroso clero y que también existían en Guadalcanal, conservando hoy documentación de ella en el Archivo General del Arzobispado. Por otra parte, se recuerda que no existían conexiones entre este entierro y el de Cristo. Al Santo Entierro asistía todo el clero con sobrepelliz acompañado de los sirvientes de los diversos templos. Y lo más importante es que se dice que iban “sólo por pura devoción y voluntariamente, no por cumplimiento, y vana ostentación como sucede en aquel”. Existe una cierta contradicción en las palabras de D. Vicente Salvador que diciendo huir de la ostentación reconoce que se asiste a los entierros de sacerdote por puro cumplimiento, guardando unas reglas. En resumen, tras larga exposición, el teniente de cura párroco de San Sebastián pide al secretario del tribunal de órdenes que exponga a éste alto organismo los motivos que tienen ambas clerecías para no asistir a la procesión a fin de que pudiera apreciarlos y, consiguientemente, juzgarlos.

Pero veamos el informe del visitador eclesiástico que nos echará mucha luz sobre este enojoso asunto.

  1. EL INFORME DEL VISITADOR ECLESIÁSTICO.

Era a la sazón visitador, como ya dijimos, D. José Gómez Jurado, párroco de Ntra. Sra. de los Ángeles de Bienvenida, villa santiaguista que también dependía del Priorato de San Marcos de León. El visitador, delegado por el gobernador eclesiástico de Priorato, había visitado Guadalcanal. El 18 de julio elevó un interesante informe desde la villa en la cual ejercía la cura de almas. Nos interesa, y mucho, lo que cuenta pues entendemos que, en principio, es la parte neutral en este engorroso conflicto. En primer lugar, dice que acudió ante él D. Ignacio Vázquez pidiendo la concurrencia a la procesión de ambas parroquias. El visitador se informó, sabiéndolo D. Antonio Calleja, comisionado de la hermandad, y dijo que ambas no asistían porque la cofradía no tuvo el detalle y la urbanidad de invitarlas. Por otro lado, y aquí aparece un claro indicio de la razón que asistía al visitador para mostrar la poca disposición que tenía hacia la hermandad, informa que la corporación que había asistido a la audiencia fue “bien pública y escandalosa”. Luego D. José Gómez nos da noticias muy interesantes sobre esta confraternidad:

1.- Destaca primeramente que se compone de las “personas principales” de la villa por lo cual decidió inspeccionarla en los últimos días de su labor, lo cual él consideraba una deferencia.

2.- Tras mandar un oficio para que asistieran a la visita, los hermanos no fueron y tras una junta enviaron una comisión compuesta por el ya citado mayordomo D. Ignacio Vázquez, D. José Sánchez Vida y D. Manuel Tristán, la cual expuso, nada más y menos, que no creía estar en el caso de someterse a la visita. También exponía que existía la corporación por sí sola, sin públicos cuestores. A su vez dijeron que poseían nuevas constituciones y por último que resistirían a todo trance el “conocimiento” de cualquier juez eclesiástico. La verdad es que se nos escapa cuales serían las pretensiones de los cofrades con tan franca insubordinación, que no podía ni antes ni hoy, quedar impune.

3.- Ante este estado, lo menos que puede decir el visitador es que las pretensiones del Sr. Sánchez en nombre de la corporación, eran erradas y pueriles y que incluso el eclesiástico “más ignorante y estúpido cerraría los labios de tan débil opositor”. Lo cierto es que, según él, actuó de una manera paciente y mansa e intentó adoctrinar y convencer a los hermanos de su error. Resultó que manifestaron que deseaban que autorizara sus papeles, por tanto, le entregaron el libro de cuentas y viéndolo, advirtió que las últimas reglas no estaban autorizadas, por lo cual procedió a hacerlo, advirtiéndole una cuestión muy interesante y que hoy se nos antoja elemental: les pidió que firmaran tanto las actas como las cuentas, pues había alguna que no lo habían sido.

4.- Por otra parte, destaca el visitador, que la cofradía no sólo se mantenía de las limosnas de sus miembros, pues en dos o tres años aparecían nombrados pedidores públicos para recoger limosnas. O sea, se recurría a un medio muy habitual aún en nuestros días para mantenerse, el nombramiento de demandantes.

5.- Pero luego sobrevinieron los enredos, pues una vez censuradas las cuentas, se llamó a la cofradía, acudiendo la comisión ya citada que, contrariamente a lo ocurrido en su primera comparecencia, se enfrentó al visitador diciendo que semejante intervención eclesiástica era “contraria en todo a las Leyes del Reino”. El juez, como es lógico, alegaba que este tipo de acciones propias de la visita se encontraban recogidas en las constituciones sinodales del Priorato y en la de todos los obispados españoles. Los osados hermanos argüían de nuevo que no necesitaban el permiso de juez eclesiástico alguno y se bastaban sólo con el permiso de la autoridad local para procesionar. Todo ello se nos antoja una actitud ilógica y rebelde. El visitador le reiteró sus razones y adujo algunas nuevas, intentando en vano convencerles de que para gozar las indulgencias y privilegios concedidos por los Papas, y que encabezaban el libro de la cofradía, era indispensable permanecer sumisos a la autoridad de los jueces eclesiásticos. Así servían a Jesús y a su Madre. D. José Sánchez contestó, nada menos, que la cofradía no quería las gracias espirituales y que su culto era sólo exterior. Ante esta postura que, desde luego, suponemos que no pudo menos que enfadar enormemente al visitador, éste hace una pregunta retórica: “no prueba esto lo que informan sus señores tenientes de cura?”.

Después el visitador pone de punta de perejil a los cofrades. La verdad es que, en principio, parece que no es para menos. Merece la pena copiar sus lamentos: “Oh cuan cierto es, aunque harto triste creerlo en los cofrades o hermanos de la más humilde, obediente de todas las criaturas a la voz de un simple sacerdote podrá esta Señora llamar hijos y proteger a semejantes devotos ¿llevará ante el trono de su Hijo las oraciones que estos le dirijan?, cuan cierto es que en vez de obsequiarla la contristan, la ofenden, la deprimen, y que se abstengan de pedir a su Hijo Divino por semejantes cofrades, para no ser reconvenida por estas duras palabras: “Este pueblo me honra con los labios, y su corazón está lejos de mí, no puedo acceder a sus súplicas”.

Nos encontramos, pues, con un grupo de cofrades díscolos y rebeldes ante la autoridad eclesiástica como ha sido muy común a lo largo de la historia. En este caso, la sublevación era grande y quizás se apoyaba en el ambiente general reinante en España. El visitador usa argumentos teológicos tachándolos de desafectos a la misma Virgen María, que veneraban con el título de Soledad. Siguió intentando instruirlos, como dice San Pablo, y el fruto fue que quedaron al parecer convencidos y le suplicaron que les diera una “censura de flores”, que no hemos podido averiguar lo que era y una lista de gracias. Ahora bien, no reconocían derecho alguno de visitador por lo que éste, lógicamente enojado, no accedió a sus pretensiones. Y le recordó, citando a San Pablo, que en vez de cumplir sus obligaciones, hacían lo contrario. Tres días les dio a los tercos hermanos para cambiar, y a su término se presentó el secretario, el presbítero D. José Prieto, que era también uno de los más antiguos, rogándole que no tomara las medidas que merecían los cofrades, pues podía asegurarle que a excepción de muy pocos, todos se sometían a la autoridad eclesiástica. Otros de ellos le aseguraron lo mismo, por lo cual “usando de la lenidad evangélica, hija de aquel Dios que por sólo un fruto perdona millares de culpados”, les devolvió el libro de cuentas que recogió del citado secretario.

A pesar de eso, cuando dirigió oficio de despedida a D. Ignacio Vázquez como teniente de alcalde primero, “y ya más bien con el pie en el estribo y concluido mi cometido”, el mismo secretario le enseñó una carta en la que el expresado municipe y mayordomo de la corporación decía que ésta había llevado muy mal la pacífica gestión del presbítero Prieto, considerando que había humillado a la hermandad, y que hiciera saber. Como veremos, la mediación clerical no fue bien recibida. El visitador dice que ya no era tiempo para proceder, aunque consideraba que la oposición no era muy grande. Después dice que todo ello se lo había dicho verbalmente al mismo secretario del tribunal de las Órdenes, al cual ahora se dirigía, reiterándole lo extraño que era que, aunque se resistían a la autoridad que él ejercía como visitador y representante del tribunal, se dirigían a éste en súplica de gracias, pidiendo como si fuera una corporación “religiosa” cuando, en el fondo, no reconocen superior. En resumidas cuentas, que le extrañaba o parecía una desfachatez muy grande, que se arrogaran el título de “sociedad cristiana” los que rompían  los lazos que la unían a ésta y los reducían a la nada, cuando les venía bien. Tras esta exposición tan prolija e interesante el visitador pedía al gobernador eclesiástico que informara al tribunal “con el mayor acierto”.

EL INFORME DEL SECRETARIO DEL TRIBUNAL AL GOBERNADOR ECLESIÁSTICO.

Destaca en primer lugar, que la cofradía de la Soledad y Santo Entierro de Guadalcanal pretendía algo que se nos antoja muy normal: que los cleros de San Sebastián y Santa Ana asistieran a la procesión del Santo Entierro con capas pluviales y cruz alzada.

Lo cierto es que el clero de ambas parroquias se oponían a ello pues el fondo de la cuestión es que se trataba de una procesión de la parroquia de Santa María de la Asunción, de la cual no se quería reconocer la supremacía. Se trata de un tema que habría que estudiar con mucha profundidad.

Los informes de Santa Ana y San Sebastián acusan a la hermandad de vanidad, lujo y ostentación, clásicos reproches hechos a las hermandades y que no deben extrañarnos.

Los informes del visitador son totalmente contrarios a la corporación que se resistió a la autoridad, lo cual lo malquitó con ella.

Lo último que podemos obtener de la inconclusa documentación de este conflicto es que, todo apuntaba a que la hermandad no conseguiría sus pretensiones.

Hay que preguntarse lo que pensaría el clero de la villa ante la suspensión que en 1911 se hizo de las parroquias de Santa Ana y San Sebastián, que se unieron a Santa María, con lo cual, acaso, se reconoció su supremacía.

En resumen, todo este asunto nos hace contemplar un interesante fresco del Guadalcanal decimonónico, próximo ya a dejar de depender de la Vicaría de Tentudía y, por tanto del lejano, pero poderoso, priorato santiaguista de San Marcos de León.

Bibliografía.

ORTIZ RODRÍGUEZ, FRANCISCO y DE LA HERA PÉREZ PLÁCIDO: Cuando la tierra el Calvario. Semana Santa en Guadalcanal, en “Semana Santa en Sevilla”, Volumen IV. Biblioteca de Ediciones Andaluzas. 1983 P.p 138-155.

Fuentes documentales.

Archivo General del Arzobispado de Sevilla. Sección III Justicia. III.1 Pleitos civiles y ordinarios. III.1.6 Hermandades y Cofradías. Legajo III 1659-1765. Almonte y Guadalcanal.

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