Libro de actas de la Hermandad de la Veracruz 1729-1749

TRANSCRIPCION REALIZADA POR EL HISTORIADOR SALVADOR HERNÁNDEZ GONZALEZ

FOLIO 1 RECTO

Constituciones de la Hermandad y Cofradía de la Santa Vera Cruz de esta villa de Guadalcanal.

Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, etc., Administrador Perpetuo de la Orden y Caballería de Santiago por autoridad apostólica, a Vos las nuestras Justicias Eclesiásticas y Seculares de la villa de Guadalcanal y otras cualesquiera justicias, jueces y per / 1 VUELTO sonas de la Jurisdicción y distrito de la dicha Orden de Santiago, a quienes lo contenido en esta nuestra carta toca o tocar puede en cualquier manera, y a los Hermanos Mayores, Protector, Mayordomo, Secretario, Diputados y demás cofrades, oficiales e individuos de ambos sexos que al presente sois y adelante fuerédes de la Hermandad y Cofradía de la Santa Vera Cruz, sita en la Iglesia del Hospital de Nuestra Señora de los Milagros de la dicha villa de Guadalcanal, y cada uno de voz en vuestro tiempo, salud y gracia, sabed que por parte de la dicha Hermandad se nos hizo relación diciendo que para su dirección, gobierno, aumento y utilidad de los fieles vivos y difuntos había ordenado de nuevo en Junta de cinco de mayo de este presente año la Regla y Constituciones de la misma Hermandad, por no haberse hallado paradero de las antiguas, aunque se habían buscado con todo cuidado y diligencia, cuyas nuevas Constituciones había aprobado cuanto ha lugar en Derecho el Vicario General de la Provincia de León por su auto / 2 RECTO de quince del mismo mes de mayo, suplicándonos que en atención a lo referido fuésemos servido de aprobarlas según y en la forma que en ellas se disponía, para que se guardasen, observasen y cumpliesen en todo y por todo, bajo de las penas impuestas y con la calidad prevenida en el citado auto del dicho Vicario General, o como la nuestra merced fuese, para cuyo efecto con poder especial y bastante presentó dicha Cofradía ante los del nuestro Consejo de las Ordenes las dichas Constituciones originales y aprobación del referido Vicario, que uno y otro a la letra es del tenor siguiente:

Ordenanzas.

Alabado sea el Santísimo Sacramento del altar y la Pura y Limpia Concepción de María Santísima por todos los siglos de los siglos, amén. Invocando la gracia del Espíritu Santo, sea notorio a todos los fieles de Cristo de uno y otro sexo que habiéndose investigado con todo cuidado el paradero de la Regla o Constituciones sobre que / 2 VUELTO se dio principio a la antigua Cofradía o Hermandad de la Santa Vera Cruz, sita en esta iglesia del Hospital de Nuestra Señora de los Milagros de esta villa de Guadalcanal y por no haberse hallado tal disposición ni su paradero en manera alguna, y para gloria y honra de Dios Nuestro Señor, aumento de esta Cofradía y utilidad de los fieles vivos y difuntos que fuesen hermanos y para su dirección, se ordenan las Constituciones del tenor siguiente:

Primera ordenanza.

Del señalamiento de protectores.

Considerando que la procesión de disciplina del Jueves Santo de cada año la instituyó el Glorioso Apóstol valenciano y Angel del Apocalipsis, San Vicente Ferrer, como consta en el Libro de su vida, y para tener a este glorioso Santo por protector en la Corte celestial, se invoca por protector de esta Hermandad, sus Constituciones, demás actos públicos y secretos que se ofrecieren y de sus individuos / 3 RECTO de uno y otro sexo, para que con este soberano patrocinio se sirva Dios de conservar esta Hermandad en unión, paz y caridad fraterna hasta el fin del mundo. Y al mismo modo que es necesario tener protector celestial, se necesita tenerle en este mundo para que en todos los casos que puedan acaecer de cualquier manera que fuere necesario para el aumento y utilidad de esta Hermandad, se nombre un protector que sea hermano o no, siendo persona calificada en sangre y con caudal, y nombrado una vez, lo sea por todos los días de su vida como no falte a la obligación de tal protector, lo que Dios no permita, que en este caso dicha Hermandad elegirá otro en su lugar, siendo con justificación y no por antojo o pasión. Y considerando los méritos de la persona de Don Diego Maheda, hijo de Don Francisco Maheda, Caballero del Hábito de Calatrava, y de Doña Antonia Chacón, difunta, y en el ínter que dicho su hijo no tuviese la edad que / 3 VUELTO corresponde conforme a Derecho para ejercer el dicho empleo, lo sea el dicho su padre por él, cuyo empleo de protector tenga asiento y voto en todos los actos públicos y secretos en medio de los dos hermanos mayores, presidiéndole sólo el Hermano Mayor sacerdote, y faltando éste presente por su fallecimiento, se elija otro sucesivamente en la misma conformidad.

Segunda.

Que se solicite indulgencias y confirmación concedidas a la Capilla de la Vera Cruz.

Considerando que el aumento de cualquiera confraternidad consiste precisamente en el alivio espiritual, esta Hermandad pretenda ganar Bula de Indulgencias perpetuas de Su Santidad según el estilo de la Curia Romana, y también se haga diligencia de inquirir el paradero de la Bula o Bulas que a instancias de esta Hermandad se concedió a la Capilla de Nuestra Señora de la Cruz, sita en la Iglesia Mayor de esta villa, que parece están confirmadas por el año pasado de mil seiscientos y cuarenta y cinco, según se dice en las tablas que están fijadas en dicha Capilla, y se solicite nuevamente su confirmación por ser / 4 RECTO un especial privilegio en favor de todos los fieles de Cristo de uno y otro sexo a expensas de esta Hermandad o a cómodo repartimiento entre los hermanos y hermanas de ella.

Tercera.

Que se asista a los entierros y sufragios.

Considerando que toda criatura viviente es mortal, se asista al entierro de cualquier hermano o hermana, llevando el cadáver hermanos de esta Hermandad que se señalasen por los Hermanos Mayores, con el estandarte, seis hachas y cuatro velas, que arderán mientras se celebran las exequias y por el alma del difunto, dando aviso al pueblo. Cada hermano y hermana sea obligado a rezarle la estación mayor con la oración: “ Oh, Santísima Cruz “, que desde luego se aplica las indulgencias que están concedidas, y si fuese posible se celebre por ella a lo menos nueve misas rezadas en reverencia de los nueve meses que Nuestro Señor Jesucristo estuvo en el vientre de su Madre Santísima, o las tre / 4 VUELTO inta misas que llaman de San Gregorio, que están aprobadas por la Santa Sede, según consta del Ceremonial de Olalla, dándose el estipendio de dos reales por cada una al sacerdote que las celebrase a arbitrio de esta Hermandad o sus oficiales y estas limosnas se junten entre los hermanos y hermanas cómodamente.

Cuarta.

De la disposición de las procesiones.

Considerando que ha sido estilo que cada Jueves Santo se forme en el Hospital la procesión de disciplina o sangre, y para ello después del mandato que se celebra en dicha Iglesia Mayor, en procesión se trasladan a este dicho Hospital la imagen del Santo Cristo amarrado a la Columna, la del Cristo Crucificado que está colocado en el altar mayor de dicha iglesia y la imagen de Nuestra Señora de la Cruz, se continúe en el dicho estilo, convidando a las comunidades eclesiásticas así seculares como regulares de esta villa para dicha procesión de sangre, repartiendo la cera verde como se ha estilado, sin que nunca / 5 RECTO se pueda innovar en este estilo en manera alguna, dándose el estipendio que se ha dado hasta ahora, y también se observe el estilo que ha tenido esta Hermandad en la procesión del Domingo de Resurrección por la mañana y el de la fiesta principal que se celebra el día tres de mayo de cada año, con vísperas, procesión, misa cantada con Santísimo y sermón, dándose el estipendio que ha estilado a la Colecturía de la Iglesia Mayor.

Quinta.

Del día de la elección.

Considerando que en este día por la tarde o el Domingo inmediato a él es más a propósito para la celebración del Capítulo anual de elecciones, se junten los oficiales y hermanos que fueren posibles en uno de estos dos días, y cuando sólo se juntaren hasta número de doce, éstos celebren dicha elección, en que se comprenden en dicho número los oficiales, y lo mismo se entienda para cualesquiera Junta, que a lo menos se celebrarán seis al año en cada dos meses o cuando la necesidad lo pidiere. Y esto se entienda se ha de cele / 5 VUELTO brar en la iglesia de este Hospital por votos secretos. Y el oficial que no aceptase su oficio se le multe en media arroba de cera, que se le cobrará por el Señor Vicario de esta villa o otro Señor Juez Eclesiástico y quede excluido para siempre jamás de tener voz activa y pasiva en esta Hermandad. Y para que se pueda dar principio cómodamente en dicho día del año que viene de mil setecientos y treinta dicha elección, el gasto de la fiesta principal de este dicho año se solicite entre los hermanos y hermanas como mejor convenga, por no ser justo sea del cargo de Mayordomo actual, y esto sea por esta vez.

Sexta.

Que se nombre dos Hermanos Mayores, uno de los señores sacerdotes y otro seglar de los hermanos que hubiere, un Mayordomo, Secretario y Coadjutor de Secretario, y dos Celadores o Diputados, uno de los señores sacerdotes y otro de los seglares. Que los Hermanos Mayores tengan el primer asiento y voto / 6 RECTO en la conformidad que se dice en la primera Constitución, a cuyo cargo ha de estar el buen régimen y gobierno de esta Hermandad, así en lo espiritual como en lo temporal, y que sean personas las más capaces y beneméritas de tal cargo. Que el Mayordomo ha de ser de su cargo el cuidar de las rentas que tuviere esta Hermandad, el solicitar la fiesta principal, la disposición de las procesiones y todo lo demás que es anexo al empleo de Mayordomo, a quien se le entregue por inventario todos los bienes y haberes que pertenezcan a esta Hermandad en cualquiera manera que se consideren. Y antes de la elección se le formen las cuentas por los Hermanos Mayores, Secretario o Coadjutor. Que este empleo de Secretario o Coadjutor ha de ser de su cargo el asistir a dicha elección y juntas, citando para ello a los hermanos de orden de dichos Hermanos Mayores, escribir el Inventario y todo lo demás que pertenece a tal empleo. Que los Celadores o Diputados ha de ser de su cargo por meses el / 6 VUELTO repartir el petitorio entre los hermanos los domingos y fiestas del año, sin que en esto haya excepción en persona alguna, pues los primeros han de ser los Hermanos Mayores y demás oficiales, para dar buen ejemplo y animar los ánimos, y después por sus antigüedades los demás hermanos, dando aviso un día antes al que hubiere de pedir. Y, lo que Dios no permita, si algún hermano no lo hiciese, por la primera vez se le multa en diez reales de vellón, y por la segunda sea tildado por los Hermanos Mayores ante el Secretario o el Coadjutor, sin que para esto sea necesario juntar esta Hermandad. Y en caso que dichos Hermanos Mayores sean omisos en ejecutarlo así, lo puedan hacer los dos Celadores o Diputados por sí solos. Y el tal hermano que no fuese obediente jamás sea admitido a esta Hermandad, por convenir así para su aumento y conservación. Cuyas limosnas dichos Celadores entregarán al Mayordomo que es o fuere, con cuenta y razón para darla, y también los dichos diez reales que se cobrarán como dicho es en justicia. Y en caso que el tal hermano / 7 RECTO que fuese avisado no pudiese pedir por causa legítima y no voluntaria, ha de ser obligado a dar cuatro reales de limosna, avisando antes para que los Celadores señalen otro en su lugar, como no esté enfermo en la cama.

Séptima.

De la disposición de las Juntas y tildación.

Lo que Dios no permita, si alguno de los dos Hermanos Mayores o ambos no quisieren hallarse en la elección o en las seis Juntas mensuales o las que puedan acaecer, la soliciten los dos Celadores o Diputados o uno de ellos o el Protector o el Hermano más antiguo, ora sea de los señores sacerdotes o seglares hasta dicho número de doce. Y en caso que el Secretario o Coadjutor no quisiere asistir, puedan nombrar Secretario a uno de los hermanos que asistan a dicha Junta, y lo que se ordenare por ella y por dicha elección se observe inviolablemente. Y el hermano que fuese en contra de ello, no habiendo asistido o moviese pleito a esta Hermandad en cualquiera manera que sea, o se uniese con otros / 7 VUELTO para ello, sean hermanos o no, desde luego para entonces se tildan y borran por esta presente Constitución de tales hermanos, así en lo espiritual como en lo temporal y jamás sean admitidos a ella como no restituyan los daños que le causaren o gastos, pidiendo ante todas las cosas perdón en junta plena y dando por esta admisión doscientos reales de vellón. Y el que se admitiere de otra forma, nunca sea tenido por tal, aunque tenga todos los votos, por convenir así al servicio de Dios Nuestro Señor, paz y unión de esta Hermandad.

Octava.

Que no se permitan capillos y número de hermanos de sangre.

Considerando los graves inconvenientes que pueden resultar en la dicha procesión de sangre, no se permita que persona alguna de cualesquiera calidad o condición que sea asista a ella con la cabeza cubierta con capillos. Y para que tenga efecto y en esto se sirva a Dios, se ganen los despachos que fueren necesarios y sólo se le permita a las personas que se fueren disciplinando y no a otra con cualquier pretexto o so color que sea, y que haya / 8 RECTO número de hermanos de disciplina o sangre que pareciere conveniente y sean obligados a hacerlo hasta edad de cincuenta años, no teniendo enfermedad legítima, y que éstos tales sean obligados a confesar y comulgar antes, para que más perfectamente hagan dicha penitencia, presentando cédula de haberla hecho y se continúe el lavatorio de penitentes, como se ha estilado en este Hospital, que se solicite el día antes del Jueves Santo el que las calles por donde es estilo ir la dicha procesión estén limpias y aseadas y que se repartan los cetros como se ha estilado para el gobierno de la procesión.

Novena y última ordenanza.

Capítulo 1º. De la admisión de hermanos.

Considerando que conviene de aquí adelante las personas que pretendieren ser hermanos de esta Hermandad, así hombres como mujeres, lo pretendan por petición y para esto se junten los oficiales. Y habiéndose informado secretamente de la calidad y procedimientos del pretendiente o pretendientes y resultando no ser de baja esfera y de / 8 VUELTO procedimientos justos, se admita y no en otra manera. Y por su admisión ha de dar de limosna seis reales de vellón. Y esto se entienda por sí mismo, su mujer, hijos y hermanos que tuviere, si estuvieren a sus expensas, padre o madre, con advertencia que han de vivir al tiempo de dicha admisión juntos en una misma casa y a expensas los unos de los otros y no habiéndose separado, con obligación así los hermanos que hoy al presente como los que sucedieren en lo venidero por toda su familia que fueren hermanos, han de dar de limosna anualmente diez y seis maravedís para los gastos de esta Hermandad, de que se hará catálogo de los hermanos que hubiese. Y ha de ser de cargo de los Celadores o Diputados la reintegración de dichos diez y seis maravedís, la que entregarán al Mayordomo.

Capítulo 2º. Que se observen inviolablemente y solicitación de aprobación.

Y estas Constituciones se observen inviolablemente y no se pueda ir ni venir contra lo contenido en cada una de ellas en manera alguna, sí sólo para su mayor aumento y declaración de los dubios [1] que puedan suceder según el estado de los tiempos, y para / 9 RECTO su observancia se solicite la aprobación del Ilustrísimo Señor Prior de León o Señores Vicario General y demás Jueces Eclesiásticos de esta Provincia de León por el Protector presente, para que con la bendición de dichos Señores sea para honra y gloria de Dios, conservación de esta Hermandad y utilidad de sus hermanos.

Capítulo 3º. Que se hagan saber a los hermanos.

Y después de aprobadas estas Constituciones se hagan saber a los hermanos y hermanas presentes y los que se admitieren en lo venidero, juren su observancia y se compre un libro y se ponga por cabeza copia de ellas con la aprobación, para que siempre conste, y éstas se inventaríen. Que es fecho en la villa de Guadalcanal en cinco días del mes de mayo de mil setecientos y veinte y nueve años, y lo firmaron Don Juan Navarro, Don José Martínez, Hermanos Mayores; Don Baltasar Navarro, Mayordomo; Pedro Navarro, Secretario; Don Alonso Monago Solano, Juan Yáñez Periáñez, / 9 VUELTO Diputados; Francisco Abarranca Caballero, Coadjutor de Secretario; Francisco Sánchez de los Ríos, Juan Ximénez Caballero, Manuel Periáñez, el Hermano Manuel de la Cruz, Pedro Muñoz Pimienta, Francisco de la Vera, hermanos de esta Hermandad, de que doy fe = Don Juan Navarro = Don José Martínez = Don Baltasar Navarro = Pedro Navarro = Don Alonso Monago Solano = Juan Yáñez Periáñez = Francisco Abarranca Caballero = Francisco Sánchez de los Ríos = Juan Ximénez Caballero = Manuel Periáñez = Manuel Cruz = Pedro Muñoz Pimienta = Francisco de la Vera = Ante mí, Manuel de Mendoza y Arzilla. Y yo, el dicho Manuel de Mendoza y Arzilla, Notario Apostólico por autoridad apostólica y ordinaria y mayor de la Audiencia Eclesiástica de esta villa de Guadalcanal, presente fui a lo que de mí se hace mención en estas Constituciones. Y para que conste, lo signé y firmé en dicha villa en cinco días del mes de mayo de mil setecientos veinte y / 10 RECTO nueve años = En testimonio de verdad, Manuel de Mendoza y Arzilla.

Pedimento presentado ante el Vicario General.

Don Francisco Maheda y del Hoyo, Caballero del Orden de Calatrava, vecino de esta villa, como padre y legítimo administrador de Don Diego Maheda mi hijo, parezco ante Vuestra Merced y digo que en junta que han tenido los Hermanos Mayores y Mayordomos y Diputados de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, sita en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros, han hecho las Constituciones de que hago exhibición ante Vuestra Merced, encaminándose todas al mayor aumento, así espiritual como temporal, de los que fuesen hermanos de ella, eligiendo por su protector y para la mejor observancia de dichas Constituciones a dicho mi hijo y aceptando en su nombre este beneficio y autoridad que se le concede por dicha Cofradía, y ofreciendo / 10 VUELTO en su nombre como lo ofrezco asistir con la mayor actividad y cuidado en la observancia y defensa de dichas Constituciones, hasta que quede saneado cualquier defecto o repugnancia que se quisiera poner a cualquiera de sus capítulos. Por tanto, suplico a Vuestra Merced haya por exhibidas las expresadas Constituciones, y enterado de la utilidad que resulta al bien espiritual y temporal de los cofrades de dicha Cofradía, se sirva de aprobarlas y la elección hecha en dicho mi hijo de tal protector, interponiendo Vuestra Merced su autoridad judicial, mandando al mismo tiempo se ponga testimonio de este pedimento y auto que por Vuestra Merced se proveyese por cabeza del libro que se formase para el mejor régimen y cuentas de dicha Cofradía, en que recibiré merced con justicia que pido, etc. = Don Francisco de Maheda y del Hoyo = Licenciado Don Pedro Heredia Chacón.

Auto de aprobación del Vicario General.

En la villa de Guadalcanal, en quince días del mes de mayo de mil setecientos y veinte y nueve años, el Señor Doctor Don Juan Baltasar de Loaysa y Chaves, del Orden / 11 RECTO de Santiago, Colegial Huésped en el Militar del Rey y de la Universidad de Salamanca, de su gremio y claustro, Vicario General, Juez Eclesiástico Ordinario de esta Provincia de León, habiendo visto esta petición y las Constituciones que se citan, dijo que las aprueba cuanto ha lugar de Derecho y mandó se guarden y cumplan bajo las penas en ellas contenidas. Y para su mayor observancia y permanencia de esta Hermandad y su buen régimen se presente el libro que en ellas se establece en las Visitas para tomar y rever sus cuentas y se ponga el testimonio que esta parte pide a continuación de dichas Constituciones, según en una de ellas se previene por cabeza del libro que se cita, y a todo interpone Su Merced su autoridad y judicial decreto cuanto puede y es de justicia. Suplica y amonesta a todos los Señores Jueces Eclesiásticos y Seculares de esta villa procuren el más exacto cumplimiento de dichas Constituciones y aumento de esta Cofradía. Y lo firmó. = Doctor Don Juan Baltasar de Loaysa y Chaves. = Ante mí, / 11 VUELTO Antonio Rodríguez de Oliveras.

En vista de lo cual y de lo que sobre esta instancia se dijo por los del dicho nuestro Consejo, se proveyó el auto siguiente:

Auto y aprobación del Consejo.

Apruébanse estas Ordenanzas cuanto han lugar en Derecho, y para su cumplimiento y observancia se dé el despacho necesario. Madrid y junio treinta de mil setecientos veinte y nueve.

Y para su ejecución y cumplimiento fue acordado que debíamos de mandar expedir en su razón esta nuestra Carta para Vos, y Nos lo hemos tenido y tenemos por bien, por la cual aprobamos y confirmamos cuanto ha lugar en Derecho las constituciones y ordenanzas de la dicha Hermandad de la Santa Vera Cruz que van incorporadas y cada una de ellas en todo y por todo según y como expresa y declara su contenido. Y en su conformidad os mandamos a todos y a cada uno de Vos en la parte que os tocare o pudiere tocar en cualquier manera que las guardéis, observéis, cumpláis y ejecutéis y hagáis guardar, observar, cumplir y ejecutar / 12 RECTO entera y cumplidamente, sin contravención alguna, y contra su tenor y forma no vais ni paséis ni consintáis ir ni pasar en modo alguno, para cuyo efecto y lo demás que hubiere lugar mandamos a los Hermanos Mayores, Protector y demás oficiales y cofrades de la dicha Hermandad que en la primera Junta General que celebraren hagan saber y publicar a la letra esta nuestra carta de aprobación para que su contenido venga a noticia de todos los individuos de la misma Hermandad. Y hecho así, se ponga un traslado auténtico de ella por cabeza del libro que se refiere en el último capítulo de la Novena Ordenanza para que siempre conste y se tenga presente y más pronta en todos los casos futuros que convenga. Y la original se inventaríe, ponga y guarde con los demás papeles de la dicha Hermandad para usar de ella en cualquier tiempo que sea necesario, que así es nuestra voluntad, y no hagáis lo contrario ni los unos ni los otros, pena de la nuestra merced y de cada cincuenta ducados de oro para / 12 VUELTO obras pías, so la cual mandamos a cualquier escribano o notario os lo notifique y dé testimonio de ello. De lo cual mandamos dar y dimos esta nuestra carta sellada con el sello de la dicha Orden de Santiago en Madrid a siete de julio de mil setecientos y veinte y nueve años. = El Conde de Santisteban = Don Miguel Núñez.

Don Cristóbal de Corral y Idíaquez = Don Cayo Prieto Laso de la Vega = Y Don Manuel Antonio de Bustamante, Secretario del Rey Nuestro Señor y su Escribano de Cámara, la hice escribir por su mandado con acuerdo de los de su Consejo de las Ordenes = Registrada = José Sánchez Monterroso = Chanciller Antonio de Gordobil.

Obedecimiento.

En la villa de Guadalcanal, en veinte días del mes de julio de mil setecientos y veinte y nueve años, el Señor Licenciado Don Cristóbal Navarro y Gordón, del Orden de Santiago, Vicario, Juez Eclesiástico Ordinario en ella, habiendo sido requerido / 13 con esta Real Provisión de Su Majestad y Señores de su Real Consejo de las Ordenes, escrita en catorce hojas con ésta, la tomó en sus manos, besó y puso sobre su cabeza como carta de su Rey y Señor natural y la obedeció con el respeto debido, y en su cumplimiento dijo estaba pronto a ejecutar lo contenido en ella, por lo que a Su Majestad toca. Y lo firmó = Licenciado Gordón = Ante mí, Manuel de Mendoza y Arzilla.

Obedecimiento de la Hermandad.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y un días del mes de septiembre de mil setecientos y veinte y nueve años, yo el Notario hice saber la Real Provisión de Su Majestad, que Dios guarde, y Señores de su Real Consejo de las Ordenes, a Don Juan Navarro, Presbítero, Don Francisco Maheda, Caballero del hábito de Calatrava, Don José Martínez, Presbítero, Don Baltasar Navarro, Don Alonso Monago Solano, Don Juan Pérez Carrasco, Presbíteros, Don Juan Hidalgo Caballero, Notario del Santo Oficio, Don Hipólito de Villalobos, Regidor Perpetuo del Concejo de esta villa, Don Luis Maldonado y Cabrera, Don Pedro Carrasco, Don Francisco Carrasco, Pedro Navarro, Juan Yáñez Periáñez, Fernando de Vargas, Francisco Navarro Silíceo, Hermanos / 13 VUELTO Mayores y Oficiales y Hermanos de la Cofradía de la Santa Vera Cruz, en su Cabildo que se celebró en esta ermita de Nuestra Señora de los Milagros, y habiéndola visto dijeron que la obedecían como a carta de su Rey y Señor natural y la pusieron sobre sus cabezas y besaron con el respeto debido, y que se observe como en cada una de las Constituciones que en ella se contiene y lo firmaron. = Don Juan Navarro = Don Francisco de Maheda y del Hoyo = Don José Martínez = Don Baltasar Navarro = Don Alonso Monago Solano = Don Juan Pérez Carrasco = Don Juan Hidalgo Caballero = Don Hipólito Villalobos y Figueroa = Don Pedro Carrasco = Don Luis Maldonado Cabrera y Céspedes = Don Francisco Carrasco = Juan Yáñez Periáñez = Pedro Navarro = Francisco Navarro Silíceo = Fernando de Vargas = Manuel de Mendoza y Arzilla.

Señalamiento de días.

Y en dicha Junta se hizo notorio la Bula que Su Santidad ha concedido en favor de esta Cofradía, y para que se puedan ganar las indulgencias que en ella se previenen, se elige el día tres de / 14 RECTO mayo, festividad de la Invención de la Santa Cruz, fiesta principal que se celebra en la Iglesia Mayor de esta villa, el día de la Natividad de Nuestra Señora, ocho de septiembre, festividad titular que se celebra en este Hospital de Nuestra Señora de los Milagros. Y el catorce de dicho mes, festividad de la Exaltación de la Santa Cruz. El día dos de febrero, festividad de la Purificación de Nuestra Señora. Y el día cinco de abril, festividad del Glorioso Señor San Vicente Ferrer, Protector de esta Cofradía, o el día que nuestra Santa Madre Iglesia le celebrare su festividad, por si concurriese con otra festividad que la excluya, visitando la Iglesia Mayor, excepto el día ocho de septiembre, que se ha de visitar esta ermita, y se consiga la aprobación que se expresa en dicha Bula. Y conseguida, se publique el día de fiesta inmediato en la conformidad que lo manda / 14 VUELTO el Ilustrísimo Señor Comisario General de Cruzada. Y lo firmaron. = Don Juan Navarro  = Don Francisco de Maheda y del Hoyo = Don José Martínez = Don Baltasar Navarro = Don Alonso Monago Solano = Don Juan Pérez Carrasco = Don Juan Hidalgo Caballero = Don Hipólito Villalobos y Figueroa = Don Pedro Carrasco = Don Luis Maldonado Cabrera y Céspedes = Francisco Navarro Silíceo = Don Francisco Carrasco = Juan Yáñez Periáñez = Fernando de Vargas = Manuel de Mendoza y Arzilla = Por acuerdo de esta Hermandad. Pedro Navarro.

Relación del Breve y Licencia de la Santa Cruzada.

Y a su continuación está el trasunto del Breve expedido en Roma a treinta de junio del año pasado de mil setecientos veinte y nueve de las indulgencias y gracias que nuestro Muy Santo Padre Benedicto Décimo Tercero concedió a los hermanos de esta Cofradía, con la Licencia del Señor Comisario General de la Santa Cruzada, dada en Madrid a siete de septiembre de / 15 RECTO dicho año, ante Don Antonio Manuel de Corcuera, su Secretario.

Petición.

Don Baltasar Navarro, Presbítero y Mayordomo de la Cofradía de la Vera Cruz de esta villa, ante Vuestra Merced parezco y digo que dicha cofradía ganó Breve de Indulgencias de Su Santidad, cuyo Breve está pasado por la Santa Cruzada de estos Reinos, y dicha Cofradía tiene hecha asignación de los días en que se han de ganar las dichas indulgencias, como consta del dicho Breve, paso y acuerdo de dicho señalamiento, que presento en debida forma. Y para que se pueda hacer las diligencias y lograr las dichas gracias, se ha de servir Vuestra Merced de dicho Breve y dicho paso de la Santa Cruzada, concediendo también licencia para su publicación. Por lo cual suplico a Vuestra Merced se sirva / 15 VUELTO de mandar como llevo pedido, en vista de la presentación que llevo hecha, por ser aumento de dicha Cofradía y útil a sus cofrades de uno y otro sexo, de que recibiré mercedes con justicia, etc. = Don Francisco Baltasar Navarro = Licenciado Don Alonso Monago Solano.

Auto de aprobación.

Por presentado el Breve de Su Santidad, Licencia del Señor Comisario General de la Santa Cruzada, con el acuerdo del señalamiento hecho por la Cofradía de la Vera Cruz de esta villa, y visto por el Señor Licenciado Don Cristóbal Navarro y Gordón, del Orden de Santiago, Vicario Juez Eclesiástico Ordinario de esta villa de Guadalcanal, dijo aprobaba y aprobó cuanto ha lugar de Derecho los días señalados en el dicho acuerdo para el logro de las indulgencias que en dicho Breve se expresan en favor de los cofrades de uno y otro sexo de dicha Cofra / 16 RECTO día y se concede licencia. Y para que siempre conste, se copie en el libro que tuviere dicha Cofradía, guardando estos originales con toda custodia. Y así lo proveyó, mandó y firmó en Guadalcanal en treinta días del mes de marzo de mil setecientos y treinta años. = Licenciado Gordón = Ante mí, Manuel de Mendoza y Arzilla.

Concuerda con dicha Real Provisión, obedecimientos, acuerdo, petición y aprobación, y más largamente consta de dicho trasunto y despacho de la Santa Cruzada, a que me remito, que para este efecto exhibió ante mí Don Baltasar Navarro, Presbítero, y lo firmó de su nombre. Y para que conste, lo signé y firmé en Guadalcanal en primero día del mes de abril de mil setecientos y treinta años.

(Rúbricas)            Don Baltasar Navarro            Manuel de Mendoza Arzilla, Notario Público

16 VUELTO

Sumario de las gracias e indulgencias concedidas por Nuestro Muy Santo Padre Benedicto Décimo Tercio, concedidas a los hermanos de uno y otro sexo de la Cofradía de la Santa Vera Cruz de esta villa de Guadalcanal, por su Breve dado en Roma a treinta de junio del año pasado de mil setecientos y veinte y nueve.

Primeramente concede Su Santidad indulgencia plenaria el primer día que fueren admitidos en esta Hermandad, estando verdaderamente contritos y confesados, recibiendo la Santa Eucaristía.

Item concede la misma indulgencia en el artículo de la muerte a los hermanos de esta Hermandad que verdaderamente contritos y confesados, recibiendo la Santa Comunión, y no pudiendo a lo menos contritos, invocaren con la boca el Dulce Nombre de Jesús, y no pudiendo con el co (…).

17 RECTO [2]

(prín)cipes cristianos y salud del Sumo Pontífice, la misma indulgencia y remisión de todos sus pecados.

Item concede siete años y siete cuarentenas de perdón haciendo las mismas diligencias desde las primeras vísperas del día ocho de septiembre, en que se celebra la Natividad de Nuestra Señora en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros de esta villa / 17 VUELTO (has)ta puesto el sol, de (…) abril y festividad del Glorioso Señor San Vicente Ferrer, protector de esta Cofradía, o el día que nuestra Santa Madre Iglesia celebrare su festividad, la misma indulgencia haciendo las citadas diligencias.

Item concede a los dichos cofrades de uno y otro sexo sesenta días de penitencia mal cumplidas (…) [3].

20 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en seis días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y un años, los Señores Don Alonso Monago y Solano, Presbítero, y Juan Yáñez Periáñez, Hermanos Mayores, Don Francisco Maheda y del Hoyo, Caballero del Hábito de Calatrava, Protector, y demás hermanos de la Cofradía de la Santa Vera Cruz, sita en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros de esta dicha villa, que abajo firmarán, para el efecto de hacer nueva elección de oficiales para el año próximo venidero, y habiendo propuesto de conformidad, se nombraron por Hermanos Mayores a los Señores Don Francisco Abarranca Caballero, Presbítero, y Don Pedro de Heredia Chacón, Consultor del Santo Oficio, y por Mayordomo el Señor Don Juan Gregorio Navarro, y por Secretario Don José Martínez, y su Coadjutor Don Pedro Muñoz Pimiento, y por Celadores Fernando de Vargas y Jerónimo de Chaves. Y se acordó que de los réditos que se están debiendo de un censo que paga Antonio García, clérigo de Orden Sacro de la ciudad de Llerena, luego que se cobren, se libren trescientos reales a la Iglesia Mayor de esta villa, con la comisión que se ha de escriturar de que para la fiesta principal de esta cofradía ha de colgar dicha iglesia en ella la seda que tiene o en adelante tuviere. Y lo firmaron.

(Rúbricas)            Don Alonso Monago y Solano            Don Francisco Maheda y del Hoyo

Don Pedro Heredia Chacón            Francisco Abarranca Caballero            Don Juan Navarro

Fernando de Vargas            Alonso (…)            Pedro Muñoz Pimiento

Gómez de Córdoba            Juan Gregorio Navarro            Don Francisco de Castilla

Ante mí, Don José Martínez.

20 VUELTO

Acuerdo para poner los instrumentos de esta Cofradía en el Archivo del Convento del Espíritu Santo.

En la villa de Guadalcanal, en cuatro días del mes de mayo de mil setecientos treinta y dos años, los Señores Hermanos Mayores de esta Santa Cofradía de la Vera Cruz, Don Francisco Abarranca Caballero, y Don Pedro de Heredia Chacón y los demás hermanos que abajo firmaron, se juntaron para el efecto de hacer elección de Mayordomo y demás oficios para dicha cofradía, sita en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros de esta dicha villa en ella. Y de conformidad se nombró por Mayordomo a Juan Yáñez Periáñez, y por Hermanos Mayores Don Baltasar Navarro, Presbítero, Fernando de Vargas y Jerónimo de Chaves. Y por Diputados Juan Gordón Prieto y José Torres. Y por Secretario el presente, y lo mismo su coadjutor. Y se acordó que, aunque en acuerdo del año de 30 se dispuso que los títulos de indulgencias y provisiones que esta cofradía tiene se pusiesen en el archivo del convento de San Francisco de esta villa para su seguridad, por justos motivos que esta cofradía tiene se ha acordado de nuevo que dichas bulas y provisiones y títulos se pongan en el archivo del convento del Espíritu Santo de esta villa, hablando para ello con la Señora Abadesa del dicho convento y a Don Francisco Maeda, su Patrono Protector que es de esta Santa Cofradía. Y en este libro se ponga recibo para que siempre conste.

(Rúbricas)            Francisco Abarranca y Caballero            Don Baltasar Navarro

Fernando de Vargas            Jerónimo de Chaves            Pedro Muñoz

Juan Yáñez Periáñez            Francisco Valverde            Pedro Navarro            Don Juan Navarro

Ante mí, Don José Martínez.

21 RECTO

Acuerdo que se hizo en Junta de Hermandad a los 28 de marzo de 1733.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y ocho días del mes de marzo de mil setecientos y treinta y tres años, los Señores Hermanos Mayores, Protector, Mayordomo, Diputados y demás oficiales y hermanos de la Venerable Cofradía de la Vera Cruz (que abajo firmarán), sita en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros de dicha villa, estando juntos en ella, como lo han de uso y costumbre, siempre que sobre dicha cofradía o para su mayor aumento se hacen elecciones o acuerdos para su manutención y buen régimen, habiéndose propuesto por dichos Hermanos Mayores se habían experimentado atrasos de algunas limosnas y tibiezas de ánimos de algunos hermanos devotos por decirse que unos tenían el pondus y otro el aplauso, los primeros porque solicitaban y daban limosnas para el mayor aumento de dicha cofradía y los segundos porque sin este celo logran llevar sobre sus hombros en las procesiones las Santas Imágenes de Cristo en la Columna y María Santísima de la Cruz, sus titulares y patronos, y que así habían dicho muchos se faltaba en esto a la rectitud y igualdad que se debe observar en tan Santa Cofradía, dando el premio a quien lo mereciese, y sobre todo se ha dicho que siendo como son todos, así los unos como los otros cofrades o hermanos de dicha cofradía, es justo que sus intereses y honores, así corporales como espirituales, se lleven y repartan con confraternidad, hermandad, igualdad y unión, por lo cual dichos Hermanos Mayores y hecha su propuesta pidieron se determinara por dicha cofradía lo que sobre lo dicho se debía hacer, lo cual entendido por todos se dijo que siendo como es estilo en las cofradías de / 21 VUELTO Jesús Nazareno y de la Soledad de esta villa que a sus cofrades se les dé y reparta cédula para que lleven sus imágenes a tránsitos, señalándoselos en dicha cédula para que con este celo y cuidado y igualdad los hermanos asistan a dichas funciones y procesiones con mayor celo y cuidado, se acordó que desde hoy en adelante para siempre jamás sin novedad alguna se observe, cumpla y ejecute en esta Santa Cofradía el mismo estilo en la de Jesús Nazareno en orden a llevar su imagen entre los cofrades. Y así que desde hoy en adelante los Hermanos Mayores o Mayordomo que al presente es o en adelante fuere, repartan dichas cédulas, nominando los nombres de los hermanos que han de llevar las imágenes de Cristo en la Columna y María Santísima de la Cruz, desde que sale de la dicha ermita (o de la Iglesia Mayor en su día) hasta que vuelva a entrar. Y señalado a cada el tránsito que la ha de llevar. Y se advierte que han de llevar las caras descubiertas como lo previene el Real Consejo de las Ordenes en su Real Provisión, despachada en siete de julio del año de mil setecientos y veinte y nueve. Y asimismo los que rigieren dichas procesiones tengan el cuidado de mudar a los cofrades que llevaren dichas insignias a sus tránsitos, para que todos gocen del alivio y carga que en sí tuviese dicha cofradía, y por consiguiente los tibios se enardezcan en servirla y todo sea para honra y gloria de Dios Nuestro Señor y su bendita Madre. Y así se mandó poner en este libro, para que conste, en dicho día, mes y año. Y lo firmaron.

(Rúbricas)            Fernando de Vargas            Don Francisco de Maheda y de Hoyo

Don Baltasar Navarro            Jerónimo de Chaves            Juan Navarro            Pedro Navarro

Manuel Periáñez            José Torres            Juan Gordón            Juan Yáñez Periáñez

Francisco Abarranca

Ante mí, Don José Martínez

22 RECTO

Elección.

En la villa de Guadalcanal, en once días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y tres años, los Señores Hermanos Mayores de la Venerable Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, Don Baltasar Navarro, Fernando de Vargas y Jerónimo de Chaves, Don Pedro de Heredia Chacón y demás hermanos de dicha Cofradía que abajo firmarán, se juntaron para el efecto de hacer elección de Mayordomo, Hermanos Mayores y demás oficiales para dicha cofradía, sita en Nuestra Señora de los Milagros de esta dicha villa. De conformidad se quedó reelecto por Mayordomo Juan Yáñez Periáñez, Mayordomo que fue el año antecedente, y por Hermanos Mayores Don Francisco Mateos, Presbítero, Juan Gordón Prieto y José Torres, y por Diputados Alonso Prieto y Alonso López Palomo, y el Secretario el presente y su Coadjutor el mismo. Y se acordó que el Mayordomo y Hermanos Mayores, con asistencia del Secretario estén con el Colector de la Iglesia Mayor, que recibió los veinte pesos que esta cofradía dio para ayudar a comprar la seda de dicha iglesia, con cargo de darla para que sirviese en la fiesta principal de esta cofradía, que es el día tres de mayo de cada año, y dé recibo de ellos, el cual se pondrá en este libro. Y el dicho Secretario dé testimonio de ello, que también se pondrá en este dicho libro, para que siempre conste. Y en esta conformidad se acabó esta elección. Y lo firmaron.

(Rúbricas)            Francisco Mateos            Juan Gordón Prieto            José Torres

Pedro Navarro            Manuel Periáñez            Juan Navarro            Pedro Heredia Chacón

Fernando de Vargas            Juan Yáñez Periáñez            Francisco Abarranca           

Miguel Gómez

Ante mí, Don José Martínez.

22 VUELTO

Acuerdo para que los dos Diputados seglares sean Hermanos Mayores el año siguiente.

En la villa de Guadalcanal, en nueve días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y cuatro años, los Señores Hermanos Mayores de la Venerable Cofradía de la Cruz, Don Francisco Mateos, Presbítero, Juan Gordón Prieto, y José Torres, y demás hermanos de dicha cofradía, que abajo firmarán, se juntaron para el efecto de nombrar y hacer elección de Hermanos Mayores, Mayordomo y demás oficiales de dicha cofradía para el año próximo venidero. Y habiéndose conferido la elección, se acordó por acuerdo que siguiéndose como se acostumbra el que sean Hermanos Mayores los que han sido Diputados el año antecedente, se nombraron por Hermanos Mayores a los Señores Don Francisco Abarranca Caballero, Presbítero, Alonso López Palomo y Alonso Prieto. Y de conformidad se volvió a reelegir por Mayordomo a Juan Yáñez Periáñez, y por Diputados Pedro López Palomo y Juan Martín Luengo, y Secretario el presente, y por su Coadjutor Manuel Yáñez Periáñez. Y en esta conformidad se acabó dicha elección, que firmaron los dichos hermanos, de que doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Mateos            Don Francisco de Maheda y del Hoyo

Francisco Abarranca Caballero            Juan Yáñez Periáñez            Manuel Antonio Periáñez

Pedro Navarro

Ante mí, Don José Martínez.

En la villa de Guadalcanal, en ocho días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y cinco años, los Señores Hermanos Mayores de la Venerable Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, Don Francisco Abarranca, Presbítero, Alonso Prieto / 23 RECTO y Alonso Palomo, y demás hermanos de dicha cofradía que abajo firmarán, se juntaron para el efecto de nombrar y hacer elección de Hermanos Mayores, Mayordomos y demás oficiales de dicha cofradía para el año próximo venidero. Y habiéndose conferido la elección, de conformidad se nombró según lo dispuesto en las Constituciones y salió por Hermano Mayor eclesiástico Don José Martínez, Presbítero, y Juan Martín Luengo y Pedro Palomo, por Hermanos Mayores seglares, por Mayordomo José Torres, y por Diputados de casa a Francisco Gavera y José Cerezo, y Diputado de campo Cristóbal de Chaves Vizuete. Y se acordó que de aquí en adelante el presente y el que fuese Diputado de campo tenga voz, voto y asiento de Hermano Mayor en cuarto lugar el año siguiente al de su oficio. Y en este estado se propuso que por Secretario se quedase en lugar del presente, Don Francisco Abarranca Caballero. Y se acabó dicha elección.

(Rúbricas)            Francisco Abarranca Caballero            Juan Martín Luengo

Manuel de Mendoza y Arzilla            Juan Yáñez Periáñez            Fernando de Vargas

Antonio Abarranca Caballero            Francisco Abarranca

Ante mí, José Martínez.

(Al margen) Se admitió un Diputado de campo y que éste sea Hermano Mayor el año siguiente, con que son 4 los Hermanos Mayores.

Recibo de los papeles e instrumentos que se pusieron en el Archivo del Espíritu Santo.

Como Abadesa que soy del Convento de Religiosas del (…) Espíritu Santo de esta villa de Guadalcanal, digo que habiéndome pedido Don José Martínez y Don Francisco Abarranca Caballero, Presbíteros, Hermano Mayor y Secretario / 23 VUELTO de la Venerable Cofradía de la Vera Cruz de esta villa, sita en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros de ella, en nombre de toda dicha cofradía y en virtud del acuerdo hecho a los cuatro de mayo de mil setecientos y treinta y dos años, que dos Reales Provisiones que dicha cofradía tiene, la una en que el Consejo aprobó las Constituciones de dicha cofradía y su nueva fundación, y la otra en que mandó observar las costumbres en cuanto al salir la procesión de la Sangre, dos Breves de indulgencias con sus aprobaciones, todos contenidos en veinte y un folios, extra Breves, que éstos no están foliados, sino metidos entre los folios y anotados en éstos al margen del primero y al de diez y seis, tuviese a bien se pusiesen dichos papeles en el archivo de dicho convento para su seguridad, lo que tuve a bien y los recibí y puse en dicho archivo en dichas veinte y una hojas. De haberlos recibido y puesto doy este recibo, que firmé. Y de su entrega firmó dicho Hermano Mayor ante dicho Secretario, hoy veinte de mayo de mil setecientos y treinta y cinco años.

(Rúbricas)            Soror Francisca Margarita de la Ascensión, Abadesa

Don José Martín            Ante mí, Francisco Abarranca Caballero

Inventario de los bienes que se entregaron a José Torres, Mayordomo actual de Nuestra Señora de la Cruz, por Juan Yáñez Periáñez, que dejó de serlo.

Asimismo Don Francisco Abarranca Caballero, Presbítero, Secretario de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz y su Hermandad, certifico y doy fe que habiéndose hecho la entrega de los instrumentos que constan en el recibo antecedente, con asistencia de dicho Hermano Mayor, Don José Martínez, Presbítero, y de Alonso Palomo, por Pedro Palomo, su hermano, también Hermano Mayor, José Cerezo, Diputado, y otros hermanos, Juan Yáñez Periáñez, Mayordomo que dejó de ser el día dicho de este presente mes y año, como consta de la elección que empieza en el folio antecedente, entrego a José Torres, Mayordomo nuevamente electo, los bienes que constarán en el inventario que se sigue:

  • Lo primero doscientas y no / 24 RECTO venta y cinco libras de cera, las cuales se pasaron y metieron en un arca grande de nogal que dicha cofradía tiene en la ermita de su situación, en la cual arca como en dicha cera se entregó y recogió su llave ———— 295.
  • Más se le entregó una banasta grande de mimbre blanca y negra en que se reparte dicha cera.
  • Más dos libros de dicha Hermandad, el uno donde se asientan las cuentas que se toman a los Mayordomos y se asientan los Hermanos que se reciben. Y el otro donde se ponen las elecciones, acuerdos y recibos, y también en él se hallarán los inventarios que se hicieren de los bienes de dicha cofradía, entregados de unos mayordomos a otros, como el presente.
  • Más se le entregaron dos estandartes, el uno de damasco encarnado y el otro de tafetán negro con sus flueques, ambos correspondientes.
  • Más se le entregaron unos cordones de dichos estandartes, que a ambos sirven, negros y verdes.
  • Más se le entregó una cruz de plata y una vara larga de dichos estandartes.
  • Más un palio de damasco negro con flecos de torzal.
  • Más ocho varas que sirven en el dicho palio.
  • Más un paño de terciopelo verde, con una cruz encarnada en el medio.
  • Más unas andas nuevas para Nuestra Señora que están en la Capilla de la Cruz.
  • Más ocho quízquez. Y tres cetros. Y cuatro almohadillas de damasco negro para los brazos de las dichas andas.
  • Más un bernegal de plata con que se pide para Nuestra Señora.

Y aunque es verdad que dicha imagen de Nuestra / 24 VUELTO Señora de la Cruz tiene otras alhajas propias suyas y de dicha cofradía, como son coronas de plata, vestidos, tocas, mantos, caídas de andas, puntas y flores, éstos paran en casa de Doña Isabel de Castilla y Fuentes, mujer legítima de Don Rodrigo de Castilla, en donde están por tener dicha señora y Doña Juana su hija la devoción muchos años ha de vestir a dicha imagen y no tener los Mayordomos el cuidado de entregar y recibir dichos vestidos y alhajas, y así sólo se refiere aquí para que conste, pues sólo será de la obligación del actual Mayordomo entregar lo que ha recibido y consta de este antecedente inventario, los cuales habiéndolos recibido dicho José Torres, como tal Mayordomo, ofreció su seguridad y entrega luego que cumpla el tiempo de su Mayordomía. Y dicho Hermano Mayor, en nombre de dicha Cofradía, dio por bien hecha dicha entrega y lo firmó en Guadalcanal y mayo veinte de mil setecientos treinta y cinco. Y dicho José Torres no firmó porque dijo no saber, de que doy fe.

(Rúbrica)            Don José Martínez

Recibo de trescientos reales que dio la Cofradía de la Cruz para ayuda de comprar la seda que compró la Iglesia Mayor, y con qué cargo se tomaron.

Yo Fernando Abarranca Caballero, Presbítero, Mayordomo Colector que fui de los Señores Curas y Capellanes de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora Santa María la Mayor de esta villa y su Mayordomo de Fábrica el año pasado de mil setecientos y treinta y un años, y por cuya cuenta como tal Mayordomo corrió la satisfacción del costo que tuvo la colgadura de seda que dicha iglesia compró, declaro que para dicha satisfacción recibí de la Cofradía de la Cruz, por mano de Don Juan Navarro, Presbítero, Mayordomo de dicha cofradía, trescientos reales de vellón, los cuales dio y recibí con la obligación de que dicha colgadura ha de servir como si fuera propia de dicha cofradía y se ha de colgar en dicha Iglesia Mayor para la fiesta principal de dicha cofradía, que es y tiene a los tres de mayo de cada un año. Y aunque este recibo y obligación lo debí dar en el año referido, declaro no haberlo dado por no haber los Hermanos Mayores ni Mayordomos de dicha cofradía, aunque es verdad que dicha seda ha servido en dichas / 25 RECTO fiestas de la Cruz todos los años y ahora, a pedimento de Don José Martínez, Presbítero, Juan Martín Luengo y Pedro López Palomo, Hermanos Mayores de dicha Cofradía, y para su seguridad, doy el presente, que firmo con la referida obligación en Guadalcanal y mayo veinte y dos de mil setecientos y treinta y cinco años.

(Rúbrica)            Fernando Abarranca Caballero

Obligación de dar la seda para colgar la iglesia el día de las festividades de la Santísima Cruz, tres de mayo de cada año.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y tres días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y cinco años, los Señores Curas y Capellanes de la Iglesia Mayor de ella que abajo firmaron, habiéndose juntado en su sacristía como lo acostumbran, a pedimento de Don José Martínez, Presbítero, Hermano Mayor de la Cofradía de la Cruz, y en nombre de toda dicha cofradía, dijo como bien sabía dicha comunidad que dicha cofradía había dado para ayuda de comprar la colgadura de seda que dicha iglesia tiene trescientos reales de vellón, y que su Mayordomo de Fábrica y Colector, para recibirlos, se obligó en nombre de dicha iglesia a que desde el día de su recibo para siempre jamás había de tener el derecho a dicha colgadura para colgarla en dicha iglesia como si fuera propia en el día de la fiesta principal que dicha cofradía tiene en cada un año, que es el tres de mayo. Y asimismo dijo que aunque era verdad que para dar dicho dinero la cofradía determinó se escriturase por la Fábrica de dicha iglesia la referida condición y que el costo de dicha escritura fuera del cargo del Mayordomo de dicha Fábrica, como recipiente de dicha porción, siendo así no se ha hecho dicha escritura, habiendo pasado cinco años que se recibió el dinero y que no se sabe de parte de quién estaría la omisión. No obstante, en nombre de dicha cofradía se conformaba con que junta dicha comunidad por sí y por la Fábrica, todos se obligasen a que dicha seda sirviese para dicha fiesta principal en cada un año. Y presentó recibo de haber dado dicha cofradía la referida porción, que es que está en el folio antecedente, el que está firmado de Fernando Abarranca Caballero, Presbítero, Mayordomo de Fábrica y Colector que era entonces, y por cuya mano / 25 VUELTO corrió la satisfacción de dicha seda. Y visto por dicha comunidad dicho recibo y considerando ser justa la petición de dicha cofradía, hecha por su Hermano Mayor, todos nos conformamos en que dicha colgadura sirva desde hoy para siempre jamás para la fiesta principal que dicha cofradía hace en esta Santa Iglesia a los tres de mayo de cada un año, y para ello la use como si fuera propia suya, con el mismo derecho. Pero si quisiere que sirva en algún otro día o fiesta que a dicha cofradía se le pueda ofrecer dentro o fuera de esta iglesia, no la pueda usar ni sacar, porque sólo fue condición y obligación al tiempo del recibo y entrega de dichos trescientos reales el que había de servir para la fiesta principal dicha seda. Y a esto nos obligamos en nombre de la Fábrica y obligamos todos los bienes y rentas de ella, habidos y por haber, para la seguridad de dicha obligación. Y contra ella jamás pueda ir ni venir ningún Señor Cura, comunidad ni Mayordomo de Fábrica que en adelante hubiere, porque a esta obligación que aquí todos hacemos le damos y queremos que tenga la misma fuerza que una escritura. No queremos ahora ni para siempre jamás ir ni venir contra ello. Y si acaso se fuere, para que a su cumplimiento nos obliguen y a dicha Fábrica, nos sometemos a las Justicias de Su Majestad, con especialidad a las de nuestros fueros, quienes según Derecho nos apremiarán al cumplimiento de este trato y obligación, que hacemos en dicha villa dicho día, mes y año. Y lo firmamos.

(Rúbricas)            Licenciado Don Rodrigo Gregorio (…)            Don Baltasar Navarro

Don Antonio Andrés Montero            Pedro Miguel Barragán            Francisco Rabanal

Juan García Farago            Fernando Abarranca Caballero            Antonio Rodríguez Chavero

Francisco Sánchez de los Ríos            Don Juan Pérez Carrasco            Don José Martínez

26 RECTO

Miguel José Puerto            Juan Simón Canalo de Espinosa            Francisco Medina Aguilar

Diego Rodríguez

Elección.

En la villa de Guadalcanal, en seis días del mes de mayo de mil setecientos treinta y seis años, los Señores Hermanos Mayores de la Venerable Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz y demás hermanos cofrades de ella, que abajo firmarán los que supieren, siendo los Mayores Don José Martínez, Juan Martín Luengo y Pedro López Palomo, habiéndose juntado en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros, donde está sita dicha cofradía, para el efecto de elegir Hermanos Mayores, Mayordomo y demás oficiales de ella para el año próximo venidero, y habiéndose propuesto por dicho Don José los que le parecían más convenientes para dichos oficios, no se conformó la cofradía y se tomaron votos secretos, los cuales regulados salió con más parte de votos por Hermano Mayor eclesiástico Don Francisco Abarranca Caballero, Presbítero, y seglares los señores Francisco Gavera y José Cerezo, Cristóbal de Chávez Vizuete, Diputado que fue de campo este año pasado, y por Mayordomo a Juan Gordón el Alto, y por Diputados a Francisco de Paz y Francisco Vázquez, y Diputado de campo a José Prieto, y por Secretario, en lugar del presente se nombró / 26 VUELTO a Don José Martínez y se acabó dicha elección.

(Rúbricas)            Don José Martínez            Juan Martín Luengo            Pedro López Palomo

Francisco Abera            Francisco Medina Aguilar            Francisco Paz            Pedro Navarro

Juan Yáñez Periáñez            Fernando de Vargas            Ante mí, Francisco Abarranca Caballero

Yo, Don José Martínez, Presbítero y Secretario que he sido nombrado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz para este año para este año que empezó a correr desde el día seis de mayo de este año de mil setecientos y treinta y seis, certifico y doy fe que hoy día de la fecha José Torres, Mayordomo que fue de dicha cofradía el año próximo pasado, entregó a Juan Gordón, Mayordomo electo para este presente año, los bienes que constarán en el inventario siguiente:

  • Lo primero entregó doscientas y noventa y cinco libras de cera, las cuales se metieron en un arca grande de nogal que dicha cofradía tiene, en la cual y en dicha cera se entregó dicho Juan Gordón, actual Mayordomo.
  • Más se le entregaron dos banastas grandes de repartir cera, la una blanca y negra, que fue la inventariada el año antecedente, y la obra blanca y encarnada, que la ha hecho en el año de su mayordomía.
  • Más se le entregaron dos libros que dicha cofradía tiene, el uno de cuentas y asientos de hermanos, y el otro de elecciones, y los instrumentos que constan estar entre él, como se refiere en el inventario antecedente. Estos se entregaron a la Señora Abadesa del Espíritu Santo y los puso en su archivo, como consta de recibo que está en este libro a folio 23, por cuya razón no se entrega en ellos dicho actual Mayordomo y sólo recibió dos libros y en este dicho recibo.
  • Más se le entregaron dos estandartes, el uno de damasco encarnado y el otro de tafetán negro, ambos con sus flueques, ambos correspondientes.
  • Más se le entregaron unos cordones de seda negra y verde con sus borlas, que sirven a ambos estandartes.
  • Más se le entregó una cruz nueva de plata, que sirve a ambos estandartes, y una vara larga para lo mismo.
  • Más se le entregó un palio de damasco negro forrado en holandilla con fleco de torzal.
  • Más se le entregó ocho varas que sirven a dicho palio.
  • Más se le entregó un paño de terciopelo verde con una cruz encarnada de lo mismo en el medio.
  • Más unas andas nuevas para llevar a Nuestra Señora.
  • Más se le entregaron ocho quízquez. Y seis cetros, porque aunque en el inventario pasado sólo se le entregaron a José Torres tres cetros, ha aumentado otros tres en el año de su mayordomía.
  • Más se entregaron cuatro almohadillas de damasco negro para los brazos de las andas.
  • Más se le entregó un bernegal de plata con que pide para Nuestra Señora.

Y aunque es verdad que dicha imagen tiene otras alhajas propias de dicha cofradía, como son dos coronas de plata, vestidos, mantos, tocas, caídas de andas, puntas y flores, éstos paran en poder de Doña Isabel de Castilla, quien siempre ha tenido devoción de vestir a Nuestra Señora de la Cruz, y por eso paran dichas alhajas en poder de dicha señora Doña Isabel y por excusarse los mayordomos que son y han sido de entregar y recibir dichas alhajas, y lo que más es conociendo el afecto y devoción y grande seguridad con que dichas / 27 VUELTO alhajas están en poder de dicha Señora. Y por excusar inventario de lo que está tan seguro, no se inventarian y sólo se apunta para que conste. Y habiéndose concluido dicho inventario, se dio por entregado en dichos bienes Juan Gordón, Mayordomo, y ofreció (cumplido el año de su Mayordomía) su entrega total y en ínterin su seguridad y aseo. Y lo firmaron los Hermanos Mayores, y dicho Mayordomo no, por no saber. Y de todo doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Abarranca Caballero            Francisco La Vera

Ante mí, Don José Martínez.

Acuerdo para comprar la trompeta.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y cuatro días del mes de febrero de mil setecientos y treinta y siete años, los Señores Hermanos Mayores de Venerable Cofradía de la Cruz, sita en la ermita de los Milagros de esta villa, habiendo estado en ella (como lo acostumbran siempre que hay acuerdo de Hermandad) para el efecto de arbitrar el que se traiga una trompeta para las funciones de dicha cofradía, por no haberla, los Hermanos Mayores dijeron que los que al presente lo son de la Cofradía de la Soledad les hablaron sobre que de mancomún dichas dos cofradías trajesen dicha trompeta, costeándola de por mitad y serviría a las funciones de ambas, respecto de ser en distintos tiempos o en distintos días. Y que aunque esta cofradía estaba determinada a traerla por sí sola, sería conveniente ahorrar gastos. Y viendo la Junta la proposición, de común consentimiento se acordó se trajese dicha trompeta por mitad, con las condiciones de que ninguna de dichas dos cofradías por sí sola se ha de poder llamar ni decir dueña de dicha trompeta, / 28 RECTO sino es de por mitad está obligada a darla a aquélla para sus funciones (parando en su poder). Y si existiere en el de la otra, ha de estar del mismo modo obligada a darla para las funciones de ésta, de modo que a ambas sirve, hasta que con el tiempo se pierda o destruya. Y siendo así que habiéndose traído dicha trompeta de la ciudad de Sevilla por Don Juan Gordón, Mayordomo de esta cofradía, que lo es al presente, y costado cinco pesos, decláranos haber recibido los dos y medio, que es la mitad, de los Hermanos Mayores de dicha Cofradía de la Soledad, por lo cual adquirieron el dominio, según y como arriba va referido. Y para que siempre conste, lo firmaron dichos Hermanos Mayores de ambas cofradías, de que doy fe.

(Rúbricas)            Fray Antonio Mesa, Guardián            Francisco Abarranca Caballero

Francisco Contreras            Francisco La Vera            Ante mí, Don José Martínez

En la villa de Guadalcanal, en once días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y siete años, los Señores Don Francisco Abarranca Caballero, Presbítero, Francisco La Vera y José Ruiz Cerezo, Hermanos Mayores de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, sita en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros de esta dicha villa, para el efecto de hacer elección como es costumbre y las Constituciones lo disponen para el efecto de elegir Hermanos Mayores, Mayordomo y demás oficiales, y hallándose sin Secretario, y arreglándose a la Constitución, se conformaron todos los hermanos en que asistiese a la elección Don Francisco Santiago, Presbítero. Y habiendo propuesto dichos Señores Hermanos Mayores que si gustaban de que se hiciese la elección, de conformidad dijeron que no sino por votos / 28 VUELTO secretos. Y habiéndolos tomado, salieron electos por Hermanos Mayores Don Francisco Medina Aguilar, Presbítero, Francisco de Paz, Francisco Vázquez, José Prieto, Diputados que han sido de taca y campo, y por Mayordomo Francisco de la Vera, y por Diputado de campo Pedro Sánchez Borrego, y por Secretario Don Francisco Santiago, Presbítero, y por su Coadjutor Antonio Abarranca Caballero. Y en esta conformidad se acabó dicha elección. Y lo firmaron dichos Señores Hermanos Mayores y aceptaron sus oficios los que se hallaron presentes, y a los que no, se les haga saber por el presente Secretario para que los acepten. Y en caso de no aceptarlo, se ejecute lo que se previene en las Constituciones, de que doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Abarranca Caballero            Francisco La Vera            Francisco Paz

Francisco Contreras            Antonio Abarranca Caballero            Ante mí, Francisco Santiago.

Inventario de los bienes y cera de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, sita en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros.

En la villa de Guadalcanal, a trece días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y siete años, los Señores Don Francisco / 29 RECTO Ceguela Aguilar, Francisco Paz, Francisco Vázquez y José Prieto, Hermanos Mayores de esta cofradía, mandaron hacer inventario de todos los bienes y cera de dicha cofradía y que en ellos se entregase Francisco La Vera, Mayordomo actual, y es del tenor siguiente:

  • Primeramente se entregaron doscientas y sesenta libras de cera labrada.
  • Item un arca con su llave donde se recoge la cera.
  • Item dos banastas para repartir la cera.
  • Item dos libros grandes, el uno de cuentas y el otro de acuerdos y Constituciones.
  • Item se le entregaron dos estandartes, uno negro y otro encarnado, con un cordón y una vara que sirve a ambos.
  • Item una cruz de plata que sirve a ambos estandartes.
  • Item un palio de damasco negro forrado en holandilla con sus flecos negros.
  • Item ocho varas que sirven al palio.
  • Item un paño de terciopelo verde, con una cruz encarnada en medio.
  • Item unas andas nuevas para llevar a Nuestra Señora.
  • Item dos banquillos para poner dichas andas.
  • Item ocho quízquez para llevar a Nuestra Señora y el Santo Cristo.
  • Item seis cetros para regir las procesiones.
  • Item un bernegal de plata para pedir para Nuestra Señora, que pesa seis onzas y cuatro adarmes.

Item y aunque es verdad que tiene dicha cofradía otras alhajas como coronas, caídas para las andas, vestidos, / 29 VUELTO de Nuestra Señora, tocas y almohadillas para dichas andas, éstas no se ponen en dicho inventario por estar en poder de Doña Isabel de Castilla y Fuentes, quien tiene devoción de vestir a Nuestra Señora, quien ha muchos años que ha tenido devoción de cuidar de esta Santa Imagen, y se pone aquí para memoria. Y habiéndose concluido dicho inventario, se dio por entregado dicho Francisco La Vera, Mayordomo actual, quien se obligó a dar cuenta de ello cada y cuando se lo pidan. Y lo firmó con dichos Señores Hermanos Mayores, de que doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Medina Aguilar            Francisco Paz            Francisco Vázquez

En la villa de Guadalcanal, en once días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y ocho años, los Señores Don Francisco Medina Aguilar, Presbítero, y Francisco de la Paz, Hermanos Mayores de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, habiéndose juntado, como lo han de uso y costumbre, en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros de esta villa para el efecto de la elección anual y otros hermanos en número competente, según lo disponen / 30 RECTO las Constituciones, por votos secretos salieron por electos por Hermanos Mayores Don José Martínez, Presbítero, Juan de Burgos, Francisco Contreras y Pedro Sánchez Borrego, por Mayordomo Francisco Ruiz Cerezo, por Secretario Don Francisco Morales Ceguela, y por su Coadjutor Fernando de Vargas, y por Diputados de taza Juan Calao y Diego Contreras, y por Diputado de campo Francisco Gómez. Y habiéndose premedido el modo de elección, que al presente se celebra, y haberse añadido dos Hermanos Mayores y un Diputado, y que los tres Diputados el año siguiente sean Hermanos Mayores, por convenir así para el aumento de esta cofradía, se acordó de común consentimiento y en virtud de la regalía que esta cofradía tiene de poder aumentar (las) Constituciones aprobadas por Su Majestad (que Dios guarde) y Señores de su Real Consejo de las Ordenes, se ordenó que esta advertencia y acuerdo sirva de Constitución, quedando en su fuerza dichas Constituciones, y que no se vote sobre los tres Hermanos Mayores, por recaer estos empleos en los Diputados pretéritos, y sólo por lo que toca al estado sacerdotal dichos tres Diputados, Mayordomo, Secretario y su Coadjutor, como está dispuesto. Y asimismo se acordó que las resultas que costaron de las cuentas que están dadas, sean de cargo del Mayordomo actual el cobrarlas o dar diligencias hechas judiciales, y de lo contrario se le cobre de sus bienes. Y que las cuentas que estuvieren por firmar se firmen, con apercibimiento (de) que se procederá contra los omisos, como está declarado por las Constituciones. Y que el hermano que saliere en las elecciones venideras no se le / 30 VUELTO vote especial, como se ha pretendido, por ser contra lo mandado por Su Majestad, y con este defecto no sea elección canónica. Y en esta conformidad se acabó esta elección y lo firmaron los nuevos oficiales y demás que supieron, de que doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Medina Aguilar            Francisco Paz         

Por Juan de Vargas, Don José Martínez            Francisco Contreras

Por Francisco Cerezo, Francisco Morales Ceguela            Alonso Monago

Francisco Abarranca Caballero            Juan Jiménez Canal de Espinosa           

Fernando de Vargas            Antonio Rodríguez            Pedro Rico            Francisco La Vera

Francisco Muñoz            Ante mí, Francisco Santiago.

31 RECTO

Inventario.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y cinco días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y ocho años, el Señor Don José Martínez, Francisco Contreras y Juan de Burgos, Hermanos Mayores de esta cofradía, mandaron hacer inventario de todos los bienes y cera de dicha cofradía, y que en ellos se entregase Francisco Cerezo, Mayordomo actual, y es del tenor siguiente:

  • Primeramente se le entregaron doscientas y veinte y dos libras y media de cera labrada.
  • Item un arca con su llave donde se recoge la cera.
  • Item dos banastas para repartirla.
  • Item dos libros grandes, el uno de cuentas y el otro de acuerdos y Constituciones.
  • Item dos estandartes, uno negro y otro encarnado, con un cordón y una vara que sirve a ambos.
  • Item una cruz de plata para el estandarte.
  • Item un palio de damasco negro forrado en holandilla con sus flecos.
  • Item ocho varas que sirven al palio.
  • Item unas andas nuevas para llevar a Nuestra Señora y unos banquillos para poner dichas andas.
  • Item ocho quízquez para llevar a Nuestra Señora y el Santo Cristo.
  • Item seis cetros para regir las procesiones.
  • Item un bernegal de plata para pedir para Nuestra Señora, que pesa seis onzas y cuatro adarmes.
  • Item unos manteles, una para el altar del Santísimo Cristo.

31 VUELTO

Y aunque es verdad que dicha cofradía tiene otras alhajas como coronas, caídas para las andas, vestidos de Nuestra Señora, tocas y almohadillas para dichas andas, éstas no se ponen en dicho inventario por estar en poder de Doña Isabel de Castilla y Fuentes, quien tiene devoción de vestir a Nuestra Señora, quien ha muchos años que ha tenido devoción de cuidar de esta Santa Imagen, y se pone aquí para memoria. Y habiéndose concluido dicho inventario, se dio por entregado dicho Francisco Cerezo, Mayordomo actual, quien se obligó a dar cuenta de ello cada y cuando se lo pidan. Y lo firmó con dichos Señores Hermanos Mayores, de que doy fe.

(Rúbricas)          Francisco Contreras, por José de Vargas            Por Francisco Ruiz Cerezo

Ante mí, Francisco Morales Ceguela.

Elección.

En la villa de Guadalcanal, en diez días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y nueve años, habiéndose juntado Don José Martínez, Presbítero, Juan de Burgos y Francisco Contreras, Hermanos Mayores de esta cofradía, como lo han de uso y costumbre, en la iglesia de Nuestra Señora de los Milagros para el efecto de / 32 RECTO elegir Hermanos Mayores y demás oficiales de esta cofradía, y de conformidad por consentimiento común se nombró por Mayordomo a Juan Yáñez Periáñez, por haber dicho éste tenía derecho de servir a la Virgen este año, y por Hermanos Mayores los señores Don Francisco Morales Ceguela, Presbítero, Juan Calao y Diego Contreras, y por Diputados Francisco Piñero y Juan Rincón, y por Secretario Don José Martínez, Presbítero, y por Diputado de campo José González Cuchara. Y en esta conformidad se acabó dicha elección. Y lo firmaron los Hermanos Mayores, de que doy fe.

(Al margen)          Por Hermano Mayor en 4º lugar, Francisco Gómez, Diputado del año pasado.

(Rúbricas)            Don José Martínez            Francisco Contreras            Juan de Burgos

Juan Calao            Juan Yáñez Periáñez            Diego Contreras            Francisco La Vera

Pedro Navarro            José de Cabrera            Ante mí, Francisco Morales Ceguela.

32 VUELTO

Inventario.

En la villa de Guadalcanal, en once días del mes de mayo de mil setecientos y treinta y nueve años, los Señores Don Francisco Morales Ceguela, Presbítero, Juan Calao y Diego Contreras, Hermanos Mayores de esta cofradía, mandaron hacer inventario de la cera y demás bienes que dicha cofradía tiene, y se forma del tenor siguiente:

  • Primeramente se halló en el arca doscientas y cuarenta y cinco libras de cera.
  • Item un arca con su llave donde se recoge la cera.
  • Item dos banastas para repartirla.
  • Item dos libros, el uno de cuentas y el otro de acuerdos y Constituciones.
  • Item dos estandartes, uno negro y otro encarnado, con una vara y un cordón que sirve a ambos.
  • Item una cruz de plata para el estandarte.
  • Item un palio de damasco negro forrado en holandilla con sus flecos.
  • Item ocho varas que sirven al palio.
  • Item unas andas nuevas para llevar a Nuestra Señora y unos banquillos.
  • Item ocho quízques para llevar a Nuestra Señora y el Santo Cristo.
  • Item seis cetros para regir la procesión.
  • Item un bernegal de plata que pesa seis onzas y cuatro adarmes.

33 RECTO

  • Item unos manteles y una palia para el altar del Santísimo Cristo.

Las demás alhajas que constan en el inventario antecedente están en poder de Doña Isabel de Castilla, como consta de dicho inventario, en los cuales bienes se dio por entregado dicho Juan Yáñez Periáñez y se obligó a su satisfacción siempre y cuando se le fuere pedida y dé su recibo. Lo firmó con dichos Hermanos Mayores, de que yo el Secretario doy fe.

(Rúbricas)            Francisco Morales Ceguela            Juan Yáñez Periáñez

Ante mí, Don José Martínez.

Elección.

En la villa de Guadalcanal, en ocho días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta, habiéndose juntado en este Hospital de Nuestra Señora de los Milagros, donde está sita la Hermandad y Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, para el efecto de elegir nuevos Hermanos Mayores y demás oficiales de dicha cofradía, conviene a saber, los Hermanos Mayores actuales, que lo son Don Francisco Morales Ceguela, Presbítero, y Juan Calao, con otros muchos hermanos en número bastante, como se acostumbra, habiéndose tomado los votos secretos, regulado, salieron por Hermanos Mayores los / 33 VUELTO señores hermanos Don Manuel González Triguero, Diácono (?), Juan Rincón y Francisco Ternero (?), y por Mayordomo el hermano Juan Calao, y por Diputados los hermanos Francisco Ruiz Cerezo, Juan Galván, y por Diputado de campo Cristóbal de Ortega, y por Secretario Don Francisco Morales, Presbítero. Y habiéndose concluido dicha elección, leídose y aceptado cada cual su empleo, lo aceptaron y firmaron los que supieron, de que doy fe. Y asimismo por cumplir el acuerdo hecho sobre este asunto, se nombraron por Hermanos Mayores los que dejaron de ser Diputados de campo, que son José González Cuchara y Pedro González Gallego.

(Rúbricas)            Don Francisco Morales Ceguela            Don Pedro Ventura de Prado

Doctor Don Manuel González Triguero            Juan Yáñez Periáñez           

Francisco Pérez, por Juan Rincón Martínez            Francisco Piña            Sebastián Delgado

Ante mí, Don José Martínez.

Inventario.

En la villa de Guadalcanal, en quince días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta años, los Señores Hermanos Mayores de esta cofradía hicieron parecer ante / 34 RECTO sí a Juan Yáñez Periáñez, Mayordomo que ha sido de dicha cofradía, para el efecto de hacer inventario de las alhajas y cera que hoy existe, el cual se forma en la manera siguiente:

  • Primeramente se hallaron en el arca doscientas y diez libras de cera.
  • Item un arca con su llave donde se recoge la cera.
  • Item dos banastas para repartirla.
  • Item dos libros, el uno de cuentas y el otro de acuerdos y Constituciones.
  • Item dos estandartes, uno negro y otro encarnado, con una vara y un cordón que sirve a ambos.
  • Item una cruz de plata para el estandarte.
  • Item un palio de damasco negro forrado en holandilla con sus flecos.
  • Ocho varas que sirven al palio.
  • Más unas andas doradas nuevas para Nuestra Señora.
  • Item ocho quízques para llevar a Nuestra Señora y al Cristo.
  • Item seis cetros para regir la procesión.

34 VUELTO

  • Más un bernegal de plata que pesa seis onzas y cuatro adarmes.
  • Item unos manteles y una palia para el altar del Santísimo Cristo.

Las demás alhajas de Nuestra Señora están en poder de Doña Isabel de Castilla, como consta de los inventarios antecedentes, en todos los cuales bienes de suso inventariados se entregaron a Juan Calao, actual Mayordomo, y de su registro lo rubricó, por no saber firmar, en dichos Hermanos Mayores, de que doy fe.

(Rúbricas)            Doctor Don Manuel González Triguero

Ante mí, Francisco Morales Ceguela.

Elección.

En la villa de Guadalcanal, a siete días / 35 RECTO del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y un años, habiéndose juntado en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros la Hermandad de la Vera Cruz, como lo ha de uso y costumbre, en número competente y bastante para el efecto de hacer elecciones de Hermanos Mayores, Mayordomo y Secretario, Diputados de dicha Hermandad, salieron por conformidad de todos, es a saber, por Hermanos Mayores los hermanos Doctor Don Manuel González Triguero (…) y José Torres, y Juan Gordón, y Cristóbal de Ortega, por Mayordomo Juan Calao, y por Secretario Don Cristóbal Moreno, Presbítero, por Diputados Miguel Vázquez y Alonso Muñoz de Cote, y por Diputado de campo Fernando Alvarez Polonio, la cual dicha elección se leyó y publicó en la referida forma, y entendida aceptaron cada cual su respectivo / 35 VUELTO oficio, se obligaron y ofrecieron a cumplir cada uno con el suyo. En esta conformidad se concluyó este Cabildo y elección, y lo firmaron los Hermanos Mayores que supieron, juntamente con los demás hermanos que también supieron.

(Rúbricas)            Doctor Don Manuel González Triguero           

Por Francisco Piñero, Don Fernando de Prado y Céspedes            Don Pedro Ventura de Prado

Juan Yáñez Periáñez            Miguel Vázquez            Francisco Robledo de Mora           

José Román            Sebastián Delgado            Ante mí, Cristóbal Moreno.

Elección a tres de junio.

En la villa de Guadalcanal, en tres días del mes de junio de este año de mil setecientos y cuarenta y dos, habiéndose juntado la / 36 RECTO la Venerable Hermandad de la Cruz en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros para el efecto de elegir Hermanos Mayores y demás oficiales para que sirvan los oficios que aquí se expresarán, y por conformidad de todos fueron electos por Hermanos Mayores Don Cristóbal Moreno, Presbítero, Miguel Vázquez y Alonso Muñoz de Cote, y por Mayordomo Alonso Prieto, por Secretario Don Antonio Moreno Blanco, Presbítero, y por Diputado, digo Hermano Mayor de campo, Fernando Alvarez Polonio, Diputados de taza Luis Baranda y Alonso Gil, y Diputado de campo Juan Sánchez Carrascal. Y en esta conformidad se concluyó dicho cabildo, y público y entendida, aceptaron cada uno su respectivo oficio. Y lo firmaron los Hermanos Mayores y demás hermanos que firmar supieron.

(Rúbricas)            Don Pedro Ventura de Prado            Don Cristóbal Moreno 

Don Francisco Muñoz Burgos            Miguel Vázquez           

Ante mí, Don Antonio Moreno Blanco.

36 VUELTO

En la villa de Guadalcanal, en cinco días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y tres años, habiéndose juntado la Venerable Hermandad de la Cruz en el Hospital de Nuestra Señora de los Milagros para el efecto de elegir Hermanos Mayores y demás oficiales para que sirvan los oficios que aquí se expresaren, se tomaron los votos secretamente y numerados. Salieron por Hermanos Mayores los Señores Don Antonio Moreno Blanco, Presbítero, y Alonso Gil y Luis Rendón, por Mayordomo José del Ley, por Secretario Don Fernando de Prado y por Diputados Lucas Rodríguez Garnica y Pedro Rodríguez. Y en esta conformidad se acabó dicha elección, la que firmaron dichos Hermanos Mayores y los demás que supieron.

(Rúbricas)            Don Cristóbal Moreno            Miguel Vázquez            Pedro Manuel Barrón

Don José Martínez Prado            Doctor Don Manuel González Triguero        

Don Pedro Ventura de Prado            José Román            Pedro Palomo            Antonio Agudo

Cristóbal Huerta            Luis Abulagas y Bonilla            Ante mí, Don Antonio Moreno Blanco.

37 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en diez días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y cuatro años, habiéndose juntado en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, los bastantes en número competente para el efecto de elegir Mayordomo y demás oficiales para el siguiente año, los que de conformidad nombraron por Mayordomo a Juan Martín Luengo y por Hermanos Mayores a Pedro Rodríguez y Lucas Rodríguez Garnica y a Don Pedro Ventura de Prado, Secretario Don Pedro López, clérigo in sacris, y Diputados de taza Francisco Rodríguez y Francisco Agudo, y de campo Juan Muñoz. Y en este estado se acabó este Cabildo. Y lo firmaron los que supieron.

(Rúbricas)            Francisco Robledo de Mora            Don Antonio Moreno Solano

Pedro López Hurtado            Juan García Robledo            Antonio Agudo

Ante mí, Don Francisco de Prado y Céspedes.

En la villa de Guadalcanal, en diez días del mes de mayo, año del Señor de 1744, estando juntos en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, después de haberse celebrado la elección de oficiales que cuiden del aumento de la cofradía en el siguiente año de 1745, fue acordado que no obstante el que lo consignado por los Mayordomos había sido siempre doscientos reales de vellón para todas funciones y sus gastos, y que esta misma cantidad era la que la Venerable Hermandad de Señores Sacerdotes de Señor San Pedro le tenía y tiene consignada al Mayordomo en atención (a) que se había descubierto un nuevo gasto por la recolección de los chivos que se piden y juntan de limosna, para evitar cuenta de relación y cuidado de mayordomos, se tuvo por conveniente el adelantar cien reales, que junto con los doscientos componen trescientos reales, que se le hayan de abonar en sus cuentas, las que precisamente / 40 VUELTO sean dadas todos los años en el Cabildo y Junta que para dicha elección se hiciere en cada un año, pues se han de leer en público, formándose su caro y data, con los recados de justificación, pues así es conveniente para el mejor régimen y conservación de la Hermandad. Y también se acordó que los Mayordomos presenten en sus esquelas los hermanos que acuden con sus limosnas de chivos, para tenerlas presentes para darles oficios en las elecciones. Y en dicha cantidad de trescientos reales se incluyen todos y cualesquiera gastos. En cuya conformidad lo firmaron los que supieron.

(Rúbricas)            Don Antonio de Ortega y Robles            Alonso Molano

Don Cristóbal Yáñez Chavero            Antonio Agudo           

Ante mí, Don Pedro López Hurtado.

37 VUELTO

En la villa de Guadalcanal, a veinte y dos días del mes de noviembre de mil setecientos y cuarenta y cuatro años, habiéndose juntado en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros los hermanos de esta cofradía de Nuestra Señora de la Cruz que abajo firmaron sobre y en razón de redimir y pasar a otro la memoria perpetua de seis arrobas de aceite que en su testamento dejó y fundó Don Diego de Heredia Chacón para alumbrar en su lámpara a María Santísima de la Cruz con más quince reales de estipendio que mandó al Sacristán Mayor de la mayor iglesia, donde está dicha imagen, y visto por los Hermanos Mayores y demás hermanos, todos dijeron se conformaban con dicha redención y traspaso a otro, con tal que Don Pedro José de Cote, Presbítero, que parece es quien lo quiere tomar, haya de otorgar escritura de memoria perpetua, como fue la voluntad del testador de dar en cada un año las dichas seis arrobas de aceite y los quince reales, entendiéndose esto media arroba en cada principio del mes, y que dicha escritura la hayan de otorgar sus her / 38 RECTO manos de mancomún. Y en esta conformidad se concluyó esta Junta y lo firmaron, y por los que no supieron, otros. = Enmendado = Seis arrobas = Vale = Y que se ponga a los autos tanto a la letra de este acuerdo por el Notario ante quien pasan.

(Rúbricas)            Don Pedro Ventura

Por el Hermano Mayor Pedro Rodríguez, Don José Martínez

Por el Hermano Mayor Lucas Garnica, Francisco Abarranca Caballero

Por el Hermano Mayor Juan de Burgos, Don José Martínez

Don Francisco Abarranca Caballero            Don José Martínez            Fernando de Vargas

Pedro Rico de Ortega            Don Fernando de Prado            Sebastián Delgado

Miguel Vázquez            Diego Martín Luengo            Francisco Rodríguez y Agudo

Juan Martín Luengo

Ante mí, Francisco Robledo de Mora.

38 VUELTO

En la villa de Guadalcanal, en nueve días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y cinco, habiéndose juntado [4].

39 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en nueve días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y cinco, habiéndose juntado los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz con el fin de elegir Mayordomo y demás oficiales en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros, los bastantes en número competente, los cuales se nombraron por votos secretos y fueron electos por Hermanos Mayores eclesiásticos Pedro López Hurtado y por seculares Francisco Sánchez Román y Francisco Agudo, y por Secretario Don Francisco Santiago, y por Mayordomo Pedro Sánchez Morato, y por Diputados de taza Antonio Agudo y Alonso Molano, y por Diputado de campo Francisco Oliva. Y en esta conformidad se concluyó este cabildo, y lo firmaron los que supieron.

(Rúbricas)            Don Pedro Ventura de Prado            Don Cristóbal Yáñez Chavero

Don Fernando de Rueda            Francisco Robledo de Mora            Juan Martín Luengo

Nicolás de Gamo (?)            Antonio Agudo

39 VUELTO

Luis Abulagas            Luis Rodríguez            Ante mí, Don Pedro López Hurtado.

40 RECTO

155 RECTO [5]

En la villa de Guadalcanal, en veinte días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y cinco años, estando juntos los Hermanos Mayores, como lo han de uso y costumbre, para el fin de tomar las cuentas a Juan Martín Lenguo, como Mayordomo que fue de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz el año antecedente, lo ejecutaron como se sigue:

Cargo.

Primeramente se hace cargo de ciento noventa reales vellón que recibió del Diputado, que en su tiempo fue Francisco Agudo ———— 192.

Más se le hace cargo de ciento y treinta reales vellón, los que recibió de Francisco Sánchez Román, Diputado también de su año ———— 130.

Más se le hace cargo de diez y seis reales de vellón, los que recibió del Mayordomo antecedente ———— 16.

Más se le hace cargo de cuarenta y nueve reales y medio, que recibió del Hermano Mayor de su año, Pedro Rodríguez ———— 49 ½.

Más cuatro reales que se juntaron de limosna el día de la Encarnación ———— 4.

155 VUELTO

Más de sesenta reales que se juntaron de limosna el Lunes Santo ———— 60.

Más otros sesenta reales que recibió de Francisco Sánchez Román ———— 60.

Más doscientos reales vellón, los mismos que importaron los chivos ———— 200.

Más treinta reales que importó la limosna de tres borregos ———— 30.

Más setenta reales de diferentes limosnas ———— 70.

Por manera que importa todo el cargo que lleva hecho ochocientos y diez y ocho reales y medio.

Data.

Primeramente da en data cuatrocientos y cinco reales que importaron los sayones, de los que aunque al presente no consta de recibo, queda obligado dicho Mayordomo a darlo ———– 405.

Más ocho reales y medio que costó un libro de asientos ———— 8 ½.

156 RECTO

Más di en data treinta y dos reales vellón, de diez badanas que se compusieron para los sayones ———— 32.

Más di en data veinte y cuatro reales que costó la madera de la parihuela ———— 24.

Más veinte y dos reales de tornillos y clavos para dicha parihuela ———— 22.

Más treinta reales que costó el renovar sesenta y seis libras de cera verde ———— 30.

Más ocho reales de cardenillo para dicha cera ———— 8.

Más di en data y se pasan en cuenta trescientos reales de vellón, los mismos que se determinó dar a cada uno de los Mayordomos que fueron electos para todas las funciones que tenga esta cofradía, como consta del acuerdo que celebró el año pasado de cuarenta y cuatro. De suerte que conferido / 156 VUELTO el cargo con la data resulta de alcance a favor de dicho Mayordomo once reales de vellón, los que remitió y dejó de limosna a Nuestra Señora. En cuya conformidad se acabó esta cuenta y lo firmaron los que supieron.

(Rúbricas)            Por el Hermano Mayor Pedro Rodríguez, Don Antonio de Ortega y Robles

Por el Hermano Mayor Lucas Garnica, Francisco Robledo de Mora.

Juan Martín Luengo            Ante mí, Pedro López Hurtado.

41 RECTO

En la villa de Guadalcanal, a quince días del mes de mayo, año del Señor de mil setecientos cuarenta y seis años [6] , estando en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz en número competente para el efecto de elegir Mayordomo, Hermanos Mayores y demás oficiales, como lo han de uso y costumbre, y se eligieron de conformidad por Hermanos Mayores eclesiásticos a Don Francisco Rodríguez, Presbítero, seculares al Hermano Antonio Rodríguez Agudo y Alonso Molano, y por Mayordomo al Hermano Antonio Martín, y por Diputados de taza al Hermano Sebastián Caravino, y Diputado de campo al Hermano Manuel Carra, por Secretario al Hermano Don Juan Canalo, Presbítero, y por su coadjutor al Hermano Fernando de Vargas, en cuyo estado se concluyó esta elección, que firmaron los que supieron, etc.

(Rúbricas)            Francisco Rodríguez Agudo            Don Pedro López Hurtado

Don Cristóbal Yáñez Chavero            Antonio Agudo            Alonso Molano

Fernando de Vargas            Alonso Márquez            Antonio Márquez

Juan García Robledo            Francisco Paz            Vicente Sánchez

Francisco Robledo de Mora            Don Francisco Santiago Rodríguez

En la villa de Guadalcanal, en veinte y cuatro días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y seis años, los Hermanos Mayores de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz hicieron parecer ante sí al hermano Pedro Sánchez Morato, Mayordomo que fue de dicha cofradía el referido año, para el efecto de tomarle las cuentas de su mayordomía, las que con cargo y data se tomaron en la for / 157 RECTO ma siguiente:

Cargo.

Primeramente se le hace cargo de doscientos y sesenta y cinco reales que juntó de limosna el hermano diputado Antonio Agudio del tiempo que pidió ———— 265.

Item se le hace cargo de ciento y cincuenta y siete reales del tiempo que pidió el hermano diputado Antonio Molano ———— 157.

Item se le hace cargo de treinta y cinco reales y diez maravedís de la limosna que se juntó el Lunes Santo ———— 35 ´ 10.

Item se le hace cargo de ciento y ochenta reales que valieron los chivos que dicho año se juntaron ———— 180.

Item veinte reales que ofrecieron de limosna dos ganaderos, diez y seis reales los de Don Javier de Morales, y cuatro el del Padre Chavero ———— 20.

Item siete reales y medio que valieron cinco quesos que dieron de limosna ———— 7 ½.

Item tres reales de la limosna de un día que pidió dicho Mayordomo ———— 3.

Por manera que importa el cargo que le va hecho seiscientos y sesenta y ocho reales vellón y veinte y dos maravedís, para lo / 157 VUELTO cual da la data siguiente:

Data.

Primeramente da en data y se le pasan en cuenta cuatrocientos y veinte y dos reales y medio de noventa y cinco libras de cera que compró para esta cofradía ———— 422 ½.

Item catorce reales de una libra de cardenillo ———— 14.

Item seis reales de una libra de hilo para los pabilos ———— 6.

Item cien reales que costaron los fuegos de la fiesta principal ———— 100.

Item ochenta y dos reales de la plática y sermón de la fiesta principal ———— 82.

Item catorce reales de la compostura del bernegal , que aunque es verdad que costó diez y ocho reales, dieron cuatro de limosna el día de la elección los hermanos. Y otros ofrecieron también limosna para dicha compostura y no la dieron ———— 14.

Item ciento y treinta y seis reales de los gastos de la función de la fiesta de Nuestra Señora ———— 136.

Item setenta reales de gastos de Semana Santa y recolección de los chivos ———— 70.

Item ocho reales que di al organista por la fiesta de Nuestra Señora ———— 8.

158 RECTO

Data ———— 952 ´ 17.

Cargo ———- 668 ´ 22.

Alcance contra la cofradía ———— 283 ´ 29.

Importa el cargo que lleva hecho seiscientos y sesenta y ocho reales y veinte y dos maravedís, que conferidos con los novecientos y cincuenta y dos (reales) y diez y siete maravedís que importa la data, resulta de alcance contra dicha cofradía y en favor de este Mayordomo doscientos y ochenta y tres reales y veinte y nueve maravedís. Y juró haber dado bien y fielmente esta cuenta según su leal saber y entender, salvo error de suma o pluma, que se deshará siempre que se reconozca. Y el expresado Mayordomo hace espontánea y libre remisión de limosna a dicha cofradía del enunciado alcance, como también de los trescientos reales que debió haber percibido de dicha cofradía, para la función de Nuestra Señora, los que no constan en la data. Y se advierte aquí, por ser en favor de dicho Mayordomo, de que también hace remisión. En cuya conformidad se finalizó dicha cuenta y lo firmaron dichos Hermanos Mayores y Mayordomo, de que doy fe.

(Rúbricas)            Don Pedro López Hurtado            Francisco Rodríguez Agudo

El hermano Francisco (…)            Ante mí, Francisco Santiago Rodríguez

42 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en doce días del mes de mayo de mil setecientos y cuarenta y siete [7] , habiéndose juntado los hermanos de la Venerable Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz como lo han de uso y costumbre para el fin de elegir Mayordomo, Hermanos Mayores y demás oficiales en número competente, eligieron por Mayordomo en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros a Francisco García, con todos votos, y por Hermanos Mayores a Don Juan Canalo, Presbítero, Sebastián Delgado y Juan Rodríguez Calao, y por Diputados Vicente Sánchez Morato y Vicente García, y por Secretario a Don Joaquín Sayago, y Coadjutor de Secretario Francisco Agudo, y por Diputado de campo [8]. En dicho estado se concluyó dicha elección y firmaron los que supieron.

(Rúbricas)            Don Antonio Moreno Blanco            Antonio Agudo

Alonso Molano Espinosa            Fernando de Prado            Sebastián Delgado

Francisco Rodríguez Agudo            Vicente Sánchez            Ante mí, Luis Pendencia.

Ante mí, Don Pedro López Hurtado, por Don Joaquín Sayago.

158 VUELTO

En la villa de Guadalcanal, en veinte y seis días del mes de mayo (de 1747), los Hermanos Mayores de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, hicieron parecer ante sí a Antonio Martín, Mayordomo que ha sido este año de mil setecientos cuarenta y siete, para el efecto de tomarle las cuentas del año de su Mayordomía, las que con cargo y data se formaron en la manera siguiente: Cargo.

Primeramente se le hace cargo de doscientos y setenta y un reales y medio que recibió del hermano Sebastián Caravino, Diputado de taza, por los seis meses de su cargo ———— 271 ½.

Cargo.

Primeramente se le hace cargo de doscientos y setenta y un reales y medio que recibió del hermano Sebastián Caravino, Diputado de taza, por los seis meses de su cargo ———— 271 ½.

Item se le hace cargo de doscientos y noventa y ocho reales y ocho maravedís que juntó el hermano Bernardo Pérez, también Diputado, del tiempo de su cargo ———— 298 ´ 8.

Item se le cargan ciento y diez y seis reales y ocho maravedís que se juntaron por el pueblo con la túnica de Jesús ———— 116.

Item se le cargan doscientos reales que recibió de Francisco Sánchez Román en cuenta de mayor cantidad que debe a dicha cofradía ———— 200.

Item se le hace cargo de ciento y sesenta y ocho reales que importaron catorce chivos de los diez y ocho que se juntaron de limosna, / 159 RECTO a precio cada uno de doce reales, pues los cuatro restantes se desgraciaron ———— 168.

Por manera que importa el cargo que va hecho un mil y cincuenta y tres reales y treinta y tres maravedís.

Data.

Prmeramente da en data y se le pasan en cuenta seiscientos y sesenta reales que costaron once varas de terciopelo para la túnica de Jesús de la Columna, a precio de sesenta reales cada una ———— 660.

Item da en data treinta y nueve reales de nueve varas de holandilla y seda de dicha túnica — 39.

Item dos reales y veinte maravedís de listón, tachuelas y alfileres ———— 2 ´ 20.

Item cien reales que dio para el cambio de la lámpara de la Capilla de Nuestra Señora —— 100.

Item trescientos y dos reales y treinta y dos maravedís, importe de cincuenta y una libras de cera que compró, cuyo precio consta en el recibo que mostró de dicha cera ———— 302 ´ 32.

Item da en data ochenta y dos reales y medio que importó la labor de la dicha cera y de la que había el año antecedente. Constó de recibo ———— 82 ½.

Item da en data trescientos reales de las funciones de dicha cofradía ———— 300.

159 VUELTO

Cargo ———— 1.053 ´ 33.

Data ———— 1.487.

Alcance contra la cofradía ———— 433.

Importa el cargo que lleva hecho mil y cincuenta y un reales vellón y treinta y tres maravedís, que conferidos con los mil cuatrocientos y ochenta y siete de la data, resultan de alcance contra dicha cofradía y en favor del dicho Mayordomo de cuatrocientos y treinta y tres reales vellón, de cuya cantidad hace (por modo de limosna) espontánea y libre remisión a dicha cofradía y al actual Mayordomo en su nombre. En cuya conformidad se concluyó dicha cuenta. Y el referido Mayordomo juró haber dado bien y fielmente esta cuenta según su leal saber y entender, salvo error de suma o pluma, que siempre que se halle se deshará. Y lo firmaron dichos Hermanos Mayores y Mayordomo, de que doy fe.

(Rúbricas)            Alonso Molano            Antonio Agudo            Antonio Martín           

Don Francisco Santiago Rodríguez            Ante mí, Juan Jiménez Canalo de Espinosa.

160 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en veinte días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y ocho, los Hermanos Mayores de la Cofradía de la Venerable y Santísima Vera Cruz hicieron parecer ante sí al hermano Francisco García, Mayordomo que fue de dicha cofradía en el referido año, para el efecto de tomarle las cuentas de los haberes que recibió en el tiempo de su Mayordomía, las que con cargo y data se le recibieron en la forma siguiente:

Cargo.

Primeramente se le hace cargo de quinientos quince reales vellón que los Diputados le entregaron ———— 515.

Item se le hace cargo de quince reales vellón que fueron producidos de la rifa de una torta real ———— 15.

Item se le hace cargo de seis reales vellón de la admisión a hermano de Diego Jiménez Sajunco ———— 6.

Por manera que importa el cargo que lleva hecho quinientos treinta y seis reales vellón. Y se pasa a la data, la que es en la forma siguiente:

Data.

Primeramente da en data doscientos noventa reales y medio que costó la composición del retablo ———— 290 ½.

Item da en data doscientos setenta y seis reales de la cera que compró y hizo labrar ——— 276.

Item da en data trescientos reales que dicha cofradía le libró para las funciones que tiene — 300.

Cargo ———- 536.

Data ———— 866 ½.

Alcance contra la cofradía ———— 330 ½.

Importa el cargo que lleva dicho quinientos treinta y seis reales vellón, que conferidos con los ochocientos sesenta y seis reales y medio de la data, resulta de alcance contra dicha cofradía y a favor de dicho Mayordomo trescientos treinta reales y medio, de cuya cantidad hace (por modo de limosna) espontánea y libre remisión a dicha cofradía, en cuya conformidad se concluyó dicha cuenta. Y el referido Mayordomo juró haber dado bien y fielmente esta cuenta, según su leal saber y entender, salvo error de suma o pluma, que siempre que se halle se deshará. Y lo firmaron dichos Hermanos Mayores, de que doy fe.

42 VUELTO

En la villa de Guadalcanal, en quince días del mes de mayo [9] de mil setecientos y cuarenta y ocho, habiéndose juntado los hermanos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cruz, como lo han de uso y costumbre, para el efecto de elegir Mayordomo, Hermanos Mayores y demás oficiales, salió electo por Hermano Mayor eclesiástico Don Juan Jiménez Canalo de Espinosa, y seculares a Vicente García y Francisco García, y por Mayordomo salió electo de conformidad el Hermano Antonio Agudo, y por Secretario Don Francisco Muñoz de Burgos, y por Coadjutor de Secretario al Hermano Alonso Márquez, y por Diputados de taza a los Hermanos Diego Ruiz y Juan de Ortega. Y todo fue de conformidad, en cuyo estado se concluyó dicha elección. Y los que supieron lo firmaron de su aceptación. Y asimismo se nombró de dicha conformidad por Diputado de campo a Francisco García de Serrano.

(Rúbricas)            Juan Jiménez Canalo de Espinosa            Don Francisco Muñoz de Vargas

Ante mí, Don Alonso Márquez.

43 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en once días del mes de mayo [10] de mil setecientos y cuarenta y nueve, habiéndose juntado los hermanos de la Cofradía de la Vera Cruz en número competente en la ermita de Nuestra Señora de los Milagros, donde es sita dicha cofradía, para el efecto de elegir Hermanos Mayores, Mayordomo y demás oficiales, y habiéndose propuesto para Hermano Mayordomo al hermano Sebastián Caravino, todos le dieron el voto y salió electo por Mayordomo, y por Hermano Mayor eclesiástico Don Francisco Muñoz de Burgos, y por seculares Diego Ruiz y Juan de Ortega, y por Secretario el Hermano Don Manuel Periáñez, y por su Coadjutor Francisco Rodríguez, y por Diputados de taza los hermanos Bartolomé Moreno y Pedro Guerrero, y por Diputado de campo el hermano Nicolás Lavado. Y en esta conformidad se concluyó dicha elección, y lo firmaron los nuevamente electos de su aceptación, y los hermanos que supieron.

(Rúbricas)            Juan Jiménez Canalo de Espinosa            Sebastián de (…)

Pedro Savarío            Francisco Rodríguez Agudo

43 VUELTO

Fernando de Vargas            Antonio Agudo            Antonio Márquez

Ante mí, Juan Muñoz de Burgos.

En la villa de Guadalcanal, en veinte y ocho días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve años, los Señores Hermanos Mayores de esta cofradía hicieron parecer ante (sí) a Antonio Aguado, Mayordomo que ha sido de dicha cofradía para el efecto de hacer el inventario de las alhajas y cera que hoy existe, el cual se formó en el modo siguiente:

  • Primeramente se hallaron en un arca grande que dicha cofradía tiene para el efecto de guardar la cera ciento setenta y cuatro libras de cera.
  • Item tres libros, el uno de elecciones y cuentas, otro donde se escriben los hermanos, y el otro viejo.
  • Item un palio de damasco negro con su fleco de torzal.

44 RECTO

  • Item un estandarte negro con su cordón.
  • Item un estandarte de damasco encarnado.
  • Una cruz de plata que sirve a los estandartes.
  • Item ocho varas para el palio.
  • Item ocho quízquez.
  • Item una vara para poner los estandartes.
  • Item una taza de plata con su cruz para la limosna.
  • Item seis cetros.
  • Item unas andas doradas de Nuestra Señora.
  • Item una túnica de terciopelo morado guarnecida de una punta de oro y ésta está en poder del hermano Don Fernando de Prado.
  • Item un cesto para recoger la cera.
  • Item otra túnica de tafetán con la cual se le viste al Señor Amarrado a la Columna de ordinario, guarnecida de una puntilla de oro.
  • Item unas potencias de plata.

Los demás bienes y alhajas que constan en los inventarios antecedentes están en poder de Doña Isabel de Castilla, como consta en el Inventario del folio veinte y siete, que declara las alhajas que dicha Señora tiene, en los cuales bienes se dio por entregado Sebastián de (…), Mayordomo actual y se obligó a su satisfacción, siempre y cuando se le pidiere y dé su recibo. Lo firmó con dichos Hermanos Mayores, de que yo el presente Secretario doy fe.

Ante mí, Manuel Periáñez.

161 RECTO

En la villa de Guadalcanal, en veinte y ocho días del mes de mayo de mil setecientos cuarenta y nueve años, los Señores Hermanos Mayores de la Venerable Cofradía de la Vera Cruz hicieron parecer ante sí a Antonio Agudo, Mayordomo que ha sido este año pasado, para el efecto de tomarle las cuentas de los intereses que ha procedido en el año de su Mayordomía, las que con cargo y data se toman en la manera siguiente:

Cargo.

Primero se le hace cargo de trece chivos que quedaron del Mayordomo Francisco García, que importaron ———— 160.

Item se le hace cargo de ciento sesenta y siete reales y medio que el hermano Diego Ruiz, Diputado de taza, juntó ———— 167 ½.

Item se le hace cargo de trescientos cuarenta y dos reales, los mismos que juntó de limosna Juan de Ortega, Diputado que fue de taza, en su medio año ———— 342.

Item se le hace cargo de setenta reales vellón de la limosna que se juntó la noche que el Señor de la Columna bajó del Espíritu Santo a la Iglesia Mayor ———— 70.

Item sesenta y ocho reales de la limosna que se juntó la noche que vino Nuestra Señora de la Cruz a la iglesia ———— 68.

161 VUELTO

Item veinte reales vellón que dieron de limosna las Señoras Religiosas del Espíritu Santo —- 20.

Item se le hace cargo de trece reales vellón que dieron de limosna los ganaderos de Don Javier ———— 13.

Item se le hace cargo de treinta y siete reales vellón que juntó Don Pedro López, Presbítero, para el toro que se mató en la plaza ———— 37.

Item se le hace cargo de veinte y dos reales y cuartillo que le tocaron a esta cofradía de las fiestas de toros ———— 22 ¼.

Item se le hace cargo de treinta y seis reales vellón, que importó la rifa de una torta real que dio de limosna una religiosa del Espíritu Santo para ayuda a comprar un velo para el Transparente ———— 36.

Item se le hace cargo de treinta y nueve reales de tres arrobas de aceite ———— 39.

Item se le hace cargo de treinta y cuatro reales del Diputado Diego Ruiz ———— 34.

Cargo ———— 1.023 ¾.

Por manera que importa el cargo que lleva hecho mil veinte y tres reales vellón y tres cuartillos.

162 RECTO

Y se pasa a la data, que es en la manera siguiente:

Data.

Primeramente da en data y se le pasa en cuenta ciento y cuarenta y cinco reales, importe del estandarte de damasco encarnado que compró dicho Mayordomo ———— 145.

Item da en data sesenta reales de vellón, los mismos de que se le hizo cargo y no los ha cobrado de Cristóbal Huerta, su deudor, de que el dicho dio recibo al Mayordomo actual ———— 60.

Item da en data trescientos quince reales vellón y medio, del importe de cincuenta y dos libras y media de cera a diferentes precios ———— 315 ½.

Item da en data ochenta reales, los mismos que importaron diez libras de cera que se le compró a Miguel Vázquez, labrada ———— 80.

Item da en data setenta y un reales de la labor de la cera ———— 71.

Item da en data nueve reales de vellón, importe de una libra de cardenillo ———— 9.

Item da en data cinco reales que tuvo de coste el blanqueo de la Capilla ———— 5.

Item da en data cuatro reales, importe de las cuatro porquezuelas de las andas ———— 4.

162 VUELTO

Item da en data trescientos reales vellón que están señalados para las fiestas que dicha cofradía celebra ———— 300.

Data ———— 989 ½.

Cargo ———— 1.023 ¾.

Alcance contra este Mayordomo ———— 34 ¼.

Importa el cargo que lleva hecho mil veinte y tres reales vellón y tres cuartillos, que conferidos con los novecientos y ochenta y nueve reales y medio de la data, es alcanzado este Mayordomo en treinta y cuatro reales y cuartillo, en cuyo alcance consintió. Y dichos Hermanos Mayores lo condenaron al pago de dicho alcance. Y el referido Mayordomo juró haber dado bien y fielmente esta cuenta según su leal saber y entender. Y lo firmaron, de que doy fe.

(Rúbrica)            Juan Jiménez Canalo de Espinosa

163 RECTO

Yo el actual Mayordomo confieso haber recibido de Antonio Agudo, Mayordomo que fue, los treinta y cuatro reales vellón en los que fue alcanzado en dichas cuentas y condenado a pagar por los dichos Hermanos Mayores. Y para que conste, lo firmo ante el presente Secretario. De que doy fe. Guadalcanal y junio 24 de 1749.

(Rúbricas)            Sebastián Delgado            Ante mí, Manuel Periáñez


[1] Cambios.

[2] Falta gran parte del folio.

[3] Faltan los folios 18 y 19.

[4] El acta del cabildo se redactó en el folio siguiente.

[5] Faltan los folios 151 a 154.

[6] Entre los folios 156 vuelto y 158 recto se recogen las cuentas presentadas el 24 del mismo mes y año..

[7] Entre los folios 158 vuelto y 159 vuelto se recogen las cuentas presentadas el 26 del mismo mes y año.

[8] En blanco.

[9] En el folio 160, recto y vuelto, se recogen las cuentas presentadas el 20 del mismo mes y año.

[10] Entre los folios 161 recto y 162 vuelto se recogen las cuentas presentadas el 28 del mismo mes y año.

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